viernes, 29 de agosto de 2008

Un derecho a la vida, a medias

Fernando Laborda

El proceso judicial concluido ayer con la condena a prisión perpetua de Antonio Bussi y Luciano Benjamín Menéndez fue vivido como un caso emblemático de los episodios de violencia que vivió la Argentina durante la década del 70. También, como muchas discusiones sobre nuestro pasado, constituirá un salvavidas temporario para un gobierno frecuentemente responsabilizado por la inseguridad del presente y por la falta de calidad institucional.
Pero al margen del pavor que provocan los delitos atribuidos a los militares condenados, la sentencia conocida ayer en Tucumán es insuficiente para dar cuenta integralmente de la tragedia vivida en aquella época. Para que todos los argentinos, y en especial las nuevas generaciones, extraigan las necesarias lecciones del pasado, es menester que la memoria no sea asumida en forma parcial ni como una mera forma de obtener venganza o retroalimentar viejos odios.
El gobierno de Néstor Kirchner impulsó en su momento la reapertura de las causas judiciales vinculadas con el terrorismo de Estado en los años 70, pero no aquellas relacionadas con los crímenes cometidos por grupos guerrilleros, muchos de cuyos cabecillas y activistas fueron beneficiados por los indultos decretados durante la presidencia de Carlos Menem.
La justicia argentina ha sostenido en los últimos años el criterio de que para considerarlo delito de lesa humanidad e imprescriptible un crimen debió contar con apoyo del aparato estatal.
Así se dio el caso, hacia fines del año último, de un fallo de la Sala I de la Cámara Federal porteña que declaró prescriptos los crímenes de la agrupación terroristas Montoneros por no considerarlos de lesa humanidad. El tribunal rechazó el intento de reabrir una causa judicial contra siete ex montoneros, entre quienes estaban Mario Firmenich y Horacio Verbitsky, por un atentado cometido en julio de 1976 en un comedor del Departamento Central de Policía que provocó 24 muertos y numerosos heridos.
Especialistas en derecho han cuestionado ese fallo por numerosas razones. La primera es que el Tratado de Roma, que dio origen a la Corte Penal Internacional, no exige el apoyo directo o indirecto del aparato estatal para calificar un crimen como delito de lesa humanidad. La segunda es que no pocos integrantes de las organizaciones guerrilleros que actuaron en los años 70 se sirvieron de cargos públicos durante el gobierno peronista iniciado en 1973 o bien recibieron financiamiento o instrucción de gobiernos extranjeros, como el de Cuba. En este último sentido va la demanda presentada por el hijo del coronel Argentino del Valle Larrabure, secuestrado por el Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP) durante el gobierno de Isabel Perón y ahorcado por sus captores, tras 372 días de cautiverio y torturas con corriente eléctrica, una metodología idéntica a la aplicada en centros clandestinos de detención del gobierno militar. Su mensaje es que no pueden existir derechos humanos a medias.

(La Nación, 29-8-08)