“Encomiéndase al Poder Ejecutivo Nacional (...) a elevar un proyecto de ley referido a la movilidad de las prestaciones previsionales”, dice el artículo 43º del Presupuesto de 2008. Suena a intento por frenar la serie de fallos que, siguiendo uno de la Corte Suprema, convalidarán demandas por falta de movilidad en los haberes jubilatorios.
Es una redacción rara, dado que el texto que encomienda al PEN fue redactado por propio Gobierno. Y también laxa: no le pone plazo alguno al envío y a la sanción de la ley que vagamente se anuncia.
Algo parecido hubo en el Presupuesto del año pasado: “Determínase para el ejercicio presupuestario 2007 una movilidad del 13 %, a partir del lº de enero de 2007, para las prestaciones a cargo del régimen previsional público”, decía el artículo 45º. Algo, además, ambicioso. Se pretendió que el 13 % fuese equiparado a la movilidad que reclaman los jubilados y en un caso ya validó la Corte.
Está claro que movilidad no fue aquel 13 %, ni los aumentos que le siguieron. Se la entiende como un sistema de ajuste automático que preserva a los haberes de la inflación, cualquiera sea la fórmula y cualesquiera sean los haberes.
Sin reconocer nada parecido a eso, la política oficial consistió centralmente en subir el piso, aun cuando el último retoque haya sigo generalizado. Así, según cuentas del diputado Claudio Lozano, se produjo un achatamiento tal de la pirámide previsional que hoy el 72,1 % de los jubilados cobra el mínimo, contra el 16 % que había en 2001.
Habrá que esperar, entonces, a que en la misma jerga el “encomiéndase” del texto oficial vire hacia un “establécese”. Con fecha incluida.
(Fuente: Alcadio Oña, Clarín, 25-2-08)
Es una redacción rara, dado que el texto que encomienda al PEN fue redactado por propio Gobierno. Y también laxa: no le pone plazo alguno al envío y a la sanción de la ley que vagamente se anuncia.
Algo parecido hubo en el Presupuesto del año pasado: “Determínase para el ejercicio presupuestario 2007 una movilidad del 13 %, a partir del lº de enero de 2007, para las prestaciones a cargo del régimen previsional público”, decía el artículo 45º. Algo, además, ambicioso. Se pretendió que el 13 % fuese equiparado a la movilidad que reclaman los jubilados y en un caso ya validó la Corte.
Está claro que movilidad no fue aquel 13 %, ni los aumentos que le siguieron. Se la entiende como un sistema de ajuste automático que preserva a los haberes de la inflación, cualquiera sea la fórmula y cualesquiera sean los haberes.
Sin reconocer nada parecido a eso, la política oficial consistió centralmente en subir el piso, aun cuando el último retoque haya sigo generalizado. Así, según cuentas del diputado Claudio Lozano, se produjo un achatamiento tal de la pirámide previsional que hoy el 72,1 % de los jubilados cobra el mínimo, contra el 16 % que había en 2001.
Habrá que esperar, entonces, a que en la misma jerga el “encomiéndase” del texto oficial vire hacia un “establécese”. Con fecha incluida.
(Fuente: Alcadio Oña, Clarín, 25-2-08)