Antonio María
Hernández*
En un artículo
anterior sobre el tema, publicado en estas páginas el 23 de agosto pasado,
recordábamos que, en un reciente análisis, Juan José Llach estimó que en la
recaudación del total de recursos públicos realizados en 2011, al Gobierno
federal le correspondió el 84,4 por ciento, mientras que al conjunto de las
provincias, un 14,2 por ciento y a los municipios, un 1,4 por ciento.
Reiteramos que estos
datos demuestran el unitarismo fiscal que padecemos, con grave lesión de las
autonomías provinciales y municipales, en contra del federalismo prescripto por
nuestra Constitución Nacional.
Al analizar el
sistema de coparticipación impositiva, vimos que mediante el procedimiento de
detraer fondos de la masa coparticipable por parte del Gobierno federal, para
asignarlos de manera específica a otros fines, se produjo un proceso de
centralización que derivaría en la penosa realidad que atravesamos.
Esa evidente lesión a
las autonomías municipales en sus aspectos financieros, por la detracción
operada en la coparticipación específicamente “federal”, se ve agudizada en no
pocas provincias, entre las que se encuentra Córdoba, por lo que ocurre con la
coparticipación específicamente “provincial” a los gobiernos locales.
Autonomía consagrada.
No debe olvidarse que la
Constitución provincial, luego de la gran reforma
constitucional de 1987, consagró el principio de la autonomía municipal en sus
diversos aspectos y, en particular, en el financiero.
En efecto, en el
artículo 188, sobre recursos, luego de admitirse un amplio poder tributario en
sus incisos uno y dos, comenzando por el cobro de impuestos municipales y no
sólo de tasas y contribuciones, se prescribe en el inciso tres “los
provenientes de la coparticipación provincial y federal, cuyos porcentajes no
pueden ser inferiores al 20 por ciento”.
Esta es una de las
normas más avanzadas en el constitucionalismo provincial argentino, y, en su momento,
contribuyó al fortalecimiento de las autonomías locales y al desarrollo que se
observa en muchos de nuestros municipios y comunas.
Pero,
desafortunadamente, y sin modificarse la ley número 8.663 y modificatorias que
establecieran el Régimen de Coparticipación Impositiva entre la Provincia y los
gobiernos locales, se comenzaron a aplicar también en Córdoba los mismos
procedimientos del orden federal.
En primer lugar, el
tramposo expediente de las asignaciones específicas, que quitan fondos de la
masa coparticipable, con otra enorme detracción de las sumas correspondientes a
nuestras municipalidades y comunas y con grave violación de sus respectivas
autonomías.
Prueba indudable de
ello es la larga lista de tributos no coparticipables, que integran distintos
fondos, como para Infraestructura y Gasoductos, Mantenimiento de la Red Firme Natural, de
Consorcios Canaleros, de Prevención y Lucha contra el Fuego, para el Desarrollo
Integral y para el Financiamiento del Sistema Educativo, los fondos caducos de quiebras,
Compensador del Transporte, para la Asistencia e Inclusión Social y para la Violencia Familiar.
Tampoco el Gobierno
provincial coparticipa la última tasa vial a los combustibles, más allá de su
evidente inconstitucionalidad.
Disminución sustancial.
Este procedimiento puesto en marcha en los últimos años por el oficialismo
gobernante ha significado una disminución sustancial de la masa coparticipable,
tal como ha sido reclamado en la Mesa Provincia-Municipios .
Y, por cierto, en
nada equilibra ello, el aumento de otros fondos que se reparten a los gobiernos
locales, vinculados a funciones provinciales, como el Fodemeep (reparación de
edificios escolares) o el Fasamu (amortización del pacto fiscal entre Provincia
y gobiernos locales).
A ello se suma el
notable aumento de fondos discrecionales que maneja el Gobierno provincial,
frente a los de la coparticipación, señalado en estudios efectuados por los
institutos de Economía y Finanzas de la Universidad Nacional
de Córdoba y de la
Fundación Mediterránea , que dirigen Ernesto Rezk y Marcelo
Capello, respectivamente.
Por si faltara algo,
también hay discriminación por el signo político de los gobiernos locales, como
se aprecia con el Fondo de Emergencia y Desequilibrios y el Programa de
Asistencia Municipal, según se observa en el artículo “El radicalismo se queja
por la discriminación en el reparto”, publicado en este diario el 28 de octubre
de 2012, donde se cita el estudio del legislador Rodrigo de Loredo.
Además de estos
procedimientos lesivos de la autonomía, que profundizan la dependencia
económica y financiera de los gobiernos locales, la Provincia actúa con
desconocimiento de la jurisprudencia de nuestro Tribunal Superior de Justicia
que, en materia tributaria, ha sido defensora de las competencias municipales.
En tal sentido, no
puede dejar de señalarse que la
Provincia ha seguido efectuando retenciones de los fondos
coparticipables a gobiernos locales más allá del límite fijado del 33 por
ciento por el alto tribunal, con el objetivo de asegurar el funcionamiento del
régimen municipal.
En definitiva, el
unitarismo fiscal imperante, en esta línea de degradación institucional,
repercute con mayor fuerza en los gobiernos locales, en detrimento de la
descentralización del poder, que es una de las ideas fuerza más importantes y
trascendentes de nuestro régimen constitucional.
*Director del
Instituto de Federalismo de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales
de Córdoba y ex Convencional Constituyente de la Nación y de la Provincia de Córdoba.