jueves, 13 de diciembre de 2012

LOS DESATINOS EN EL DISCURSO PRESIDENCIAL




Por José Antonio Riesco
Instituto de Teoría del Estado

La oratoria tiene un lugar significativo en la historia. Desde Demóstenes, Cicerón y más adelante el español Emilio Castelar. Nosotros tuvimos, admirables, a Nicolás Avellaneda, José Manuel Estrada, Belisario Roldán, Alfredo Palacios, Manuel Villada Achával, Raúl Bustos Fierro y otros. Pero no olvidar que detrás de cada perorata de esos próceres había una notable formación cultural. En esos tiempos nunca fue cuestión hacer de la palabra el arte del macaneo.

De pronto, la Sra. Presidente de la Nación se puso en carrera y, merced al uso monopólico de la cadena oficial de radio y televisión, viene ocupando las hondas electrónicas y la atención de una cuestionada audiencia. Casi parece un líder del radicalismo, habla todos los días y no es cuestión de tomarla a la ligera. Es la titular del Poder Ejecutivo y madre creativa del Modelo.

En uno de sus últimos discursos arremetió contra Papá Noel, acusando al culto pertinente de “americanización”, o sea algo que llega de América del Norte. En algunos corrillos se espera un decreto de necesidad y urgencia prohibiendo ese mal hábito. Acaso con olvido de que tal costumbre para nada ha impedido que el 24 de diciembre se iluminen el Pesebre con la Virgen y el Niño, también el Arbol de Navidad, mientras muchos creyentes asisten a la Misa del Gallo. Tampoco que en vísperas del 6 de enero los niños dejen los zapatos o las alpargatas en un lugar adecuado para cuando lleguen los Reyes Magos.

En esa actitud anti “americana” la presidente dejó de lado que en sus recientes arremetidas contra Clarín estuvo, raudo, el planteo ante la Corte Suprema de Justicia de un  “per saltum” y que el Alto Tribunal rechazó por “inadmisible”. Vale tener presente que si cuando la Sra. Presidente cursaba la carrera de derecho para ser una “abogada exitosa” no hubiese faltado a las clases sobre Derecho Procesal Constitucional, seguramente hoy recordaría que se trata de un instituto muy elaborado en los ámbitos de la alta judicatura norteamericana. Y que, desde hace años, el art. 280 del Código de Procedimientos Civil y Comercial de la Nación tiene prevista la facultad selectiva, por parte de la Corte Suprema, de las causas que llegan a su nivel y debe resolver.

Nos referimos por último  --para no abusar--  a la demanda de “la democratización en el control de la Justicia” que acaba de lanzar, discurso por medio, la Sra. Presidente. Aunque se refirió al escándalo provocado por la sentencia absolutoria a favor de 13 acusados de trata de blanca y homicidio ocurrido en Tucumán, donde impera un gobierno muy ligado al Modelo y a su conducción nacional, el tiro por elevación parece que fue también para otro lado.

La batalla contra el Grupo Clarín impuso a la Presidente reclamar que la Justicia debe “respetar la voluntad popular”, y de la cual Ella a cada rato y a cada discurso, se proclama la máxima expresión. De ahí que sea bueno recordarle (otra falla de su formación jurídica) que existe, desde la Reforma Constitucional de 1994, un Consejo de la Magistratura (art. 114 CN) que integran, junto a abogados y magistrados, varios legisladores de ambas Cámaras.

Este es, dentro de una república-democrática (igual en otros países), el procedimiento institucional para atender a los casos de mal desempeño y/o delitos (art, 53 CN) de los magistrados. Y, dicho con todo respeto, no estaría mal que la Presidente, además de concentrarse a diario en la lectura de los libros y consejos del filósofo Ernesto Laclau, dedicara algo a la lectura de la Constitución.