martes, 30 de junio de 2015

ESTO ES UNA ADVERTENCIA GENERAL A TODOS LOS JUECES



Luis María Cabral. Juez de Casación.Desplazado por la Magistratura de la sala de Casación en la que actuaba como subrogante, reclama su reposición y dice que la decisión es “ilegal” e “irregular”.

Lucio Fernández Moores
Clarín, 30-6-15

–Finalmente fue a la Justicia ...

–Sí, he presentado una acción declarativa de nulidad e inconstitucionalidad de la resolución del Consejo de la Magistratura que designa un reemplazante mientras yo estoy designado de una manera legal para subrogar la vacante, hasta tanto se designe un nuevo titular por la vía institucional.


–¿En qué basa su presentación?

–La ley de subrogaciones 27.145 establece claramente en su artículo 7° que los subrogantes permanecen en sus cargos hasta que se cumpla la condición de su designación. Y la condición de mi designación es esa, justamente, que se designe a un titular. Así que la remoción implicaría lo mismo que aceptar que los jueces subrogantes pudiesen ser removidos por acto administrativo. Y de esa manera estar sujetos a las circunstanciales mayorías que puedan existir en el Consejo de la Magistratura. Los jueces tienen estabilidad garantizada constitucionalmente, por las convenciones de derechos humanos, mientras dure su designación.

–¿Había alguna causal para separarlo del cargo?

–No, ninguna. Se mencionó, a modo de pretexto, que la sala estaba atrasada en sus decisiones, tomando estadísticas de dos años previos a que yo la integrara, Pero aún si esa causal fuera cierta lo que debía hacerse era promover un juicio político para removerme.

–¿Usted relaciona esto con la causa por el Memorándum con Irán?

–Así se dijo públicamente. Yo no puedo adjudicar una motivación.

–¿El problema de fondo son las designaciones sin concurso?

–Exactamente. Es la situación que se crea cuando hay tantas vacantes. El cargo que yo ocupo está vacante desde setiembre de 2011, y recién a fin del 2014 se llamó a concurso.Esto es demostrativo de una actitud intencional de vaciamiento y debilitamiento del Poder Judicial

–Varios partidos políticos se han solidarizado con usted.

–Sí, políticos, agrupaciones de abogados, de jueces, incluso de otros países. La existencia de jueces estables es imprescindible para que puedan ser realmente independientes. Y los jueces independientes son la única garantía de que los habitantes de la República tengan a quién recurrir para asegurar el ejercicio de sus derechos.

–Si fallan en contra, ¿irá a la OEA?

–Estoy convencido de que hay jueces en la Argentina, estoy convencido de que la ley es clara, y estoy convencido de que quienes ejercen esas funciones van a decirlo.

–¿Mañana le puede pasar lo mismo a cualquier colega suyo?

–No tenga duda. Esto es una advertencia general a todos los jueces. Si alguien resuelve en forma que no me gusta, como castigo puedo hacer esto. Y si sospecho que alguien va a hacer lo que no responde a mi expectativa puedo previamente impedirlo.

–Hubo un pedido fiscal para que la Corte intervenga en su caso.

–Lo escuché, pero no conozco la presentación. Los fiscales han sido partes en algunos juicios, y seguramente el planteo está desde el punto de vista del aseguramiento del juez natural en esas causas.

–¿Qué ocurrirá con los casos en los que usted ya había intervenido pero todavía faltaba la sentencia?

–Si yo fuese juez de la misma Cámara seguiría firmando. Como no lo soy, solamente lo voy a hacer si hay una definición judicial que así lo decida. Pero de lo contrario, entiendo que esas causas caerían. Sería importante salvarlas.

–¿Y los actos de su reemplazante?

–No me haga especular sobre el futuro. Si usted ve algunas sentencias de la Corte en 2005, cuando la Magistratura hizo algunas designaciones que luego fueron sancionadas como inconstitucionales, una de las cosas que advirtió la Corte es el peligro de que al adoptarse determinadas decisiones por jueces que no han cumplido los requisitos constitucionales estos aparezcan luego viciados. Así se crea una situación de inseguridad jurídica.

–¿Y la nueva ley de subrogancias responde a ese planteo de la Corte?

–La ley de subrogancias autoriza al Consejo a designar subrogantes cuando hay vacantes, pero no a sustituir subrogantes, a removerlos. Eso es absolutamente irregular, ilegal, inconstitucional.
–Finalmente fue a la Justicia ...

–Sí, he presentado una acción declarativa de nulidad e inconstitucionalidad de la resolución del Consejo de la Magistratura que designa un reemplazante mientras yo estoy designado de una manera legal para subrogar la vacante, hasta tanto se designe un nuevo titular por la vía institucional.


–¿En qué basa su presentación?

–La ley de subrogaciones 27.145 establece claramente en su artículo 7° que los subrogantes permanecen en sus cargos hasta que se cumpla la condición de su designación. Y la condición de mi designación es esa, justamente, que se designe a un titular. Así que la remoción implicaría lo mismo que aceptar que los jueces subrogantes pudiesen ser removidos por acto administrativo. Y de esa manera estar sujetos a las circunstanciales mayorías que puedan existir en el Consejo de la Magistratura. Los jueces tienen estabilidad garantizada constitucionalmente, por las convenciones de derechos humanos, mientras dure su designación.

–¿Había alguna causal para separarlo del cargo?

–No, ninguna. Se mencionó, a modo de pretexto, que la sala estaba atrasada en sus decisiones, tomando estadísticas de dos años previos a que yo la integrara, Pero aún si esa causal fuera cierta lo que debía hacerse era promover un juicio político para removerme.

–¿Usted relaciona esto con la causa por el Memorándum con Irán?

–Así se dijo públicamente. Yo no puedo adjudicar una motivación.

–¿El problema de fondo son las designaciones sin concurso?

–Exactamente. Es la situación que se crea cuando hay tantas vacantes. El cargo que yo ocupo está vacante desde setiembre de 2011, y recién a fin del 2014 se llamó a concurso.Esto es demostrativo de una actitud intencional de vaciamiento y debilitamiento del Poder Judicial

–Varios partidos políticos se han solidarizado con usted.

–Sí, políticos, agrupaciones de abogados, de jueces, incluso de otros países. La existencia de jueces estables es imprescindible para que puedan ser realmente independientes. Y los jueces independientes son la única garantía de que los habitantes de la República tengan a quién recurrir para asegurar el ejercicio de sus derechos.

–Si fallan en contra, ¿irá a la OEA?

–Estoy convencido de que hay jueces en la Argentina, estoy convencido de que la ley es clara, y estoy convencido de que quienes ejercen esas funciones van a decirlo.

–¿Mañana le puede pasar lo mismo a cualquier colega suyo?

–No tenga duda. Esto es una advertencia general a todos los jueces. Si alguien resuelve en forma que no me gusta, como castigo puedo hacer esto. Y si sospecho que alguien va a hacer lo que no responde a mi expectativa puedo previamente impedirlo.

–Hubo un pedido fiscal para que la Corte intervenga en su caso.

–Lo escuché, pero no conozco la presentación. Los fiscales han sido partes en algunos juicios, y seguramente el planteo está desde el punto de vista del aseguramiento del juez natural en esas causas.

–¿Qué ocurrirá con los casos en los que usted ya había intervenido pero todavía faltaba la sentencia?

–Si yo fuese juez de la misma Cámara seguiría firmando. Como no lo soy, solamente lo voy a hacer si hay una definición judicial que así lo decida. Pero de lo contrario, entiendo que esas causas caerían. Sería importante salvarlas.

–¿Y los actos de su reemplazante?

–No me haga especular sobre el futuro. Si usted ve algunas sentencias de la Corte en 2005, cuando la Magistratura hizo algunas designaciones que luego fueron sancionadas como inconstitucionales, una de las cosas que advirtió la Corte es el peligro de que al adoptarse determinadas decisiones por jueces que no han cumplido los requisitos constitucionales estos aparezcan luego viciados. Así se crea una situación de inseguridad jurídica.

–¿Y la nueva ley de subrogancias responde a ese planteo de la Corte?

–La ley de subrogancias autoriza al Consejo a designar subrogantes cuando hay vacantes, pero no a sustituir subrogantes, a removerlos. Eso es absolutamente irregular, ilegal, inconstitucional.