Graciela Pera
Clarin.comOpinión24/10/15
Restauración” deriva de “restaurar” en latín
restaurato. Según la definición del Diccionario de la RAE, se refiere a la
vuelta de una cosa al estado o circunstancia en la que se encontraba antes. La
“Justicia restaurativa” viene sonando con fuerza en los últimos tiempos en boca
de fervorosos abolicionistas. En nuestro país es una iniciativa que nació hace
12 años en la Unidad de atención de conflictos juveniles de la Facultad de
Derecho de la UNLP, junto con la cátedra libre Justicia Restaurativa y Derechos
Humanos, en donde trabajan abogados, psicólogos y terapistas ocupacionales.
Está dirigido a “los chicos que cometieron un error para que tomen conciencia
de lo que hicieron y asuman la responsabilidad de sus actos” y puedan
“restaurar” el error cometido; no sólo apunta a los victimarios sino a las
víctimas.
Esta iniciativa ¿podría ser aplicable a los
homicidios? De ser así, nos encontraríamos con un escollo: ¿cómo restaurar la
vida de un muerto? En caso de una violación ¿cómo se restauraría el cuerpo y la
psiquis de la mujer violada? Algunos dicen: “seguramente éste programa es para
delitos menores” sin embargo según Paz, se aplicó en un homicidio culposo en el
cual las víctimas (según los abolicionistas, “ofendidos”), no quisieron llegar
a la última instancia: el perdón.
La experiencia nos alerta de la total impunidad con
que avanza el abolicionismo. Si la propuesta incluye el perdón contemplado en
el marco de la justicia restaurativa originaria ¿en qué términos podrían
sentarse a hablar el ofensor y el representante del ofendido en un caso de
homicidio partiendo de la premisa del concepto de la palabra restauración? ¿Qué
derecho tiene el representante del ofendido de arrogarse la decisión de
perdonar en su nombre? Un homicidio es un delito de acción pública y está
involucrada, mal que les pese, toda la sociedad: nadie tiene derecho a sentarse
a “negociar”, aunque en el perverso diccionario abolicionista digan solapadamente
“restaurar”.
Esta justicia restaurativa va de la mano de un
abolicionismo a ultranza que quieren imponer algunos operadores judiciales. El
concepto “justicia” es abstracto y todo lo que emana del Poder Judicial es una
ficción jurídica, entonces se creen con derecho de crear una realidad que no se
condice con la del ciudadano de a pie. Las víctimas no somos partidarias de la
Ley del Talión. Aspiramos a que se cumpla con el Código Penal, cuyos delitos
están tipificados con su escala penal correspondiente. No queremos ser objeto
de las vejaciones que nos imponen a diario. El perverso abolicionismo intenta
un mero juego de palabras. Pero no se trata de cambiar las palabras, sino de
respetar la voluntad de la víctima y en los homicidios dicha voluntad por obvias
razones está ausente.
Graciela Pera
Integrante de Usina de Justicia
Mamá de Matías Díaz, Homicidio en Ocasión de Robo
19/3/2004.