Por Urgente24, 30 de julio de 2016
La Justicia y los Juicios de Lesa Humanidad
“Y la que los músicos llaman armonía en el canto,
Es lo que en la ciudad de llaman concordia,
Vínculo de bienestar seguro y óptimo para toda república,
Pues ésta no puede subsistir sin la justicia.”
Cicerón, República, II, 42 y 44
Quienes firmamos esta declaración hemos dedicado nuestras vidas a la enseñanza y la práctica del derecho y, por ende, al servicio de su fin o ideal: la justicia.
La justicia entre nosotros ha sufrido ataques y daños de considerable envergadura durante los últimos años, lo que ha generado amenazas muy graves para el bien común y la salud de la República.
Creemos que, gran parte del universo jurídico de la Argentina, con la sola exclusión de individuos fuertemente ideologizados, ha tomado conciencia del grave estado de situación que afecta a los detenidos acusados de delitos de lesa humanidad que viola elementales nociones de justicia y sus derechos humanos.
Así, se constata que, bajo el pretexto de la comisión de delitos de lesa humanidad, se violó el principio de legalidad, se reabrieron procesos que habían adquirido categoría de cosa juzgada y a los supuestos responsables de esos delitos se los ha privado de su derecho a un debido proceso, se les ha negado el beneficio de la detencón domiciliaria y se los ha excluido de una asistencia médica elemental.
Son los únicos a quienes se mantiene en prisión provisional, sin condena, luego de dos, tres, diez y más años. Son los únicos los cuales se les niega la aplicación de la ley penal más benigna para el cómputo de sus penas. Son los únicos a los cuales se les niega el instituto de la prescripción. Son los únicos a quienes no se les conceden la excarcelación, la libertad condicional o las salidas transitorias de las que gozan legalmente todos los presos, no importa el crimen por el que hayan sido acusados o condenados.
De resultas de este estado de cosas, hasta el momento 1.435 personas han sido privadas de su libertad y, de éstas, 248 llevan más de tres años de prisión preventiva y 360 han muerto en cautiverio. Todo ello en abierta violación a tratados internacionales que tienen jerarquía constitucional como la Convención Americana de Derechos Humanos, entre otros.
No menos censurable es el contexto y forma en que se han desarrollado estos juicios, ofreciendo en muchos casos un espectáculo indigno, absolutamente impropio de lo que debe esperarse de un tribunal, llegándose incluso a trasladar a los tribunales a personas en camilla o visible situación de incapacidad.
Asimismo, a los parientes de las víctimas del terrorismo que tuvo lugar antes de 1976 no se les ha reconocido reparación alguna, ni siquiera el derecho a la verdad. Una jurisprudencia amañada ha considerado que los graves hechos que se llevaron la vida de sus parientes no constituyen delitos de lesa humanidad por no haber existido intervención del Estado en su comisión. ello pese a que el Estatuto de Roma, que creó la Corte Penal Internacional y tipificó la figura de lesa humanidad, vigente en la Argentina a partir de Julio de 2002, considera expresamente, tanto a los delitos cometidos por agentes del estado cuanto a los perpetrados por bandas armadas, dentro de la misma categoría de lesa humanidad y, por ende, sujetos a idéntico régimen de imprescriptibilidad, entre otras características diferenciadoras de los delitos comunes.
En la última década se ha hecho una seria discriminación en detrimento de los hombres que llevaron a cabo la represión contra el terrorismo, quienes, aunque incurrieron en excesos y extralimitaciones inadmisibles, recibieron en todos los casos penas gravísimas. Mientras que a los responsables directos o indirectos del terrorismo se los ha colmado de honores; y en muchos casos se los ha premiado con cargos públicos e indemnizaciones. Esta asimetría hiere la conciencia y reclama urgente reparación. De lo contrario, lejos de hacerse justicia se habrá incurrido e una grave arbitrariedad.
No podemos aceptar que a las puertas del Bicentenario persista esta situación que continuará creando grietas en la sociedad, y que además, puede acarrearle a la Argentina responsabilidad internacional por la grosera violación de convenios internacionales. Esto debe terminar. El nuevo gobierno, la nueva dirigencia política, despojada de la ideología y de la instrumentalización política del odio y la venganza que caracterizaron a los años precedentes, constituyen una esperanza y es indispensable que restauren la concordia y la plena vigencia de los principios y contenidos de orden jurídico.
Buenos Aires, Julio 29 de 2016
Juan Ramón Aguirre Lanari - Julio E. Altamira Gigena - Jaime Anaya - Gregorio Badeni - Alberto Bianchi - Juan Carlos Cassagne - Ivan José María Cullen - Siro M.A. De Martini - Daniel Funes de Rioja - Guillermo Ledesma - Roberto Luqui - Daniel Sabsay - Alfonso Santiago - Jorge Vanossi.