Y LOS ACUERDOS
DE MADRID DE CAVALLO
Dr. César
Augusto Lerena
Pre-Acuerdo con el Reino Unido promovido por la
Canciller Malcorra tiene la misma matriz que el de “Madrid” de 1989/90 firmado
por Cavallo. Éste se fundó en levantar las sanciones comerciales de Europa, y
el presente, aspira a mejorar las deterioradas relaciones de Argentina con el
mundo de los negocios.
En ambos casos parece primar “el fin justifica los
medios” e ignoran, no sólo los aspectos legales claramente marcados en las
Resoluciones 31/49; 2065/65; 41/11; 3171/73; 3175/73 y 3336/74 de las Naciones
Unidas; la Constitución Nacional y de la Provincia de Tierra del Fuego,
Antártida e Islas del Atlántico Sur; la Convención de las Naciones Unidas sobre
el Derecho del Mar y las leyes nacionales 17.319, 23.775; 26.659 y 26.915;
sino, que desprecian los derechos soberanos argentinos sobre sus espacios
territoriales, los derechos sobre sus recursos naturales, los efectos
económicos sobre los trabajadores argentinos que viven de la explotación
pesquera y, muy especialmente, los esfuerzos de los combatientes de Malvinas,
sus muertos y heridos.
Las urgencias económicas, los avances y el
mejoramiento de la relación entre los países no pueden hacerse violando leyes y
sentimientos incorporados al ser nacional.
La cuestión, no pasa por reiterar la cesión de
soberanía o de los recursos naturales del atlántico argentino; tampoco,
desalentar aspectos relativos a las comunicaciones, transporte, educación o
sanidad; sino, desandar el citado Acuerdo de Madrid y su “fórmula del paraguas”
y dialogar sobre fórmulas creativas que están disponibles, sin que debamos caer
nuevamente en la enajenación de nuestro territorio marítimo e insular.