Por Héctor GIULIANO
(1.4.2022)
Probablemente el Acuerdo con el Fondo Monetario
Internacional (FMI) firmado por el gobierno Fernández-Fernández (FF) y aprobado
por el Congreso de la Nación pase a constituir uno de los hechos más infames de
la Historia Financiera de la Argentina.
Este acuerdo significa primordialmente tres
cosas:
1. Una convalidación formal del Stand-by (SBA)
Macri del 2018 y la consiguiente renuncia a formular objeciones sobre lo
actuado por el FMI, esto es, una aceptación por partida doble que inhibe
cualquier posible reclamación o replanteo futuro al respecto.
2. Un allanamiento a las exigencias de ajuste
financiero del FMI en materia monetaria, cambiaria y fiscal, que estamos y
vamos a seguir pagando los argentinos – a corto, mediano y largo plazo - al
servicio del Sistema de la Deuda Pública y del Capital Financiero, bajo un
mecanismo de servidumbre ante los compromisos asumidos y sujeto a la auditoría
permanente del Fondo.
3. Un interrogante acerca de la posibilidad de
cumplimiento efectivo del nuevo acuerdo que deja expuesto aún más al país y
colocada una “soga al cuello” al gobierno FF más grande y pesada que la que
asumió el propio Macri, ya que tanto la Junta Directiva como la
Directora-Gerente del Fondo están enfatizando los “altos riesgos” que el nuevo
acuerdo supone.
Este negociado del nuevo Acuerdo con el Fondo,
realizado por el tándem FF-Macri, deja así encadenada a la Argentina sine die –
formalmente, desde ahora hasta el 2034 - y lo hace en condiciones peores que
las aceptadas en la veintena de anteriores acuerdos suscriptos con el FMI.
EL AJUSTE DESDE ANTES QUE EL ACUERDO
La variable clave de la nueva modalidad de
ajuste financiero-fiscal del FMI aplicada por la Argentina es la Inflación que
– como hemos visto en trabajos anteriores – cumple la doble función de licuar
el Gasto Público administrativo y social (Remuneraciones,
Jubilaciones/Pensiones y Planes Sociales) mientras acrecienta la recaudación
tributaria por aumento de las bases imponibles (casos de IVA, Ganancias, Bienes
Personales, Impuesto al Cheque, Impuesto
a la Riqueza y alto componente tributario de las tarifas de Servicios Públicos.
Además que paralelamente se incrementan los valores por revalúo inmobiliario
que benefician también a las Provincias y Municipios.
Ya desde la gestión Macri y durante todo el
período que va del actual gobierno hasta la fecha la Inflación se ha
constituido en la principal herramienta de ajuste recesivo dentro de la “nueva
receta” del FMI, por la cual se disminuyen los ingresos reales de la población
a través de la Política de aumentos salariales, previsionales y sociales en
general por debajo del aumento de los precios de la Economía.[1]
Y todo ello, permitiendo las remarcaciones
sistemáticas de precios por parte de las empresas que manejan en forma
oligopólica los mercados sectoriales,
sin atreverse a montar verdaderos sistemas de controles de precios y,
por el contrario, apelando a planes inoperantes como Precios Cuidados y
búsqueda de acuerdos de Precios que – como se ha demostrado en la práctica – no
han servido para frenar los aumentos en los bienes y servicios, empezando por
los más graves de todos, que son los que tocan al sector alimentario.
Dicho con otras palabras: que el gobierno FF –
pese a su discurso público “para la tribuna” – en los hechos ha venido siendo
cómplice de la alta Inflación que sufre la Argentina y que este proceso
inflacionario ha revertido en su beneficio en línea con las exigencias fiscales
del FMI.
LA NUEVA SERVIDUMBRE FINANCIERA
Las condiciones de sujeción a los
requerimientos de resultados por parte del Fondo no sólo se han mantenido hasta
el presente sino que sus condicionamientos se agravan más todavía con la firma
del nuevo acuerdo; acuerdo éste que tiene carácter de Tratado Internacional y
ha sido aprobado por amplia mayoría de la Partidocracia (Oficialismo y
Oposición) como Ley del Congreso.
Una serie específica de medidas comprometidas
por la administración FF a través del nuevo Acuerdo con el FMI permite entrever
los hechos y los resultados de los principales requisitos aceptados:
a) Sustitución de la Emisión Monetaria – que no
debiera tener costo financiero directo para el Estado – por Emisión de Deuda
Soberana, que paga, en cambio, altísimas tasas de Interés (entre el 44 y el 46
% Nominales por obligaciones en pesos).
Con el agravante que la mayor parte de tales
emisiones no van a parar a la Base Monetaria sino al aumento de los Pasivos
Remunerados del Banco Central (BCRA) – por Leliq y Pases Pasivos - que se manejan
a través de negociados secretos con el grupo de grandes Bancos (Nacionales y
Extranjeros) que operan en la plaza local.
El pago de Intereses y/o su capitalización por
anatocismo incrementan los Gastos Fiscales (porque son Gastos Corrientes) y
también los Cuasi-Fiscales del Estado (por vía del BCRA), con lo que aumentan
el Gasto Público general y consecuentemente el Déficit Fiscal. E inciden así
simultáneamente – siguiendo la lógica de los propios portavoces del
establishment - en la Inflación, dado que son también Gasto Público (aunque
gastos de los que no se habla).
Es la tradicional y esencial diferencia entre
la teoría de financiamiento gratuito por emisión monetaria y la teoría del
financiamiento pago, con beneficio a los prestamistas, a través de Letras del
Tesoro y Bonos Soberanos que pagan altas Tasas de Interés a favor de los
acreedores.
b) Aumento directo de las Tasas de Interés –
que se comprometen como Positivas o superiores a la Inflación – de modo de
encarecer el financiamiento del Estado vía Deuda Pública, lo que obviamente
también aumenta el Gasto del Estado y su Déficit Fiscal.
Con el agravante que la suba de las tasas
oficiales sirve de piso a todas las tasas de interés del Mercado y, por ende,
se transmiten al Sistema de Precios, provocando Estanflación: recesión por
aumento del costo financiero de las Empresas (con traslado a Precios) y paralela merma del poder adquisitivo de la
gente. Lo que también deriva en más Inflación, como el punto anterior.
c) Aumento generalizado de Precios y Tarifas de
Servicios Públicos, para reducir Subsidios que hoy paga el Estado, lo que
también se traslada a los Precios y que se potencia a lo largo de toda la
cadena de distribución de bienes y servicios.
Con el agravante que el usuario recibe así
tales aumentos por partida doble: por un lado, como usuario directo, con el
aumento de sus boletas; y por otro, por el aumento adicional de los precios
producto del traslado que las empresas hacen de estos costos tarifarios a la
gente (lo mismo que la mayor parte de los costos tributarios, que se los
terminan pasando al sistema de Precios, ya que no existen controles al efecto).
d) Aumento del ritmo de devaluación diaria del
peso de modo que el Dólar – o cualquier otra moneda en general – vaya
aumentando progresivamente su valor al tipo de cambio oficial, lo que también
es inflacionario en la Argentina porque toda variación del Dólar se transmite
en la práctica, directa y/o indirectamente, a los Precios (más Inflación).
De todo esto surge así que los principales condicionamientos
aceptados por el gobierno FF ante el FMI revierten - por servidumbre a las
cláusulas impuestas - sobre la Economía Argentina con tendencia a ulteriores
incrementos de la Inflación siendo entonces que, notablemente, la Inflación que
es el principal instrumento de ajuste seguido por el tándem Macri-FF no sólo continuaría sino que se acrecentaría más aún,
acentuando la Receta Recesiva del FMI por la vía inflacionaria.
PROYECCIONES FINANCIERAS Y POLÍTICAS
El gobierno FF no ha firmado una refinanciación
directa del Stand-By (SBA) Macri del 2018 sino que lo ha hecho – y lo ha hecho
por Ley del Congreso – de modo indirecto, lo que es importante destacar:
1. El Gobierno Argentino acepta el SBA 2018 y
convalida así formalmente el negociado Macri-FMI, allanándose al cumplimiento
riguroso de dicho acuerdo.
2. Para poder cumplirlo – dado que no tiene
fondos porque carece de Liquidez y Solvencia para afrontar sus obligaciones de
la Deuda Pública – el Fondo “lo ayuda” girándole a cuenta cada uno de los vencimientos a medida que los
mismos se van produciendo (vencimientos que arrancaron en Setiembre pasado y se
prolongan escalonadamente hasta el 2024.[2][3]
3. Una vez cumplimentado por parte de la
Argentina este período de 30 meses – con 10 auditorías trimestrales de por
medio – el país entraría así en otro préstamo, independiente del anterior, bajo
régimen de Facilidades Extendidas (EFF o SAF), con plazo 10 años y 4 de gracia,
que empieza a regir desde entonces, de modo que los primeros pagos se
realizarían a partir del 2026 y hasta el 2035.
Esto es, que el SBA y el EFF quedan
diferenciados porque no hay refinanciación sino cumplimiento forzoso del SBA
primero para – luego del período de pago durante los 30 meses citados – el FMI
concede otro préstamo, que es distinto, pero por el pago de la deuda contraída
por el primero. Lo que es un “detalle” para nada menor dentro de la operatoria
jurídico-financiera impuesta por el Fondo.
Además, el nuevo Acuerdo no es solamente por
los 44.500 MD de Capital (sin contar Intereses que superarían los 10.000 MD) sino
que conlleva un adicional por unos 5.000 MD más, destinados a “refuerzo” de
Reservas Internacionales del Banco Central (BCRA), con lo que además se explicaría
así que las dos operaciones de crédito – SBA 2018 Y SAF-EFF 2022 – queden como
operaciones independientes entre sí.
CONCLUSIONES:
El objeto primario concreto del nuevo Acuerdo
aprobado con el FMI tiene claramente como finalidad convalidar lo actuado por
el gobierno Macri y también el amparo del comportamiento del propio FMI, que
otorgó el SBA 2018 bajo manifiestas irregularidades de no capacidad de repago
del país y violación de su propio estatuto (Artículo VI) al concederle fondos a
la Argentina que fueron destinados mayoritariamente a sostener la corrida cambiaria
de ese año y la consiguiente Fuga de Capitales.[4]
Los nuevos condicionamientos aceptados por el
Acuerdo no sólo implican un allanamiento de la administración FF a las
exigencias del Fondo sino que le permiten a éste facultades de auditoría y toma
conjunta de decisiones nuevas (por ejemplo, en materia de financiamiento de
Obras Públicas y de Infra-Estructura) que vulneran la capacidad de decisiones
nacionales propias en materias clave de su Política Económica y sobre todo Financiera.
Casi podría decirse que el rol a cumplir por el
Ministro de Economía y el presidente del BCRA pasaría así tan a segundo plano
que ambos se limitarían a convalidar lo autorizado por el FMI luego de sus
auditorías periódicas.
Amén que los Comunicados de Prensa del FMI – que
reflejan el sentido y la letra del Acuerdo firmado - dejan claramente
consignado que las obligaciones pactadas son rigurosas, fuertemente
condicionadas y, a la vez, de alto riesgo de incumplimiento (!), por lo que se
deja abierta la posibilidad de “recalibraciones” futuras en los planes
previstos y algunos sospechan incluso una posible nueva refinanciación después
del 2025, luego de cumplido los términos del SBA 2018.
Y todo ello, al amparo de una esperanza de
cambios en la Política Argentina donde la variable de ajuste clave, que es la
Inflación, es la que queda paradójica o sintomáticamente menos garantizada y
más expuesta.
Horas oscuras esperan para nuestra Patria a la
luz de ésta, que pasará seguramente a ser una de las claudicaciones más grandes
de la Historia Financiera Argentina.
Con la aprobación de la Ley que convalida el
nuevo endeudamiento con el Fondo se consolida uno de los más graves actos
institucionales de sometimiento y traición de la Clase Política frente a los
Intereses del Estado Nacional.
Esta Clase Política – Oficialismo y Oposición –
comprende incluso las abstenciones y gran parte de los votos negativos por
parte de legisladores que simplemente no quisieron quedar “pegados” formalmente
a la aprobación del nuevo acuerdo de rendición incondicional ante el FMI pero
que en la práctica lo posibilitaron por omisión y/o por inoperancia.
Paradójicamente, durante muchos años se le
reclamaba al Congreso su intervención y no complicidad con el Sistema de la
Deuda Pública debido a su negativa de tratar la Sentencia del Juez Ballestero
del 2000 sobre la Causa Olmos I; esperando algunos ingenuamente una reacción de
los legisladores frente al incumplimiento de sus funciones propias y
correctivas de las maniobras de endeudamiento delictivo de los sucesivos
gobiernos – desde el Proceso Militar hasta nuestros días – como si desde el
Poder Legislativo existiera la posibilidad de revertir la trampa de Deuda
Perpetua en que está metida la Argentina desde hace más de 40 años.
Pero cuando llegó el “momento histórico” en que
el Congreso – como ahora - tuvo que pronunciarse expresamente sobre éste, uno
de los casos más representativos de la corrupción del Sistema de la Deuda -
obligado incluso por los términos de la Ley 27.612 (denominada eufemísticamente
“Ley de Sostenibilidad de la Deuda Pública”, de Febrero de 2021) – la
Partidocracia con representación parlamentaria, en lugar de votar en línea con
los Intereses del Estado y el Pueblo Argentino, votó en cambio, y en forma
abrumadora, por la rendición financiera incondicional ante el FMI.
[1] Según datos del Ministerio
de Economía (MECON), Base Caja, en el Ejercicio 2021 los Ingresos Totales
aumentaron 83.4 % en relación al año 2020 – ayudados por el fuerte proceso
inflacionario – mientras que los Gastos Primarios (sin contar los Intereses a
Pagar) aumentaron bastante menos, un 50 % (49.6); y dentro de ellos el paquete
de Prestaciones Sociales lo hizo sólo el 32.6 %, precisamente por el mismo
motivo (aparte de la sub-aplicación de la movilidad jubilatoria durante el
2020): que es la Inflación. De modo que así el MECON pudo mostrar el año pasado
una reducción del Déficit Fiscal Primario del 44.0 %.
[2] El monto a refinanciar –
dadas las sobretasas que paga el país por el SBA - sería de unos 53.000 MD (Millones de Dólares):
44.500 MD de Capital más unos 10.000 MD de Intereses o más.
[3] Se establece un período de
30 meses para ello pero para garantizar su cumplimiento por parte de nuestro
país se le efectuará un estricto seguimiento con auditorías periódicas
trimestrales, que en caso de no cumplirse las metas cuantitativas financieras,
cambiarias y fiscales comprometidas pueden dar lugar a la suspensión de los
desembolsos y la consiguiente caída del acuerdo SBA (después que éste ya ha
sido legalmente convalidado).
El fondo fija además toda una larga
serie de cláusulas de sumisión que tocan a otros ámbitos de las Finanzas y la
Economía Argentina y que – dadas las limitaciones de espacio de esta nota – no
van a ser tocadas en el presente trabajo.
Empero, para quienes interese
profundizar el conocimiento del tema se recomienda la lectura de un trabajo –
que ya fue anteriormente adjuntado – de Javier Llorens, titulado “FMI: el obsceno pacto Guzmán–Georgieva es
peor que el Roca–Runciman” (del 8.3.2022), que se encuentra en el sitio
web:
https://stripteasedelpoder.com/2022/03/fmi-el-obsceno-pacto-guzman-georgieva-es-peor-que-el-roca-ruciman/
[4] Macri vino a Gobernar con
Deuda y, en línea con ese objetivo, aumentó la Deuda Pública durante su gestión
– fundamentalmente en los dos primeros años (2016-2017) – en unos 82.000 MD,
mientras que durante todo su mandato la Salida o “Fuga” de Capitales sumó
86.000 MD, lo que demuestra, en los números gruesos, que el principal destino
de ese incremento de la Deuda del Estado se utilizó para favorecer el negocio
especulativo-financiero con los grandes Fondos Buitre (Fondos de Inversión
internacionales relacionados directa y/o indirectamente con su gobierno), con
la venta de los dólares recibidos al Mercado y con el Tipo de Cambio relativo
retrasado.