miércoles, 25 de marzo de 2026

EUTANASIA

 

VUELVEN A PRESENTAR LA “LEY ALFONSO”

 

NOTIVIDA, Año XXVI, Nº 1407, 25 de marzo de 2026

 

“La eutanasia voluntaria, cualesquiera que sean sus formas y sus motivos, constituye un homicidio” (CEC 2324).

 

La diputada camporista Gabriela Estévez (Unión por la Patria, Córdoba) volvió a presentar el proyecto conocido como “Ley Alfonso”, que busca instituir el “derecho a la buena muerte medicamente asistida”. El nombre recuerda el caso de Alfonso Oliva, joven cordobés que padeció esclerosis lateral amiotrófica (ELA) y falleció en 2019.

 

El expediente original había perdido estado parlamentario y ahora regresa bajo el número 0622-D-2026. A Estévez la acompañan sus compañeros de bloque: Carlos Castagneto (Buenos Aires), Hilda Aguirre (La Rioja) y Alejandrina Borgatta (Santa Fe).

 

Características principales del proyecto

La eutanasia tendría cobertura integral y gratuita en el sistema público de salud, obras sociales y prepagas, incorporándose al Programa Médico Obligatorio (PMO).

Se declara ley de orden público, de aplicación obligatoria en todo el país.

Podrá solicitarla cualquier persona mayor de edad, argentino o residente permanente (mínimo un año), que padezca una enfermedad grave e incurable o un padecimiento crónico e imposibilitante.

Se establecen tres instancias de valoración: médico responsable, médico consultor y Consejería interdisciplinaria.

Los plazos de diálogo y reflexión tendrán un mínimo de 48 horas y un máximo de 15 días.

La objeción de conciencia es acotada en el plano individual: los profesionales deben derivar al paciente, mientras que la objeción institucional queda prohibida.

 

Otros proyectos impulsados por Estévez

Junto con la iniciativa sobre eutanasia, Estévez presentó:

Pensión reparatoria para personas mayores travestis y trans (Expte. 619/2026).

Programa “Acompañar” para mujeres y personas LGBT (Expte. 621/2026).

Plan nacional de gestión menstrual sustentable (Expte. 623/2026).

Paridad de género en sociedades del Estado y sociedades anónimas (Expte. 624/2026).