domingo, 17 de marzo de 2013

DEMOCRATIZAR LA JUSTICIA ES RESPETAR NUESTRA LEY FUNDAMENTAL




César Alejandro Tejerina*


La propuesta presidencial de introducir reformas en el sistema de elección de los integrantes del Consejo de la Magistratura de la Nación, en el marco de un paquete de normas tendientes a “democratizar” el Poder Judicial, hace prever la inmediata generación de conflictos que sólo ocasionarán nuevas demoras y serios perjuicios a las partes interesadas, y en especial a los justiciables.
Aun cuando no se ha conocido todavía el proyecto de ley que será enviado al Congreso de la Nación, el mensaje presidencial ante la Asamblea Legislativa anticipó que la totalidad de los miembros del órgano deberán ser elegidos por el voto popular, lo que desde ya genera discusiones en punto a la constitucionalidad del sistema propuesto.
Recordemos que los convencionales constituyentes de 1994, con la participación activa de la actual presidenta de la Nación, crearon el Consejo de la Magistratura como órgano integrante del Poder Judicial de la Nación, y por primera vez en nuestra historia con rango constitucional.

El artículo 114 de la Constitución Nacional –tomando el modelo europeo, en el cual cada estamento elige a sus representantes– dispone sin lugar a discusión posible que debe integrarse por una representación de los órganos políticos resultantes de la elección popular, de los jueces de todas las instancias y de los abogados de la matrícula federal.
Esta conclusión resulta aún más clara en tanto se advierta que la norma constitucional procura el “equilibrio entre la representación de los órganos políticos resultantes de la elección popular, de los jueces de todas las instancias y de los abogados de la matrícula federal”.
Es por ello que quienes integran el Consejo en representación de los órganos políticos (poderes Ejecutivo y Legislativo) colaboran en la función técnica y evitan, de esta manera, el corporativismo que podría ser ejercido por los principales actores del sistema judicial (jueces y abogados).
Esa y no otra es la razón del equilibrio exigido por la norma constitucional, es decir que las decisiones sean técnicas y se tomen en colaboración de todos los estamentos.

Como contrapartida, la elección por el voto popular de todos los integrantes del Consejo, como se pretende, además de encontrarse reñida con el sistema de partidos políticos adoptado por la Carta Magna para cubrir los cargos electivos en el orden nacional, sólo servirá para permitir la ruptura del equilibrio perseguido por el constituyente y la mayor injerencia de la “política” partidaria o ideológica, en detrimento del carácter eminentemente técnico de sus funciones, que tiene por finalidad buscar la designación de los más capaces para impartir justicia.
Es posible que el resto de las normas que integran el anuncio formulado por la presidenta de la Nación –las cuales tampoco se conocen hasta el momento– resulten útiles para “democratizar” el sistema judicial argentino.

Deberemos analizarlas en su oportunidad.
Pero debe tener en cuenta la Presidenta que durante el período presidencial que le pre­cedió, a cargo de su esposo, Néstor Kirchner, y en sus propios cinco años al frente del Poder Ejecutivo, se designó al 55 por ciento de los magistrados nacionales, entre jueces, camaristas y miembros de la Corte Suprema, según listas publicadas por el Consejo de la Magistratura. Cabe preguntarse: ¿esos magistrados eran democráticos y luego de su designación dejaron
de serlo?

Cuentas pendientes. Tampoco ha mencionado que existen hoy más de 50 vacantes por designar en la Justicia, 34 de ellas desde hace más de dos años, todo lo cual conspira contra una real democratización y, en especial, contra el funcionamiento del Poder Judicial.
Tal vez el Poder Ejecutivo Nacional debiera, en pos de democratizar la Justicia, efectuar las designaciones de magistrados respetando el orden de mérito elaborado por el Consejo de la Magistratura, tal como lo hizo oportunamente el Gobierno de la provincia de Córdoba.

Los abogados en el ejercicio profesional no desconocemos las falencias de la Justicia. Convivimos con ellas y luchamos diariamente para eliminarlas, así como también para lograr que quienes interpretan nuestra Constitución y las leyes sean los hombres y mujeres más idóneos, y en especial los más ­honestos.
Pero no podremos admitir que las críticas que se esgrimen en pos de esa supuesta democratización del Poder Judicial provengan, justamente, de quienes se han empeñado en desconocer los fallos que no le convienen al poder de turno, de aquellos que han politizado el funcionamiento del Consejo de la Magistratura y que ejercen presiones sobre los jueces con absurdas e improcedentes recusaciones, amenazando la estabilidad en sus cargos si no fallan como el poder político pretende que lo hagan.

Democratizar la Justicia impone además, al propio Poder Judicial
de la Nación, adecuar su funcionamiento a los requerimientos de los ciudadanos, priorizar la labor jurisdiccional de sus integrantes, designar exclusivamente por concurso a su personal, entre otros aspectos tendientes a hacerlo más eficiente para atender las necesidades de los justiciables.
Impone también al Poder Legislativo el inmediato dictado de las leyes e instrumentos que prescribe nuestra Constitución Nacional y cuya demora en ser sancionadas genera continuas violaciones al ejercicio de los derechos y garantías constitucionales.
Democratizar la Justicia, en definitiva, nos impone a todos –sin excepciones– el pleno acatamiento de nuestra Ley Fundamental y el más pleno respeto por la independencia del Poder Judicial. Y en el anhelo de lograr la democratización de la Justicia, que no es ni más ni menos que el acabado cumplimiento de las funciones del Poder Judicial, la abogacía organizada debe necesariamente estar presente a través de sus representantes, tal como lo marca nuestra Constitución, como parte inescindible del sistema de Justicia.

*Presidente del Colegio de Abogados de Córdoba

La Voz del Interior, 17-3-13