POR DIANA COHEN
AGREST
DOCTORA EN FILOSOFÍA
Acaso el fiscal no es
quien debe defender los valores de la sociedad? ¿Acaso su función no es la de
acusar en una proceso penal? Violando los principios básicos del derecho, la
jurisprudencia de los últimos años invirtió y pervirtió dicha función. En una
charla brindada en la Feria
del Libro, el fiscal de Casación Javier de Luca criticó que para combatir la
inseguridad se apele “al castigo, al mal, al derecho penal, al poder punitivo”.
Lo acompañaba el fiscal general Alejandro Alagia, que destacó que el proyecto
de reforma del Código Penal tiene como mérito plantear “que el castigo es una
solución irracional, una trampa”. La pregunta lógica es por qué se sigue
haciendo derecho penal si se considera que la pena es un hecho político,
extrajurídico e ilegítimo.
La respuesta es tan
contundente como sorprendente: como por el momento es imposible eliminar el
derecho penal, basta con usarlo como instrumento de implosión del mismo.
Esa estrategia está
claramente descripta por el juez Zaffaroni en un reportaje de 2003 concedido a
la revista Rolling Stone. Tras reconocer que envió a la cárcel a “mucha gente,
muchos años”, y tras admitir que es “horrible”, se detiene a pensar y añade:
“Sí, pero la diferencia es cómo lo encarás. Abrís un expediente y decís: ‘A ver
cómo lo zafo a éste’. Y si zafarlo no está bien, entonces digo: ‘A ver cómo
hago para que la lleve más aliviada’. Abriendo un expediente así, con esa idea,
vas a dormir tranquilo siempre. En definitiva, la función del juez penal es
contener el poder punitivo, ¿viste? Poder decir: ‘Bueno, hasta acá’. En el
ejercicio del poder punitivo llega un momento del proceso en que el acusado
está solo, todos contra él. Hasta que llega un tribunal que dice: ‘Vamos a ver
cómo compensamos esto’.” Mientras no se pueda demoler el sistema, los jueces
aglutinados en Justicia Legítima deben elegir el mal menor: aplicar el sistema
penal y condenar el delito para poder mantenerse en la posición que les permita
demoler el sistema desde su interior. Si no condenaran, deberían renunciar al
Poder Judicial, y no habría manera de transitar el pasaje hacia el
abolicionismo. Adoptando una impostura, simulan ejercer con convicción su
posición como jueces penales para, desde ese espacio de poder discrecional,
favorecer la impunidad.
Si bien buscan abolir
el poder punitivo, proponen conservar el derecho penal antipenalista que forme
a los futuros jueces en la voluntad de reducir y, si es posible, cancelar el
poder punitivo.
Con la disminución de
las penas para los delitos más graves, con atenuantes como la “pena natural”
(pasible de ser invocada por un homicida herido por quien intentó defender su
vida) y con las penas alternativas que la reforma del Código Penal se apronta a
legislar, los operadores jurídicos ejecutan la estrategia de infectar el
sistema, fortaleciendo el proceso de su deslegitimación.
Clarín, 8-5-14