InfoCaótica, 4 de diciembre de 2015
¿Cómo interpretar las condenas de la Iglesia en
materia socio-política? De una respuesta adecuada dependen muchas cosas
importantes. En esta entrada, el punto de partida será la realidad concreta:
casos que pueden plantearse en la actualidad. En la próxima, veremos una
importante distinción y algunos principios.
1. Juan Pérez es comunista y ateo. Médico de
profesión, practica abortos de manera habitual. El Dr. Pérez tiene un hijo
adolescente. Y en el ejercicio de su autoridad paterna,
(a) ordena a su hijo que todos los días tienda su cama
y mantenga limpia su habitación;
(b) permite que su hijo juegue al fútbol en el jardín
de su casa si antes ha cumplido con sus deberes de estado (estudiar, ayudar en
el hogar, etc.).
Si el hijo cumple el mandato (a), o usa del permiso
(b), ¿adhiere al comunismo ateo de su padre o es cómplice de sus abortos?
Otra cosa es si el Dr. Pérez ordena a su hijo hacer de
enfermero de los abortos…
2. La constitución argentina de 1853 es de inspiración
demo-liberal. Proclama libertades modernas entre las cuales está el derecho de
publicar ideas por la prensa sin censura previa (art. 14). Al amparo de
esta libertad de expresión la Argentina
ha vivido una avalancha de inmoralidad pública.
Julián Gómez es un nacionalista católico, radicalmente
opuesto a la constitución de 1853, al régimen demo-liberal burgués y a las
libertades modernas. Sin embargo, ejerce la libertad de expresión para publicar
sin censura previa (civil o eclesiástica) libros y artículos abiertamente
contrarios al sistema político imperante y a sus libertades de perdición. Por
su ejercicio de la libre expresión, ¿puede decirse que es partidario del
demo-liberalismo constitucional, promotor de la libertad de expresión o
cómplice de las inmoralidades públicas realizadas bajo su amparo?
3. La constitución de Uruguay también es liberal y
posee una impronta laicista más marcada que la argentina. El país tiene,
además, una explícita influencia de la Masonería en su vida pública.
En Uruguay, el referéndum es el instituto
constitucional mediante el cual las personas habilitadas para sufragar expresan
su decisión de ratificar o rechazar una ley que ha sido aprobada con todas las
formalidades del caso, dentro del año de su promulgación. Es un instrumento de
democracia directa dentro de un sistema de democracia representativa.
Un grupo de católicos uruguayos decide recolectar
firmas para llamar a un referéndum en orden a derogar la ley de despenalización
del aborto. ¿Puede decirse que por hacer tal cosa los católicos se hacen
adeptos del liberalismo constitucional o cómplices los ataques masónicos al
catolicismo?
Los tres casos plantean preguntas morales de respuesta
obvia. E ilustran una verdad práctica: al vivir en sociedad, muchas veces
entramos en relación con errores y pecados de los demás, que a veces pueden
estar institucionalizados. Sin embargo, nuestras acciones relativas a esos
males no implican siempre adhesión al error o una complicidad con el mal moral.