martes, 12 de abril de 2016

BATALLA DE TUCUMÁN 2016


Urgente24, 12-4-16

El 05/05 en Tucumán: Una veintena de imputados serán juzgados en el Tribunal Oral Federal (TOF) local, megaproceso oral conocido como “Operativo Independencia”, luego de que el juez federal N°1, Daniel Bejas, elevara a juicio a 6 nuevos sospechosos de haber cometido crímenes de lesa humanidad contra 269 víctimas. Tanto quienes defienden la memoria de los detenidos-desaparecidos como quienes reivindican a las fuerzas de seguridad y militares que combatieron a los guerrilleros procubanos, se enfrentarán en lo que ya se conoce como 'batalla de Tucumán 2016'.

 Declaración del Foro de Generales Retirados

"En la Argentina existen presos políticos y se violan los Derechos Humanos. El fallecido Fiscal Julio César Estrassera en declaraciones efectuadas en su momento al diario La Nación dijo entre otras cosas: «que estima conveniente terminar de una vez con los Juicios a los militares, que se están cometiendo atrocidades respecto de ellos, que es una barbaridad la negativa a conceder prisión domiciliaria a los mayores de 70 años y que los Derechos Humanos son para todos».

Decimos que existen Presos Políticos porque en la Argentina hay más de 2400 imputados, más de 1000 procesados, más de 600 condenados y más de 340 muertos en cautiverio como consecuencia de haber sido sometidos a los llamados «Juicios de Lesa Humanidad». Tales juicios son insanablemente nulos, ilegales e inconstitucionales en tanto para poder instrumentarlos- y también en su transcurso- se han violado los más importantes principios procesales y garantías constitucionales (se ha verificado la violación de catorce de estos principios) establecidos en nuestra Constitución Nacional y los Tratados Internacionales suscriptos por la República, lo cual consta en los alegatos de las defensas y se encuentran debidamente documentados.

Países como España (La audiencia Nacional), Francia (Corte de Casación) y la misma Corte Penal Internacional, emitieron fallos coincidentes en el sentido de que no procede someter a personas a juicios por delitos de Lesa Humanidad ocurridos con anterioridad a la entrada en vigencia de los Tratados que los definen como tales, señalando que tales hechos se encuentran prescriptos. En la Argentina, la incorporación de la Convención Internacional que establece la imprescriptibilidad de tales delitos, ocurrió el 10 de noviembre de 1995 (ley 24.584 y su puesta en vigencia por Decreto 579 del año 2003 firmado por el Presidente Kirchner) mientras que el Tratado de Roma, que los establece, entró en vigencia por Ley 26.200 del año 2007, prohibiendo el propio art. 25 su aplicación retroactiva. Se trata además de una legislación que aún hoy no está definida en el Código Penal Argentino.

Nuestra Corte Suprema, por decisión de la mayoría kirchnerista en el fallo «Arancibia Clavel», con la disidencia de los Dres. Frayt Belluscio y Vazquez, reabrió los Juicios haciendo que los jueces desconocieran el Instituto de la prescripción, aplicarán retroactivamente aquella categoría de delitos («de lesa humanidad») y dejarán que una supuesta «costumbre» internacional definiera los mismos, abandonando el principio histórico nacional e internacional de que toda ley penal debe ser previa, estricta y escrita. Una «costumbre internacional», por otra parte, desconocida hasta por los jueces que juzgaron a las Juntas Militares en la Causa 13/84, en la cual declararon prescriptos numerosos delitos.

En síntesis, para lograr el procesamiento de los imputados, se debió violar, tergiversar y manipular garantías y derechos constitucionales, creando una situación jurídica ilegal y totalmente alejada de los más elementales Principios del Derecho.

En otro orden, se vulneran los Derechos Humanos de las personas procesadas y encarceladas por los llamados Juicios de «Lesa Humanidad» mediante graves irregularidades verificadas y denunciadas por profesionales de la salud, entre ellos el eminente Perito Médico Legista y Científico Dr. Mariano Castex, quienes han constatado en informes periciales la ocurrencia de fallecimientos por abandono de personas, permanencia en cárceles de ancianos con patologías invalidantes y/ o irreversibles con riesgo de muerte, fallecimientos ocurridos por mala praxis médica, traslado de personas en condiciones de postración e invalidez para que asistan a juicios agravando su sufrimiento, falta de asistencia médica adecuada en los institutos penales, etc.

Presos políticos a quienes se le niega además la cosa juzgada, el beneficio de la excarcelación las libertades condicionales, la aplicación de la ley penal más benigna, se les prohíbe estudiar en las cárceles en donde padecen y mueren ante la indiferencia y el desamparo de la ley y además se les vulneran sus derechos humanos, constituye una realidad inaceptable para la Nación. Justo es reconocer que el Gobierno Nacional actual carece absolutamente de toda responsabilidad en ese sentido por tratarse de una situación heredada, pero que urge solucionar para evitar el agravamiento de las circunstancias planteadas y el incremento de muertos en cautiverio y para que en Año del Bicentenario de la Independencia, los Argentinos logremos la tan ansiada paz, reconciliación y unión nacional, será el mejor homenaje que podemos rendirles a los Próceres que nos legaron la Patria."

Grl (RE) Juan Miguel Giuliano
Grl (RE) David Ubaldo Comini
Grl (RE) Luis Albero Cloux