Laura Serra
LA NACION, 15 DE SEPTIEMBRE DE 2016
Después de 15 años de espera, es ley el proyecto que
regula el acceso a la información pública, una herramienta clave para promover
la participación ciudadana en la transparencia y el control en la
administración pública. La norma obliga a los tres poderes del Estado, al
Ministerio Público, a empresas, partidos políticos, universidades y gremios que
reciban aportes públicos, a responder las solicitudes de información que eleve
cualquier ciudadano en un plazo no mayor a un mes.
La flamante ley, inspirada en un proyecto que elevó el
Gobierno al Congreso en abril, se sancionó ayer en la Cámara de Diputados en un
trámite raudo y sin debate. Con el propósito de no dilatar más los tiempos, la
mayoría de los diputados acordaron ratificar la versión que aprobó la Cámara en
mayo y descartar los cambios que había incorporado el Senado la semana pasada.
La iniciativa se aprobó con 182 votos positivos frente a 16 negativos, estos
últimos provenientes de los bloques de izquierda, del socialismo y de Libres
del Sur.
Una paradoja: el kirchnerismo, que mientras ejerció el
gobierno trabó y demoró la aprobación de la ley, ayer no sólo apoyó la norma,
sino que incluso facilitó los dos tercios de los votos para apurar la sanción.
Eufórico, el ministro de Modernización, Andrés Ibarra,
celebró la sesión de ayer. "Hoy la Argentina se ubica en el puesto 54 en
el mundo en materia de apertura de datos públicos. El acceso a la información
es un derecho, pero nuestro objetivo es ser uno de los 10 países más
transparentes del mundo", exaltó.
La flamante ley impone plazos muy precisos para que
los distintos órganos del Estado cumplan con su deber de informar: 15 días, y
la posibilidad de una prórroga "excepcional" por otros 15 días. Al
respecto, el diputado Pablo Tonelli (Pro), presidente de la Comisión de Asuntos
Constitucionales, calificó de "gran avance" la sanción de la ley.
"No sólo toda persona humana o jurídica tiene derecho a requerir
información pública, sino que el proceso es muy simple y las excepciones son de
alcance limitado", destacó.
Justamente, entre las excepciones a la obligación de
informar figura la información clasificada como reservada, confidencial o
secreta por razones de defensa o de política exterior.
También, toda aquella información que pudiera poner en
peligro el funcionamiento del sistema financiero; secretos industriales,
comerciales, financieros, científicos cuya revelación pudiera perjudicar el
nivel de competitividad.
La Argentina era, junto a Bolivia, Cuba y Venezuela,
el único país de la región sin una ley de acceso a la información pública.
Ahora que fue sancionada, los distintos organismos del Estado tendrán un año
para adaptarse a las condiciones que le impone la norma. Reemplazará, así, al
decreto 1172/2003, un instrumento que permitía acceder a la información pública
pero sólo del ámbito del Poder Ejecutivo. Ahora estarán afectados los tres
poderes.
"En adelante veremos cuál de los tres poderes del
Estado cumple más acabadamente con las obligaciones de la ley. Esa es ahora
nuestra tarea: verificar la instrumentación de la norma", enfatizó la
diputada Karina Banfi (UCR-Cambiemos).
La advertencia parece dirigirse hacia el Poder
Judicial y el Poder Legislativo (sobre todo la Cámara de Diputados), que hasta
ahora se muestran reticentes a brindar información. Sin ir más lejos, la Corte
Suprema rechazó la semana pasada un pedido que había formulado la diputada
Elisa Carrió (Coalición Cívica) para acceder a las declaraciones juradas de su
presidente, Ricardo Lorenzetti.
"En muchas oportunidades, Lorenzetti se expresó a
favor de la ley de acceso a la información. Esta es una contradicción que ahora
deberá resolver", desafió Banfi.
Agencia independiente
La ley crea una Agencia de Acceso a la Información
Pública, un ente autárquico que funcionará con autonomía funcional en el ámbito
del Poder Ejecutivo. Su director, propuesto por el gobierno nacional, deberá
ser elegido en un procedimiento público y durará cinco años en su cargo. Tendrá
el rango de un subsecretario de Estado.
Asimismo, cada uno de los poderes del Estado deberá
crear sus propias agencias cuyo funcionamiento deberá ser acorde al de la
Agencia de Acceso a la Información Pública.
El Senado, en las modificaciones que incluyó y fueron
descartadas, había propuesto que el titular de la agencia debía contar con el
acuerdo del Senado. Asimismo, los senadores habían incorporado una cláusula
para que las sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, como es
el caso de YPF, también fueran obligadas a informar. También fue desechada.