viernes, 21 de julio de 2017

MADURO FUE DENUNCIADO


ANTE  LA CORTE PENAL INTERNACIONAL DE LA HAYA.
La misma tiene jurisdicción sobre los delitos que se le imputan


Por Carlos Alvarez Cozzi


“La Corte Penal Internacional de La Haya confirmó este miércoles 19 de julio a la agencia de noticias EFE que recibió la denuncia hecha por los congresistas de Colombia y Chile contra el presidente de la República de Venezuela, Nicolás Maduro, por graves crímenes contra el derecho internacional.”
Asi se consigna en varios portales webs de noticias.

Se informó que la oficina del fiscal de la CPI confirmó la recepción del escrito e indicó que el procedimiento siguiente será someterlo a una revisión de acuerdo con los estatutos de la Corte Penal de La Haya.
Agrega que “cumplido  este paso, se comunicarán con el diputado del partido colombiano Centro Democrático, Iván Duque, quien presidió la comisión que realizó la denuncia contra el mandatario venezolano.”

La tortura y la segregación son algunos de los crímenes por los cuales se ha denunciado a Maduro. La denuncia presentada en La Haya consta de 56 páginas y está firmada por 76 senadores de Colombia y más de 70 de Chile. Los argumentos presentados para la denuncia se basan en informes de la Organización de Naciones Unidas y  organizaciones de defensa de los derechos humanos.

A Maduro se le acusa de haber cometido graves delitos penados por el Derecho Internacional Penal durante las protestas que se registran en Venezuela desde abril de 2017, y asimismo cuando ejercía el cargo de canciller de su país,. en 2008.

Como expusimos en nuestro trabajo doctrinario sobre la CPI (http://www.pensamientopenal.com.ar/system/files/2015/04/doctrina40936.pdf),la misma es un órgano de justicia internacional independiente, de carácter permanente, cuyo objetivo es asegurar que los más graves crímenes internacionales como el genocidio, los crímenes de lesa humanidad y los crímenes de guerra no permanezcan impunes.

Fueron especialmente los aberrantes e inhumanos crímenes
cometidos durantela Segunda Guerra Mundial los que indujeron a la comunidad internacional a ir adoptando numerosas convenciones y tratados como la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (1948),la Convención sobre la Esclavitud (1926 y 1956),la Convención contra la Tortura (1984), etc., orientados a promover el respeto a los derechos humanos en todo lugar y bajo cualquier circunstancia.

Sin embargo, los valiosos principios establecidos en los tratados internacionales son a menudo violados por los mismos gobiernos que los han proclamado. Millones de personas han seguido siendo víctimas de genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra sin que los responsables de estos actos hayan debido rendir cuentas ante la justicia. Producto del convencimiento de que es precisamente esta situación de impunidad la que favorece la repetición de los hechos, la comunidad internacional consideró necesario el establecimiento de una instancia internacional encargada de asumir aquellos casos en que la justicia nacional se muestre incapaz o no dispuesta a hacerlo.

El Estatuto de Roma, adoptado el 17 de julio de 1998 consta
de 13 partes y 128 artículos en que se determina la competencia de la Corte, su estructura así como sus funciones. Entró en vigor el 1° de julio de 2002, luego de haber sido ratificado por 60 Estados Partes.
La sede dela CPI se encuentra en La Haya, en los Países Bajos.
La CPI está ligada a Naciones Unidas a través de un acuerdo aprobado durante la primera sesión de la Asamblea de Estados Parte, realizada en septiembre de 2002.

Entre los ya muchos Estados ratificantes del Tratado internacional conocido como “Estatuto de Roma” se encuentra Venezuela, por lo que la Corte tiene jurisdicción para conocer de la denuncia formulada contra el presidente Maduro.
En virtud de ello, el mandatario, deberá enfrentar la firme posibilidad de que sea sometido a juicio ante dicho Corte, con las repercusiones políticas y diplomáticas innegables que tal hecho habrá de generar, especialmente a nivel americano.