ANTE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL DE LA HAYA.
La misma tiene jurisdicción sobre los delitos que se le imputan
Por Carlos Alvarez Cozzi
“La
Corte Penal Internacional de La Haya confirmó
este miércoles 19 de julio a la agencia de noticias EFE que recibió la denuncia
hecha por los congresistas
de Colombia y Chile contra el presidente de la República
de Venezuela, Nicolás Maduro, por graves crímenes contra el derecho
internacional.”
Asi se consigna en varios
portales webs de noticias.
Se informó que la oficina del
fiscal de la CPI confirmó la recepción del escrito e indicó que el
procedimiento siguiente será someterlo a una revisión de acuerdo con los
estatutos de la Corte Penal de La Haya.
Agrega que “cumplido este
paso, se comunicarán con el diputado del partido colombiano Centro
Democrático, Iván
Duque, quien presidió la comisión que realizó la denuncia
contra el mandatario venezolano.”
La tortura y la segregación son
algunos de los crímenes por los cuales se ha denunciado a Maduro. La denuncia presentada en La Haya
consta de 56 páginas y está firmada por 76 senadores de Colombia y más de 70 de
Chile. Los argumentos presentados para la denuncia se basan en
informes de la Organización de Naciones
Unidas y organizaciones de
defensa de los derechos humanos.
A Maduro se le acusa de haber
cometido graves delitos penados por el Derecho Internacional Penal durante las
protestas que se registran en Venezuela desde abril de 2017, y asimismo cuando
ejercía el cargo de canciller de su país,. en 2008.
Como expusimos en nuestro
trabajo doctrinario sobre la CPI (http://www.pensamientopenal.com.ar/system/files/2015/04/doctrina40936.pdf),la misma es
un órgano de justicia internacional independiente, de carácter permanente, cuyo
objetivo es asegurar que los más graves crímenes internacionales como el
genocidio, los crímenes de lesa humanidad y los crímenes de guerra no
permanezcan impunes.
Fueron especialmente los aberrantes e inhumanos crímenes
cometidos durantela Segunda Guerra Mundial los que indujeron a la comunidad
internacional a ir adoptando numerosas convenciones y tratados como la
Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (1948),la
Convención sobre la Esclavitud (1926 y 1956),la Convención contra la Tortura (1984),
etc., orientados a promover el respeto a los derechos humanos en todo lugar y
bajo cualquier circunstancia.
Sin embargo, los valiosos principios establecidos en los tratados
internacionales son a menudo violados por los mismos gobiernos que los han
proclamado. Millones de personas han seguido siendo víctimas de genocidio, crímenes
de lesa humanidad y crímenes de guerra sin que los responsables de estos actos
hayan debido rendir cuentas ante la justicia. Producto del convencimiento de
que es precisamente esta situación de impunidad la que favorece la repetición
de los hechos, la comunidad internacional consideró necesario el establecimiento de una instancia internacional encargada de
asumir aquellos casos en que la justicia nacional se muestre incapaz o no
dispuesta a hacerlo.
El Estatuto de Roma, adoptado el 17 de julio de 1998 consta
de 13 partes y 128 artículos en que se determina la competencia de la
Corte, su estructura así como sus funciones. Entró en vigor el 1° de julio de
2002, luego de haber sido ratificado por 60 Estados Partes.
La sede dela CPI se encuentra en La Haya, en los Países Bajos.
La CPI está ligada a Naciones Unidas a través de un acuerdo aprobado durante la primera sesión de la Asamblea de Estados Parte,
realizada en septiembre de 2002.
Entre los ya muchos Estados
ratificantes del Tratado internacional conocido como “Estatuto de Roma” se encuentra
Venezuela, por lo que la Corte tiene jurisdicción para conocer de la denuncia
formulada contra el presidente Maduro.
En virtud de ello, el mandatario, deberá enfrentar la
firme posibilidad de que sea sometido a juicio ante dicho Corte, con las repercusiones
políticas y diplomáticas innegables que tal hecho habrá de generar,
especialmente a nivel americano.