por Carlos Tórtora
Informador Público, 8-12-17
El juez Claudio Bonadío ordenó el procesamiento con
prisión preventiva, previo desafuero como senadora, de la ex presidenta
Cristina Fernández de Kirchner, en el marco de la causa por presunto
encubrimiento del atentado a la AMIA que investiga el pacto de entendimiento
con Irán. Por el mismo hecho fueron detenidos ayer Luis D’Elía, Carlos Zannini
y Héctor Timerman. Más allá de que el pedido de desafuero de Bonadío seguirá su
tramite parlamentario, hace dos meses atrás Miguel Ángel Pichetto habló en
nombre del Senado fijando una postura que parece ser institucional y contraria
a la seguida por la Cámara de Diputados que si aprobó el desafuero de Julio de
Vido.
En un reportaje en Perfil que Jorge Fontevecchia le
hizo unas semanas atrás, Pichetto sostuvo lo siguiente:
— “¿Le asignás alguna posibilidad de que Cristina
Kirchner pueda no asumir o hacerlo por poco tiempo, siguiendo el camino de
desafuero de De Vido?
— No, no lo veo eso. El Senado tiene una línea digamos
de definición, que está reflejada muy claramente en el fallo de la Cámara
Federal que resolvió la procedencia de la candidatura de Carlos Menem a las
elecciones recientes, que sostiene el principio de presunción de inocencia y el
concepto de sentencia firme de naturaleza de cosa juzgada. Con lo cual, no veo
que la voluntad popular pueda ser vulnerada por un mecanismo de desafuero en
una instancia del proceso judicial, donde se está en la etapa de instrucción,
en la etapa de investigación.
— ¿Y por qué sería distinto del caso de De Vido?
— Bueno, yo personalmente opino lo mismo, digamos, sin
perjuicio de que ésta es otra Cámara y tiene su autonomía y decidirá qué hacer,
yo creo que el desafuero procede ante sentencia firme. Esto en términos,
digamos, también del principio constitucional de la inocencia. Esta es una
posición que yo vengo sosteniendo y que no diría que es doctrina en el Senado,
pero ha sostenido, digamos, en muchas situaciones individuales de pedido de
desafuero, esta línea de definición política.
— O sea, que para que haya sentencia firme, si llega,
pasa a Casación y llega a la Suprema Corte, pueden pasar 25 años.
— Bueno, eso es uno de los temas que tiene que
resolverse en la Argentina que es un procedimiento y un proceso judicial más
corto. Pero lo que sí es cierto, que si no hay sentencia firme, tu principio de
inocencia se sostiene, no se cae ese principio. Esto es una línea muy clara y
muy contundente desde el punto de vista judicial. La posición del Senado es de
construcción más legalista y más de reconocimiento al voto del ciudadano. A
ver, si analizamos el caso De Vido, más allá de la situación pública. Lo que
digo y lo que sostengo es que De Vido ha estado a derecho, se ha presentado
permanentemente en cada una de las citaciones judiciales, de hecho, hoy está
siendo sometido a un juicio oral en el caso Once, nunca ha dejado de comparecer
ante la justicia, no hay riesgo de fuga, tampoco me parece de interferencia en
la acción de la investigación judicial, acaba de renunciar a la presidencia de
la Comisión de Energía. Tengo una mirada más, digamos, más legalista de la
cuestión. Sé que a lo mejor esto no es políticamente correcto, sé que a lo
mejor aquellos que declaman con venganza mediática juicio y castigo”.
Todo indica entonces que las cartas están echadas y
que no habrá dos tercios de votos en el Senado para desaforar a CFK, más allá
del espectacular show mediático que acaba de empezar.
El voluminoso fallo de Bonadío, que alcanza las 365
páginas, analiza las distintas responsabilidades penales en orden al delito de
traición a la Patria. Uno de los ejes, sino el principal por su importancia en
el conjunto, es el Memorándum de Entendimiento firmado por los gobiernos de
Argentina e Irán y ratificado como tratado internacional por el Congreso de la
Nación. A lo largo del fallo abundan las mención es al documento como el
instrumento que posibilitaba obstruir el accionar de la justicia en la
investigación del atentado a la AMIA y levantar las alertas rojas de INTERPOL
sobre los iraníes imputados. En definitiva, el Memorando era el que
posibilitaba la comisión de los delitos que hoy se le imputan a la ex
presidente y a un grupo de sus colaboradores.
Asi, vemos que a fojas 265 de la sentencia de Bonadío
consta lo siguiente: “Héctor Timerman ocupó un puesto clave para el desarrollo
de la maniobra delictiva investigada, participando de las negociaciones,
presunta redacción y firma del memorándum de entendimiento como en todo lo
relacionado a su puesta en marcha y su incidencia en las “notificaciones rojas
“de Interpol”. A su vez, el ex diputado nacional Jorge Yoma, a fojas 351 y
refiriéndose al tratamiento del Memorándum en la Cámara de Diputados señala que
“sólo se contaba con la orden del Poder Ejecutivo y el texto del Memorándum. Es
decir, en aquellos tiempos era una práctica muy común del bloque oficialista
votara a libro cerrado las instrucciones del Poder Ejecutivo. Quiero aclarar
que cuando le requerí al bloque más información, me contestaron que era una
orden de la Presidenta”.
“Esta circunstancia nos permite concluir que el
memorando suscripto tuvo efectos concretos los cuales perduran actualmente en
cuanto a favorecer los objetivos de una potencia extranjera que tiene una
controversia pública con la Argentina (…) dice el fallo
Y más adelante agrega que “sin perjuicio en la forma
en la cual se intentó presentar el documento, sus deficiencias posibilitaron
que la totalidad de la oposición advierta que su suscripción tenía un objetivo
distinto al que quería mostrar el gobierno nacional y con su aprobación se
corría el riesgo de garantizar la impunidad de los prófugos de nacionalidad
iraní imputados en el marco de la causa AMIA”.
Preguntas sin respuesta
La enorme importancia asignada por el juez al
Memorándum llevaría a la conclusión de que, así como la justicia investigó las
conductas de la ex presidente y parte de sus colaboradores en relación a la
comisión de delitos vinculados con impedir el esclarecimiento del atentado a la
AMIA, del mismo modo cabría evaluar si los legisladores que convirtieron en ley
el memorándum no deberían también ser investigados.
En opinión de algunos funcionarios judiciales, lo que
se le imputa a CFK y su séquito hubiera sido imposible de no haber sancionado
el Congreso el memorándum.
Sin ir más lejos Pichetto al fundamentar su voto dijo
que el memorándum era "el camino para encontrar la verdad".
No podrían obviamente los senadores y diputados
oficialistas excusarse de sus responsabilidades argumentando la “obediencia
debida “ que expone Yoma en su testimonio judicial.
El interrogante de si los senadores y diputados que
votaron a favor del Memorándum son corresponsables con el Poder Ejecutivo por
las derivaciones penales de su aplicación no se aborda en el fallo de Bonadío y
es un tema que parece quedar pendiente. Sin embargo, vale subrayar que siendo
el Legislativo un poder independiente, la aprobación por el mismo de los
proyectos del Ejecutivo lo hace al primero enteramente responsable por sus
actos.
En todo caso, lo paradójico de la situación actual es
que Bonadío le esta pidiendo el desafuero de CFK a muchos senadores que votaron
en forma entusiasta el Memorándum. Es casi como pedirles que se autoincriminen.