viernes, 8 de diciembre de 2017

BONADÍO SE OLVIDO DE PROCESAR A LOS LEGISLADORES QUE VOTARON EL MEMORÁNDUM CON IRÁN


por Carlos Tórtora
Informador Público, 8-12-17

El juez Claudio Bonadío ordenó el procesamiento con prisión preventiva, previo desafuero como senadora, de la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner, en el marco de la causa por presunto encubrimiento del atentado a la AMIA que investiga el pacto de entendimiento con Irán. Por el mismo hecho fueron detenidos ayer Luis D’Elía, Carlos Zannini y Héctor Timerman. Más allá de que el pedido de desafuero de Bonadío seguirá su tramite parlamentario, hace dos meses atrás Miguel Ángel Pichetto habló en nombre del Senado fijando una postura que parece ser institucional y contraria a la seguida por la Cámara de Diputados que si aprobó el desafuero de Julio de Vido.

En un reportaje en Perfil que Jorge Fontevecchia le hizo unas semanas atrás, Pichetto sostuvo lo siguiente:

— “¿Le asignás alguna posibilidad de que Cristina Kirchner pueda no asumir o hacerlo por poco tiempo, siguiendo el camino de desafuero de De Vido?

— No, no lo veo eso. El Senado tiene una línea digamos de definición, que está reflejada muy claramente en el fallo de la Cámara Federal que resolvió la procedencia de la candidatura de Carlos Menem a las elecciones recientes, que sostiene el principio de presunción de inocencia y el concepto de sentencia firme de naturaleza de cosa juzgada. Con lo cual, no veo que la voluntad popular pueda ser vulnerada por un mecanismo de desafuero en una instancia del proceso judicial, donde se está en la etapa de instrucción, en la etapa de investigación.

— ¿Y por qué sería distinto del caso de De Vido?

— Bueno, yo personalmente opino lo mismo, digamos, sin perjuicio de que ésta es otra Cámara y tiene su autonomía y decidirá qué hacer, yo creo que el desafuero procede ante sentencia firme. Esto en términos, digamos, también del principio constitucional de la inocencia. Esta es una posición que yo vengo sosteniendo y que no diría que es doctrina en el Senado, pero ha sostenido, digamos, en muchas situaciones individuales de pedido de desafuero, esta línea de definición política.

— O sea, que para que haya sentencia firme, si llega, pasa a Casación y llega a la Suprema Corte, pueden pasar 25 años.

— Bueno, eso es uno de los temas que tiene que resolverse en la Argentina que es un procedimiento y un proceso judicial más corto. Pero lo que sí es cierto, que si no hay sentencia firme, tu principio de inocencia se sostiene, no se cae ese principio. Esto es una línea muy clara y muy contundente desde el punto de vista judicial. La posición del Senado es de construcción más legalista y más de reconocimiento al voto del ciudadano. A ver, si analizamos el caso De Vido, más allá de la situación pública. Lo que digo y lo que sostengo es que De Vido ha estado a derecho, se ha presentado permanentemente en cada una de las citaciones judiciales, de hecho, hoy está siendo sometido a un juicio oral en el caso Once, nunca ha dejado de comparecer ante la justicia, no hay riesgo de fuga, tampoco me parece de interferencia en la acción de la investigación judicial, acaba de renunciar a la presidencia de la Comisión de Energía. Tengo una mirada más, digamos, más legalista de la cuestión. Sé que a lo mejor esto no es políticamente correcto, sé que a lo mejor aquellos que declaman con venganza mediática juicio y castigo”.

Todo indica entonces que las cartas están echadas y que no habrá dos tercios de votos en el Senado para desaforar a CFK, más allá del espectacular show mediático que acaba de empezar.

El voluminoso fallo de Bonadío, que alcanza las 365 páginas, analiza las distintas responsabilidades penales en orden al delito de traición a la Patria. Uno de los ejes, sino el principal por su importancia en el conjunto, es el Memorándum de Entendimiento firmado por los gobiernos de Argentina e Irán y ratificado como tratado internacional por el Congreso de la Nación. A lo largo del fallo abundan las mención es al documento como el instrumento que posibilitaba obstruir el accionar de la justicia en la investigación del atentado a la AMIA y levantar las alertas rojas de INTERPOL sobre los iraníes imputados. En definitiva, el Memorando era el que posibilitaba la comisión de los delitos que hoy se le imputan a la ex presidente y a un grupo de sus colaboradores.

Asi, vemos que a fojas 265 de la sentencia de Bonadío consta lo siguiente: “Héctor Timerman ocupó un puesto clave para el desarrollo de la maniobra delictiva investigada, participando de las negociaciones, presunta redacción y firma del memorándum de entendimiento como en todo lo relacionado a su puesta en marcha y su incidencia en las “notificaciones rojas “de Interpol”. A su vez, el ex diputado nacional Jorge Yoma, a fojas 351 y refiriéndose al tratamiento del Memorándum en la Cámara de Diputados señala que “sólo se contaba con la orden del Poder Ejecutivo y el texto del Memorándum. Es decir, en aquellos tiempos era una práctica muy común del bloque oficialista votara a libro cerrado las instrucciones del Poder Ejecutivo. Quiero aclarar que cuando le requerí al bloque más información, me contestaron que era una orden de la Presidenta”.

“Esta circunstancia nos permite concluir que el memorando suscripto tuvo efectos concretos los cuales perduran actualmente en cuanto a favorecer los objetivos de una potencia extranjera que tiene una controversia pública con la Argentina (…) dice el fallo

Y más adelante agrega que “sin perjuicio en la forma en la cual se intentó presentar el documento, sus deficiencias posibilitaron que la totalidad de la oposición advierta que su suscripción tenía un objetivo distinto al que quería mostrar el gobierno nacional y con su aprobación se corría el riesgo de garantizar la impunidad de los prófugos de nacionalidad iraní imputados en el marco de la causa AMIA”.

Preguntas sin respuesta
La enorme importancia asignada por el juez al Memorándum llevaría a la conclusión de que, así como la justicia investigó las conductas de la ex presidente y parte de sus colaboradores en relación a la comisión de delitos vinculados con impedir el esclarecimiento del atentado a la AMIA, del mismo modo cabría evaluar si los legisladores que convirtieron en ley el memorándum no deberían también ser investigados.

En opinión de algunos funcionarios judiciales, lo que se le imputa a CFK y su séquito hubiera sido imposible de no haber sancionado el Congreso el memorándum.

Sin ir más lejos Pichetto al fundamentar su voto dijo que el memorándum era "el camino para encontrar la verdad".

No podrían obviamente los senadores y diputados oficialistas excusarse de sus responsabilidades argumentando la “obediencia debida “ que expone Yoma en su testimonio judicial.

El interrogante de si los senadores y diputados que votaron a favor del Memorándum son corresponsables con el Poder Ejecutivo por las derivaciones penales de su aplicación no se aborda en el fallo de Bonadío y es un tema que parece quedar pendiente. Sin embargo, vale subrayar que siendo el Legislativo un poder independiente, la aprobación por el mismo de los proyectos del Ejecutivo lo hace al primero enteramente responsable por sus actos.


En todo caso, lo paradójico de la situación actual es que Bonadío le esta pidiendo el desafuero de CFK a muchos senadores que votaron en forma entusiasta el Memorándum. Es casi como pedirles que se autoincriminen.