el trabalenguas
de Kicillof que desampara al paciente psiquiátrico e ilegaliza el sistema
Claudia Peiró
18 de Junio de
2021
En el acto que
compartió con Cristina Kirchner para inaugurar obras de ampliación del Hospital
pediátrico de La Plata, Sor María Ludovica, el gobernador Axel Kicillof dijo
que en su provincia han sido ejemplares en “desmanicomializar”, palabra que
apenas pudo pronunciar por lo enrevesada.
“Dejar de
estigmatizar, perseguir y marcar a aquellos que tienen estas dificultades”,
siguió diciendo Kicillof, eufemismo para referirse a las enfermedades mentales
que no quieren nombrar como si con ello bastara para que no existan. “La ley
exige, exige muy bien, que haya que atender en instituciones generales a aquellos
que tienen un problema de salud mental”, completó el gobernador.
En efecto, la Ley
a la que aludió Kicillof, votada en el año 2010, disponía el cierre de los
llamados monovalentes, clínicas y hospitales psiquiátricos, para el 2020, es
decir en un plazo de 10 años, previo aumento presupuestario, readecuación y
creación de nuevos dispositivos.
Ninguna de esas condiciones necesarias se cumplió,
pero eso no le impidió al ministro de Salud bonaerense, Daniel Gollán,
prohibir, en diciembre de 2020, vía resolución, las internaciones en
neuropsiquiátricos, dejando a los pacientes al borde del precipicio, sin
lugares apropiados para su atención.
Es como colocar el
techo de una casa sin haber levantado las paredes. Esto sucedía cuando
llevábamos casi un año de pandemia y la Argentina seguía en emergencia
sanitaria, lo que dice mucho sobre lo que se considera prioritario en materia
de salud. Gollán tomó esa determinación pese a que no se habían cumplido las
metas de inversión ni se habían creado los dispositivos intermedios previstos
por la Ley.
En 2010, el
kirchnerismo impulsó esta Ley de Salud Mental (n° 26.657), una norma de
espíritu profundamente antipsiquiátrico que demoniza a la profesión, cuestiona
el criterio del médico psiquiatra para definir los tratamientos y las
internaciones y condena a los mismísimos hospitales neuropsiquiátricos
-tratándolos de manicomios-, al punto de disponer su cierre en un plazo ya
vencido: 2020.
“Me pregunto si
Gollán se va a responsabilizar por las muertes que seguramente van a acontecer
a partir de su medida”, decía en aquel momento el médico psiquiatra Ezequiel
Espector. Podía sonar exagerado pero recordemos el caso del inspector de la
Policía Federal Juan Pablo Roldán, apuñalado por un enfermo psiquiátrico que
debió haber estado internado.
O el caso, más
reciente, de la mujer de 73 años que quemó a su hijo esquizofrénico de 45. Los
detalles del hecho desnudan la irrealidad en la que viven los redactores de la
Ley de Salud Mental. En la humilde casa de Llavallol donde vivía un matrimonio
con su hijo enfermo mental grave se estaba desarrollando un drama. El hombre
amenazaba con acuchillar a su madre. Los efectivos de la comisaría 4a que
acudieron al pedido de auxilio lograron controlarlo y el personal de
emergencias convocado decidió sedar al paciente.
La mujer les
rogaba que lo internaran, pero como su pedido no fue escuchado, roció al hijo
con alcohol y le prendió fuego. Un hecho y dos víctimas de la
desmanicomialización que alegremente pregonan algunos. Sólo los profesionales
del sector o quien haya convivido con un familiar víctima de este tipo de
enfermedades enajenantes puede comprender la desesperación de esa madre.
Ni hablar del
femicida recientemente capturado bajo un puente, que volvió a violar y matar
porque fue excarcelado y desmanicomializado, gracias a las teorías
abolicionistas a las que adhiere Kicillof.
El artículo 27 de
la Ley de Salud Mental 26.657 decía: “Queda prohibida por la presente ley la
creación de nuevos manicomios, neuropsiquiátricos o instituciones de
internación monovalentes, públicos o privados. En el caso de los ya existentes
se deben adaptar a los objetivos y principios expuestos, hasta su sustitución
definitiva por los dispositivos alternativos”
El artículo 28
disponía que “las internaciones de salud mental” deberían “realizarse en
hospitales generales”.
Finalmente, el
artículo 32 definía que, “en forma progresiva y en un plazo no mayor a TRES (3)
años” desde la sanción de la Ley, “las partidas (presupuestarias) destinadas a
salud mental (debían aumentar) hasta alcanzar un mínimo del DIEZ POR CIENTO (10
%) del presupuesto total de salud”.
“Según las normas
vigentes, puede decirse, sin eufemismos, que, desde el año 2020, todos los
manicomios y monovalentes de internación, psiquiátricos o de adicciones,
públicos y privados, son ilegales”, dijo a Infobae el abogado Ramón Vázquez, ex
subsecretario de Coordinación Administrativa de la Secretaría de Políticas
Integrales sobre Drogas de la Nación (Sedronar)
Especialista en
Derecho de Familia y con larga experiencia en temas de salud y adicciones,
Vázquez analizó la Ley desde el punto de vista estrictamente jurídico. Aún así,
aclara: “No me parece razonable que una asistente social y un equino terapeuta,
por ejemplo, opinen sobre si alguien tiene que estar medicado o no”.
“La medicación es
para los médicos -siguió diciendo Vázquez-y en la especialidad, para los
médicos psiquiatras. Pero esta es una ley absolutamente ideológica. Yo no puedo
decirle por ley a un cardiólogo cuándo hacer un bypass y cuándo no. Sin embargo
esta ley le dice al psiquiatra que no debe medicar sino en casos extremos, que
no debe internar sino… que si interna, al mes debe rendir cuentas al juez,
etcétera”.
La Ley estigmatiza
la psiquiatría y por poco asimila los tratamientos a la tortura. “Es ideológica
en un aspecto grave -señala Vázquez-. Los derechos humanos están en la
Constitución. No hace falta cada 5 renglones de una ley recordar que sos
defensor de los derechos humanos”. El artículo 38 de la Ley, por ejemplo,
atribuye al Órgano de Revisión la función de “proteger los derechos humanos de
los usuarios de los servicios de salud mental”.
En cuanto a las
internaciones, “han priorizado el derecho a la libertad sobre el derecho a la
vida”, dice. “Entonces, es la libertad a cualquier costo y tenés casos todos
los días, tenés los enfermos psiquiátricos en la calle”.
“Me dicen ‘vos
creés en la internación’ -dice Vázquez-. La internación es una alternativa a
veces necesaria. Ni los mismos psiquiatras creen que todos tienen que estar
internados. Pero hay patologías que necesitan medicación y esa medicación el
paciente no se la va a auto-administrar. Hay muchos medicamentos que deben ser
administrados bajo control. No necesariamente con internación pero sí con un
seguimiento”.
Se trata, recuerda
Vázquez, de pacientes de riesgo además. “¿Voy a internar a un brotado psicótico
al lado de un infartado? Un adicto o un enfermo mental grave no puede estar
internado en un hospital general. En el mejor de los casos se va”.
Y en el peor se
lanza por la ventana como sucedió desde el 4° piso del Hospital Posadas en el
año 2014 con un internado que además arrastró en su caída a un camillero; ambos
murieron.
La Ley de Salud
Mental evoca el Consenso de Panamá, surgido de la Conferencia Regional de Salud
Mental convocada por la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y por la
OMS, cuyo lema fue “por un continente sin manicomios en el 2020”.
“Pero -acota
Vázquez- la Ley argentina amplió el cuadro de instituciones que debían ser
sustituidas ya que no se ciñó, como en Panamá, a la desaparición de los
manicomios sino que agregó, cito, a todas ‘las instituciones de internación
monovalentes, públicas y privadas’, aunque no tengan características
manicomiales, características que ni siquiera fueron definidas”. En
consecuencia, “nuestra ley asimiló a todos los monovalentes de internación en
salud mental y adicciones a manicomios, aunque la mayoría está muy lejos de
serlo”.
Hace tiempo que la
gran mayoría de los neuropsiquiátricos han dejado de ser lugares de encierro y
se han adaptado al trabajo multidisciplinario: ni son manicomios ni son
monovalentes. De todos modos, no se entiende por qué, para los redactores de
esta Ley, es aceptable que existan establecimientos especializados en
cardiología, pediatría o traumatología y no en psiquiatría.
La Ley es
anacrónica. En una entrevista anterior con Infobae, directivos y profesionales
de clínicas psiquiátricas, agrupadas en la Asociación Argentina de
Instituciones de Salud Mental (Aisame), explicaron que hace tiempo trabajan con
el enfoque interdisciplinario y moderno que indica la nueva Ley de Salud
Mental; aún así, un grupo de ultra ideologizados quiere directamente eliminar
las clínicas y hospitales especializados.
Este es el aspecto
más controvertido de la Ley: a esta altura ya no deberían existir más clínicas
ni hospitales psiquiátricos en el país. Por lo irreal, no se ha cumplido; pero
pesa como amenaza y, como señala Ramón Vázquez, deja a los establecimientos de
salud mental en un limbo jurídico.
La Ley, elaborada
a espaldas de los especialistas en la materia, bordea la negación de la
enfermedad mental, como lo confirma el discurso del gobernador. La psiquiatría
es presentada casi como sinónimo de violación de los derechos humanos: en su
artículo 12, dice que la medicación no debe ser dada como castigo sino sólo con
fines terapéuticos. Un prejuicio y un agravio a la profesión psiquiátrica.
“La tortura es una
práctica condenable per se. Asociarla a los ‘espacios de salud mental de la República
Argentina’ es agraviante e injurioso”, decía un comunicado del equipo del
Hospital Infanto Juvenil Tobar García, que expresa el estado de ánimo de la
mayoría de los psiquiatras del país frente a una ley que los estigmatiza.
“Suponer que prácticas clínicas en instituciones de Salud mental son
equiparables a situaciones de tortura o promotoras de las mismas es
inaceptable”, agregaban.
Hace tiempo que
los neuropsiquiátricos han dejado de ser un lugar exclusivamente de encierro y
reclusión de enfermos mentales, un depósito de personas, aunque ésa sea la
imagen que perdura en el imaginario colectivo. “Curiosamente, dice Vázquez, la
mayoría de los dispositivos más parecidos, digo parecidos porque tampoco lo son
estrictamente, a manicomios, son públicos y dependen del Estado”. Aun así,
aclara que, si bien “son antediluvianos en lo edilicio, las prácticas
manicomiales no son una de sus características, desde hace mucho tiempo”. Ya
desde la Ley 22.914 de 1983 “hay un directo y concreto control jurisdiccional
sobre las internaciones psiquiátricas”.
Esto habla a las
claras del desconocimiento que tienen acerca de la realidad los que elaboraron
el texto de esta ley y los que hoy pretenden aplicarla; ni hablar de los que
levantaron la mano para votar algo que ni siquiera leyeron.
En cuanto al tema
presupuestario, no se cumple el incremento definido, y es imposible readecuar y
crear dispositivos intermedios sin fondos. Hasta ahora, en los diez años
transcurridos desde la promulgación, esos dispositivos que iban a reemplazar a
los monovalentes, como las casas de medio camino o los hospitales de día, no
fueron creados o no lo fueron en cantidad suficiente.
Ello no evita que
algunos funcionarios anuncien irresponsablemente el fin de las internaciones en
psiquiátricos o la desmanicomialización.
“Los supuestamente
prohibidos manicomiales y monovalentes se mantuvieron activos por la inacción
de las autoridades desde 2013 al no dictar, con presupuesto y tiempo, las
pautas para la creación y habilitación de los nuevos. Esto último recién lo
hicieron en 2019, pero sin correr los plazos. Si los dispositivos nuevos deben
sustituir a los existentes, éstos no deberían continuar, excepto que se
contradiga la ley. Si continuasen prestando servicios, como de hecho sucede- se
violaría lo que mandan las normas”, razona Vázquez.
En concreto, están
funcionado “sin soporte legal” y los organismos públicos, como Sedronar y Pami,
derivadores y financiadores del sistema, y los funcionarios judiciales que lo
avalan, están en la misma situación. También obras sociales y prepagas. “Si
estos operadores les derivan pacientes y pagan por ellos, estarían derivando y
pagando ilegalmente -sostiene-. Y serán responsables de las eventuales
consecuencias que esto pueda tener, dado que no han gestionado la modificación
legal de los plazos de cumplimiento de lo que dispone la ley”.
“Es como conducir
sin registro -dice-. Si no te detienen o chocás, no hay problema, pero si
sucede, aun teniendo razón, se deberá afrontar la responsabilidad del eventual
daño”.
Lo increíble es
que haya funcionarios que insistan en el cierre de instituciones, en prohibir
las internaciones y en la desmanicomialización sin haber cumplido con el
aumento presupuestario ni con la adecuación institucional. Como señala Vázquez,
el primer incumplimiento es de los mismos promotores de esta Ley inaplicable.
Para colmo, y a
tono con un estilo muy típico de esta administración, que es la manipulación
estadística, para fundamentar la necesidad de “desmanicomializar” apelaron en
2019 a reflotar un censo parcial, realizado varios años antes, que, dice
Vázquez, reprodujeron “sin rigor científico alguno”.
La finalidad:
decir que el promedio de internación de los pacientes psiquiátricos era de más
de 8 años, para justificar la estigmatización de la medicina psiquiátrica.
“Absolutamente falso”, sostiene Vázquez. Para respaldar esa cifra llaman censo
a lo que no lo es, dado que muchos neuropsiquiátricos no fueron censados y
tampoco lo fueron las comunidades terapéuticas que también están abarcadas por
la Ley. “Salvo que no las consideren monovalentes”, ironiza.
“El promedio de
tiempo de internación hubiese sido mucho más bajo si el censo se hacía a la
totalidad de efectores a los que alude la Ley, es decir los de Salud Mental y
los de Adicciones”, señala.
A diez años de
dictada la Ley, no hay definición clara de lo que se considera monovalente, no
hay un censo completo de las instituciones, no se amplió el presupuesto ni se
crearon los dispositivos intermedios o alternativos, pero el ministro de Salud
y el Gobernador bonaerenses dan por cumplida la Ley y empiezan por el final,
dejando a la intemperie a los pacientes y a los operadores del sector.
“¿Por qué no se
modifica el decreto de reglamentación 603/2013 fijando plazos atendibles ya que
recién en el año 2019 se fijaron las directrices para que los supuestos
monovalentes se adecuaran y todo ello sin el incremento de las partidas para
salud mental que ordenaba la Ley?”, pregunta también.
“La ideologización
ha llevado a un camino sin salida a los pacientes de salud mental”, dice
Vázquez.
La ley,
recordemos, dispone la internación en el hospital general, para no
estigmatizar, según la postura de moda, que consiste en concreto en dejar
desprotegida a la persona, porque el grueso de los establecimientos no tiene
condiciones para internar a ese tipo de pacientes. Como subraya el psiquiatra
forense Andrés Mega, en una columna de Opinión, que se publica en esta misma
edición, “más allá de las necesidades en materia de personal e infraestructura
que no existen a la fecha, la Ley desconoce un principio básico, que es que los
pacientes generales están en cama, y los psiquiátricos deambulan todo el
tiempo, algo imposible de congeniar.”
“Muchos pacientes
que deberían estar internados pasean sus patologías psiquiátricas por la calle
-describe Ramón Vázquez-. Cada vez vemos más hechos de violencia causados por
ellos al no tener el seguimiento que necesitan”.
Por último, vuelve
sobre la pretensión de que la finalidad de la Ley es proteger los derechos
humanos: “Sólo, y en apariencia, se estaría protegiendo el derecho a la
libertad de personas que no están, en muchos casos, en condiciones de decidir
sobre su propia existencia. Pero deben opinar sobre su internación o no. O bien
queda sujeta a una terminología compleja, ‘riesgo cierto e inminente’, la
decisión de internarlos involuntariamente, lo que pone a muchos ante la
disyuntiva: abandono de persona o privación ilegítima de la libertad. Aunque
suene duro, hay que decir que la primera es más barata en cuanto a riesgo de
condena”.