OCUPA Y EXPLOTA EL ATLÁNTICO SUROCCIDENTAL
CESAR LERENA
14-11-2022
La Argentina es un
Estado Marítimo. No parecen entenderlo las Autoridades de los gobiernos
argentinos, incluso aquellos que son responsables del mar argentino, sus
archipiélagos y la explotación de los recursos y, son varias las razones por
las cuales entendemos que el Estado Nacional no ejerce soberanía política y el
debido control y administración del Atlántico Suroccidental. Podríamos ampliar
también sobre la falta de administración adecuada del Río Paraná y el Río de la
Plata; pero, no es el objeto de este escrito y, aunque, tienen efectos
negativos convergentes, los funcionarios siguen sin regular las cuestiones
políticas fluviales y marítimas, motivo por el cual, en este último ámbito, los
recursos naturales argentinos son expoliados por el Reino Unido, China, España,
Taiwán y Corea del Sur, quien junto a Japón capturan el 85% de la pesca a
distancia en forma subsidiada, sin control de los Estados de pabellón, sin
acuerdo con Argentina (el Estado ribereño) y, del total mundial de 37 millones
de horas de pesca ocupan unas 25 millones de horas (César Lerena “La
responsabilidad del gobierno sobre la pesca ilegal de los recursos migratorios
argentinos en Malvinas y alta mar” 15/4/2022).
Asuntos relativos
a la soberanía territorial; a los recursos naturales; económicos; ambientales;
alimentarios; sociales y culturales del mar y los archipiélagos argentinos
limitan la autonomía de la Nación; impiden el desarrollo nacional y empobrecen
al pueblo argentino y, muy particularmente, a las poblaciones del litoral,
debilitando, no solo la soberanía argentina en el territorio marítimo, sino
también en la Patagonia continental, cuya densidad población es de las más
bajas del país.
Demostraremos en
este escrito que los extranjeros ocupan, administran y explotan el Atlántico
Suroccidental y, el Reino Unido controla desde Malvinas, los accesos al Océano
Indico y al Pacífico, avanzan en la constitución de un Centro Regional (hub) en
Malvinas, además de fortalecer su proyección hacia la Antártida, todos efectos
que para la Argentina pueden ser inconmensurables.
La falta de
políticas activas del Estado Argentino en el Atlántico Suroccidental.
En lo relativo a
Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur (en adelante Malvinas) la
Argentina ha llevado una política de declamación de derechos, resignando en
terceros países y organismos multilaterales las acciones destinadas a
reintegrar la posesión de los archipiélagos usurpados por el Reino Unido de
Gran Bretaña e Irlanda del Norte (en adelante Reino Unido). Más allá de la
acción directa que significó la recuperación de Malvinas en 1982, los ejes de
la política nacional se han limitado a solicitar el diálogo sobre la
negociación con el Reino Unido respecto a la soberanía (plena) de Malvinas; a
cooperar en forma unilateral con los isleños (vuelos, etc.) y a solicitar el
apoyo de terceros a los derechos argentinos. Los resultados de esta política
están a la vista: Hace casi 190 años (1833) cuando los ingleses invadieron
Malvinas esta ocupación inglesa se limitaba a 11.410 Km2 y, hasta 1982 el
control británico se reducía a este espacio (20.007 km2 con las otras islas)
más tres millas de mar territorial; aunque, los buques argentinos podían seguir
pescando fuera de estos espacios. En la actualidad, el Reino Unido tiene
ocupado 1.639.900 Km2 y, en disputa 3.857.278 Km2; es decir, un total 5.497.178
Km2 del territorio argentino. Léase bien: 5.497.178 Km2, casi el doble del
territorio continental argentino (sin la Antártida). Por mucho menos (11.410
km2) llevamos adelante la recuperación de Malvinas en 1982; estuvimos al borde
de un conflicto armado en 1907/8 con Uruguay y Brasil por unos reducidos km2 de
mar territorial de Uruguay (simplificando) o con Chile en 1977 donde ambos
países efectuaron movimientos de tropas por la soberanía de unas islas e
islotes (en especial las Picton, Nueva y Lennox, de un total de 396,5 km2) al
sur del Canal Beagle y los espacios marinos adyacentes, que aunque se
introducen en el Atlántico, alcanzan superficies muy menores a la indicadas
precedentemente (simplificando) y otros tantos ejemplos que podríamos citar. No
está la Argentina en posición de dirimir la cuestión a través de las armas,
pero de ahí a la parálisis total hay un abismo. Los gobiernos argentinos están
congelados en la cuestión Malvinas y mantienen desmalvinizado al pueblo
argentino.
Me pregunto ¿qué diría San Martin que liberó a Perú y Chile? territorios de menor dimensión de los ocupados o en disputa con Reino Unido. ¿O Rosas y Mansilla que llevaron adelante la Batalla de la vuelta de Obligado de 1845? que dio lugar a que en un solo día murieran unos 200 argentinos o “los caudillos y patriotas? que lucharon y trabajaron para dar lugar a la independencia nacional.
En los espacios ocupados, el Reino Unido explota los recursos petroleros y captura un promedio de 325.000 toneladas anuales de recursos pesqueros, por valor de unos 1,5 mil millones de dólares FOB que, en el comercio final, se transforman en unos 6 mil millones por año (Mercado Central de Valencia, 10/2022). Ante este escenario y, mientras el Reino Unido no se avenga a negociar la soberanía plena de Malvinas, la Argentina debe declarar “Zona de Emergencia Pesquera y Ambiental en Malvinas y las aguas correspondientes” en atención a la violación por parte del Reino Unido de la Res. 31/49 de las Naciones Unidas y la imposibilidad argentina de controlar las capturas, en su condición de Estado ribereño (CONVEMAR), a la par de evaluar la aplicación de un “boicot biológico” para evitar la depredación del calamar (Illex argentinus) que migra al área de Malvinas.
Por otra parte,
entre 350 y 500 buques pesqueros chinos, españoles, británicos, coreanos,
taiwaneses, etc. anualmente extraen 1.080.000 toneladas de recursos pesqueros
migratorios originarios de la Zona Económica Exclusiva (en adelante ZEE) Argentina,
con la pasividad total de los sucesivos gobiernos argentinos. Todo ello le
significa graves perjuicios a todos los argentinos. En primer lugar, se impide
el desarrollo de la Patagonia continental; por otra parte, se pierden de unos
50 mil empleos directos; en tercer lugar, se produce una evasión económica del
orden de los U$S 4.000/Año FOB (que en el comercio final se transforman en unos
U$S 24.000) y una competencia desleal en el mercado internacional con los
productos de las empresas radicadas en Argentina; en cuarto lugar, la pesca sin
control ocasiona un desequilibrio y la insostenibilidad del ecosistema, con
efectos directos sobre las capturas en la ZEE Argentina y, finalmente, el
desaprovechamiento con fines sociales de los descartes pesqueros de calidad que
habrían de asegurar la alimentación proteica de seis millones de niños y
adolescentes argentinos por día, todos los días, todo el año, donde «según el
último informe del INDEC unos 5,5 millones de menores de 14 años no cubren sus
necesidades básicas» (Santiago Rojas, Perfil, 30.3.2022). Es este último
aspecto, la inoperancia del gobierno es criminal, ya que ni siquiera actúa para
aprovechar los descartes de la flota argentina.
La Secretaría de
Malvinas de la Cancillería Argentina y el Consejo Nacional de Malvinas creado
por Ley 27.558 el 4/8/2020 no se han apartado de las citadas declamaciones y,
no han propuesto al Poder Ejecutivo Nacional -al que supuestamente asesora- la
ejecución de ninguna política que ponga en acción las prescripciones de la
Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional. Varios de sus
miembros han sido partícipes en la elaboración y promoción de ruinosos Acuerdos
(Madrid, Nueva York, etc.) e incluso su integrante Marcelo Kohen -acompañando
las políticas de los Cancilleres Malcorra y Faurie que suscribieron el Pacto
Foradori-Duncan- en 2018 les propuso un plan a los isleños (Infobae, 2018/CARI,
2018) que, entre otras cuestiones, les habría de permitir seguir determinando
quién puede o no radicarse en las Islas y, la realización de un referéndum, que
los hubiese habilitado a elegir si deseaban ser británicos o argentinos,
cuestión que viola la citada Disposición Transitoria y, que hubiera sido
suficiente justificativo para no incluirlo en el referido Consejo (entre otras
sanciones más graves); pero no, no solo se lo incluyó en ese Cuerpo Asesor del
PEN, sino que se lo promovió para integrar la Corte Internacional de Justicia;
asiento, que finalmente quedó en manos del candidato brasileño Leonardo Nemer
Caldeira, a quien, seguramente, no se le podría ocurrir un dictamen semejante,
que violenta todos los argumentos argentinos y las propias las resoluciones de
las Naciones Unidas, que desestiman toda participación de los implantados
isleños. La neutralidad e imparcialidad que exige a quienes usan esa poltrona
judicial, jamás podrían admitir semejante plan en favor de los intereses
británicos.
Se requiere
reafirmar la Política de Estado prevista en la Disposición Transitoria Primera
de la Constitución Nacional (“…recuperar los territorios y el ejercicio pleno
de la soberanía…”) y frente a un mar argentino extranjerizado, crear el
“Ministerio del Mar e Islas del Atlántico Sur” como Perú, Francia, Portugal,
Canadá, Korea e Indonesia, donde se diseñen y ejecuten todas las políticas
marinas, insulares, mercantes, fluviales, portuarias, pesqueras, navales, de
investigación y tecnología, de desarrollo y consumo o, en su defecto, crear un
nuevo “Territorio Nacional Marítimo” con el correspondiente Acuerdo político,
económico y ejecutivo con la Provincia de Tierra del Fuego, en aquellos ámbitos
de su jurisdicción y dominio.
Por cierto, deben derogarse/desecharse los Acuerdos de Madrid I y II que limitan la acción de defensa nacional naval y aérea; habilita de hecho la captura de los recursos pesqueros argentinos y, supone, la existencia de un diálogo entre las partes -sin debilitamiento de la soberanía- que la Argentina reclama; el Pacto Foradori-Duncan que refiere a eliminar todos los obstáculos para el desarrollo de Malvinas y sobre asuntos relativos a la Antártida y, el llamado Acuerdo de Nueva York (Ley 25.290) que da la lugar a injerencia de las Organizaciones Regionales de Ordenamiento Pesquero (OROP) sobre los espacios de jurisdicción y dominio argentino -incluso los Puertos- y los recursos migratorios originarios de la ZEE Argentina y, que daría pie a la pretensión británica de co-administrar el Atlántico Suroccidental.
Tampoco ha llevado
adelante una política de relación con la Unión Europea post-Brexit de modo que
todos los productos pesqueros originarios en el Atlántico Suroccidental estén
certificados en su origen y trazabilidad por los Estados ribereños de
Argentina, Brasil y Uruguay, según el Área FAO que corresponda, para terminar
con la pesca ilegal de Malvinas y sobre los recursos migratorios de las ZEE
correspondientes.
Mientras todo ello
ocurre, la Argentina no tiene hipótesis de conflicto (¿?); el gobierno autoriza
la incorporación a la flota nacional a buques fabricados en España, mientras
empresas gallegas pescan en forma ilegal en Malvinas y no se sanciona a las
empresas de esta nacionalidad ni a las coreanas, taiwanesas y británicas que
pescan en el Archipiélago sin autorización del Estado Argentino, tampoco se les
cobra derechos aduaneros ni de captura violando las Leyes 24.922; 26.386 y
27.564 que prohíben la pesca en territorio nacional sin habilitación argentina,
en un abierto incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos del
Secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca, el Secretario de Malvinas, el
Subsecretario de Pesca, el Consejo Federal Pesquero y el Director de
Fiscalización Pesquera. Por otra parte, favoreciendo la logística de los
isleños, se autoriza el uso del espacio aéreo argentino a la empresa chilena
LATAM que transporta pasajeros, trabajadores de las islas, insumos diversos y
alimentos.
México, un país que está lejos de tener la disputa marítima e insular y la problemática pesquera que tiene Argentina, dictó la Ley General de Pesca (2007 reformada en 2018, Art. 17º) que indica: “el Estado Mexicano reconoce que la Pesca es una actividad que fortalece la soberanía alimentaria y territorial de la Nación; un asunto de Seguridad Nacional y una prioridad para el desarrollo nacional”. Contrario a ello, la Argentina no cuenta con el suficiente equipamiento naval y de control del mar acorde a las amplias superficies marinas que dispone que, con carácter disuasivo, eviten la pesca ilegal y faciliten los acuerdos pertinentes sobre las capturas de las especies migratorias originarias de la ZEE Argentina y, con relación a la invasión que sufre en territorios argentinos por parte del Reino Unido y, el importantísimo número de buques extranjeros en la región. Junto a ello, el Estado Nacional tampoco inspecciona el transporte de productos pesqueros en la ZEE Argentina, la Zona Común de Pesca y el Río de la Plata en aquellos buques extranjeros que realizan pesca en Malvinas y sobre los recursos migratorios originarios de la ZEE Argentina capturados sin control del Estado de bandera y sin acuerdo de los Estados ribereños de América oriental que, en todos los casos, solo por ello y otras razones, debieran ser tipificados de procedentes de la Pesca Ilegal y, consecuentemente, sancionados y comisadas las materias primas, artes de pesca, etc. y, reformarse el artículo 186º del Código Penal argentino de modo de aplicar sanciones penales a los responsables, como muchas leyes de Suramérica, la Unión Europea y Estados Unidos lo hacen.
Los gobiernos nacionales han sido incapaces de llevar adelante un “Acuerdo complementario del Tratado del Río de la Plata” para terminar con el uso irregular de los puertos de Uruguay, donde se les presta apoyo logístico a buques que realizan pesca ilegal en el Atlántico Suroccidental; del mismo modo, firmar un Protocolo adicional al MERCOSUR para contrabalancear la presencia extracontinental en el Atlántico Suroccidental y, llevar adelante una Convocatoria a los países de Suramérica y del Caribe para aplicar una política conjunta contra la apropiación de los recursos migratorios originarios de las ZEE de los Estados ribereños del orden de los 7,8 millones de toneladas anuales por unos 11.770 millones de dólares estadounidenses.
Por otra parte, la Argentina mantiene viva la Ley 24.184 (4/11/2022) “de protección y promoción de las inversiones británicas en el país” y, el Reino Unido, tiene intereses en grandes extensiones de tierra, aeropuertos privados y sobre recursos esenciales como el petróleo, gas, energía, alimentos, etc. concesiones de ríos interiores y, se encuentra atrás del litio, pese a la apropiación del territorio nacional y los recursos naturales del área de Malvinas y, por su parte, las empresas pesqueras extranjeras radicadas en la Argentina debilitan territorialmente la Patagonia continental exportando con bajo valor agregado, transfiriendo el trabajo a los países desarrollados; razón por la cual, las cuotas de capturas deberían otorgarse a estas empresas a condición de que las exportaciones sean con un 100% de valor agregado y empleo argentino.
Por si faltaba
algo, la Argentina admite el funcionamiento de ONGs extranjeras con intereses
en Malvinas (como detallaremos más adelante); organizaciones que incluso
coordinan el diseño estratégico del control y la administración del mar y los
recursos, lo que resulta a todas luces inadmisible.
Finalmente, la
Argentina carece de un régimen de promoción de la flota mercante, fluvial y
pesquera que aliente la construcción nacional y termine con la importación de
buques extranjeros; un plan nacional de educación que reafirme desde la niñez y
en los distintos niveles de educación los derechos históricos, geográficos,
jurídicos y sobre los recursos naturales de la Argentina de los territorios
insulares y marítimos de las Malvinas y la Antártida y, debe implementar campañas
de consumo interno de productos pesqueros para llevar de 4,8 kg. per cápita/año
a 20 kg., que es consumo promedio mundial; no solo, porque mejoraría la salud
de los nacionales, sino también, porque no es de esperar que los argentinos
-incluso los funcionarios- puedan prestarle atención al mar sino conocen las
bondades de los recursos naturales que este provee.
Las acciones del
Reino Unido en el Atlántico Suroccidental.
A lo dicho
precedentemente, agregamos que el Reino Unido tiene una política diseñada para
todos los Archipiélagos de Ultramar que éste considera parte de la Comunidad
Británica de Naciones y, entre ellas, la anunciada en 2017 respecto a
establecer un “Cinturón Azul” (Blue belt) a las islas, bajo el pretexto de
proteger el ambiente alrededor de estas, que en realidad, no es otra cosa que
constituir áreas de control británico marino, tal es el caso del “Santuario
Ecológico” de 1.070.000 Km2 establecido alrededor de las Islas Georgias y
Sándwich del Sur en 2011; la Zona de Protección (FOCZ) al este de Malvinas de
109.993 Km2 establecida en 1990; la determinación del Área GAP de 4.000 Km2 al
noroeste de Malvinas donde se concentra gran parte del calamar que migra a
Malvinas, establecido en forma unilateral por el Reino Unido en 1994; la plataforma continental extendida de
1.430.367 Km2 en disputa consolidada con el Reino Unido desde 2016; la
presencia -pese a la ley 26.659- de empresas británicas petroleras o vinculadas
a las islas al oeste de Malvinas a partir de la licitación de la explotación
offshore de 100.000 Km2 por el gobierno argentino en 2019 y el Área Marina
Protegida Agujero Azul de 164.000 km2 al nordeste de Malvinas, cuyo proyecto
promueve y coordina la Fundación norteamericana WCS (ampliaremos más adelante).
Es decir, un “Cinturón Azul” que rodeará totalmente a Malvinas, ejerciendo un
control estratégico previo a los Archipiélagos y fuente de una riqueza
infinitamente mayor al de las Islas y ello, es interesante relacionarlo, con el
hecho, que no es preocupación del Reino Unido los tres mil británicos
implantados ni los trabajadores que viven en Malvinas, sino la proyección a la
Antártida y el control estratégico del Atlántico Sur-Sur.
Como hemos dicho,
el Reino Unido explota los recursos argentinos y trabaja en línea con
establecer un Centro Logístico Regional (hub) en Malvinas. Para ello ha
construido un Puerto en las Islas Georgias del Sur y ha realizado los estudios
pertinentes para construir un nuevo puerto en Malvinas y mejora sus
disponibilidades logísticas en las islas, además de contar con un aeropuerto
para aviones de gran porte. Todo ello habrá de favorecer las operaciones de los
grandes buques de transporte que utilizan el Estrecho de Magallanes para
acceder al Pacífico ante la imposibilidad de hacerlo por el canal de Panamá;
del mismo modo, los que transitan hacia y desde el Océano Índico y los
pesqueros extranjeros que operan en el Atlántico Suroccidental. Además de
promover el interés de los científicos de distintas naciones que trabajan en la
Antártida y tienen como base de apoyo a Malvinas en lugar de Ushuaia.
¡Argentina despabílate!
En la actualidad
utiliza los puertos y aeropuertos de Uruguay para favorecer las operaciones
pesqueras y petroleras de Malvinas; al igual que con Chile y Brasil; es decir,
trabaja consolidando las relaciones con estos países, pese a la posición
retórica de Suramérica en favor de la Argentina y el poco interés de los
funcionarios argentinos por acercar las posiciones con los vecinos.
A través de las
embajadas británicas en la Argentina el Reino Unido realiza diversas acciones
de penetración cultural (además de otras que suponemos) a punto de promover
concursos destinados a estudiantes argentinos con el objeto de que “conozcan a
sus vecinos”, una calificación que muestra el desprecio inglés por los derechos
de los argentinos sobre los territorios propios ocupados en forma prepotente
por esta fuerza imperial.
Finalmente, en una
clara demostración del objetivo británico de ocupar este espacio estratégico
del Atlántico Suroccidental, el Reino Unido mantiene en las Islas una base
militar misilística y naval absolutamente desproporcionada, que contraría la
“Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur” que firmaran todos los países de
África occidental y América oriental y se aprobara en 1986 por la Res. 41/11 de
las Naciones Unidas.
Injerencia de
organizaciones extranjeras en la planificación estratégica del mar argentino.
Ya nos hemos
referido en artículos anteriores al rol que tuvo la Fundación norteamericana
Wildlife Conservation Society (WCS) en la gestión política para lograr la
aprobación del proyecto de Ley de Área Marina Protegida del “Agujero Azul” en
la Cámara de Diputados de la Nación y qué efectos negativos tiene ello en el
campo biológico, económico, social, ambiental y soberano para la Argentina
(César Lerena “Una fundación extranjera propietaria de islas en Malvinas es la
gestora del proyecto de Ley Agujero Azul”, 15/8/2022 y otros).
Dijimos al
respecto, que este proyecto de establecer un Área Marina Protegida (AMP) más
allá de las 200 millas de la ZEE, de 164 mil Km2 carece de todo fundamento
político, económico y, científico-técnico; menos aún, cuando desde 2014 se
analizaba y, con discrepancias técnicas, establecerlo dentro de la ZEE y de
solo 12 mil Km2 (Falabella, V. Pág. 16 a 19 y 80, 2014). También, que la
propuesta no habrá de impedir la pesca ilegal de buques extranjeros y, sí la
captura por parte de los buques nacionales, además de consolidar el “Cinturón
Azul” (Blue belt) que los británicos promueven desde 2017 alrededor de todos
los archipiélagos de la Comunidad Británica de las Naciones, asegurándose el
control y la explotación de los recursos pesqueros, facilitando en Malvinas, el
otorgamiento de permisos ilegales de pesca, que en la actualidad permiten la
captura por parte de buques extranjeros de unas 325 mil toneladas anuales. Por
otra parte, no se previeron fondos para las tareas de control e investigación,
donde solo las primeras tareas requerirían unos 15 millones de dólares anuales.
Asimismo, que la Argentina se excede en sus obligaciones con el «Plan
Estratégico para la Diversidad Biológica 2011-2020» porque debido a las
reservas unilaterales y la ocupación del mar argentino por parte del Reino
Unido tiene restringida para la pesca una superficie equivalente al 52% de su
ZEE. El proyecto, por otro parte, no genera ningún beneficio económico,
ambiental ni fortalece la soberanía nacional, más bien la violenta, además de
que por el artículo 77º de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho
del Mar (CONVEMAR) la Argentina no tiene obligación de realizar ninguna acción
respecto a la titularidad de la plataforma continental extendida y, por lo
tanto, ningún Estado puede emprender actividades en ese ámbito sin su expreso
consentimiento.
También dijimos
que -si fuera necesario- una mera Resolución de la Subsecretaría de Pesca
impediría la pesca con redes de arrastre de fondo en esos espacios de la
plataforma extendida y bastaría una Declaración de Monumento Marino para
prohibir el arrastre de fondo en unas millas alrededor de los restos de los
tripulantes y del ARA San Juan.
Que se trata de un proyecto infundado, inútil
y costoso, que atenta contra la soberanía nacional y que fuera promovido por la
Fundación norteamericana WCS, propietaria desde el 2001 de las Islas Grand
Jason y Steeple Jason (Sebaldes o Sebaldinas para Argentina) en el Archipiélago
de Malvinas; ubicadas al noroeste de la Isla Gran Malvina y a 400 Km de la
Patagonia (51º04’37’S-60º58’08’O) en jurisdicción de Tierra del Fuego. Una
verdadera afrenta: Mientras los argentinos debemos visar nuestros pasaportes
para acceder a las Islas y no podemos alquilar, comprar o llevar adelante
inversiones industriales o comerciales en Malvinas; no se admite la pesca de
buques nacionales y, nuestra línea aérea de bandera tiene impedido el vuelo
regular a las Islas, una Fundación extranjera con apoyo de capitales
norteamericanos, británicos, etc. planifica y coordinara la administración del
Atlántico Sudoccidental Argentino, nuestro mar territorial alrededor los
archipiélagos; nuestra ZEE y la explotación de los recursos y la regulación del
medio marino y, además de todo ello -por si algo faltaba- la citada WCS
“administra estas islas como reservas naturales privadas, y trabaja con el
gobierno (NdA: ilegal) local para proteger aún más todo el archipiélago de las
Islas Jason y el área marina circundante» (Christopher J. Mckenzie, Wildview,
WCS, 15/8/2017).
Una verdadera delegación de funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, quienes admiten y/o han fomentado esta extranjerización de la administración del mar argentino, sus archipiélagos y sus recursos y, la privatización de la planificación estratégica respecto a la utilización de los espacios marítimos, de la plataforma continental y de los recursos vivos. Y por supuesto, la responsabilidad de los legisladores nacionales que tienen la obligación de asegurar la soberanía política, económica y alimentaria de los argentinos y, consecuentemente, proteger los territorios y optimizar la explotación de los recursos.
Estas fundaciones
extranjeras a través de sus filiales se inmiscuyen en el corazón mismo de las
estructuras del gobierno, definiendo las políticas del Estado Nacional. Ello es
evidente a poco de leer «el Reporte final del “Taller de Implementación de
Áreas Marinas Protegidas Nacionales, 2018” (pág. 50, 2019) donde WCS se
constituye como organizadora y dice: “El diseño de un Sistema Nacional de Áreas
Marinas Protegidas (SNAMP) requiere definir ¿qué queremos conservar?, y,
decidir, sobre prioridades nacionales para la biodiversidad marina en todo el
Mar Argentino». En los citados trabajos la Lic. Falabella representa a la
norteamericana WCS, aunque no queda claro, si también lo hace como profesional
de la entonces Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, ya que en
varios pasajes el informe refiere a «fortalecer a la autoridad de aplicación
para que sea capaz de liderar la gestión de un conjunto de sitios representativos
de la biodiversidad del Mar Argentino” (pág. 12); “es necesario desarrollar en
general la capacidad de gobernanza y gestión del Estado” (pág. 14) y, “la
gobernanza se relaciona con el poder, las políticas, las estructuras y los
procesos utilizados para la toma de decisiones en un área de responsabilidad”
(Pág. 38)» (César Lerena, Ob. Cit. 15/8/2022). Resulta evidente la injerencia
de esta Fundación WCS en la planificación nacional respecto a la sostenibilidad
de los recursos marítimos; circunstancia que se agrava, por la particular
situación de que esta organización tiene intereses en Malvinas y, colabora con
el gobierno ilegal; gobierno que otorga permisos de pesca ilegal, con los que
se capturan anualmente 325.000 toneladas (incluido los descartes), produciendo
la mayor depredación pesquera en el Atlántico Suroccidental desde 1976.
La Fundación WCS,
cuenta con el apoyo de OCEANS 5; organización que, con sus «primeras
subvenciones apoyaron el trabajo en los territorios de ultramar del Reino
Unido, la Antártida, el Ártico y varias grandes ZEE, entre ellas, la de Estados
Unidos» (sic) incluyendo, entre sus socios y miembros, a trece fundaciones de
los Estados Unidos, el Reino Unido y los Países Bajos.
¿Por qué razón se
admitió que este proyecto enmarcado en un medio marino internacionalizado y
vinculado a un área ocupada y disputada por el Reino Unido se tratase en el
recinto de la Cámara de Diputados sin la debida evaluación de todos los
antecedentes necesarios y la aprobación previa de las Comisiones de Defensa,
Relaciones Exteriores, Recursos Naturales, Intereses Marítimos y Presupuesto?
Un absurdo que el
Estado Argentino admita la intervención de WCS en Malvinas y más allá del
territorio ocupado por el Reino Unido, violando la ley 26.386 y, dando opiniones
y promoviendo leyes referidas a la administración de todo el Atlántico
Suroccidental, agraviando la soberanía argentina y violando la Disposición
Transitoria Primera de la Constitución Nacional.
¿Y qué opinó al
respecto el Consejo Federal Pesquero, y muy particularmente la Embajadora del
Cuerpo Diplomático argentino que lo integra? Respecto a la Diputada que
promovió el proyecto, ya nos hemos referido (César Lerena, Ob. cit. 15/8/2022)
que esta iniciativa además de errónea omite cuestiones relevantes que atentan
contra el interés nacional.
Ya hemos dicho en
nuestros siete anteriores escritos sobre el tema ¿por qué motivo se trasladó el
Área Marina Protegida (AMP) limitada originalmente a 12 mil Km2 (2014) de la
ZEE Argentina al AMP Agujero Azul de alta mar que se propicia con 164 mil Km2?
(2021); ¿No se sabía que en la zona seleccionada pescan buques chinos,
coreanos, taiwaneses y españoles-británicos con licencia inglesa que no pueden
ser alcanzados por esta AMP y que, al igual que ocurrió con el Acuerdo firmado
por Cavallo de Conservación (FOCZ) al este de Malvinas en 1990, permitiría
consolidar el otorgamiento de licencias a los isleños y resguardar la zona
nordeste de Malvinas?; ¿Por qué motivo se trató en sesión un proyecto que no se
aprobó en las Comisiones respectivas y que no prevé los fondos necesarios para
las tareas de control e investigación que, sin tener en cuenta las necesidades
de equipamiento naval y de investigación, solo en materia de control y
vigilancia se requerirían unos 15 millones de dólares anuales?; ¿No sabían los
autores del proyecto que por falta de medios suficientes las patrulleras
oceánicas (OPV) recientemente adquiridas a Francia se encuentran amarradas en
la Base Naval de Mar del Plata, sin poder controlar el extenso mar argentino y
que, la Subsecretaría de Pesca y el INIDEP tienen 17 artículos en la Ley 24.922
-si se dispusiese de medios- para realizar todas las tareas de protección de la
plataforma continental extendida prohibiendo la pesca de arrastre de fondo, sin
necesidad de dictar ninguna nueva AMP?; ¿que para resguardar a los tripulantes
y los restos del Submarino ARA San Juan basta una declaración de Monumento
Nacional Marino?; tampoco ¿qué al asignarle la categoría de Reserva Estricta
“sobre” la plataforma se impedirá solo la pesca a los buques nacionales?; ¿qué
no se cumplieron los requisitos científicos previos exigidos por la FAO (2012)
para establecer un AMP?; ¿que no hay ningún incumplimiento del «compromiso del
Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011-2020» porque el Reino Unido
estableció en 2011 una reserva de 1,07 millones de Km2 alrededor de las
Georgias y Sándwich del Sur y tiene restringida una superficie de nuestro país
equivalente al 52% de la ZEE Argentina?; ¿que el proyecto no tendrá beneficio
económico alguno, ni impedirá la pesca ilegal y que, de ninguna manera
fortalecerá la soberanía nacional, ya que por el Artículo 77º de la Convención
del Mar nadie podría emprender actividad alguna en la plataforma extendida sin
expreso consentimiento del Estado argentino? Todo es gravísimo.
Saben (debieran
saberlo) la Cancillería, la Secretaría de Malvinas y los autores del proyecto,
que además del interés estratégico del Reino Unido, la fundación WCS es
funcional a ese interés porque particularmente está interesada en el cuidado de
los albatros “ceja negra” (Thalassarche melanophris) que se encuentra y anidan
en las islas de “su propiedad” y, que, según el informe de la filial local de
WCS, al describir el porcentual de especies a conservar en el Agujero Azul-ZEE
alcanzan a “2.72” (Pág. 82-84), el más alto porcentual entre las especies
analizadas y, “se cree” (un término poco
serio científicamente que no indica evidencia) que “la pesca con palangre y
arrastre contribuyen a su disminución”.
Las autoridades
argentinas de Malvinas y Pesca no administran el Atlántico Suroccidental y las
implicancias derivadas de la ocupación británica y, lo que es peor aún, delega
en organizaciones extrañas la planificación y coordinación de las actividades
en el mar y sus recursos.
“Un Estado sin
pesca nada puede sobre la mar” (Manuel Belgrano).