de “lawfare” de Cristina Kirchner: “Teorías
conspirativas y clichés”
Patricia Blanco
Infobae, 9 Mar,
2023
La respuesta tiene
que ver con que los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso
fueron fuertemente cuestionados por haber iniciado el juicio oral en mayo de
2019, en medio de un año electoral. No es un detalle menor que justo días antes
de que CFK se sentara por primera vez en el banquillo, la ex jefa de Estado
anunciara que volvería competir para las elecciones presidenciales, pero con
Alberto Fernández encabezando la fórmula.
En ese marco, el
tribunal recordó que en la Argentina hay elecciones cada dos años, y que en los
períodos en los que no hay comicios la política igual tiene una intensa
actividad de cara a los futuros sufragios.
“La fecha que
terminó siendo de apertura del debate no surgió como producto de la casualidad,
sino del devenir natural del proceso y de los sucesos descriptos en el párrafo
anterior. ¿Cómo se puede decir años después con total desparpajo que la fecha
fue elegida especulando con el calendario electoral? Dicha postura solo se
explica en una defensa mediática y extrajudicial disociada de los reproches de
naturaleza delictiva que constituyeron el objeto del presente juicio”,
respondió el TOF en su sentencia.
Los jueces
repasaron los diferentes planteos. “Los abogados de la ex Presidenta, además,
enumeraron la gran cantidad de causas en las que se encontraba imputada,
pretendiendo demostrar el modo con que se materializaba dicha guerra judicial.
A su vez, le otorgaron la misma finalidad persecutoria a la oportunidad
escogida por este tribunal para que el juicio oral se iniciara pocos meses
antes de las elecciones del año 2019, como un dato que generaba al menos
suspicacias acerca de la intencionalidad de perjudicar su imagen de cara a los
comicios”, se señaló.
Incluso repasa
que, en pleno debate, “las mismas partes dirigieron ataques a los medios
masivos de comunicación que fueron identificados por los acusados, bajo esta
lógica, como operadores aliados e imprescindibles para la formación de opinión
de la sociedad. Así, sería suya la responsabilidad de instalar la idea de que
los hechos denunciados, para ellos legales, constituían una maniobra de corrupción”.
“Tanto se ha dicho
sobre este asunto, sobre todo en los medios de comunicación, que nos parece
importante primero aclarar que nuestra respuesta, en principio, se va a limitar
y a sujetar sólo respecto de las consideraciones formuladas que señalan a este
tribunal como parte de una supuesta ‘guerra judicial’”, advirtieron.
El TOF resaltó que
“la única recriminación en concreto dirigida contra esta judicatura en tal
sentido se vincula con la fecha en la que se dio inicio del juicio oral y
público en estas actuaciones (21 de mayo de 2019), por haber sido próxima al
cierre y la definición de las personas que habrían de conformar las listas que
participaron en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias
presidenciales celebradas el 11 de agosto de 2019″. El tribunal recordó que ya
había explicado el porqué de esa fecha, durante la declaración de un testigo
ante el planteo de una de las partes. “Lo volveremos a hacer para que no quepan
dudas”, dijeron los jueces,
En 2018 se
resolvió que el debate iba a iniciarse el 26 de febrero de 2019, trámite que
“fue notificado con suficiente antelación (para que las personas interesadas
contaran con holgada previsibilidad y para evitar especulaciones) y ninguna de
las partes puso reparos con la fecha (independientemente de quienes exigían que
la instrucción suplementaria estuviera totalmente cumplida con antelación)”.
Pero, “como bien recuerdan las defensas”, uno de los miembros del Tribunal, el
juez Jorge Tassara, falleció por gravs problemas de salud “surgidos súbitamente
en el mismo mes de febrero de 2019, y su posterior y lamentable fallecimiento
ocurrido en marzo”. En función de ello, “dos de los actuales jueces nos vimos
en la obligación, por un lado, de solicitar a la superintendencia que se completase
la conformación del tribunal, y por otro, de diferir inevitablemente el inicio
del debate fijándose para el mes de mayo (tres meses después de lo
originalmente previsto)”.
“Toda esa
situación que hemos detallado era conocida por los abogados litigantes. No fue
una novedad. La fecha que terminó siendo de apertura del debate no surgió como
producto de la casualidad, sino del devenir natural del proceso y de los
sucesos descriptos en el párrafo anterior. ¿Cómo se puede decir años después
con total desparpajo que la fecha fue elegida especulando con el calendario
electoral?. Dicha postura solo se explica en una defensa mediática y
extrajudicial disociada de los reproches de naturaleza delictiva que
constituyeron el objeto del presente juicio”, respondió el tribunal
El fallo incluyó
además otra mordaz reflexión: “Ya resulta un cliché de todo ex o actual
funcionario público imputado en una causa penal -de cualquier espacio político,
por cierto- el vincular el devenir del proceso con la coyuntura política o el
calendario electoral”
“Diríamos que es
casi, permanentemente, una defensa anunciada tendiente a influir más en el
ámbito de los medios de comunicación que en cualquier otro universo. Pensemos
solamente que en nuestro país hay elecciones, como mínimo, cada dos años, y que
en los años sin comicios de todos modos hay una constante actividad
preelectoral, lo que implica que siempre una investigación o un juicio penal
podrá ser maliciosamente vinculado con aquellos actos de la política con la
finalidad de deslegitimarlos mediáticamente”.
“Nada que no se
haya visto ni oído antes: especulación electoral, persecución política,
operación mediática, guerra jurídica, causa armada, intento de proscripción,
falsa denuncia, conspiración, derecho penal del enemigo, complot, cacería
judicial. Podríamos seguir con la larga lista de subterfugios habituales con
los que se responde ante una investigación, proceso o sentencia judicial. Ahora
parece más sofisticado hablar de lawfare (como si las cosas al ser descriptas
en inglés tuvieran más valor) para definir algo que en la realidad aparece sólo
como una nueva teoría conspirativa - tan antigua como el propio Estado de
Derecho-. Y cuyo destino no parece ser otro que el de transformarse en una
coartada para eludir, ante los poderes judiciales democráticos, la rendición de
cuentas por la comisión de delitos de corrupción o por otros relacionados al
mal desempeño en el ejercicio de la función pública”, añadió el fallo.