para los jueces, CFK creó “un caballo de
troya” para esconder la corrupción con la obra pública
Martín Angulo
Infobae, 9 Mar,
2023
Los jueces del
Tribunal Oral Federal 2 usaron la histórica figura del caballo de Troya para
graficar lo que la vicepresidenta de la Nación Cristina Kirchner hizo durante
sus dos mandatos presidenciales con la obra pública en Santa Cruz: dictó una
serie de resoluciones para beneficiar a las empresas de Lázaro Báez que
escondían como finalidad que parte de esos fondos sean destinados a negocios de
la familia en las compañías “Los Sauces” y “Hotesur”
“Tras haber
examinado los hechos en toda su extensión -´la película completa´, apelando a
la metáfora-, la política pública que su gobierno pregonaba presagiando un
beneficio sin precedentes para la extensa provincia patagónica, en verdad
escondía, cual caballo de Troya, al presupuesto indispensable para el
desarrollo exitoso de la empresa criminal y sus múltiples aristas”, dijeron los
magistrados Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andres Basso en los
fundamentos de 1.616 páginas sobre la condena a seis años de prisión e
inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicas que en diciembre pasado
dictaron contra Cristina Kirchner y otros acusados.
“La comprobación
de un interés personal sobre el plan criminal de parte de Cristina Fernández de
Kirchner, evidenciado materialmente en la participación de la nombrada en el
producto del delito a través de múltiples operaciones comerciales con el
empresario detrás de las sociedades ilegalmente beneficiadas fue dirimente”,
agregaron.
El tribunal
explicó en sus fundamentos que el punto de partida de la maniobra ilegal que
realizó Cristina Kirchner comenzó con el dictado del decreto 54/2009 que fue
firmado a instancia del entonces secretario de Obras Públicas, José López,
también condenado en el caso.
Se trató de una
medida para que los fondos del fideicomiso de la obra pública quedarán a
disposición de la Dirección Nacional de Vialidad, a cargo de Nelson Periotti
-también condenado- para el pago de los certificados de obra. Los jueces
hablaron de “licitaciones fraudulentas, justo a favor de las empresas
pertenecientes a Lázaro Báez”. Para el tribunal además el decreto “brindaría
una opacidad ciertamente necesaria al accionar de Nelson Periotti en relación
al pago de las obras, y habilitaría posteriormente la instauración de un nuevo
beneficio en favor de las firmas controladas por Lázaro Antonio Báez”.
“Así las cosas,
nos encontramos en condiciones de afirmar que, a resultas de este juicio oral,
ha quedado al descubierto que la oportunidad cuya conveniencia se estimó
precisamente para justificar, convalidar y suscribir el proyecto, no estuvo
referida a la ventaja técnica o económica de la medida, ni al interés público o
el bien común, sino en función del mayor provecho para el insospechado
propósito que encubría”, explicaron los magistrados.
Para los jueces
esa decisión de la entonces presidenta “no se redujo al mero incumplimiento de
los deberes a su cargo sobre el cuidado y la administración de los fondos
públicos”. Si no que tenía un plan: “los beneficios indebidamente obtenidos por
el empresario a raíz de la maniobra defraudatoria tenían como destino final, en
parte, las empresas familiares de la ex Presidenta”.
En paralelo a que
Báez recibió los fondos del estado hacía negocio con los Kirchner. Puntualmente
alquilaba y administraba hoteles en Santa Cruz de la familia y alquilaba
propiedades de los Kirchner en Río Gallegos y la ciudad de Buenos Aires. Esos
hechos forman parte de las causas “Los Sauces” y “Hotesur” -los nombres de las
empresas de los Kirchner- por los que Cristina Kirchner, Báez y otros acusados
fueron sobreseídos y esa decisión está bajo revisión de la Cámara Federal de
Casación Penal que debe decidir si lo confirma u ordena que se haga el juicio
oral, como solicitó la Fiscalía de ese expediente.
Los jueces
señalaron que esa relación empresaria comenzó en 2005 y se extendió hasta 2015
-un vínculo comercial tan estable que abarcó prácticamente tres mandatos
presidenciales- y en esa línea es que usaron la figura del caballo de Troya:
“Tras haber examinado los hechos en toda su extensión -´la película completa´,
apelando a la metáfora-, la política pública que su gobierno pregonaba
presagiando un beneficio sin precedentes para la extensa provincia patagónica,
en verdad escondía, cual caballo de Troya, al presupuesto indispensable para el
desarrollo exitoso de la empresa criminal y sus múltiples aristas”.
La participación
en el delito de Cristina Kirchner no solo se limitó al dictado del decreto y a
los negocios con Báez. Los jueces también hicieron referencia a lo que durante
el juicio el fiscal federal Diego Luciani llamó el “plan limpiar todo”. Se
trató de los mensajes de whatsapp que se encontraron en el celular de López
cuando fue detenido en junio de 2016 en el convento de General Rodríguez con
bolsos con nueve millones de dólares y por los que fue condenado a seis años de
prisión por enriquecimiento ilícito.
Esos mensajes dan
cuenta de reuniones de López con Cristina Kirchner, con Báez, comunicaciones
con Julio Mendoza -presidente de Austral Construcciones- y de encuentros del
empresario con la entonces presidenta en noviembre de 2015, a pocos días de que
Mauricio Macri asuma la presidencia de la Nación. Esos mensajes dan cuenta de
una idea para que Báez cobre todo lo que se de adeudaba antes que Cristina
Kirchner deje el gobierno y de cerrar las empresas.
“El nivel de
detalle de las conversaciones retratadas en los mensajes obtenidos del celular
del ex Secretario de Obras Públicas, la urgencia de éste y de los
representantes de Austral Construcciones, Mendoza y Báez, por conocer las
decisiones de la ex Presidenta de cara a la llegada de un nuevo espacio
político al poder después de doce años consecutivos de gobernar la nación, la
presencia del avión presidencial en la ciudad Río Gallegos a poco que comenzara
diciembre del año 2015 y, fundamentalmente, las alusiones directas a un
encuentro necesario entre “la Señora” y “L”, para que Fernández de Kirchner
tomase decisiones, conforman un cuadro de certidumbre sobre esta etapa del íter
críminis y sobre la participación en su seno de la ex Presidenta de la Nación que
nos habilita a concluir, lógica y razonadamente, que dicho comportamiento de
Cristina Fernández de Kirchner realizó la conducta descripta por la ley penal
de acuerdo a la delimitación semántica de lo prohibido contenida en el artículo
173, inciso 7 -en función del artículo 174 inciso 5- del Código Penal”,
describieron los jueces.
“En conclusión, la
prueba reunida a lo largo de este proceso penal nos presenta una imagen
esclarecida de determinadas acciones singulares de Cristina Fernández de
Kirchner dentro del plan defraudatorio único, penalmente relevantes por su
adecuación típica en orden al delito de administración fraudulenta agravada,
que le son reprochables a nivel de su culpabilidad, y en base a ello es que
habremos de emitir el juicio de responsabilidad penal que por derecho
corresponde”, cerraron los jueces sobre la responsabilidad de Cristina
Kirchner.