SOBRE LA CONSTITUCIONALIDAD DE LA PROPUESTA DE
SUPRIMIR EL BANCO CENTRAL.
Un amigo me envió
una entrevista televisiva, realizada por CANAL C CORDOBA, al Doctor Antonio
María Hernández sobre la propuesta del candidato presidencial Javier Milei.
Creo importante
analizar la crítica del exponente, por tratarse de un ex legislador y
convencional constituyente de la última reforma y por tratarse de un profesor
universitario renombrado por sus conocimientos de derecho constitucional.
Dijo enfáticamente
el Sr. Hernández que hay que gobernar con la constitución y criticó la
propuesta de volver a la Constitución de Alberdi y refiriéndose especialmente a
la liquidación del Banco Central sostuvo que hay que hacer del Bco. Central, un
Banco Federal. Tener un banco como la Reserva Federal de EEUU (FED) o la Banca
Suiza, donde haya participación de las Provincias y de presentaciones
regionales.
Evidentemente sus
conocimientos de derecho constitucional no abarcan también los referidos a la
realidad económica de la FED y del Banco Nacional Suizo BNS. El primero no es
una institución gubernamental, no es un banco central, es un banco privado y
sus dueños no son todos estadounidenses, sino que también hay del Reino Unido,
Alemania, Francia, Israel e Italia. Por otro lado, las acciones del BNS se
cotizan en la bolsa y habitualmente entre sus tenedores están los cantones, los
bancos cantonales y poseedores individuales, el gobierno federal no tiene
acciones y el BNS no tiene acción reguladora sobre el sistema bancario
nacional, la que se hace a través de la Comisión Federal de Bancos.
Aclarado esto,
todavía piensa viable en constituir un Banco cuyos propietarios sean las
provincias y entes de representación regional? Con que capitales; acaso
pensaban crear entes supraprovinciales, para tener más cargos políticos para
designar?
Es una suerte que
en los posteriores gobiernos los legisladores no hayan acogido la iniciativa.
Sostuvo también
que el papel del Banco Central es defender la moneda. Como dicen los Evangelios
el árbol se conoce por sus frutos, no hay árbol malo que dé frutos buenos, ni
árbol bueno que dé frutos malos. Evidentemente si vemos la crisis inflacionaria
en que vive nuestro país esa defensa de la moneda por parte del BC no ha sido
exitosa.
Con referencia a
la crítica que realiza el expositor a la propuesta de volver a la Constitución
de Alberdi, quisiera destacar una característica de la misma que muchas veces
se pasa por alto: como en toda democracia republicana se plantea la división de
poderes, competencias y obligaciones entre el ejecutivo, la justicia y el
legislativo, pero por tratarse de un país federal donde los intereses y
necesidades regionales habían costado años de cruentas luchas, se estableció un
poder legislativo que representase proporcionalmente al pueblo (legisladores) y
otro que tenía la enorme responsabilidad de representar la provincia,
apartándose de los intereses de los partidos políticos (senador).
Los enjuagues e
intereses políticos en la última convención constituyente, alteraron la
naturaleza de la función del senador único, para crear el número de tres, dos
para el partido mayoritario y el otro para el segundo. Por esta sola razón se
justifica volver a la Constitución de Alberdi, aunque hay otros como atribuir
carácter constitucional a tratados internacionales sin escuchar la opinión del
soberano.
CANR