sábado, 26 de julio de 2014

FALLO GRIESA Y NUEVO DEFAULT ARGENTINO



Por Héctor GIULIANO
(25.7.2014).

La Argentina se encuentra nuevamente en estado de default porque no tiene solvencia ni liquidez para afrontar las obligaciones de su Deuda Pública; empero, tanto el gobierno Kirchner como el Partido de la Deuda niegan coincidentemente esta realidad:

-           El gobierno, porque falta a la verdad cuando dice que la Argentina se ha venido “des-endeudando” mientras el stock de la deuda viene creciendo a un ritmo de 15.000 Millones de Dólares (MD) por año, porque miente cuando dice que el país tiene solvencia y liquidez mientras tiene déficit fiscal creciente y carece de reservas netas para sostener los pagos externos e internos de la deuda, y porque trata de ocultar que el fallo Griesa no es la causa sino sólo el detonante o disparador de una situación de default (incumplimiento) que ya existe y que se enmascara aguantando sistemáticamente la cancelación de los servicios de la deuda con más endeudamiento.

-           Y el establishment financiero también niega esta realidad de la nueva Crisis de Deuda que vivimos al restarle importancia y dramatismo a los efectos del fallo Griesa, al minimizar la verdadera gravedad de la situación a la vez que atemoriza a la opinión pública sobre las consecuencias de un default mientras propone – una vez más y como siempre – su “receta salvadora”: aceptar cualquier cosa para volver al mercado internacional de capitales a tomar más deuda.

En uno u otro caso, el resultado es el mismo: el cumplimiento de la Hoja de Ruta Boudou, que está en curso: 1. Terminar sí o sí con el problema de los Holdouts y 2. Arreglar la Deuda con el Club de París, para 3. Volver al Mercado de Capitales para colocar nueva Deuda Externa.

LAS CONSECUENCIAS DEL FALLO.

No existe solución jurídica ni financiera frente a la sentencia Griesa:

a)        Todas las instancias legales ante los tribunales estadounidenses se han perdido y la Argentina no puede desconocer la validez del fallo, que está aceptado y sienta precedente como caso testigo.

b)        Los efectos financieros de este fallo son incalculables, tanto por la avalancha cierta de juicios del resto de los holdouts – más de 20.000 MD – como por la probable aplicación de la cláusula RUFO (entre 120.000 y 500.000 MD, según las estimaciones).

c)         Aunque se lograre paliar de alguna manera el problema RUFO (cosa casi imposible en la práctica) las nuevas deudas consolidadas de los holdouts sumadas a las obligaciones que se están contrayendo en firme – laudos del CIADI (600 MD), Repsol (6.000 MD), Club de París (9.700 MD), Bonar 2017 (10.000 M$-Millones de Pesos) y resto de compromisos tomados y a tomar desde el 30.9.2013 hasta fin de 2014 - configuran ya un perfil de vencimientos insostenible para el Estado.

La variante de negociar el cumplimiento de una sentencia o su forma de pago no tiene sentido lógico: un fallo judicial se cumple o no se cumple; no hay nada que “negociar”. Si el país tiene los fondos necesarios para asumir el nuevo paquete de obligaciones que genera y el pago no lo coloca en peor y más gravosa situación de la que se encuentra, el fallo se cumple; pero si no se da esta doble condición, el fallo es de cumplimiento imposible para el Estado y el gobierno tiene entonces que comunicar al juez que no puede dar cumplimiento a su sentencia, no vivir solicitando dilaciones (como el caso del stay o medida cautelar y las diversas formas de diferimiento que se quieren ensayar hasta la fecha de vencimiento de la cláusula RUFO a fin de este año).

Pero no cumplir el fallo por razones de fuerza mayor implica Default – que significa incumplimiento y equivale a suspensión o cesación de pagos – lo que constituiría un blanqueo o sinceramiento de la realidad y dispararía así un replanteo que lleve a una nueva re-estructuración de la Deuda.

Porque el Default no es un punto de llegada sino un punto de partida, es un necesario “barajar y dar de nuevo” frente a una situación de hecho – un hecho que el gobierno no quiere reconocer - y es también la oportunidad o el momento pertinente para replantear los términos de renegociación de la Deuda, una deuda hoy impagable y sin solución financiera posible (como no sea tomando más deuda, que equivale a prolongar una “no solución”). 

EL PROBLEMA DE LA CLÁUSULA RUFO.

Existe una confusión en el encuadramiento de la cuestión de la cláusula RUFO, sigla de Rights upon future offers (Derechos sobre futuras ofertas), que se confunde con la cláusula del Acreedor más favorecido (Most Favored Creditors Clause, o MFCC).

Las dos cláusulas interactúan entre sí y se asocian técnicamente:

a)        La cláusula RUFO – según el Prospecto del Megacanje Kirchner-Lavagna 2005 – le daba la alternativa al gobierno argentino de seguir tratando con los tenedores que no entraran en el canje (los Holdouts) llegando a acuerdos por separado con ellos.

b)        Pero la cláusula MFC obliga al país a equiparar toda mejora que lograsen estos holdouts extendiéndola también a los bonistas que ingresaron en el canje.

La cláusula RUFO se cita como sinónimo de la del Acreedor más favorecido aunque, en rigor, no son la misma cosa.

De todas maneras, el sentido complementario de las mismas es lógico: el gobierno Kirchner – como demostración de Buena Fe – le estaba diciendo a los tenedores de bonos que entrasen en el Megacanje 2005 ya que si luego concediera ventajas a los que no ingresaban (los holdouts) les iba a hacer extensivas esas ventajas también a ellos (como, en realidad, corresponde).

Ahora, en cambio, ante las consecuencias del fallo Griesa, se da la paradoja que el gobierno está tratando – abierta y confesadamente – de burlar la aplicación de esa cláusula RUFO, con el agravante que lo hace mientras invoca la validez del pari passu del 92.4 % de los bonistas que se incorporaron al canje.

Pero esto no le evitaría seguros dolores de cabeza ni nuevos juicios por reclamos de los bonistas del Megacanje 2005-2010:

1.         Porque la Argentina, al patear hoy para el 2015 un pago superior a los holdouts para evitar cumplir con los bonistas del canje está faltando al espíritu de Buena Fe de la cláusula RUFO; y no va a faltar un acreedor díscolo o disconforme que le dispare otra tormenta de juicios por este motivo.

2.         Porque el argumento de que la RUFO se aplica sólo ante “ofertas voluntarias” del gobierno deviene muy relativo porque la burla de dicha cláusula se está negociando expresamente, lo que implica que legalmente se reconoce que correspondería su aplicación.

3.         Porque, en el fondo, el gobierno sabía que los holdouts que no entrasen en  el Megacanje iban a hacer juicios contra la Argentina por el valor nominal de los títulos en default y que, temprano o tarde, los iban a ganar, con lo que la probabilidad de mejora de condiciones de pago a los bonistas resultaría inevitable porque dispararía la cláusula RUFO.

Y este flanco quedó completamente expuesto cuando – iniciados los juicios en su contra – nuestro país no objetó la legitimidad de las acreencias de los FB ni la cuestión del precio de compra – en lugar del valor nominal de los títulos - ni la condición de emergencia económica que se mantiene formalmente hasta la actualidad, en virtud de la Ley 25.561 y leyes de prórroga hasta fines de 2015, que parecen haber sido directamente desconocidas por la justicia norteamericana.

Con esta estrategia de defensa judicial era prácticamente seguro que los holdouts iban a terminar ganando todos los juicios: se trataba sólo de una cuestión de tiempo.

Por ello, cualquier bonista que haya entrado en el canje 2005-2010 podrá reclamar a este respecto; y tendría el derecho lógico de hacerlo.

De modo que cualquier arreglo negociado de la Argentina con los Fondos Buitre (FB) y/o con el Juez Griesa – a través de su mediador Pollack – quedaría inexorablemente expuesto a que haya reclamos de los bonistas del canje invocando la cláusula RUFO, con lo que el frente de tormenta legal queda igualmente expuesto.

DEFAULT O MÁS DEUDA.

El gobierno Kirchner y todo el establishment financiero viven diciendo que la Argentina ha pagado, que puede pagar y que quiere pagar su Deuda Pública.

Incluso se citan altas cifras de pago realizadas, aunque las mismas no serían ciertas como desembolsos netos ni como disminución del stock de la deuda: 174.000 MD en 10 años según la presidenta y 190.000 MD según el Ministerio de Economía (ambos, sin información desagregada ni aclaratoria alguna).

Lo que nadie dice es que toda esa deuda – hasta el último centavo por capital e incluso parte de los intereses (que se capitalizan por anatocismo) – se paga con nueva deuda, es decir, por novación y/o refinanciación de la que va venciendo.

Y que además se toma deuda nueva.

Entonces, cuando se habla de “pagar” lo que se está diciendo, en verdad, es “colocar más deuda”, porque la Argentina no tiene capacidad de repago y abona sus vencimientos con nuevas obligaciones, con los mismos o con distintos acreedores, pero no cancelando tales obligaciones con recursos genuinos sino emitiendo más títulos.

Esto se hace para mantener al país dentro del Sistema de Deuda Perpetua, en base a la falacia central del Partido de la Deuda, que dice que no hay problema en tomar deuda sin capacidad de repago mientras se puedan pagar los intereses y refinanciar el capital, para poder tomar así más deuda.

Este hecho es particularmente importante hoy porque los capitales financieros excedentes en el mundo se están volcando masivamente sobre los llamados Mercados Emergentes para aprovechar las extraordinarias ganancias por arbitraje entre tipos de cambio relativamente estables y tasas de interés locales muy superiores a las internacionales.

Que tal es el proceso que se vuelve a dar hoy en día en la Argentina con la Hoja de Ruta Boudou en curso y la nueva ola de endeudamiento en desarrollo.

Sólo una interrupción de este perverso y no reversible sistema de Deuda Perpetua podría permitir replantear los términos de una reestructuración de la Deuda:

1.         La Argentina tiene que blanquear el Default, una situación de impago que ya existe pero que las autoridades – en complicidad con los acreedores y el Partido de la Deuda – trata de enmascarar con más endeudamiento.

2.         Los pagos de servicios tienen que ser suspendidos y la Deuda en su conjunto – la totalidad de la Deuda (también la Deuda intra-Estado) – debe ser auditada.

3.         Recién con un dictamen formal sobre la deuda que se determine como legítima - a través de la investigación de las acreencias - y con una estimación confiable de la verdadera capacidad de repago del Estado, debe procederse entonces a una reestructuración de la Deuda – racional, coherente y cumplible - pero que tiene que ser una reestructuración forzosa y no voluntaria.  

En este momento, sin embargo, los tiempos y las noticias – en realidad, las versiones periodísticas, ya que todas las negociaciones son secretas y no se permite el acceso a la información oficial desagregada de la deuda – van muy rápido frente a la cuenta regresiva del vencimiento del plazo de gracia el 30.7, que se muestra como una fecha traumática pero que no es tal porque la Argentina debiera dejarla pasar para blanquear el default y reestructurar a partir de allí la totalidad de su Deuda Pública.

Es improbable, sin embargo, que el gobierno K lo haga en estos términos, o sea, default con auditoría de la deuda y reestructuración forzada:

-           Por un lado, porque la “guerra de solicitadas”, vía cartas y comunicados con los Holdouts y con la ATFA, son parte de una escenificación tan barata e inoperante como sospechosa.

-           Por otro lado, está el hecho que el gobierno no apelara al pedido de reconsideración (rehearing) ante la Corte Suprema Norteamericana a los efectos de intentar ganar al menos un mes más en la decisión del tribunal, lo que le hubiera permitido llegar al pago de los intereses de los Bonos Discount del 30.6 sin bloqueo del juez Griesa.

-           Y por último, está la controversia - tan estéril como gravosa - a través del mediador Pollack, designado por el juez Griesa para tratar de resolver el entuerto generado por su fallo, sobre la forma de pago de los 1.600 MD de la sentencia.

Amén que, como agravante, el gobierno insiste en negar el fracaso del Megacanje Kirchner-Lavagna del 2005-2010 – al que todavía califica como exitoso (presidenta Cristina Kirchner) o más aún, como dice el Jefe de Gabinete Capitanich: “el canje más exitoso de la historia de la Humanidad” – tratando así de achacar a los FB y/o al juez Griesa la posible caída de esa reestructuración fallida.

Son todos indicios de la grave, desprolija y concesiva forma de manejo de la actual Crisis de Deuda.

Se habla incluso de un default parcial, selectivo y/o transitorio para poder burlar la cláusula RUFO con los bonistas del canje, más estos híbridos no solucionan el problema de fondo, que es el de la insolvencia por falta de capacidad de pago del país.

Por otra parte, es inconsistente hablar de “default técnico” o de formas especiales de default porque el default es o no es, como el embarazo: así como una mujer no puede estar un poco o parcialmente embarazada, así también pasa en el caso de un impago de deuda, que condiciona a todo el resto de los acreedores.

Más aún cuando es perfectamente sabido que el país, por la cláusula cross default o de incumplimiento cruzado – que junto con la RUFO, la MFCC y toda una serie de cláusulas leoninas fue firmada por éste gobierno – daría inmediatamente lugar a una situación de default generalizado, con caída o aceleración de los vencimientos, porque esta cláusula establece que producido un impago todas las deudas del Megacanje serían alcanzadas por la misma situación: el incumplimiento con un acreedor implica el incumplimiento con todos. 

Una tercerización o triangulación del fallo Griesa – la llamada “solución Gramercy”, que ya se aplicó en el caso de los laudos del CIADI - por la que un tercero (banco/grupo de bancos y/o fondos de inversión) compre los derechos de la sentencia y luego negocie directamente una reestructuración con el gobierno argentino, sería un paliativo parcial (no general), no eliminaría el problema de los holdouts (por la existencia de otros muchos tenedores pendientes) ni el problema de los bonistas del canje (por la cláusula RUFO); y no bajaría tampoco las nuevas obligaciones del gobierno Kirchner, que después de agotada la variante de la Deuda intra-Estado pasó a la nueva política de pago de juicios con Deuda (CIADI, Repsol, Club de París).

Y mientras todo esto ocurre, mientras el gobierno negocia en secreto una salida o diferimiento a la actual coyuntura de la crisis de Deuda, el Poder Judicial mantiene paradas todas las causas sobre investigación de la Deuda (Olmos I – con sentencia en firme - Olmos II, Megacanje 2001 y denuncia Olmos Gaona-Marcos), y  el Congreso de la Nación – salvo honrosas pero minoritarias excepciones – sigue sin intervenir en el problema; que es la forma en que la Partidocracia cumple su rol funcional de complicidad dentro del Sistema de la Deuda Perpetua.