Por
Héctor GIULIANO
(26.12.2015).
La
administración
Macri
se
apresta
a
estatizar
deuda
externa
privada
convirtiéndola
en
más
deuda
pública.
Con
fecha 18.12 el Ministerio de Economía (MECON) informó la licitación
de nuevos títulos Bonar 2016 por 2.000 MD (Millones de Dólares)
para el día 28 (Día de los Santos Inocentes).
Esta
colocación es parte de los 5.000 MD correspondientes a la deuda
contraída por empresas importadoras con sus proveedores externos y
cuyas divisas debiera proveerles el Banco Central (BCRA).
Los
importadores
reclaman
la
cobertura
de
un
monto
mayor,
que
es
casi
el
doble
de
lo
hasta
ahora
reconocido
por
el
gobierno:
9.000
MD.
A
esta
decisión
oficial
se
llega
por
un
discutible
proceso
realizado
en
tres
pasos:
- Empresas privadas importadoras acumulan los importes citados de deuda externa por compras efectuadas en el exterior. La mayoría de estas deudas están contraídas con sus casas matrices y/o empresas vinculadas y corresponden a operaciones que ya habrían sido concretadas.
- Si bien se trata de obligaciones externas privadas, el BCRA carece de las reservas necesarias que en condiciones normales debiera proveerles debido a que tales reservas se utilizaron privilegiadamente bajo la administración Kirchner para pagar deuda externa pública con terceros (acreedores privados y organismos financieros internacionales) y otros fines.
- Los importes acumulados por este motivo – los 5.000 ó 9.000 MD citados – se transformarán en deuda pública porque el nuevo gobierno Macri coloca un bono de corto plazo para compensar a los importadores.
Ergo,
un cúmulo de deuda externa privada – sin que mediara obligación
directa del Estado – pasa a convertirse en deuda pública.
De
esta manera, se dan dos hechos concurrentes:
- Se traspasa indirectamente (*) deuda externa privada al Fisco. Y
- Se convierte deuda comercial en deuda financiera de corto plazo; y sin capacidad demostrada de repago (como no sea su refinanciación forzosa al vencimiento).
El
MECON
dispuso
esta
medida
por
Resolución
conjunta
31/15-SH
y
10/15-SF
(Secretarías
de
Hacienda/Finanzas,
respectivamente),
que
es
del
25.3
de
este
año
y
se
respaldaría
en
las
proyecciones
de
endeudamiento
de
la
Ley
27.008
de
Presupuesto,
aprobada
por
la
administración
Kirchner.
Los
términos
y
condiciones
básicos
del
nuevo
bono
– Bonar
2016
– son
los
siguientes:
- Corto plazo: un año, con fecha de emisión 29.12.15 y fecha de vencimiento 29.12.16.
- Moneda de denominación y pago en dólares, bajo Ley Argentina, pero con suscripción en pesos. Es decir, que los compradores del bono – los importadores – entregan pesos y obtienen a cambio un título a cobrar en dólares.
- Tasa de interés del 6 % en dólares, con pago de cupones mensual a partir del 29.5.16, junto con amortizaciones parciales del capital (en 8 cuotas mensuales y consecutivas – también a partir de esa fecha – por el 12.50 % del total cada una).
El
Bonar
16
es
entonces
utilizado
para
cancelar
deuda
en
divisas
con
importadores
cuando,
en
realidad,
no
existe
una
deuda
formal
del
Estado
sino
sólo
el
compromiso
de
proveer
divisas
a
empresarios
privados,
de
modo
que
el
Tesoro
asume
así
una
deuda
nueva
que
no
le
es
propia.
A
su vez, este procedimiento induce una suerte de triangulación de la
moneda extranjera correspondiente al monto de los títulos - que son
intransferibles por parte del importador que los suscribe – porque
se supone que éste, el importador, para cumplir con sus
obligaciones pendientes debiera concurrir entonces al mercado privado
para conseguir sus divisas.
Esto
es
lo
mismo
que
decir
que
los
importadores
van
a
tener
que
terminar
recurriendo
al
mercado
de
cambios
y
no
al
BCRA
para
obtener
sus
dólares,
por
lo
que
la
emisión
del
bono
no
sería
necesaria
a
los
efectos
prácticos
sino
una
compensación
encubierta
por
las
deudas
privadas
acumuladas.
Tendríamos
entonces
que
el
gobierno
coloca
bonos
en
dólares
a
corto
plazo
para
compensar
a
los
importadores
por
el
costo
que
éstos
tendrían
al
comprar
sus
divisas
fuera
del
BCRA,
quedando
así
el
Estado
a
cargo
de
nueva
deuda
pública.
Como,
a
su
vez,
el
Estado
recauda
esencialmente
sus
tributos
en
pesos,
el
Boden
16
emitido
en
dólares
le
transfiere
en
forma
automática
el
cargo
que
se
le
produzca
por
diferencia
de
cambios
en
el
pago
de
los
servicios
(por
intereses
y
capital).
Con
el
agravante
que
la
mayor
parte
de
las
obligaciones
privadas
así
cubiertas
con
el
bono
los
importadores
ya
las
tendrían
cubiertas
a
través
de
contratos
suscriptos
por
dólares
a
futuro
y
cuando
el
tipo
de
cambio
estaba
a
9.80
$
o
menos.
Esta
primera colocación del 28.12 – por 2.000 MD – es parte de la
cobertura de los 5.000 MD reconocidos por el gobierno mientras se
discute sobre la inclusión de los otros 4.000 MD reclamados por las
empresas importadoras.
Se
estudia aplicar el mismo régimen para las deudas acumuladas por las
empresas transnacionales en concepto de giro de utilidades/dividendos
a sus casas matrices del exterior, que suman entre 10-12.000 MD.
Los
Bonar
16
constituyen
el
primer
instrumento
de
endeudamiento
formal
en
moneda
extranjera
de
la
administración
Macri,
como
producto
de
la
asunción
de
deuda
externa
privada
por
parte
del
Estado;
y
se
da
mientras
el
nuevo
gobierno
proclama
el
fin
del
cepo
y
la
libertad
del
mercado
de
cambios.
La
licitación de los nuevos bonos inaugura así una nueva modalidad de
estatización de deuda externa privada, una forma de conversión de
deuda comercial en deuda financiera y una muestra adicional de
colocación de deuda en moneda extranjera sin capacidad demostrada de
repago.-
(*)
NOTA
ACLARATORIA:
Una
omisión
tipográfica
-
sinceramente
una
omisión,
ya
que
la
palabra
“indirectamente”
figuraba
en
la
redacción
original
– corresponde
que
haya
sido
reincorporada
al
texto
de
este
artículo
con
fines
aclaratorios:
En
el
punto
a)
de
página
1
el
texto
completo
de
la
frase
es:
"Se
traspasa
indirectamente
deuda
externa
privada
al
Fisco".
Obviamente,
esto
es
así
desde
el
punto
de
vista
técnico
ya
que
cambia
la
titularidad
de
las
nuevas
obligaciones,
si
bien
el
objeto
de
la
operatoria
es
-
como
lo
dice
el
comunicado
del
MECON
del
18.12
-
"atender
el
stock
de
la
deuda
comercial
en
concepto
de
importación
de
bienes".
La
palabra
"indirectamente"
es,
por
lo
tanto,
el
termino
adecuado
para
aclarar
-
en
caso
que
no
haya
quedado
así
entendido
-
el
sentido
de
lo
que
se
plantea
en
el
trabajo.