sábado, 28 de febrero de 2026

PARA ACEPTAR EL SECURALISMO


Stefano Fontana

Director  Observatorio Van Thuan

 26 de febrero de 2026

 

Para comprender el significado político del término secularismo desde la perspectiva de la doctrina católica, debemos considerar la relación entre la naturaleza y lo sobrenatural, y, por lo tanto, entre la razón y la fe, la política y la religión. La política pertenece al plano natural; es el arte y la ciencia del bien común temporal. La política es un acto de la razón —precisamente, la «razón política»— que se ocupa de la moral, es decir, de la ordenación de las comunitarias, no solo individuales sino también sociales, hacia un fin. Luego está el plano sobrenatural de la fe. La revelación de Dios en Cristo no solo anunció los últimos últimos de la vida humana, sino que también iluminó los principios rectores de la vida social. La Iglesia y la religión cristiana también tienen un papel histórico y público, y por lo tanto político. La razón es capaz de conocer por sí mismos los principios de la ley natural que rigen la política, permaneciendo así en su propio plano natural. Pero la fe en la revelación también se ocupa, desde su perspectiva, de la ley natural y la ley moral natural, que no son exclusivas de la razón. Al enseñar que Dios es el Creador de la naturaleza, la fe nos dice que la naturaleza es como un lenguaje que expresa un orden objetivo y objetivos por alcanzar, incluso en la vida política. De este modo, la fe confirma y refuerza la referencia de la política a los principios de la ley natural. Además, cabe destacar que Dios también quiso revelar principios del orden natural, como los Mandamientos, y no solo verdades sobrenaturales inaccesibles a la razón humana. Esto se debe a que, al ser importante para la salvación, quiso que fuera fácilmente accesible a todos. Entendemos, pues, que ambas órdenes, naturales y sobrenaturales, conciernen a la vida política y comunitaria de los hombres, naturalmente por dos caminos distintos. 


La política es una dimensión que concierne a la razón y también a la fe, a la comunidad política, pero también a la Iglesia. Esto se hace evidente si consideramos que todo creyente católico es también ciudadano de una comunidad política. Experimenta dos dimensiones distintas, pero no opuestas, hasta el punto de poder participar en ambas coherentemente, en una unidad de vida; De hecho, esto es precisamente lo que su fe misma le exige.

 

Una vez establecido esto, se trata ahora de determinar la relación entre las dos dimensiones de la razón política y la fe religiosa, tal como las concibe el concepto de secularismo político. Repito que si no se acepta la existencia de ambas dimensiones, no se plantea la cuestión del secularismo: el secularismo es, de hecho, un cierto tipo de relación entre ambas. Si se niega y se opone la dimensión religiosa, el secularismo consistirá en crear un espacio político neutral del que la religión, todas las religiones, quedan excluidas. El ejemplo histórico más famoso de esta solución es la ley sobre el secularismo aprobada en Francia en 1905, consecuencia de la ideología jacobina. La religión se entiende aquí como peligrosa porque se cree que impone verdades absolutas en la esfera pública, contraria al espíritu de indagación y diálogo de la razón política entendida en un sentido secular. Sin embargo, esta postura revela inmediatamente su contradicción interna. El acto de expulsar la religión del espacio público no puede sino asumir la fuerza de otra religión, igualmente absoluta que las religiones a las que se oponen, aunque de naturaleza diferente. El secularismo se convierte entonces en una fe intolerante e incluso violenta. Si colgar un crucifijo en un aula se considera violencia, retirarlo debería considerarse igualmente violento. El secularismo, por lo tanto, se niega a sí mismo al convertirse en una nueva religión.

 

También se pierde si, por el contrario, todas las religiones se admiten en el espacio como productos exhibidos en un supermercado. En este caso, la política considera a todas las religiones iguales y, por lo tanto, también diferentes, es decir, ni verdaderas ni falsas, carentes de verdad. El indiferentismo religioso es una forma de ateísmo, es decir, la negación de la religión. En este caso también, el verdadero secularismo no existe y, en el aparente reconocimiento de la libertad religiosa, se impone la «religión» del indiferentismo religioso.

 

Como es fácil comprender, el secularismo no está suficientemente establecido incluso si la razón política y la fe religiosa se consideran completamente idénticas. La religión islámica, por ejemplo, no permite una autonomía legítima de las esferas políticas y jurídicas respecto de la religión, pues sostiene que la vida política depende directamente de los decretos de Dios, que deben aplicarse al pie de la letra, y que no existe moralidad natural ni prudencia política guiada por la conciencia personal. De hecho, en varios puntos, la moralidad política en una sociedad islámica entra en conflicto con ciertos principios de la razón natural. El origen de la autoridad política, su relación con la autoridad religiosa, el significado de la ley, la igualdad de dignidad entre todos los hombres: en estos y otros ámbitos, es evidente una discordancia entre la razón política natural y los dictados de la religión islámica.

 

Por lo tanto, el secularismo no es posible si se entiende como un espacio neutral respecto de los absolutos religiosos, ni como un espacio indiferente a ellos, ni como una identificación entre la política y una religión. Esto abre la puerta a otra visión del asunto, capaz de conciliar la legítima autonomía de la razón política con una relación no genérica ni indiferente con las religiones. Esta vía es la que propone la civilización cristiana, y en particular la doctrina política católica. Digo católico porque el protestantismo tiende a separar la razón de la fe, y por ende también la política de la religión, impulsando una secularización de la política, es decir, su total emancipación de la religión; El cristianismo ortodoxo, por su parte, tiende a una identificación estricta entre la política nacional y la religión nacional.

 

Según la concepción católica, la razón política posee cierta autonomía que le permite llegar a sus propias verdades naturales en las que fundamentarse. Ya sea que la sociedad se base en la familia y el matrimonio, que la crianza de los hijos sea responsabilidad de los padres, que los deberes prevalezcan sobre los derechos y los legitimen, o que el bien común sea un concepto moral y no meramente político... todas estas, y muchas otras, son verdades políticas que la razón conoce por sí misma. Por lo tanto, no es la religión directamente la que legitima la autoridad política, sino la ley natural, es decir, el servicio que esta presta al bien común. Sin embargo, este no es el caso en regímenes fundamentalistas donde la autoridad política coincide con la autoridad religiosa, ni en sociedades secularizadas donde la autoridad política se cree indebidamente legitimada por el simple voto. Lo que une a una comunidad es el propósito común que abrazan sus miembros. Incluso un club de ladrones se encuentra en esta situación, pero no es una comunidad. El propósito debe ser bueno. Una comunidad lo es, ante todo, a nivel moral.

 

Sin embargo, queda por ver si esto es suficiente. Si lo fuera, la política no necesitaría de la religión, ni la naturaleza de lo sobrenatural, por lo que la cuestión del secularismo ni siquiera se plantearía, o se resolvería como en los casos que hemos excluido. Lo cierto es que la naturaleza no es autosuficiente, y los finos naturales son incapaces de guiar la acción humana, impidiendo la búsqueda de intereses partidistas. La naturaleza y la moral exigen una absolutidad que no pueden proporcionar por sí solas. El bien común tiene componentes que la razón humana puede comprender, pero sin la ayuda de la revelación, lo hace solo de forma incierta, y una vez conocidos, el hombre es incapaz de serle campo de forma consistente. Además, el objetivo de la política es un objetivo intermedio y no el objetivo final, ya que el plano político no es absoluto. La política, por lo tanto, también se refiere a algo distinto de sí misma para su completitud, y sus objetivos se refieren a Dios como su fin último.

 

La razón política, por lo tanto, necesita de la religión, pero ¿cuál? Ya hemos observado que muchas religiones incluso niegan la posibilidad de la razón política. Requiere una fe religiosa que no exige convertirse en fe, sino ser política hasta la médula. Llamamos a esta religión religio vera: se dice que es verdadera porque presenta a la razón política su propia verdad, la llama a comparar sus verdades con las suyas para verificar que no se contradigan, sino que se complementan, y, al hacerlo, la devuelve a su propia verdad. Esta religión es el cristianismo católico, la única fe religiosa capaz de realizar esta tarea. De esta manera, se logra el verdadero secularismo, que no se transformará en secularismo ni en fundamentalismo religioso, como ocurre en todos los demás casos. Parece absurdo sostener que la política es verdaderamente secular cuando se acepta el apoyo público, y no solo privado, de los creyentes individuales de una religión, como el cristianismo católico. Una cosa es cierta: la razón política misma puede llevar a cabo este razonamiento y llegar a estas conclusiones por sí misma, siempre que no se haya separado ya del horizonte de la verdadera religión. La política no se salva sola, y cuando intenta hacerlo, se condena a sí misma. 

viernes, 27 de febrero de 2026

PROYECTO DE LEY

 

 DE FORTALECIMIENTO DEMOGRÁFICO NACIONAL

 

NOTIVIDA, Año XXVI, Nº 1405, 27 de febrero de 2026

 

La diputada Marcela Pagano (monobloque Coherencia) presentó el Proyecto de Ley de Fortalecimiento Demográfico Nacional (Expte. 7375-D-2025), que propone la creación del Sistema Integral de Promoción de la Natalidad (SIPRODEN).

 

La iniciativa busca dar respuesta a la crisis demográfica que atraviesa el país. Algunos aspectos son positivos y otros no, por ejemplo, que por la postergación de la maternidad, promueva la criopreservación de óvulos y la fecundación in vitro como herramientas centrales.

 

En los fundamentos, Pagano cita el caso de Israel: “Es la única nación occidental desarrollada con tasa de fecundidad superior al nivel de reemplazo, basada en fertilización in vitro masiva y gratuita —récord mundial de 20,6 ciclos por cada 1.000 mujeres en edad reproductiva—, licencias de maternidad de 182 días con cobertura salarial completa y un consenso cultural pronatalidad”.

 

El objetivo central del proyecto es “promover el fortalecimiento demográfico sostenible”, respetando la “libertad reproductiva”.

 

Prevé beneficios económicos: reducciones en Ganancias, IVA y Bienes Personales. Bonos por nacimiento y créditos familiares con condonación, según cantidad de hijos.

 

En materia de “salud reproductiva y fertilidad” propone la cobertura pública de hasta 4 ciclos de fertilización in vitro y una cobertura ampliada de hasta 6 ciclos para beneficiarios con 5 o más años de arraigo.  Crea programas de concientización sobre fertilidad y criopreservación de óvulos subsidiada.

 

- Licencias laborales: por maternidad de 180 días, paternidad de 30 a 60 días según la cantidad de hijos. A esto se agrega la licencia parental compartida de 180 días adicionales.

 

- “Derecho preferente al teletrabajo” para trabajadores con hijos menores de 3 años y horarios flexibles para los que tengan hijos en edad escolar.

 

- Educación y cuidado infantil: universalización progresiva de la educación inicial y creación de una red nacional de espacios de primera infancia (RENEPI).

 

- Inmigración: régimen especial para atraer familias extranjeras y facilitar ciudadanía a quienes tengan hijos nacidos en territorio argentino.

 

- Institucionalidad: Crea la Autoridad Nacional de Fortalecimiento Demográfico (ANFD) en el ámbito del Ministerio de Capital Humano y el Consejo Federal de Políticas Demográficas (COFEPODE) como órgano de coordinación interjurisdiccional. Se establece un fondo de financiamiento (FONAFODE) con aportes de empresas y recursos fiscales.

 

Metas demográficas

 

Corto plazo (2027-2030): tasa de fecundidad de 1,6 hijos/mujer; 550.000 nacimientos anuales. Reducir la edad promedio de la primera maternidad.

Mediano plazo (2031-2035): 1,9 hijos/mujer; 700.000 nacimientos anuales. Reducir la mortalidad materna.

·       Largo plazo (2036-2045): superar tasa de reemplazo (2,1 hijos/mujer); 850.000 nacimientos anuales sostenidos. Reducir la mortalidad infantil.

jueves, 26 de febrero de 2026

LA NECESIDAD DE SANCIONAR

 

 una Ley de Coparticipación como lo dispone la Constitución

 

Por: Guillermo Lipera

Civilidad, febrero 4, 2026

 

No se cumple el mandato de la reforma de 1994; esta anomalía posibilita una excesiva concentración de dinero y poder en manos del gobierno nacional de turno.

 

Llevamos más de 30 años sin cumplir el mandato de sancionar una ley de coparticipación según lo dispuesto en el artículo 75, inc. 2º de nuestra Constitución nacional reformada en 1994. Esta anomalía posibilita una excesiva concentración de dinero y poder en manos del gobierno nacional de turno. Tal circunstancia afecta el normal funcionamiento de la forma de gobierno representativa, republicana y federal adoptada por la carta magna en su artículo 1º.

 

La coparticipación federal de impuestos reconoce sus orígenes en 1934 y fue evolucionando con el paso de los años hasta entrar en una crisis irreversible en 1984. En ese año caducó la ley que regulaba la materia y solo en 1988 se pudo sancionar un nuevo régimen transitorio, lleno de inequidades y con un amplio margen de discrecionalidad en los criterios para el reparto que todavía siguen vigentes.

 

A partir de la década del 90, la masa coparticipable a repartir entre la Nación y las provincias se fue reduciendo sistemáticamente mediante detracciones inconstitucionales por parte del Poder Ejecutivo de turno. Baste como ejemplo de estas apropiaciones indebidas la declaración de inconstitucionalidad dictada por la Corte Suprema a fines de 2015 respecto del contenido del artículo 76 de la ley 26.078, sancionada en 2005. Esta norma había sido cuestionada judicialmente por las provincias de San Luis, Santa Fe y Córdoba.

 

La reforma constitucional de 1994 incorporó el régimen de la coparticipación en el ya citado artículo 75, inc. 2º. Concretamente, dispuso la necesidad de sancionar una nueva ley convenio, sobre la base de acuerdos entre la Nación, las provincias y la ciudad de Buenos Aires, a los fines de instituir regímenes de coparticipación de las contribuciones. Acertadamente, el constituyente estableció pautas objetivas de reparto que debían respetarse a la hora de sancionar la nueva ley de coparticipación.

 

En tal sentido, dispuso lo siguiente: “La distribución entre la Nación, las provincias y la ciudad de Buenos Aires se efectuará en relación directa con las competencias, servicios y funciones de cada una de ellas, contemplando criterios objetivos de reparto; será equitativa, solidaria y dará prioridad al logro de un grado equivalente de desarrollo, calidad de vida e igualdad de oportunidades en todo el territorio nacional”.

 

Como ya se adelantó, la no sanción de esta nueva ley posibilitó que el gobierno nacional no tuviese la obligación de respetar pautas de reparto objetivas y equitativas. En consecuencia, pudo continuar manejando discrecionalmente los fondos recaudados mediante el pago de los impuestos.

 

Los resultados están a la vista. Muchas veces las leyes o los nombramientos de jueces suelen obtenerse mediante “negociaciones” con los gobernadores de provincia. La construcción de un puente, por ejemplo, bien puede valer un voto en el Senado de la Nación, ya sea para sancionar una ley o aprobar un pliego para el nombramiento de un juez.

 

Algo similar acontece con la mala costumbre, cada vez más difundida, denominada “transfuguismo”. Se trata de legisladores que fueron elegidos mediante el voto popular debido a integrar la boleta de un partido político y luego se pasan –no por casualidad– al bloque del oficialismo de turno.

 

Sabido es que el poder atrae y suele generar una peligrosa adicción. Como bien lo señalaba Karl Lowenstein, resulta “evidente, y numerosas son las pruebas de ello, que allí donde el poder político no está restringido y limitado, el poder se excede… El poder encierra en sí mismo la semilla de su propia degeneración. Esto quiere decir que, cuando no está limitado, el poder se transforma en tiranía y en arbitrario despotismo”.

 

Al menos en teoría, existe consenso en cuanto a que el sufragio universal, la república y el federalismo son formas de gobierno necesarias para controlar y poner límite al ejercicio del poder. Pese a que la reforma constitucional de 1994 fue motivada en sus orígenes con la única y desafortunada finalidad de posibilitarle un segundo mandato como presidente a Carlos Menem, la oposición de ese entonces, liderada por Raúl Alfonsín, logró introducir objetivos más loables, como lo fueron intentar atenuar el hiperpresidencialismo existente en esos tiempos y fortalecer el federalismo.

 

Lamentablemente, transcurridos más de 30 años de sancionada la reforma de 1994, no se ha logrado implementar un adecuado equilibrio entre los tres poderes del Estado nacional (república), ni fortalecer la autonomía económico-funcional de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (federalismo). Como prueba de ello, vale destacar tan solo dos ejemplos que se vinculan entre sí.

 

El artículo 99, inc. 3º de la C.N. establece que “el Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso, bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo”. Asimismo, agrega que solamente podrá emitir decretos de necesidad y urgencia “cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes…”. El fracaso está a la vista: desde la entrada en vigor de la reforma hasta el presente se emitieron aproximadamente 950 decretos de necesidad y urgencia.

 

La disposición transitoria sexta incluida en la reforma constitucional de 1994 dispuso que “un régimen de coparticipación conforme a lo dispuesto en el inc. 2 del art. 75 y la reglamentación del organismo fiscal federal serán establecidos antes de la finalización del año 1996…”. Llevamos 29 años de mora en su cumplimiento. Obviamente, la discrecionalidad y la arbitrariedad en el reparto de los fondos públicos continuaron siendo la regla y los criterios objetivos brillan por su ausencia.

 

Esta injustificada demora daña al sistema federal y necesariamente afecta el buen funcionamiento del Congreso. La ausencia de criterios objetivos y equitativos de reparto de los fondos debilita la independencia de los integrantes del Congreso y más específicamente de los senadores, desvirtuando su rol de control de legalidad en defensa de los legítimos intereses de sus provincias.

 

Obviamente, muchas veces algunos de ellos hacen uso y abuso de esta situación a la hora de sancionar una ley, tratar un decreto de necesidad y urgencia o prestar acuerdo para el nombramiento de jueces. Asimismo, pierden eficacia el Poder Judicial, la Auditoría General de la Nación, las comisiones del Congreso y demás organismos de control.

 

Nadie controla efectivamente el funcionamiento de los servicios de inteligencia, el manejo de los fondos reservados ni cuáles son los criterios para otorgar pautas publicitarias, ya sea en forma directa o indirecta por parte del Estado nacional. La opacidad en el manejo de los fondos públicos es la regla. La transparencia es la excepción y los corruptos, obviamente, están de fiesta.

 

Sería imposible tanta corrupción con un Poder Judicial y órganos de control independientes y eficaces que puedan poner límites y frenos cuando los gobernantes están en ejercicio del poder y no cuando ya se hayan retirado. Justo es resaltar que algunos gobernadores reclaman federalismo y división de poderes a la Nación, pero en sus provincias se manejan como señores feudales, sin alternancia en el poder ni respeto de la autonomía de sus intendentes municipales y la independencia de los jueces en sus territorios.

 

La Argentina necesita generar confianza para que vengan inversiones; para ello, debe mejorar la calidad institucional, que se viene deteriorando desde hace muchos años. La reciente sanción de la ley de presupuesto es un paso importante y debe valorarse, pero todavía hay mucho por hacer.

 

Se habla a menudo acerca de la necesidad de contar con “reglas claras de juego” para generar confianza. Parece obvio, pero una vez más hay que recordarlo: la regla máxima de juego por excelencia es nada más y nada menos que respetar nuestra Constitución nacional y todas las normas que se dicten conforme a sus disposiciones.

 

No hay atajos ni deben permitirse los eufemismos. O cumplimos en un todo con la carta magna y nos comprometemos a construir una forma de gobierno auténticamente representativa, republicana y federal o nuestro país no logrará alcanzar el punto de inflexión que tanto anhelamos para terminar con tantas décadas de decadencia.

 

No solo tenemos el derecho, sino también el deber de peticionarlo a nuestros representantes. Como dice el refrán: “No se queje si no se queja”. Estamos viviendo una oportunidad histórica. Una nueva Argentina es posible y vale la pena hacer el esfuerzo. Por nosotros, por nuestros hijos y por todos aquellos que quieran habitar este suelo argentino.

 

Fuente: LaNación

sábado, 21 de febrero de 2026

BOLETÍN

 

ACCIÓN

Año XXXXIII- Boletín Nº 174   Córdoba, marzo-2026

 

¿ES NECESARIO EL ESTADO?

 

El presidente Javier Milei aseguró durante un reportaje concedido a un sitio de noticias estadounidense llamado “The Free Press”:

“Amo ser el topo dentro del Estado, yo soy el que destruye el Estado desde adentro“Es como estar infiltrado en las filas enemigas, la reforma del Estado la tiene que hacer alguien que odie el Estado…” (1)


Es cierto que lo mencionado agrava la crónica debilidad institucional e imprevisilidad que afecta a la Argentina, y que involucra a los tres niveles del sector público, y no es responsabilidad exclusiva de un partido político.

El Prof. Bidart Campos explica que el hombre y las instituciones temporales están en el Estado como círculos concéntricos dentro de uno mayor; logran la posibilidad de su fin dentro de un fin de bien común público, que incumbe a la sociedad máxima; máxima porque es la suprema en la órbita de las competencias temporales, y dentro de ella, la única sociedad perfecta. (2)


Creemos que, en nuestro país, el problema es muy profundo y complejo: no es que el Estado funcione defectuosamente, sino que dejó de existir como tal, y desde hace mucho tiempo; sobre esto han coincidido varios intelectuales (3). Quien mejor desarrolló el tema fue el Dr. Marcelo Sánchez Sorondo (4) y conviene recordar su argumentación. Sostiene este autor, que todo Estado incluye un gobierno, pero no todo gobierno implica que existe un Estado. El Estado es una entidad jurídico-política, que surge recién en una etapa de la civilización, como complejo de organismos, al servicio del bien común. Supone una delimitación explícita del poder discrecional; si un gobernante puede afirmar “el Estado soy yo”, queda demostrada la inexistencia de un Estado. Pues la hipertrofia del poder personal, sin frenos, es un síntoma de la ausencia de un Estado.


En toda institución -y el Estado es la de mayor envergadura en un territorio determinado-, el dirigente se subordina a la finalidad perseguida y a las normas establecidas. “No hay Estado si el contexto político y el orden jurídico que lo encuadran son una ficción y por momentos una superchería. Cuando el poder no se emplaza en la órbita de las instituciones, sino que se adscribe a una tipología grupal o meramente personal, entonces no se alcanza ese nivel de civilización política que implica la existencia en plenitud, la plenipotencia del Estado” (4).


El gobierno no encuadrado en un Estado, es errático y caprichoso; sirve únicamente para el enriquecimiento e influencia individual de los gobernantes, que no pueden lograr el funcionamiento eficaz de la estructura gubernamental. De allí la paradoja de culpar al Estado de todos los problemas, cuando el origen de los problemas es la ausencia del Estado.


En síntesis, la Argentina no tiene Estado, sólo gobiernos. Pero, para intentar fundamentar brevemente esta tesis, es necesario describir las notas características que distinguen a un Estado contemporáneo, más allá de las formalidades constitucionales y del tipo de gobierno establecido. Para ello, partimos del esquema del Profesor de Mahieu (5), y definimos al Estado como el órgano de integración social, planeamiento y conducción, de una sociedad territorialmente delimitada, que procura el bien común. Es decir, que sólo puede calificarse de Estado, aquel que cumple las tres funciones básicas señaladas.


1. Integración social. La unidad social es el resultado de la interacción de las diversas fuerzas sociales constitutivas, síntesis en constante elaboración por los cambios que se producen en los grupos y en el entorno. La superación de los antagonismos internos no surge espontáneamente; es el resultado de un esfuerzo consciente por afianzar la solidaridad sinérgica a cargo del Estado. A semejanza del director de orquesta, es el Estado el que logra crear una melodía social unitaria y armoniosa. El poder estatal tendrá legitimidad en la medida en que cumpla dicha función, garantizando la concordia política.


2. Planeamiento. El Estado centraliza la información que le llega de los grupos sociales; recopila sus problemas, necesidades y demandas. Los datos son procesados y extrapolados en función de los fines comunes, fijados en la Constitución Nacional y en otros documentos, que señalan los objetivos políticos y los valores que identifican a un pueblo. Con mayor o menor intensidad, según el modelo gubernamental elegido, es en el marco del Estado donde debe realizarse el planeamiento global que establezca las metas y las prioridades en el proceso de desarrollo integral de la sociedad, en procura del Bien Común. Por cierto, que en una concepción jusnaturalista, el planeamiento estatal sólo será vinculante para el propio Estado, y meramente indicativo para el sector privado. La autoridad pública no debe realizar ni decidir por sí misma lo que puedan hacer y procurar las comunidades menores e inferiores. Pero, debido a la complejidad de los problemas modernos, el principio de subsidiariedad resulta insuficiente para resolverlos sin la orientación del Estado, que mediante el planeamiento se dedique a animar, estimular, coordinar, suplir e integrar la acción de los individuos y de los cuerpos intermedios.


3. Conducción. La esencia de la misión del Estado es el ejercicio de la autoridad pública. La facultad de tomar decisiones definitivas e inapelables, está sustentada en el monopolio del uso de la fuerza, y se condensa en el concepto de soberanía. El gobernante posee una potestad suprema, en su orden, pero no indeterminada ni absoluta. El poder se justifica en razón del fin para el que está establecido y se define por este fin: el Bien Común temporal.


Si un Estado no posee, en acto, estas tres funciones, ha dejado de existir como tal o ha efectuado una transferencia de poder en beneficio de organismos supraestatales, o de actores privados, o de otro Estado.

Como hipótesis, nos animamos a decir que el Estado argentino dejó de funcionar como tal a partir de junio de 1970, con la renuncia del Gral. Onganía. Aplicando, sintéticamente, el esquema teórico expuesto, podemos advertir que en la fecha indicada resultaron afectadas las tres funciones básicas:


Integración social: a fines de la década del 60 comienzan enfrentamientos y disturbios sociales graves, que culminan en una guerra civil. En mayo de 1969 se produce el Cordobazo, y un año más tarde, el secuestro y asesinato del Gral. Aramburu. Del presente, para comprobar el desorden de la sociedad, baste citar: los 12.849.616 de pobres y los 2.866.085 de indigentes según cifras oficiales (Infobae, 5-2-2026); promedio de condenas por delitos cometidos en la última década, 3,2%; 45.000 prófugos de la Justicia.


Planeamiento: luego de haberse aplicado en los dos Planes Quinquenales, y perfeccionado el sistema con la creación del Consejo Nacional de Desarrollo, que logró, por primera y única vez, fijar las Políticas Nacionales (Decreto 46/70); dejó de aplicarse el planeamiento como instrumento de gobierno, hasta el presente, desde junio de 1970.


Conducción: Al aceptarse la renuncia del Gral. Onganía, el 8 de junio de 1970 asume el poder político la Junta de Comandantes en Jefe. El Proceso de Reorganización Nacional formalizó a la Junta Militar como órgano supremo, con lo que, durante varios años la jefatura del Estado dejó de ser individual y se convirtió en triunvirato. Desde entonces, el sector público argentino carece de una conducción unificada, homogénea, racional.


En el panorama descripto, deja de funcionar el Estado como compendio de instituciones con recíproca interdependencia, y es reemplazado por un ejercicio discrecional del poder.

En conclusión, si es correcto el análisis, la prioridad absoluta –y urgente- consiste en restaurar el Estado, y procurar que actúe eficazmente. Ello no ocurrirá como consecuencia necesaria de elaborar un buen diagnóstico. Por eso, decía Don Ricardo Curutchet: No basta con denunciar que se pierde la Argentina, es necesario actuar para contribuir a salvarla.


Es insensato confiar en que, precisamente en el momento más difícil de la historia nacional, podrá producirse espontáneamente un cambio positivo. Sólo podrá lograrse si un número suficiente de argentinos con vocación patriótica, se decide a actuar en la vida pública buscando la manera efectiva de influir en ella. Un dirigente político no puede limitarse a exponer los principios de un orden social abstracto. La doctrina tiene que estar encarnada en ciudadanos que cuenten con el apoyo de muchos, formando una corriente de opinión favorable a la aplicación de la doctrina. Debe encararse con seriedad la preparación de un Proyecto Nacional y la constitución de equipos aptos para aplicarlo.


Referencias:


1) Infobae, 6-6-2024.

2) Bidart Campos, Germán. “Doctrina del Estado democrático”, EJEA. 1961, p. 28.

3) Por ejemplo: Jorge Vanossi (La Nación, 17/3/02); Manuel Mora y Araujo: (La Nación, 20/3/02); Natalio Botana (Clarín, 28/4/02).

4) Sánchez Sorondo, Marcelo. “La Argentina no tiene Estado, sólo gobiernos”; Revista Militar N° 728, 1993, p., 13-17.

4) Idem, op.cit., p. 14.

5) de Mahieu, José María. “El Estado comunitario”; Buenos Aires, Arayú, 1962.


 

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martes, 17 de febrero de 2026

CARLOS SACHERI


y el Orden Natural

 

POR JUAN MANUEL AUBRY

La Prensa, 17-6-2026

 

Vivimos tiempos de confusión, relativismo, donde todo vale por su cantidad de followers y “me gusta” en redes, y claramente, la Verdad no tiene mucha cabida en este espacio.

 

A nuestro alrededor, el mundo moderno parece colapsar bajo el peso de su propia soberbia: la moral a conveniencia, la disolución de la familia, la tiranía del dinero y el estatismo asfixiante. En la universidad, en el trabajo y en la calle, nos bombardean con la idea de que Dios no existe -y si existe es pachamamesco-, de que la Patria es un concepto obsoleto –salvo la patria cartonera- y de que la Fe debe quedarse encerrada en la sacristía –excepto en la mezquita-.

 

Ante este caos, la tentación de la desesperanza es grande, más viendo que quienes tiene el deber de guiar, enseñar y santificar, se bajan los pantalones ante el poder para “no molestar”. Pero nosotros, que sabemos que sin sangre no hay redención, tenemos una obligación mayor. Tenemos el deber de volver a las fuentes, a aquellos maestros que vieron venir la tormenta y nos dejaron el mapa para navegarla.

 

Hoy, más que nunca, es imperativo volver a leer "El Orden Natural" de otro de nuestros mártires por Cristo Rey, el profesor Carlos Alberto Sacheri. No es un libro para dejar en la biblioteca juntando polvo. Es un manual de operaciones. Es el testamento intelectual de un hombre que pagó con su sangre la defensa de Dios y de la Patria. Al releerlo hoy, no busco teoría abstracta, sino axiomas para el día a día, principios rectores para no perder el rumbo en esta Argentina doliente.

 

“A nuestro alrededor, el mundo moderno parece colapsar bajo el peso de su propia soberbia: la moral a conveniencia”.

 

Aquí presento cuatro axiomas que considero fundamentales, extraídos de esta obra imprescindible para nuestra militancia cotidiana, entiendo la militancia como nos enseña la Escritura, militia est vita hominis super terram, y no la militancia partidocrática salamera que busca agrado de un tirano y el consecuente cargo en el kiosco.

 

1) La realidad  es, no se  negocia. El orden existe

El mundo moderno, infectado de liberalismo, marxismo y las frutas que surgen de estos torcidos árboles, nos quieren hacer creer que todo es una construcción social, que nosotros definimos qué es ser hombre o mujer, qué es el bien o el mal, pero ¡ay! De quien defina según la biología y la moral tradicional. Sacheri nos despierta de ese sueño de soberbia: "El orden natural es anterior al hombre". No es un invento nuestro; es la huella de Dios en la creación. Viendo la mesa conocemos que hay carpintero, viendo la creación conocemos que existe Creador.

 

El axioma consecuente: No cedamos ni un centímetro en el lenguaje ni en las ideas. Cuando nos digan que la verdad es relativa, recordemos que las cosas tienen una naturaleza inmutable. Defender lo obvio (que la familia es hombre y mujer, que la vida es sagrada desde la concepción) no es ser "conservador", es ser realista. Nuestra primera rebeldía es llamar a las cosas por su nombre. “Llegará el día que será preciso desenvainar una espada por afirmar que el pasto es verde” nos dejó dicho Chesterton, hace rato que estamos haciendo duelo de floretes con la posmodernidad.

 

2) Ni la selva liberal ni la cárcel socialista

Los jóvenes, a menudo nos sentimos huérfanos entre una derecha liberal que solo adora al dios-mercado y una izquierda que busca la esclavitud estatal. Sacheri, con la claridad de Santo Tomás, nos muestra el camino real. Nos enseña que el liberalismo, con su "sano egoísmo", atomiza la sociedad y deja al débil a merced del fuerte, mientras que el socialismo, al negar la propiedad privada, nos quita la libertad y la dignidad personal.

 

El axioma consecuente: La economía debe estar subordinada a la política, y la política a la moral. Defendemos la propiedad privada, sí, pero no como un fin absoluto, sino como herramienta para la libertad familiar y con una hipoteca social. En nuestro trabajo o emprendimiento, no busquemos el lucro por el lucro. Demos buscar “en todo amar y servir”, crear comunidad y fortalecer la independencia de nuestras familias frente al Estado y las finanzas internacionales.

 

3) Reconstruir desde abajo: La verdadera participación

Nos han vendido una democracia falsa, una "partidocracia" donde nuestra participación se reduce a votar cada dos años por listas sábana que no conocemos. Sacheri nos recuerda el principio de subsidiaridad: lo que puede hacer el grupo menor, no debe absorberlo el mayor. La sociedad no es una masa de individuos frente al Estado, sino un tejido rico de familias, municipios, grupos y asociaciones profesionales.

 

El axioma consecuente: La verdadera política empieza en las células básicas. Antes de querer ser diputado, hay que ser un buen padre, un miembro activo de tu consorcio, un delegado honesto, un líder en tu club. Reconstruir el tejido social destrozado por el individualismo es la base de la restauración nacional. El orden no se impone por decreto desde arriba; se construye orgánicamente desde abajo. Tenemos ejemplo de labor en nuestro beato Enrique Shaw.

 

4) La cruz   y la  espada. Coherencia de vida

Quizás lo más impactante de releer a Sacheri es recordar que él no separaba su fe de su vida pública. Nos advierte contra el error de pensar que la religión es un asunto privado sin consecuencias sociales. El orden natural es el cimiento, pero Cristo Rey es la cumbre.

 

El axioma consecuente: No existe el "católico a medias". Nuestra milicia es vana si no está sostenida por la Gracia. La batalla cultural es, en el fondo, una batalla espiritual, una guerra de altares. Sacheri fue asesinado frente a su familia al volver de Misa. Su coherencia fue total. La nuestra debe aspirar a lo mismo: formarnos, vivir en gracia y no tener miedo de confesar nuestra Fe en la universidad o en la plaza pública. Nuestro martirio seguramente no sea con leones, sino con un “escrache” mediático, precio a pagar por el reinado de Cristo.

 

“Releer a Sacheri es recordar que él no separaba su fe de su vida pública. El orden natural es el cimiento, pero Cristo, la cumbre”.

 

ENTONCES…

"El orden defiende al hombre y el hombre al orden" nos recuerda Mons. Tortolo prologando la obra. Hoy, ese orden está bajo ataque, es invertido. Releer este libro no es un ejercicio de nostalgia; es afilar la espada. Querido amigo, léelas, estúdialas y, sobre todo, vivilas. Porque la Argentina no se salvará con discursos vacíos, sino con hombres y mujeres que, ordenados por dentro y sostenidos por la Gracia, sean capaces de restaurar el orden natural por fuera y el reinado social de Cristo.

 

Hoy mas que nunca, ¡Carlos Alberto Sacheri, presente!