La Prensa,
04.05.2026
Señor Director:
El Jefe del Estado
Mayor del Ejército acaba de disponer, mediante una simple resolución basada en
hechos ocurridos hace 50 años, la baja de 34 oficiales del Ejército, condenados
y presos en las causas denominadas de “lesa humanidad”.
Hay condenas que
no figuran en sentencia alguna, pero que se imponen y ejecutan con una eficacia
implacable. La baja de 34 militares -presentada como un acto administrativo
más- encierra una forma de muerte jurídica: la conversión de personas en
“muertos civiles”. El derecho civil enseña que la persona se define por ciertos
atributos esenciales: nombre, capacidad, domicilio, estado civil, patrimonio y
nacionalidad. No es una enumeración caprichosa; es la estructura misma de la
personalidad jurídica. Quitar uno de esos pilares no es un detalle técnico: es
despojar a alguien de una parte de su humanidad. Y no se trata aquí de una poda
menor, sino de la inicua confiscación del patrimonio de personas que han hecho
aportes durante 40, 50 o más años, dejándolas sin sustento en la etapa más
vulnerable de sus vidas.
A la supresión del
haber de retiro se añade, en muchos casos, la pérdida de los servicios de la
obra social. Es decir, se los priva no sólo de los recursos para vivir, sino
también del cuidado de su salud cuando más lo necesitan. La vejez, que debería
ser tiempo de amparo, se convierte así en brutal condena a vivir a la
intemperie.
Frente a esto, la
solución institucional oscila entre la frialdad burocrática y una ironía
difícil de digerir. Un abogado del IAF, ante el reclamo de un militar despojado
de su retiro, sostuvo que éste “pretende vivir cómodamente en su hogar pudiendo
hacerlo en el sistema carcelario”, sugiriendo incluso que “bien podría el actor
volver al sistema carcelario”, en vez de insistir en su derecho. La respuesta
no sólo es de una refinada crueldad, sino que revela una concepción en la que
el castigo no tiene límite ni proporción, como si la pena nunca fuera suficiente
y su finalidad la anulación total de la persona.
Esto, en verdad,
no es derecho ni justicia. La ley 19.101, en su artículo 20, prevé
consecuencias para el personal militar condenado, pero su aplicación no puede
desentenderse de principios elementales: la razonabilidad de las sanciones, la
protección de derechos adquiridos, la dignidad humana. Este artículo establece
que “la baja se produce por… condena emanada de tribunales comunes o federales,
a penas equivalentes a las que en el orden militar lleven como accesoria la
destitución”. Pero esa equivalencia hoy es, sencillamente, inexistente. El
Código de Justicia Militar fue derogado, y con él desapareció el parámetro
normativo al que la ley remite. Se aplica así una consecuencia grave apoyándose
en una referencia que ya no tiene contenido jurídico real. La norma se invoca,
pero su presupuesto ha sido vaciado. Y en ese vacío, lo que debería ser derecho
se convierte en discrecionalidad.
En este escenario
el desempeño de los jueces resulta decisivo. Sin embargo, lejos de erigirse
como un límite frente a estos excesos, demasiadas veces optan por la comodidad
de convalidarlos. Y no se trata de pedirles que actúen con heroísmo, sino de
algo elemental, esto es, la voluntad de aplicar el derecho sin temor ni oportunismo.
Cuando eso falta, la ley deja de ser un refugio para convertirse en un
instrumento de demolición.
La paradoja es
evidente. En un extremo, personas que dedicaron su vida al cuidado y defensa de
la nación, se ven privadas por el Estado de sus medios de subsistencia y de la
cobertura de su salud. En el otro, quienes integraron organizaciones
terroristas que atentaron contra esa misma nación, reciben indemnizaciones
millonarias.
Ese mismo Estado
es el que ahora los da de baja del Ejército, humillándolos hasta el extremo,
además de dejarlos en la indigencia. Todo ello después de haberlos mantenido
encarcelados durante años, víctimas del escandaloso prevaricato en que
incurrieron a mansalva jueces cobardes y corruptos, ejecutores de una política
de odio y venganza como no se ha visto en ningún país civilizado, para
vergüenza de los argentinos.
ALBERTO SOLANET Y
JUAN ANTONIO VERGARA DEL CARRIL
(Presidente y
Secretario -respectivamente- de la Asociación de Abogados por la Justicia y la
Concordia)