martes, 28 de septiembre de 2010

EL SISTEMA DE MÉRITO EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA


Hace 19 años, en un artículo para la revista Civilidad[1], analizamos el SINAPA, escalafón nacional. Comentamos entonces, que si bien permitió un mejor ordenamiento de un 10 % del personal de la Administración Pública Nacional (que era el comprendido en el mismo) como tal escalafón, adolecía de defectos técnicos. Pese al tiempo transcurrido, el gobierno de la provincia de Córdoba adoptó parcialmente el esquema del SINAPA en su reciente llamado a concurso para cubrir 747 cargos jerárquicos (Decreto 888/10). Efectivamente, la cobertura de los cargos de: Jefe de Área, Sub-Dirección de Jurisdicción y Dirección de Jurisdicción, se realiza por concurso abierto, y para los dos últimos cargos citados la designación tiene un término de cinco años.

Según el Escalafón vigente (Ley 9.361), las pautas de puntaje (Art. 19), permiten obtener a quien se postula para un cargo de Personal Superior, sin ser agente permanente ni tener estudios superiores, pero ocupando dicho cargo interinamente, una calificación suficiente para ganar el concurso.
Los postulantes ajenos a la APP, y los agentes permanentes, podrían obtener mayor puntaje; pero tanto la prueba de oposición como la entrevista personal, dejan un margen de discrecionalidad, que sólo podría ser compensada con jurados propuestos por las universidades o colegios profesionales. En este caso, al estar integrados los Tribunales de Concursos por un representante sindical y dos funcionarios, designados por la Comisión Laboral de Concurso y Promoción, a su vez nombrados por el titular de la Jurisdicción, no existe suficiente garantía de objetividad en la evaluación.

El gobierno provincial, como modo de responder a las críticas recibidas, conformó –a posteriori- un comité académico para controlar el proceso en marcha, y convocó a escribanos para garantizar la custodia de los cuestionarios de exámen. Dicho comité sólo verificó el cumplimiento de la formalidad del procedimiento, pero no podía corregirlo, informando que “no se advirtió irregularidad alguna en el cumplimiento de los aspectos formales y sustanciales previstos”.

Se presentaron a los concursos “docenas de interinos que fueron aportantes a la última campaña de Unión por Córdoba”, así como “un nutrido listado de familiares de funcionarios de alto rango que concursaron” (La Voz del Interior, 12-9-10). Por otra parte: “El hecho de que los tribunales que deberán juzgar a los postulantes estén conformados por funcionarios del Gobierno, militantes y representantes gremiales no ayuda en nada”. “No hay un solo representante del sector académico en esta provincia universitaria por historia y por presente”
[2].

Varios partidos políticos cuestionaron este llamado a concurso, pero es una reacción tardía e improcedente, puesto que se está cumpliendo estrictamente el Escalafón, aprobado por unanimidad en febrero del 2007 en la Legislatura. Tampoco hubo planteos previos –ni políticos ni sindicales- por haber estado congelada la carrera administrativa durante 15 años, ya que el escalafón anterior quedó suspendido desde 1995, cuando el gobernador Ramón Mestre declaró la emergencia provincial.
Con la normativa vigente, la estructura administrativa creció en tres niveles jerárquicos: directores y sub-directores de jurisdicción, y jefes de área, incorporándolos al Escalafón, que constaba de 14 Categorías, y pasó a tener 17. De allí la alarma –extemporánea- de los principales aspirantes al gobierno provincial, al advertir que, en la administración central, los cargos de designación política han disminuido de unos 800 a menos de 100 (ministros, secretarios, subsecretarios y directores generales).

En realidad, que la mayoría de los cargos públicos queden incorporados al cuerpo de personal permanente debería ser una buena noticia. El problema es que en nuestra provincia –y en la Argentina- no se respeta el sistema de mérito, en virtud del cual todo cargo público permanente debe ser cubierto por el aspirante más idóneo. Por el contrario, como acaba de suceder, sigue vigente el spoil sistem (sistema de despojos), consistente en la distribución de los cargos públicos como botín de guerra de la fracción política que asume el gobierno. Si además, el gobierno que termina su mandato puede dejar a sus partidarios incorporados a la planta permanente, para obstaculizar la gestión del sucesor, mejor.

Como expresa un axioma peronista la única verdad es la realidad, y la realidad que ha quedado expuesta con el orden de mérito de estos concursos señala que de los 700 aspirantes de fuera de la administración, solo 15 pudieron ganar (2 % del total de cargos concursados), y el 80 % de los cargos quedarán para quienes los ocupaban interinamente (La Voz del Interior, 24-9-10).
Se han señalado dos casos extremos, no impedidos por la legislación vigente:

-El actual secretario de Minería, Aldo Bonalumi, se postuló para un cargo de Director de Geología, cuyo titular actual y subordinado suyo, integró el jurado que lo evaluó; por cierto, ganó el concurso.

-Doce representantes de la Unión de Personal Superior, actuaron como jurados y simultáneamente se presentaron para concursar en otros cargos. Sólo uno de ellos no ganó, pues no se presentó a rendir, los otros 11 quedaron primeros en el orden de mérito.

Una periodista resumió así lo que acaba de ocurrir: “Los concursos tuvieron la enorme virtud de transparentar de modo casi obsceno cómo funciona la maquinaria que garantiza que en el Estado permanezcan hasta el momento de jubilarse quienes casi invariablemente acceden por acomodo”
[3].
En conclusión, la función pública solo llegará a tener la mayor eficacia, cuando sus integrantes sean seleccionados por sus méritos profesionales, al margen de cualquier influencia partidaria o familiar.

Córdoba, setiembre 25 de 2010.-

Mario Meneghini

Fuentes:

www.cba.gov.ar

Ase, Iván. “¿Profesionalización o reparto de privilegios?”; La Voz del Interior, 7-8-10.

Conesa, Eduardo. “Democracia, servicio civil y desarrollo económico”; Buenos Aires, mimeo, mayo de 1988.

Ley Provincial Nº 7.233 Estatuto del Personal de la Administración Pública Provincial (7-1-1985).

Ley Provincial Nº 9.361 Escalafón Administración Pública Provincial (21-2-2007).



[1] Civilidad, Nº 26, julio/septiembre de 1991, pp. 36/41.
[2] Guevara, Virginia. “Hacia una doble estructura de funcionarios políticos”; La Voz del Interior, 7-8-10.
[3] Guevara, Virginia. “Tan transparentes que resultaron casi obscenos”; La Voz del Interior, 25-9-10.