Por Héctor GIULIANO
(23.4.12).
La sorpresiva
intervención de YPF y el envío al Congreso del proyecto para expropiar las
acciones de Repsol abren más interrogantes que aclaraciones en cuanto al
sentido de las medidas adoptadas por el gobierno Kirchner.
El objeto de este
breve trabajo es formular algunas observaciones y comentarios sobre este tema a
la luz del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 530/2012 del Poder Ejecutivo y
del Proyecto de Ley (PL) respectivo, así como sus informaciones conexas.
Ambos documentos
contienen contradicciones, inconsistencias y/o desprolijidades que le pueden
terminar costando muy caro al Estado Argentino.
EXPROPIACION POR
UTILIDAD PÚBLICA.
No están claras las
verdaderas razones de urgencia de las medidas tomadas por el Ejecutivo frente a
una grave situación de crisis energética que era conocida desde hace tiempo,
que consultores y ex titulares de la Secretaría de Energía venían denunciando
públicamente desde hace varios años y que el actual gobierno – hasta hace muy
poco – venía negando o soslayando mientras apoyaba y elogiaba la gestión de la Empresa.
El Estado Argentino,
a través de su participación accionaria, estaba perfectamente en conocimiento
de la situación de la Empresa
y el representante del Gobierno suscribía y avalaba todas las decisiones del
Directorio de YPF sin expresar disidencias en contrario.
Por ende, el primer
problema que se plantea es el de la inexorable co-responsabilidad de la Administración Kirchner
en las irregularidades que denuncia contra Repsol como accionista mayoritario
ya que las mismas fueron asumidas por todos los socios, incluido lógicamente el
Estado Nacional.
Esto es particularmente
cierto en lo tocante al problema de la infra-inversión en exploración de
petróleo y gas, a la política de altos repartos de dividendos y a la gravedad
del cuadro de situación energético provocado por YPF.
Por eso,
independientemente de toda discusión sobre la validez de los argumentos
oficiales y las medidas adoptadas en consecuencia, la actual Administración es
co-responsable de las irregularidades que le imputa al grupo Repsol, ya que el
representante oficial ante el Directorio tenía que estar forzosamente al tanto
de lo que pasaba y además estaba suscribiendo sin disidencias las decisiones
que hoy se le objetan al principal accionista.
La gestión de una
política llevada a cabo por el Directorio de la Empresa no puede serle
imputada exclusivamente a uno de los socios sino que es de responsabilidad
colectiva de todos los que, como miembros, la avalaban.
También es importante
y discutible el uso de un DNU para intervenir por parte del Estado una Sociedad
Anónima – como es YPF - invocando los artículos 3 y 6 de la Ley 17.319 de Hidrocarburos,
aún en los casos que mediaren incumplimientos de contrato en materia de
producción y/o exploración; máxime cuando ya se estaba penalizando a la empresa
por este motivo con el retiro de algunas áreas de concesión provinciales.
Pero el problema
central – y probablemente más grave desde el punto de vista conceptual -
estaría en la causal aducida para la expropiación de una parte de las acciones
de Repsol en YPF por razones de “utilidad pública” ya que tales razones no pueden aplicarse en
forma genérica para los casos de expropiación sino que deben tener una
justificación puntual y concreta (como puede ser, por ejemplo, el caso de una
propiedad inmueble para trazar una carretera o destinar un espacio clave para
la construcción de un puente).
No tiene mucho
fundamento expropiar una parte de las acciones de la empresa y a un solo socio
(en este caso, el accionista mayoritario, quitándole el 51 sobre su total del
57.4 %) para elevar la participación del Estado al 51 % del Capital apelando a
razones de “utilidad pública”.
Siguiendo tal
razonamiento en relación al autoabastecimiento (que en este caso se aplica a
una compañía que no produce la totalidad sino la mitad del petróleo nacional y
el 44 % del gas) el criterio de intervención oficial pudiera ser extendido
arbitrariamente a cualquier otra empresa del sector y/o de cualquier otro
sector de la economía que se declare genéricamente de interés público.
Este planteo
gubernamental conlleva así serias vulnerabilidades en el caso que Repsol – como
ya lo ha anunciado – lleve adelante reclamos judiciales contra la Argentina ante el CIADI
(el Tribunal de Arbitraje Internacional dependiente del Banco Mundial) apelando
al Tratado Bilateral de Inversiones (TBI) vigente entre nuestro país y España.
Por otra parte, es
contradictorio acusar sólo a Repsol de “vaciamiento” de YPF – como lo hace
taxativa, enfática y reiteradamente el
PL del Ejecutivo – cuando, como dijimos, las responsabilidades por la gestión
de la empresa son colectivas y alcanzan a todos los socios con representación
en el Directorio, incluyendo al propio Estado.
Si Repsol incurrió en
maniobras de vaciamiento - es decir, en delitos – sus directivos debieran ser
denunciados ante la Justicia
y no ser expropiadas parte (no todas) sus acciones invocando razones de
“utilidad pública”.
Una de dos: delitos o
razones concretas de interés público nacional debidamente fundadas.
Con el agravante que
la palabra “vaciamiento” no existe como figura jurídica: su traducción legal
sería Defraudación, pero el proyecto no hace referencia a este delito sino que
utiliza la expresión “vaciamiento”, que sólo delata una forma de comportamiento
no definido desde el punto de vista técnico jurídico.
Esto también supone
una vulnerabilidad de planteo al ser aplicado este enfoque sólo contra Repsol
cuando la distribución indebida de altísimas utilidades beneficiaba a todos los
accionistas y cuando, como agravante, se sabía que dicho criterio había sido
adoptado para favorecer, en particular, al grupo Eskenazi – ligado al gobierno
Kirchner - para que pudiera pagar con dividendos los préstamos externos
contraídos para comprar el 25 % de las acciones de YPF sin aportar dinero en
efectivo.
Este conjunto de
serias inconsistencias en la forma de fundamentar y de llevar a cabo la
expropiación parcial de las acciones de Repsol en YPF no sólo deja dudas sobre
la corrección del procedimiento seguido por el gobierno Kirchner sino también
sobre las verdaderas motivaciones de su conducta.
Actualmente – según
el viceministro de Economía Kicillof – la Deuda total de YPF sería del orden de los 9.000
Millones de Dólares (MD).
De los Estados
Contables al 31.12.11 surgiría que esta suma es algo menor – el equivalente de
unos 8.300 MD (36.700 M$-Millones de Pesos) – pero ello no cambia el fondo de
la cuestión, que es el alto endeudamiento de la empresa.
Notablemente, este
importe de deuda hoy es casi el mismo que YPF tenía al momento de su
privatización (1992) – 8.500 MD – y que el Estado absorbió porque la empresa
fue vendida sin pasivos.
Este elevado pasivo
de YPF significa que el Estado Argentino, con la expropiación ahora de las
acciones de Repsol, pasa a ser el nuevo socio mayoritario, asume la
responsabilidad principal por la conducción empresaria y hereda entonces el
nuevo gran pasivo de YPF.
Una vez más – como ya
ocurrió con la privatización menemista de la década del ´90 (que el entonces
gobernador Kirchner y su esposa apoyaron) – el socio privado se desliga de sus
obligaciones y el gobierno argentino se hace cargo de las deudas.
El Estado, que hasta
ahora no tenía participación directa en la gestión empresaria de YPF y no era
responsable de sus pasivos, pasa entonces a tener una triple carga de deuda
propia en relación a la compañía: 1. La de la Deuda consolidada de la empresa (los 9.000 MD
citados), 2. La del necesario financiamiento del Plan de Inversiones no
cumplido bajo la gestión de Repsol (cuyas estimaciones primarias serían del
orden de los 30.000 MD), y 3. El monto – a determinar – de la indemnización por
la expropiación a Repsol.
Aunque se termine no
pagándole nada a Repsol – como se ufanan algunos funcionarios del gobierno –
los otros dos grandes rubros de deuda igual le quedan al Estado; y son mucho
más elevados.
Este cambio es muy
importante porque antes de esta medida de intervención de YPF y expropiación a
Repsol, la
Administración Nacional no tenía encima estos nuevos rubros
de endeudamiento público pero ahora, en cambio, deberá incrementar sus pasivos
del Estado.
El Balance de YPF al
31.12.11 muestra además que el Pasivo Corriente (obligaciones hasta un año de
plazo) es de 21.800 M$, contra un Activo Corriente de 14.100 M$, lo que denota
que la empresa tendría, en principio, un problema de Liquidez que también
deberá ser cubierto por el Estado.
Los vencimientos de
deuda ya serían importantes este año por concepto de Obligaciones Negociables
(ON) emitidas bajo la administración Repsol: 300 M$ en Diciembre (y 70 MD en
Marzo de 2013), entre los más relevantes.
Dentro de los 21.800
M$ del Pasivo Corriente, 11.900 son Cuentas por Pagar y 8.100 pago de
Préstamos; sin contar – desde ya - Deuda Contingente (por los reclamos de daños
en el Medio Ambiente y otros).
Todo esto implica que
las medidas anunciadas por la presidente Cristina Kirchner el 16.4 pasado
suponen para el Estado Nacional la asunción de una fuerte carga de
endeudamiento adicional que hasta hoy no se tenía.
Desde el punto de
vista económico-financiero tal comportamiento del Gobierno – independientemente
de la forma en que es presentado ante la Opinión Pública –
releva a Repsol YPF de afrontar un grave cuadro de situación financiera que
tendrá que ser cubierto con más deuda y cuyo peso se transfiere ahora al Estado
Nacional.
UN SALVATAJE A
REPSOL.
Lo dicho en el
párrafo anterior abre un interrogante muy serio acerca de los efectos
financieros concretos de la decisión gubernamental sobre YPF.
Ello implica
reflexionar sobre si esta mayúscula nueva carga financiera que pasa al Estado
Central – más allá de todo lo que se diga ante la Opinión Pública –
no constituye en realidad una forma de salvataje práctico a la empresa Repsol
desligándola del peso de estos grandes compromisos, que le eran imposibles de
cumplir por sí misma.
La urgencia en la
intervención de YPF y la simultánea estatización de las acciones de Repsol
presenta un esquema dudoso y muy discutible.
La presidenta – en su
discurso del lunes 16.4 – dijo que regresó antes de la Cumbre de las Américas de
Cartagena de Indias, Colombia, “porque tenía que estar aquí en la República Argentina
a primerísima hora” para firmar el DNU y el proyecto remitido al Congreso.
Dado que – como hemos
explicado al comienzo de esta nota – el grave problema de arrastre de YPF era
conocido desde hace tiempo por las autoridades e incluso que había sido
agravado financieramente por el propio gobierno (caso de su gestión a favor del
grupo Eskenazi para aumentar la participación accionaria del mismo con deuda
externa y privilegio de pago de esas deudas con dividendos extraordinarios) el
verdadero motivo de la urgencia correspondería evidentemente a otras razones.
El mismo PL da en sus
Fundamentos una pista del problema. En su acápite IV - titulado “La carta
autoincriminatoria del Señor Brufau” - se relatan las gestiones de Repsol
inmediatamente previas a la crisis que llevó a la estatización de sus acciones
por parte del gobierno Kirchner.
En carta a la
presidenta del 2.4.12 Brufau – según el texto del proyecto de ley – le dice que
Repsol no se encuentra en condiciones de poder implementar el Plan de
Inversiones de YPF porque carece de capacidad para financiarlo.
Los primeros cinco
años de ejecución del plan demandarían inversiones por 30.000 MD (6.000 MD por
año) y Repsol sólo podría cubrir aproximadamente la mitad de las mismas.
Ergo, la alternativa
ofrecida por Brufau – siempre según el texto del PL – era buscar “Asociaciones
para ceder parte de su participación en las concesiones … a empresas e
inversores nacionales e internacionales … con el objeto de obtener la
financiación necesaria para la ejecución del Plan” decidiendo en cada caso
“quién será el operador”.
Incluso sostenía que
“las Provincias y el Estado Nacional podrían tomar una participación en la
inversión en cada campo”.
Es, poco más o menos,
lo mismo que luego hace la presidenta pero desposeyendo a Repsol de su
participación y, en consecuencia, de su armado del negocio.
Aquí es donde el
gobierno Kirchner le reprocha, con razón, que el “principal causante de la
situación” se ofrezca como “salvador” de la situación de crisis de YPF que
generó a través de su gestión.
Esto era
particularmente grave porque Brufau confesaba que “YPF ya tiene avanzadas
negociaciones con significativos ofertantes que representan compañías
internacionales” para ello.
Todo esto está
corroborado por informaciones periodísticas con base bastante en firme: Repsol
YPF – España estaba por cerrar la venta de todo o parte de sus acciones a la
petrolera china SINOPEC GROUP (que es una Empresa del Estado) pero
simultáneamente se estaban dando pasos aquí, en Argentina, para posicionarse
financieramente por parte de otras compañías, como el caso de la compra del 50
% de las acciones de Bridas (familia Bulgheroni) por parte de otra petrolera
china, la CNOOC
(también Empresa del Estado) por 3.000 MD,
con miras a poder participar en YPF en el futuro.
También manifestaron
interés para entrar en el replanteo de las asociaciones y/o contrataciones de
YPF otras grandes firmas internacionales, como Exxon, Total y Petrobras; como
asimismo compañías de contratistas y servicios.
En síntesis, que la
decisión de intervención y expropiación de las acciones de Repsol se produce en
un momento clave de la toma de decisiones de la Empresa , de modo que la
acción de la administración Kirchner habría frustrado que sea la propia Repsol
la que manejara el negocio de su redistribución accionaria, reservando tales
decisiones al gobierno argentino.
Una maniobra de este
tipo – el bloqueo de negociaciones indebidas por parte del accionista
mayoritario - sería legítima por parte de las autoridades para impedir que sea
la misma empresa que fue la principal causante de la crisis de YPF la que decida
sobre el replanteo de los negocios accionarios bajo su gestión.
Pero el avance de
esas negociaciones unilaterales de Repsol podía ser desautorizado oportunamente
por el gobierno argentino sin necesidad de expropiar las acciones de la firma
en YPF ya que el Estado disponía no sólo de la “acción de oro” sino de todos
los mecanismos de contralor interno y externo que necesitare aplicar para
impedir maniobras de esta naturaleza.
Máxime cuando está
imputándole a Repsol delitos de “vaciamiento” de YPF, por los que se supone
puede llevar a sus directivos ante la Justicia.
Con el agravante que
al optar por la expropiación el gobierno altera la categoría del problema –
llevándolo del Gerenciamiento a la Estructura Societaria
- se carga con la gravísima situación económico-financiera de la empresa y
apela a un procedimiento vulnerable debido a su co-responsabilidad en la crisis
que dice motivar su intervención.
La clave residía en la Intervención sin
Expropiación: YPF pudiera y debiera ser intervenida pero sin expropiar, al
menos de inmediato, las acciones de Repsol; porque esta expropiación libera a
Repsol de la carga financiera que le deja al Estado Argentino, aunque éste no
le indemnice un centavo.
Ahora, en cambio, la
administración Kirchner se reserva el manejo exclusivo de los próximos pasos de
YPF pero lo hace cargando con el peso de los pasivos heredados y de las deudas
a contraer en el futuro.
Y lo hace en una
forma poco transparente y controlable, amparándose en la discrecionalidad y
ausencia de control sobre sus actos dado que la empresa sigue bajo la forma
jurídica de Sociedad Anónima , sujeta a la Ley 19.550 de Sociedades Comerciales y sin estar
supeditada al contralor de los organismos del Estado (como la SIGEN y la AGN ).
Esto independiza a la
administración Kirchner – una vez más – de los mecanismos formales de
supervisión y control sobre sus acciones de gobierno dejándole las manos libres
para reformular el plan de grandes negocios después de la frustrada gestión de
Repsol YPF, de la que fue co-responsable directo.
En definitiva: la
intervención y expropiación parcial de las acciones de Repsol – que permanece
como accionista minoritario de la empresa con un 6 % del Capital – implica un cambio en el gerenciamiento de
la empresa, que oficialmente estaba a cargo del CEO Sebastián Eskenazi Storey y
que ahora pasa bajo dirección directa de los funcionarios interventores del
gobierno; pero también - y esencialmente - un cambio de mano en la composición
accionaria de la compañía, que ahora pasa a ser de mayoría estatal, asumiendo
el Estado el peso de la crisis de YPF.
Esto significa que,
de ahora en más, será el Estado Argentino el que tendrá que hacerse cargo de la
muy delicada situación financiera de la Empresa , atendiendo fundamentalmente al
macro-endeudamiento necesario para poder replantear sus actividades.
El gobierno podrá
mantener su composición societaria de mayoría estatal – 51 % del Capital,
subdividido a su vez en 51 % Nación y 49 Provincias Petroleras – asociándose a
nuevos operadores (caso de joint ventures) o bien volver a vender parte de su
nuevo paquete accionario, pero la responsabilidad central seguirá estando en
manos del Estado.
Desde el punto de
vista de las Finanzas Públicas este manejo de la crisis de YPF implica
traspasarle así al Fisco el peso de los pasivos de la empresa y la carga por
desinversión en actividades de exploración petrolera que supondrá grandes
endeudamientos futuros.
Y todo esto
relativizando el alcance de las culpas de Repsol por administración
fraudulenta, que debiera haber sido no sólo el motivo de la intervención del
Estado sino de las acciones judiciales pertinentes: sin necesidad de expropiación
de las acciones.
EN CONCLUSIÓN:
Por qué la idea de
“salvataje” y a quién se estaría salvando o, al menos, liberando de sus
compromisos incumplidos?
Un balance primario
de los hechos concretos permite intuir o sospechar un salvataje, pero un
salvamento encubierto con escenificación de las partes:
1. El gobierno Kirchner presenta la
expropiación como una “nacionalización” de la empresa y una muestra de
Soberanía Nacional en materia de hidrocarburos mientras absorbe el triple
pasivo nuevo por la deuda acumulada de YPF, por el futuro financiamiento del
plan de inversiones incumplido por Repsol y por los eventuales montos de
indemnización a pagarle.
2. Repsol se victimiza como compañía
perjudicada cuando, en realidad, después de haberse llevado dividendos que
sobrepasan su inversión por la compra original le traspasa la carga financiera
por la deuda y el plan de inversiones al Estado Argentino; y todavía le reclama
una indemnización que – desde el frio punto de vista de la Ley – pudiera llegar a
corresponderle dada las serias vulnerabilidades del DNU y el PL del Ejecutivo.
Y
3. El grupo Eskenazi – tradicionalmente
favorecido por la administración Kirchner y fundadamente sospechado de
manejarse con los negocios de la familia gobernante – no sólo no es alcanzado
por las graves denuncias oficiales directas sino que además pudiera salir
indemne de su propia irresponsabilidad por la compra de acciones con deuda.
En síntesis: que la
intervención de YPF y la consiguiente expropiación de las acciones de Repsol
tendría en los hechos un sentido muy diferente de la versión oficial si se la
mira desde el punto de vista financiero fiscal.
Y que la Intervención de la
empresa puede y debe hacerse pero sin Expropiación.
La gran mayoría de la
partidocracia con representación parlamentaria, sin embargo, se apresta a
convalidar esta línea de acción irregular, discrecional y financieramente
gravosa elegida por el gobierno Kirchner: una línea de acción que implicaría,
en la práctica, un salvataje o liberación de Repsol YPF.-