DEL DR. RICARDO
SAINT JEAN A LOS JUECES QUE MANTIENEN CAUTIVO A SU PADRE
“SE ACABÓ LA HORA DE
LAS SÚPLICAS”
Excma. Cámara:
Nunca podría superar
las razones jurídicas y morales expresadas por esta Cámara en los diferentes
votos vertidos en el Plenario “Díaz Bessone”, cuyas consideraciones ya he
citado en otros informes ante este mismo Tribunal.
Es su doctrina la que
terminó de establecer que la prisión preventiva es una medida de carácter
meramente procesal, ajena a todo concepto de punición, destinada exclusivamente
a la realización, y la realización normal del juicio, esto es, la comparencia
del procesado al mismo y que no se vean dificultadas la investigaciones por
obra de éste. Medida cautelar que debe ser excepcional, restrictiva,
interpretada pro homine; y fundada, debiendo en cada caso el Magistrado
realizar la consideración específica de por qué motivo entiende que la persona
objeto de la decisión habrá de fugarse o de entorpecer las investigaciones.
El caso es que el
fallo que recurro no lo hace. Sus consideraciones son dogmáticas y nunca se
ajustan al caso de Ibérico S Jean.
En efecto, cita el
fallo “Genie Lacayo” de la Corte Interamericana, para analizar los tres
requisitos relativos al “plazo razonable” de un encarcelamiento sin condena: a)
la complejidad del caso b) la actividad del justiciable c) la conducta de las
autoridades judiciales.
El fallo alude a la
“complejidad de las investigaciones llevadas a cabo tantos años después de
acontecidos los hechos”. Es decir que une dos causales: la complejidad, con el
comportamiento de las autoridades judiciales de nuestro país.
Cualquier sabe que
estos hechos fueron objeto de una amnistía dictada por el ex Presidente
Bignone, luego derogada. Que se creó la Cámara Federal como Tribunal para
juzgarlos. Que fueron seleccionados casos en los cuales se acusó y condenó a
los Comandantes de las Juntas Militares y luego a los Generales Camps y Richeri
por lo ocurrido en la Provincia de Buenos Aires, en causa en la cual jamás fue
citado Ibérico Saint Jean.
Luego el Congreso
dictó dos leyes reconocidas como leyes de amnistía por decenas de fallos de
todas las jerarquías de la Justicia Federal de todo el país, incluida la Corte
Suprema de Justicia de la Nación.
Para que arribara 20
años después este Gobierno y propugnara primero la derogación de esas leyes y
luego, ya detraídas del sistema, dictara su improcedente nulidad.
Y para que mediante
el desplazamiento de una supuesta “Mayoría Automática” en la Corte Suprema,
instalara una nueva Mayoría Automática –específicamente para este tema- con el
fin de arrasar con institutos fundamentales del derecho penal y constitucional
argentino e internacional, a efectos de permitir la reapertura de estas causas.
La actividad entonces
de las autoridades no ya judiciales, sino gubernamentales de la Argentina, no
puede sino ser calificada de esquizofrénica, frente a ciudadanos que observan
absortos cómo nacen, mueren y renacen estos procesos a lo largo de treinta y
cinco años.
Entiendo que nada más
hay que agregar acerca de cuál es, y ha sido, la actividad de unos y otros.
Mientras que afirmamos que no puede haber complejidad que justifique una demora
de treinta y cinco años en investigar, someter a proceso y condenar a una
persona. Porque todos estos procesos tuvieron inicio mediante denuncias por
privación ilegal de la libertad realizadas en los años 70 del siglo pasado.
Semejante demora viola el debido proceso legal del art. 18 CN y la garantía del
plazo razonable de juzgamiento o de determinación de los derechos de una
persona, que la Nación se ha comprometido a respetar para todos sus habitantes
mediante Tratados de jerarquía constitucional.
En cuanto a la
posibilidad de fuga, ha dicho la jurisprudencia que deben sopesarse las
condiciones personales del imputado. Ibérico Saint Jean es abogado y militar,
habiendo alcanzado el grado de General. Está casado hace más de 60 años con la
misma mujer. Tiene cinco hijos, catorce nietos y dos bisnietos. Hace 30 años
que tiene el mismo domicilio, no tiene automóvil y vive de su jubilación que es
poco más de cuatro mil pesos.
Cuando ocurrieron los
hechos estaba retirado, y no fue convocado nuevamente al servicio de las armas,
sino designado Gobernador no por parte de la Junta Militar, sino por quien
fuera Presidente de la Nación, con facultades y competencias específicas para
su tarea.
A partir de 1981
vivió en una ciudad en la Provincia de Bs. As. de más de 20.000 habitantes y
cuando venía a Buenos Aires se desplazaba en colectivo. Jamás tuvo un incidente
con nadie. Al contrario, he sido numerosas veces testigo que, cuando se lo
reconocía, le brindaban muestras de respeto y reconocimiento a su persona o a
su tarea de gobierno.
Tiene ochenta y siete
años y, en cuanto a su salud, padece cáncer, por lo que se somete a un
tratamiento oncológico mensual en el Hospital Militar Central, donde hace muy
poco fue intervenido quirúrgicamente. Es cardíaco, tiene un marcapasos
definitivo, y desde que se quebró la cadera, hace dos años, no tiene
independencia para desplazarse, haciéndolo en silla de ruedas.
En caso de recuperar
su libertad, es imposible Vs. Excs. que pueda influir en los testigos como
gustan decir los fallos de esta clase de causas para negar derechos
elementales. Y es por el hecho, sencillo, de que en el caso de él NO EXISTE UN
SOLO TESTIGO QUE LO IMPUTE DE NINGUNA CONDUCTA ILEGAL.
Ibérico Saint Jean
está preso porque habiendo fallecido el Comandante del I Cuerpo de Ejército, y
los dos Jefes de la Policía Provincial que en materia antiterrorista dependían
del citado Cuerpo -tal como está probado en esta y en otras causas- después de
treinta y cinco años, unos Jueces de La Plata se acordaron que fue durante
cinco años Gobernador de la Provincia.
De modo que no me
cabe duda, a la luz del fallo “Genie Lacayo”, de los precedentes “Hernández”,
“Massera”, “Acosta” y del Plenario “Díaz Bessone”, de cuál es el criterio que
en derecho corresponde adoptar en el presente incidente.
Pero no puedo
detenerme en la situación de ilegalidad que sufre mi defendido, sin explayarme
sobre sus causas.
Y lo voy a hacer
refiriéndome a lo que ha ocurrido solamente en esta semana.
El 11 de agosto el
Presidente de la Corte presentó públicamente un informe sobre la evolución de
esta clase de procesos, destacando que su avance no es sólo el resultado de una
decisión política, “sino del involucramiento de todos los poderes”.
“El avance de los
juicios por derechos humanos –dijo- son el resultado del esfuerzo institucional
de los tres poderes del Estado … Creamos una comisión inter-poderes y pudimos
llevar adelante una política de Estado”.
Siguió Lorenzetti
afirmando que : “Después de haber superado varias barreras legales …” (y vaya
que lo hicieron ya que demolieron los principios básicos y las garantías del
derecho penal y constitucional argentino e internacional) “…comenzó la fase de
implementación de los juicios, a la que se plegó la gran mayoría de los jueces
que no opusieron resistencia. Esto fue un proceso que comenzó con el juicio a
las juntas militares y los por la verdad. Ahora no hay marcha atrás” afirmó.
Me llamó
especialmente la atención la mención que hizo Lorenzetti de que la mayoría de
los jueces no opusieron resistencia al plan político trazado, y en el cual
participó la Corte. Evidentemente la resistencia de los jueces estaba prevista
en los cálculos iniciales.
Asistimos entonces a
un acto vergonzoso mediante el cual el Presidente de la Corte Suprema de
Justicia confiesa la supresión parcial del funcionamiento republicano de la
Nación. El Poder encargado de la custodia y defensa de las garantías
individuales de los ciudadanos, se ha arrodillado ante los otros dos Poderes, e
integrado una Comisión tripartita para juzgar a personas pertenecientes a un
determinado sector de la sociedad, privado a partir de esa “política de
Estado”, de las garantías legales y constitucionales que los asisten como
ciudadanos.
En esta misma semana,
el 15 de agosto, “La Nación” publica un reportaje a siete de los ocho jueces y
Fiscales que juzgaron y condenaron a las Juntas Militares. Cuando el periodista
les pregunta sobre los juicios actuales, Torlasco arranca diciendo
textualmente: “un desastre, un disparate, están haciendo un juicio por diez
víctimas, después van a hacer otro juicio igual, con los mismos procesados por
otros diez “…y con los mismos testigos”, agrega Valerga Araoz
El ex Fiscal
Strassera dice: “yo creo que se utilizan políticamente. Que este gobierno
quiere prolongar estos juicios como forma de agitar la banderita de los
Derechos Humanos…”
Sigue Torlasco:
“estos hechos normalmente hubieran estado prescriptos conforme el art. 18 de la
Constitución Nacional”. Se juzgan aplicándose retroactivamente la Convención sobre
Imprescriptibilidad de Delitos de Lesa Humanidad…
“Y cómo lo ven?”,
dispara el periodista:
Valerga Araoz: “yo no
estoy de acuerdo”
Ledesma: “yo tampoco”
Torlasco: “yo
tampoco”
Moreno Ocampo: …yo
creo que la objeción de Guillermo (Ledesma) de que los crímenes de lesa
humanidad, si no se utilizaron en el juicio (se refiere al Juicio a las Juntas)
no se pueden utilizar ahora, es válida. “Hay un serio problema de
prescripción”.
Ledesma: “yo diría
que está legislado por el tribunal (Estatuto) de Roma por un lado, y por el
otro adhiero al fin de un artículo de Andrés D’Alessio (el único fallecido de
todos ellos) sobre este tema, el principio de legalidad, donde cita a Radbruch.
A pesar de haber sido perseguido por el nazismo, Radbruch decía que con el advenimiento
de una sociedad democrática, había que aferrarse más que nunca a los principios
y creo que el principio de legalidad no puede ser derogado por nada porque es
uno de los logros más importantes de la civilización”.
De ocho Magistrados,
seis (D’Alessio, que falleció, lo dejó dicho por escrito) concuerdan en la
absoluta ilegalidad de estos Juicios, y sólo dos los defienden. Casualmente los
que dejaron de defender la Justicia para pasar a la política: Arslanián -con
razones que dan para una u otra interpretación- y Gil Lavedra, que intenta
explicar la prevalencia de un supuesto derecho consuetudinario que es
inaceptable en todo el orbe como fuente del Derecho Penal. La Academia Nacional
de Derecho, por unanimidad, se expidió también de esta manera condenado los
fallos de la Corte que reabrieron las causas.
Estamos difundiendo
este estado de ilegalidad en todo el país. Estamos concientizando a los
militares, a los policías y a los agentes penitenciarios presos y a sus
familias, haciéndoles ver que son víctimas de una discriminación y una
privación de garantías y de justicia que no tiene precedentes.
Les estamos diciendo
“QUE LOS ESTAN CORRIENDO CON LA VAINA”. Que las razones jurídicas con las que
los persiguen no existen. Que no hay respaldo legal ni constitucional ni de los
Tratados Internacionales para hacerlo, ya que unos y otros dicen exactamente lo
contrario a lo que sostienen los tribunales federales que los están juzgando.
Y se nos acercan en
todas las jurisdicciones empleados y funcionarios de los Tribunales, asqueados
y en algunos casos temerosos ante las arbitrariedades que se cometen en los
juicios y de las cuales no quieren ser partícipes. Los defensores oficiales
están alarmados por la ajuricidad de los procesos. Los fiscales nos denuncian
su desplazamiento por comisiones especiales enviadas por la Procuración que
ejercen representaciones ilegales. Ellos y los parientes nos cuentan cómo
llevan moribundos a las audiencias; ancianos sordos, con Alzheimer, cómo
aceptan como prueba válida testimonios interesados y absurdos; cómo envían y
mantienen en prisión a ex suboficiales y oficiales de policías provinciales,
federales, penitenciarios, del Ejercito, de la Marina, y ahora a civiles,
treinta y cinco años después de los hechos y por imputaciones basadas en
testimonios interesados e inaceptables, o simplemente porque figuran destinados
en tal o cual Destacamento en aquellas épocas, conforme la información de los
legajos manejados por Nilda Garré y sus colaboradores. Y nos enteramos también
de las muertes que se producen.
Porque nosotros
tenemos nuestros mártires. Esta misma semana, falleció el oficial Penitenciario
Provincial Leonardo Núñez. Tenía 57 años. Los delitos que le imputaban habían
ocurrido cuando tenía 20. Había sido excarcelado por el Tribunal Oral de Bahía
Blanca, pero el Juez Álvarez Canale, siguiendo la estrategia fijada por la
“política de Estado”, lo dejó preso por otra causa. Murió encarcelado tras
pasar 12 horas en una ambulancia, con dos úlceras sangrantes y una mancha en el
hígado. Ya son 108 los muertos en prisión, y sin condena!
Cuando había 50 o 100
presos políticos, las arbitrariedades y las ilegalidades pasaban
desapercibidas. Pero ahora son más de 900 los presos políticos. Y el escándalo
es inocultable. Todas las novedades se transmiten diariamente por cadenas de
mail -los organismos de inteligencia estiman que somos 385.000 personas- que
estamos al tanto de los fallos que se dictan, de las vejaciones, de los
homicidios.
Esto es un Tsunami
señores Camaristas. Y cuando viene un Tsunami, lo último que hay que hacer es
correr con la manada asustada hacia la costa, como hacen las alimañas o los
ignorantes, que serán arrasados por una inmensa ola de indignación. Los
marinos, los que saben distinguir las señales, los que conocen las reglas,
saben que la única y mejor solución es levar anclas y navegar mar adentro.
Porque sólo allí, aferrados a las profundidades, es donde se estará firme y
seguro ante la tempestad.
Es por todos conocida
la expresión del Káiser Federico II de Prusia cuando recibió el edicto judicial
que impedía la orden de expropiación y derrumbe del molino -perteneciente a un
campesino- que le afeaba la vista de su nuevo Palacio de invierno. Cuando todos
esperaban un arranque de ira, el monarca exclamó, admirado: “Todavía hay jueces
en Berlín”.
No me cabe duda de lo
que debe resolverse en el caso de mi padre. Pero yo ya no suplico. Aunque sea
ésta la función de un buen abogado defensor. Se acabó la hora de las súplicas.
El cese de la
prórroga de la prisión preventiva le servirá de poco y nada. Porque al igual
que hicieron con el Oficial Leonardo Núñez, ya le abrieron otras causas en las
que lo mantienen detenido.
Lo único que espero
es un fallo que haga cumplir la ley. Un fallo que signifique una gota para
cientos de miles de gargantas sedientas de Justicia, privadas de toda garantía
y auxilio, que sólo pueden ser saciadas por sentencias que apliquen sin miedo
las leyes que debieran regir para todos los argentinos.
Un fallo que nos
muestre que no hemos abandonado la ciencia, que no ha muerto ni la civilización
ni el Derecho, un fallo que nos haga exclamar a todos, como el monarca
prusiano, que todavía hay jueces en Berlín.
Informador Público,
18-8-12