Macri consiguió la
autorización para contraer un endeudamiento de u$s 100 millones destinado a obras de infraestructura;
representados por una o más emisiones de títulos de deuda (expte 1720-J-2012).
En la misma sesión se trató sobre tablas “aborto no punible”, la diputada María
José Lubertino le agradeció al macrismo que “haya facilitado el debate” (vid
Notivida Nº 855). El proyecto aprobado durante la madrugada de hoy obtuvo 30
votos positivos y 29 negativos (el bloque del PRO y los diputados Arenaza, Montes
y Amoroso).
El Cuerpo denunciará
a Lubertino ante el INADI porque desde el recinto escribió en su cuenta de
twitter “Morales Gorleri y Bergman saquen el Rosario y el kipá de nuestros
ovarios”.
Raquel Herrero (PRO)
fue la única que se permitió disentir con el fallo de la Corte Suprema de
Justicia y dijo que era el día más triste de su vida, mientras que Susana
Rinaldi (Frente Progresista Popular) celebró con alegría el proyecto, como
legisladora y como representante de la UNESCO.
María Elena Naddeo (Frente
Progresista Popular) afirmó que el “derecho a una maternidad no forzada” es
parte de los “derechos sexuales y reproductivos”. José Luis Acevedo y Daniel
Lipovetzky (PRO) defendieron la
Resolución del Ministerio de Salud de la Ciudad , mientras que Gabriela
Alegre (FpV) dijo que la
Resolución pone una “carrera de obstáculos” antes de
practicar el aborto.
Alejandro Bodart
(MST) le pidió al kirchnerismo que le exija al Gobierno nacional lo mismo que
le exigió al Gobierno de la
Ciudad. Juan Pablo Arenaza (Bases para la Unión ) se manifestó a favor
de la vida y en contra de penalizar a la mujer que se practica un aborto. Diana
Martínez Barrios (PRO) dijo que antes de llegar a la muerte hay que prevenir.
Maximiliano Ferraro (CC) estimó que el acompañamiento interdisciplinario a las
menores debería ser obligatorio.
Victoria Morales
Gorleri (PRO) denunció que el proyecto es la legalización encubierta del
aborto, también lo hizo la macrista Carmen Polledo que, como muchos de sus
compañeros de bancada, sostuvo que el fallo de la Corte “terminó con la
discusión histórica sobre la interpretación del inc. 2º del artículo 86 del
Código Penal”. Martín Ocampo (PRO) dijo que estaban legislando sobre una
materia que excede las competencias de la Legislatura , lo mismo
aseveró el rabino Sergio Bergman.
Rocío Sánchez Andía
(CC) y Alejandro Amor (FpV) dijeron ser católicos pero estar a favor del
proyecto. María Rachid (FpV) le agradeció al PRO que haya permanecido en el
recinto permitiendo el debate.
Recordemos que el
pasado 13 de marzo de 2012 la
Corte convalidó la ejecución de un niño por nacer en la Provincia de Chubut y se
permitió exhortar – arbitraria, inmoral e inconstitucionalmente- a las
autoridades Nacionales, Provinciales y de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, para que implementen y hagan operativos, mediante normas del más
alto nivel, protocolos hospitalarios para la concreta atención de los abortos
que denomina como “no punibles”. A pesar de reconocer que el pronunciamiento
del Máximo Tribunal no es obligatorio, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
juzgó pertinente “atender prudencialmente” su exhortación y dictó la Resolución N °
1.252/2012 que implementó el protocolo de la muerte porteño.
A los militantes
abortistas la Resolución
les quedó chica y hoy sancionaron un proyecto de ley, que amplía el número de
víctimas inocentes.
El proyecto
sancionado garantiza el aborto “a partir de los 14 años”, “en caso de peligro
“para la salud integral” (física, psíquica y social), y en cualquier violación
acreditada con una mera declaración jurada. Estas previsiones abren, en los
hechos, una plataforma para la realización irrestricta de abortos “a
requerimiento”.
Al margen de su
ideario, todos los efectores del sistema de salud, cualquiera sea su
complejidad o nivel, deben garantizar el acceso al aborto efectuando las
prestaciones a su alcance. El profesional de la salud que sea objetor de conciencia se lo deberá informar a
la gestante desde la primera consulta que realice con motivo del embarazo, lo
que lo obliga, de algún modo, a promover el aborto.
No nos cansaremos de
repetir que no existe en nuestro ordenamiento jurídico ningún supuesto válido
de “aborto no punible”. Se encuentra en cambio consagrado, de modo absoluto e
intangible, el derecho a la vida de todo niño desde su concepción; y ello con
jerarquía constitucional. En este contexto reviste singular gravedad que la
mera no punibilidad de los -nulos, inconstitucionales y derogados- supuestos de
los incisos 1° y 2° del artículo 86 del Código Penal, haya sido convertida en
obligación legal impuesta al Estado. Máxime cuando se trata de la eliminación
aleve de seres humanos inocentes, los niños por nacer, menester en el que nunca
debería involucrarse el Estado, cuya verdadera obligación es proteger su
derecho intrínseco a la vida y garantizar su interés superior y supervivencia.
Por ello, tanto el
protocolo macrista como el proyecto sancionado hoy -más allá de la amplitud de
sus alcances- son inmorales, ilegítimos, ilegales e inconstitucionales.
NOTIVIDA, Año XII, Nº
856, 27 de septiembre de 2012