miércoles, 10 de junio de 2009

LA ORDENANZA DE UNIÓN CIVIL DE RÍO CUARTO: UN VETO DE JURE Y DE JURE


escribe Ricardo Guillermo Cardinali

Morroño y Josefina

Si Pedro cree y siente que no es Pedro, sino un gato de angora, pongamos Morroño, termina en el manicomio.
Pero en cambio, si Pedro cree y siente que no es Pedro, sino una rubia platinada, pongamos Josefina, el Estado le paga la mutilación y los plásticos, le cambia el documento y lo inscribe como Josefina. Y hasta por áy lo declaran “mujer del año” o “ciudadana ilustre” (ya pasó, así que no exagero).
Y más allá de que Josefina también sea un gato, no se entiende muy bien por qué a un colifa se lo encierra y al otro no. Sobre todo cuando se encierra al colifa inofensivo, no al degenerado.
No se piense que utilizo la palabra “degenerado” como adjetivo descalificante de las personas de orientación sexual diferente ¿Se dice así en progre, no? Queda más fino. Pregunto porque yo me crié en Berisso, ahí en la Río e’ Janeiro, a tres cuadra el’ Puente Roma, y en mi barrio le decíamo distinto. No me acuerdo bien cómo le decíamo, pero persona de orientación sexual diferente, no era.
Seguro que no era.
Como la gran mayoría de los mortales somos normales…, quiero decir, heterosexuales, los que no lo son están fuera de lo que es regla genérica, o para decirlo con términos más progres, están fuera de género. Es decir, son degenerados, palabra que uso como sustantivo, no como adjetivo.
Los Pedros mudados en Josefinas –o las Pedras en Josefinos- son gente muy susceptible. ¿Se acuerdan cuando el finado Monseñor Quarracino propuso que los encerraran en una isla? Se enojaron, ¡y cómo! Dijeron que era discriminatorio. Y yo no entiendo por qué. Si los homosexuales y los heterosexuales son iguales, no tenían por qué enojarse. ¿Qué hombre heterosexual se va a enojar si lo encierran en una isla llena de mujeres? Más que discriminación, es el sueño del pibe.
En fin, vayamos a lo nuestro. El pobre Morroño terminó en el loquero por su imposibilidad de adaptar el pensamiento a la cosa. Él pensaba que era un gato y en realidad era un hombre.
Josefina, en cambio, formó un lobby, consiguió apoyos económicos (de los otros apoyos mejor no hablar) y comenzó a presionar buscando la sanción de normas que le permitieran adaptar “la cosa” a su pensamiento.
Así nacieron esos curiosos engendros jurídicos conocidos como Uniones Civiles.

La Ordenanza 279/09 de la Municipalidad de Río Cuarto

El más reciente de ellos es la ordenanza 279/09 sobre Uniones Civiles dictada por el H. Concejo Deliberante de la ciudad de Río Cuarto, el 7 de mayo próximo pasado y promulgada parcialmente el 29 de mayo. La Ordenanza en cuestión fue feliz y parcialmente vetada por el intendente radical Juan Rubén JURE. De diez artículos, solamente quedaron en pie dos: el primero y el último, que es de forma. Para analizar este interesante texto, prescindo de cualquier consideración religiosa o filosófica acerca del matrimonio, limitándome al derecho positivo argentino. Los textos de la ordenanza y del veto se pueden bajar de www.notivida.com.ar


Concepto y alcances de la Unión Civil

El artículo segundo de la Ordenanza define la Unión Civil: “A los efectos de la presente Ordenanza, se entiende por Unión Civil a la unión conformada libremente por dos personas mayores de edad y capaces, que expresan su consentimiento ante autoridad competente y que conviven en una relación de afectividad estable y pública, análoga a la familiar, con independencia de su género”.
Es decir que la Unión Civil comprende tanto al concubinato heterosexual cuanto a la unión de homosexuales. La distinción no es bizantina. El concubinato es la unión de una mujer y un hombre en “matrimonio aparente”, a la que la ley y la jurisprudencia han reconocido algunos derechos, aunque muy limitados con relación al matrimonio. Así, por ejemplo, el concubinato no hace presumir la “comunidad de bienes”. Dos mujeres o dos hombres, nunca pueden estar unidos en “matrimonio aparente”, pues la institución de referencia –el matrimonio- es, para la legislación civil argentina, por naturaleza heterosexual. Solamente pueden casarse una mujer y un hombre. Solamente pueden vivir en concubinato un hombre y una mujer.
Incluso el concubinato en el antiguo Derecho Romano se convertía por el mero transcurso del tiempo (un año) en matrimonio legítimo. Esta forma no solemne se denominaba usus.
El concubinato es una especie de “matrimonio de hecho y de segunda”. Los que dicen “no necesitamos papeles, porque nos amamos”, en realidad hacen exactamente lo contrario: dejan al otro en una situación de desprotección jurídica.
Los homosexuales no pueden, entonces, contraer matrimonio ni vivir en concubinato.
A esto habría que agregar que, en el estado actual de la legislación argentina y con la existencia del divorcio vincular, la protección jurídica del concubinato debería restringirse. Ya no hay por qué admitir el argumento de equidad para protección de los concubinos, porque el concubinato de hoy solamente tiene su base en la voluntad de los concubinos de desentenderse del régimen legal matrimonial. Consultado Napoleón Bonaparte sobre si debía incluirse la protección de los concubinos en el Código Civil Francés, fue lapidario: “Si los concubinos se desentienden de la ley, la ley se desentiende de los concubinos”.
Pero la Unión Civil ni siquiera es para los concubinos. Es solamente para los homosexuales.
La norma en análisis busca con su alusión a la “independencia de género”, encubrir su único propósito real: darle un viso de legalidad, más para consumo popular que efectivo, a la unión homosexual. Para el pueblo llano, que los “contrayentes” firmen en la Municipalidad o en el Registro Civil es lo mismo. Se “casaron”.
¡Minga!

La feliz pareja

El art. 3° del engendro vetado, disponía: “La pareja que pretenda constituir una Unión Civil, debe presentarse ante el Oficial Público...”
Y aquí los concejales riocuartenses crearon un nuevo sujeto de derecho, inexistente en el Código Civil. Señoras y señores, con ustedes…LA PAREJA. ¿Qué demonios es “La Pareja”? Los titulares de los derechos son las personas, no las parejas (conforme artículo 30 del Código Civil).”La pareja” no existe jurídicamente. En buena técnica, el texto debió decir “las personas que pretendan constituir una Unión Civil…”, y no “las parejas”.

¿Constitutiva o declarativa?

Ahora bien, la norma habla de “constituir” la unión civil. Los contratos, los actos administrativos y las sentencias judiciales pueden tener efectos constitutivos o declarativos. Son constitutivos, cuando generan efectos jurídicos a partir de su celebración. Son declarativos, cuando reconocen una situación de hecho pre existente a la que se atribuyen determinados efectos y no a partir de la fecha del contrato, acto o sentencia sino a partir de la fecha en que se produjo o inició el hecho reconocido.
El matrimonio es constitutivo. Los cónyuges son tales a partir del momento en que prestan su consentimiento ante el Oficial del Registro Civil. A diferencia de lo que sucede en el Derecho Canónico, el matrimonio civil no es un contrato. No basta que los futuros esposos den sus consentimiento, deben hacerlo ante el Oficial Público con las formalidades de Ley. Ni siquiera pueden hacerlo ante un Escribano Público.Los testigos exigidos por los artículos 187, inc. 2 y 188 del CC sólo son testigos de conocimiento y capacidad de los contrayentes y del acto matrimonial. Y nada más.
En cambio los testigos de la unión civil deben dar fe de la convivencia anterior al acto por un espacio de tiempo no inferior a un año.
Fenómeno.
¿Qué pasa con ese año, se cuenta o no se cuenta? Porque la ordenanza habla de “constituir” la unión civil, por lo cual el año de convivencia previa es un requisito que debe acreditar “la pareja” para celebrar el acto constitutivo. Supongamos entonces, que una pareja normal de concubinos, con un año de hacerse arrumacos en público , tal como lo exige la ordenanza y se verá luego, formaliza su unión civil. Uno de los dos muere al año.
El sobreviviente se presenta a pedir pensión en un régimen previsional que exige un mínimo de dos años de convivencia en aparente matrimonio. La papeleta certficante de la unión civil sería, sin duda un buen medio de prueba. Pero no per se, como documental fehaciente. Porque la unión civil por sí misma, solamente tendría un año de constituída, aunque el concubinato tuviese dos de iniciado.
¿Qué igualmente es una prueba? Sin duda, pero de relativo valor. Porque lo que el Oficial Público está certificando es el consentimiento de los interesados y que dos testigos declararon que estaban unidos hacía un año. Y eso no es suficiente para probar el concubinato. Es más, es absolutamente prescindible, por cuanto cuando los concubinos integran una comunidad de vida similar al matrimonio, y por ello cuentan con pruebas más variadas y contundentes que el certificado que podría expedirles la Municipalidad de Río Cuarto.
Por otro lado, si dos personas manifiestan por instrumento público o privado reconocido que se encuentran unidas en concubinato, la declaración del Oficial Público interviniente en la unión civil es innecesaria. En el matrimonio, como ya vimos, es imprescindible.
Lo único que se pretende es darle un barniz de legalidad aparente a la unión contra natura, porque a los concubinos no les sirve.



Dos testigos, dos

Dos testigos se requieren para contraer matrimonio (art. 188 C.C.).
La Ordenanza no podía ser menos.
El Oficial del Registro a solicitud de ambos integrantes debe inscribir la Unión Civil dice el inc. a del art. 3°, previa verificación de los siguientes requisitos:
3°, a, 1) “Acreditación de unión estable, se entiende por tal cuando las partes hayan convivido por un período mínimo de un año, la que deberá ser probada por un mínimo de dos testigos, excepto que entre las partes exista descendencia en común, caso en que la duración de la convivencia no es necesaria para conformar la unión civil” Las palabras “unión civil” aparecen en la ordenanza con mayúsculas y con minúsculas, indistintamente. Es como, tipo que como vos lo sientas, ¿viste?
Cualquier abogado sabe que si se presenta a una caja de jubilaciones y pretende acreditar el concubinato nada más que con dos testigos, lo sacan vendiendo almanaques. Una vez mi señora tuvo un caso en el que aportó testimonios de parientes y amigos, fotografías, boletas de pagos comunes, etc. El proceso duró nueve años, terminó en la Suprema Corte bonaerense y lo ganó 4 a 3.
En Río Cuarto, con dos testigos es suficiente. Estamos pensando seriamente en mudarnos a Río Cuarto…

El caso de María y Roberto

El tema de la descendencia común es también interesante. Como es obvio (si es que todavía queda algo obvio) no es aplicable en el caso de la unión civil entre Irma y Susana o entre Rodolfo y Carlitos. Como la madre naturaleza no conoce al INADI, en este punto los únicos que pueden tener descendencia común son un nene y una nena.
Bien. Supongamos que Roberto (un nene) y María (una nena) mantienen una relación sexual ocasional en virtud de la cual nace un hijo. Nunca hubo convivencia. Posteriormente cada cual hace su vida y, no voy a decir “se casa” para no pasar por anticuado, “forma pareja”. Transcurren veinticinco años sin que Roberto y María se hayan visto. Ambos tienen hijos menores de edad de sus respectivas parejas posteriores. Se vuelven a encontrar, y dos meses después van a la Municipalidad de Río Cuarto a que les inscriban la unión civil. Tienen un hijo mayor de edad, por lo cual, en los términos de la ordenanza vetada, la antigüedad en la convivencia no es necesaria.
Justo cuando salían de la Municipalidad, a Roberto lo pisa un camión. Se murió Roberto, pobre Roberto, adiós Roberto.
Se presentan a solicitar pensión el hijo menor de Roberto, representado por su madre y también María, flamante unida civilmente con el difunto, con dos meses de convivencia. ¿Coparticipan el beneficio el hijo menor y la unida civilmente?
Si tenemos en cuenta que al engendrar al hijo María y Roberto no vivían en concubinato, y que después ambos convivieron con terceros de los que tuvieron hijos, pareciera que hacer coparticipar a María del beneficio previsional junto al hijo menor de Roberto, sería un poquitín injusto. Y también parece un tanto excesivo tener por acreditado el concubinato con pocos meses de convivencia, por más que tengan un hijo en común.
En cambio, si Roberto y María se hubieran casado, sin duda ésta tendría derecho a pensión. Con hijo, o sin hijo.
Porque el matrimonio no es el concubinato.
Y la unión civil ni siquiera es concubinato.
Nada de esto fue tenido en cuenta, ni las consecuencias ni los alcances de tan disparatada ordenanza. Lo único que importó fue “legalizar” la unión homosexual.- - -

Turismo y homosexualismo

El subinciso 2, del inciso a del artículo 3° es maravilloso… para que el municipio recaude. Establece como requisito de inscripción “tener domicilio legal en la ciudad de Río Cuarto, con una antigüedad mínima de un año de residencia, en un marco de afectividad pública y estable”.
Pareciera ser que la intención del Concejo es promover el turismo gay. El plazo de domicilio coincide con el de convivencia. De allí se sigue que la exigencia de dos testigos es nada más que una cortina de humo.Testigos que van a declarar que hace un año que los “contrayentes” viven en un marco de “afectividad pública y estable”, tratándose de dos individuos que hace también un año que viven en Río Cuarto. Coincidencia sugestiva.
Para que se entienda bien el negocio: dos homosexuales quieren constituir la unión civil. Viven en Salta. Viajan a Río Cuarto y hacen el cambio de domicilio. Vuelven a Salta. Al año viajan con otros dos y constituyen la unión civil. Los testigos no tienen obligación de residir en Río Cuarto. Y el domicilio de los interesados se acredita con el DNI. Un interesante proyecto para engrosar las arcas municipales gracias al turismo homosexual. Sin contar el riesgo de maniobras fraudulentas urdidas en perjuicio del sistema previsional o para perjudicar a terceros particulares.
Se puede objetar a esto que también hay unión civil para los heterosexuales. La objeción no es válida. La unión civil entre un hombre y una mujer se llama concubinato. Me permito dudar de que concubinos heterosexuales (siempre son heterosexuales, pero lo digo expresamente para que no queden dudas), viajen dos veces desde Salta a Río Cuarto para obtener el papelito que expide el Municipio. Es más barato y más fácil casarse en Salta o reunir allí mismo otras pruebas del matrimonio aparente. Porque cuando el concubinato es en efecto un matrimonio aparente, las pruebas sobran.
Muchachos, si quieren fomentar el turismo aférrense a la tradición. Vendan alfajores cordobeses, que son más famosos, más ricos y sobre todo, más dignos.

Me quiere mucho, poquito, nada:los arrumacos en público como fuentes del derecho


La norma habla de “afectividad pública y estable”.
Guarda con esto. Que no es broma. No le vaya a pasar como a ése que se fue de vacaciones a Río Cuarto, se encontró con un amigo que hacía mucho que no veía y le dio un abrazo en plena plaza. Los chicos empezaron a gritar ¡Eh, miren a los trolos! Si usted es heterosexual, nada de afectividad pública.
Pero para constituir la unión civil, sí tiene que hacerse con “su pareja” arrumacos en público.
Ya tenemos “la pareja” y ahora “la afectividad”. Vamos bien.
Atinadamente, los considerandos del Decreto de veto 787/09, tercer párrafo, expresan que “…el fundamento del carácter de orden público del matrimonio, en el derecho argentino, no radica en la consideración de los aspectos afectivos de la relación de los cónyuges como no es de interés público las relaciones afectivas de amistad que puedan entablar los ciudadanos en su vida privada”.

Impedimentos y discriminación del mudo

El artículo 5° inciso 8 expresa que para constituír la unión civil se requiere “la declaración verbal de los comparecientes de que se constituyen en unión civil”. Perfecto. Los mudos no pueden hacerlo, ya que la norma vetada no indica la forma de suplir la declaración verbal.
El pseudo casamiento municipal tiene hasta impedimentos. Están en el artículo 6°,
Por ejemplo no pueden constituir unión civil los menores de edad, que sin embargo pueden contraer matrimonio y unirse en concubinato.
El inc. e del art. 6° incluye entre los “impedimentos” a “Los que se encuentren unidos en matrimonios, mientras subsista”. De acuerdo al texto de la ordenanza, que se advierte fue redactada irreflexivamente y a las disparadas, ambos integrantes de la pareja afectiva en público, deben estar unidos en matrimonios para que opere el impedimento. Usaron el plural. Por tanto, si uno está casado, se puede constituír la unión civil.
Se dirá que es hilar demasiado fino. No. Los señores concejales que legislan sobre lo que no les importa ni les compete, podrían al menos haberse tomado la molestia de redactar correctamente. Ni eso.
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Disolución

El engendro se puede disolver, entre otras causas, por (art. 7°):
a) Mutuo acuerdo.
b) Voluntad unilateral de uno de los miembros. Digo yo no, que soy medio bruto, y no entiendo bien las cosas, si se podía disolver por voluntad unilateral ¿para qué incluyeron el inciso a? Pá gastar tinta y papel. De gusto.
Copado el inciso f): “Las razones estipuladas por los miembros de la unión en el contrato que regula sus relaciones personales y efectos patrimoniales.” Ya teníamos la pareja como sujeto de derecho, teníamos la afectividad pública y ahora agregamos el contrato que regula sus relaciones personales.
Tras que éramos pocos, parió la abuela.
¿Qué son las relaciones personales?
Si yo le compro un florero a un señor que vende floreros, ambos efectuamos un contrato con efectos patrimoniales. Y también entablamos una relación personal, que puede ser cordial o no. El vendedor puede ser amable o antipático. Mientras el florero no tenga defectos y yo pague el precio, la relación meramente personal es jurídicamente irrelevante. Y además, está fuera del comercio, no puede ser objeto de un contrato válido (arts, 953 y 1167 y ss. del C.C.).
En su obsesión por querer aparejar el engendro al matrimonio, el Concejo de Río Cuarto estimó que un contrato entre los interesados puede equiparar al régimen de Derechos Personales en las Relaciones de Familia, reglado por el Código Civil, y de orden público, por lo que no puede ser modificado por contratos entre particulares. De ello se sigue que a los hombres y mujeres legalmente casados sus obligaciones personales recíprocas les son impuestas imperativamente por la ley, en cambio los homosexuales las pueden regular a su antojo. A simple vista se advierte que la disposición vetada era claramente discriminatoria en perjuicio de las personas normales.
Y te encargo el inciso g): “Por las causales previstas en el Código Civil para la disolución de la sociedad conyugal”.
Pero entonces, ¿Cuál es la naturaleza jurídica de la unión civil, si es que tiene alguna?
Porque si se disuelve por las causales previstas para la disolución de la sociedad conyugal, es meramente patrimonial, por lo cual no es necesaria ninguna unión civil, ni tampoco es necesaria ninguna referencia a relaciones afectivas, que desde el punto de vista patrimonial son absolutamente irrelevantes.
Y si por el contrario es extrapatrimonial y lo que se pretende es dar un cierto status jurídico especial al concubinato y a las uniones homosexuales, los concejales la pifiaron feo. Porque la sociedad conyugal es una consecuencia del matrimonio y no el matrimonio mismo. El art. 201 del C.C. prevé la separación personal sin divorcio vincular. Por su lado, el art. 1306 establece que “la sentencia de separación personal o de divorcio vincular produce la disolución de la sociedad conyugal…” Por ende, en el primer caso se disuelve la sociedad conyugal, pero el matrimonio no se disuelve. La sociedad conyugal es de contenido exclusivamente patrimonial. El matrimonio no.La disolución de la sociedad conyugal no apareja necesariamente la disolución del matrimonio. Es exactamente al revés. El divorcio vincular y la separación personal disuelven la sociedad conyugal. Así que pongamos el inciso en análisis en su justo punto: la unión civil se disuelve por las causales previstas en el Código Civil para la disolución de la sociedad conyugal.
Las causales de disolución previstas en el CC son varias (muerte, interdicción, ausencia con presunción de fallecimiento, etc.) Pero nos detendremos en dos: las ya mencionadas separación personal y divorcio vincular. Y para ambas se necesita una sentencia. Pero ya vimos que por el inciso b, la sola voluntad de una de las partes es suficiente para deshacer la unión de hecho.
Por lo cual el inciso g, además de absurdo es inútil. Sin contar que el que se presente a un juzgado acompañando un acta de unión civil y solicitando la disolución de la sociedad conyugal (o al vesre, no me quedó muy claro), corre serios riesgos de terminar en el loquero, junto al pobre e incomprendido Morroño.
En el Concejo Deliberante de Río Cuarto, ¿no había alguien que al menos una vez haya tomado un café en el bar de la Facultad de Derecho?
Con todo respeto , señores concejales: insisto en que perseveren con los alfajores.

Conclusión

Es que aunque hagan denodados esfuerzos para equiparar el matrimonio a cualquier otra cosa, no les sale.
Claramente lo expresa el primer párrafo del decreto 787/09: “una sociedad democrática es una sociedad pluralista, no una sociedad uniforme. Por esta razón, el principio de igualdad y no discriminación de los ciudadanos ante la ley, lejos de conllevar la imposición coactiva de una uniformidad igualitarista en materia de uniones sexuadas, debe armonizarse con el principio democrático de justicia, que significa tratar lo igual como igual y lo desigual como desigual, dando a cada uno lo suyo…”
Es inútil que se esfuercen en igualar lo inigualable. Aunque mencionen las palabras mágicas “constituir”, “Oficial Público”, “Instrumento Público”, “sociedad conyugal” o “impedimentos”, nunca la unión homosexual podrá equipararse al matrimonio. Dejando de lado la manifiesta incompetencia por la cual un Concejo Deliberante se mete a legislar sobre lo que no le concierne, si semejante monstruosidad fuera declarada por ley del Congreso, que sí sería competente, nada variaría en la vida real.
Si a nuestro Pedro que se siente Josefina, lo castramos, le amputamos el pene, le hacemos una pseudovagina, le insertamos pechos de siliconas, lo vestimos de mujer y le damos un Documento Nacional de Identidad que afirme que se llama Josefina, va a seguir siendo un hombre. Un hombre patético y degradado, pero siempre un hombre.
En realidad, un pobre tipo.
Y si eso pasa…
¡¡¡¡LIBERTAD A MORROÑO!!!












martes, 9 de junio de 2009

Alfonso Prat Gay: el gran encubridor


Por Mario Cafiero y Javier Llorens

Me parece un importante aporte periodístico para saber quién es Alfonso Prat Gay, candidato a primer diputado nacional por la Coalición Cívica en la Capital Federal. Esta nota fue publicada muy parcialmente en la Revista Veintitrés y luego ningún diario nacional, ni opositor ni oficialista, quiso publicarla. Por eso es que lo hacemos por este medio.

Los electores deben saber que Alfonso Prat Gay:

* Hace su carrera profesional en el banco JP Morgan CHASE de Londres, como Jefe de Investigación y de Estrategias de Monedas.

* En el 2001 llega a la política acompañando a Domingo Cavallo y haciendo lobby públicamente a favor de las calamitosas medidas del “Mingo”. Ellas consistían concretamente, en que se emplearan las abundantes reservas del sistema financiero para atender los vencimientos de la deuda publica. Medida que luego desembocó en la instauración del célebre "corralito" bancario.

* En el 2001 ve frustrado su nombramiento en el Banco Central porque el Senado le rechaza su pliego, por manifiesta incompatibilidad con la ley de ética pública.

* Casi por la ventana y en el marco de las negociaciones con el FMI (después de haber asesorado a Mauricio Macri) ingresó en el 2002 como presidente del Banco Central. Lo hizo de la mano de Eduardo Amadeo –actual candidato del PRO– quien había sido el artífice de la escandalosa derogación de la ley de subversión económica, que otorgó impunidad a los banqueros que se habían llevado puestas las reservas del sistema financiero, sustituyéndolas por títulos de la deuda destinados a caer en default.

* Como Presidente del BCRA , Prat Gay completó la tarea a favor de los banqueros, encubriendo dos graves estafas: el incumplimiento de un multimillonario contrato de seguro de iliquidez que el Banco Central había contratado con sus ex empleadores del J P Morgan CHASE; y las maniobras de sustitución de las reservas liquidas bancarias por títulos públicos.

Junto a Javier Llorens hemos aportado elementos a la Justicia para desnudar a los bancos en sus maniobras de vaciamiento y estafas a los ahorristas. Hay una causa abierta en la justicia donde el fiscal Amirante imputó a los funcionarios responsables, entre ellos a Alfonso Prat Gay. Dice el fiscal Amirante en su resolución: “Esta investigación se propone abrir la caja negra del sistema bancario y financiero para poder determinar si las catástrofes se debieron a causa naturales o si hubo negligencia, impericia o dolo. Esa caja negra se llama Banco Central de la República Argentina y el conjunto de bancos del sistema financiero.”

Con estos antecedentes resulta escandaloso, por lo contradictorio, que una fuerza como la Coalición Cívica que dice defender la Ética, la República, y la Distribución del Ingreso, lleve como primer candidato a Alfonso Prat Gay. Por nuestra parte tenemos una total tranquilidad de conciencia, porque hemos advertido personalmente en tiempo y forma a Lilita Carrió sobre este particular.

Nos entendemos obligados a hacer públicos estos descalificantes antecedentes de Prat Gay, para aportarle elementos a quienes tienen que decidir honestamente su voto el 28 de junio.

politicaydesarrollo@gmail.com

Heller y Scioli financiarán con créditos la campaña de Carrió

Laura Capriata
LA NACION, 7-6-09


Compiten contra ella en la Capital y en la provincia, sin embargo, los candidatos kirchneristas Carlos Heller y Daniel Scioli financiarán parte de la campaña electoral de Elisa Carrió.

Claro que de una manera indirecta, y tal vez no se hayan enterado. Los integrantes de las listas del Acuerdo Cívico y Social (ACyS) porteños y bonaerenses ya casi terminaron de retirar los $ 900.000 que solicitaron en concepto de créditos al Banco Credicoop (cuyo consejo de administración preside Heller) y al Banco Provincia (bajo la órbita del gobernador Scioli). Así, podrán costear el 25% de lo que proyectan gastar en la campaña.

El mecanismo no es nuevo. Carrió lo usa para pagar sus campañas desde 2001, cuando se presentó por primera vez con ARI. "Eso nos da absoluta libertad para defender los intereses de la Nación, porque no aceptamos fondos de empresas privadas. Son campañas austeras pero sin dinero que no se pueda justificar", explicó Carrió.

Históricamente los créditos se gestionaron con el Credicoop, pero esta vez Heller, su cabeza visible, es el candidato porteño del kirchnerismo, y el Banco Provincia fue el elegido por los postulantes del GEN, la agrupación que lidera Margarita Stolbizer, la candidata bonaerense de Carrió.

"Somos un muy buen negocio para el banco, solamente nos prestan por eso", consideró el diputado Fernando Sánchez, responsable financiero de las campañas de Carrió desde 2001.

Modalidad frecuente
Cerca de Carrió explican que, lejos de motivos políticos, eligieron esos bancos porque tienen requisitos y tasas accesibles. Cada dos años piden un paquete de créditos personales que pagan en 24 cuotas a la tasa normal del mercado. Y siempre llegan a la siguiente campaña electoral con los préstamos cancelados, para pedir nuevos recursos sin problemas. "Si te demorás un día en el pago te llaman para avisarte", apuntó la diputada Elisa Carca, que ya pagó varios.

Este año, con los costos de la campaña por las nubes, los montos son bastante saladitos. Los candidatos que se postulan para diputados nacionales pidieron $ 50.000, y los candidatos a legisladores $ 40.000, igual que los candidatos a diputados y senadores provinciales. También pidieron créditos para financiar la campaña los diputados y senadores nacionales en ejercicio ($ 15.000 y $ 25.000, respectivamente) los legisladores porteños ($ 10.000) y los provinciales ($ 15.000).

Quedan al margen los candidatos radicales, socios de Carrió en el ACyS, que usan otros sistemas para pagar el 50% de la campaña nacional que les corresponde. De los postulantes de Carrió, solamente se endeudan los que tienen expectativa segura de ocupar una banca: hasta el puesto cinco en la lista porteña y el ocho en la bonaerense. Las cuotas las pagan con las dietas que perciben por su banca, que oscilan entre los $ 10.000 y $ 20.000 por mes.

En las filas de Carrió explican que esos salarios les permiten tranquilamente aportar a la campaña y que es la única manera que encontraron de complementar los fondos insuficientes que asigna el Estado.

"Para preservar la independencia nosotros queremos un sistema donde mucha gente aporte poca plata", contó Sánchez. En 2005, la jueza María Servini de Cubría no les permitió seguir con su línea 0600 de donación de $ 5 por llamada. Esta vez, quisieron imitar a Barack Obama e implementaron la donación a través de celulares, pero cuando faltan tres semanas para los comicios sólo la empresa Movistar les habilitó el sistema.

"Las campañas del dinero muchas veces sustituyen a las condiciones del candidato, como pasa en Italia con Berlusconi, y no comparto esa forma de democracia", opinó Carrió, que rechaza los cuestionamientos a su método de financiación.

$ 2800 por mes: Es el monto promedio de las cuotas de los créditos personales. Si el candidato no entra, lo paga el partido.



APORTE DE JÓVENES ESTUDIANTES

E L E C C I O N E S 2 0 0 9

Orientación para realizar una elección a conciencia

“No se puede votar a nadie”, “yo no voto”, “yo voto en blanco” son las frases más escuchadas. Pero siguiendo la Doctrina Social de la Iglesia, se deben analizar los siguientes puntos:

La participación política es una obligación moral. En nuestro caso, participamos a través del voto: En el imperfecto pero perfectible sistema democrático que tenemos “todos pueden contribuir por medio del voto a la elección de los legisladores y gobernantes y, a través de varios modos, a la formación de las orientaciones políticas y las opciones legislativas que, según ellos, favorecen mayormente el bien común.” (Const. Past. Gaudium et spes)

El voto se debe realizar a conciencia: Un católico debe formarse, interiorizarse y hacer una elección conciente del candidato al que vota. Es un deber informarse debidamente de la probidad de los candidatos y de la dimensión ética de sus propuestas.
“La conciencia cristiana bien formada no permite a nadie favorecer con el propio voto la realización de un programa político o la aprobación de una ley particular que contengan propuestas alternativas o contrarias a los contenidos fundamentales de la fe y la moral” (Nota doctrinal sobre algunas cuestiones relativas al compromiso y la conducta de los católicos en la vida política)

¿CÓMO DEBE VOTAR UN CATÓLICO?
Doctrina del mal menor

La forma de participación en la vida cívica, que compete a todos los ciudadanos, es la de votar en las elecciones para determinar quienes serán los gobernantes. Pues bien, para los católicos, el voto es un derecho y un deber que obliga en conciencia. Únicamente en casos muy graves y excepcionales puede justificarse la abstención o el voto en blanco. Sin embargo, debido a la cantidad de partidos existentes en la Argentina es casi imposible que no se presente ningún partido que tenga una plataforma compatible con los principios doctrinarios. Mucho más difícil aún es que no haya ningún candidato que reúna condiciones mínimas de capacidad y honestidad. Entonces, aunque no encontremos un partido y un candidato que despierten nuestra adhesión plena, debemos practicar la antigua doctrina cristiana del mal menor, vinculada al tópico de la tolerancia del mal.
Se resaltan dos puntos respecto de esta doctrina:
Un primer lugar, al votarse a un candidato o partido considerado mal menor, no se está buscando el mal sino permitiendo el acceso al cargo a alguien que, posiblemente, según sus antecedentes y los antecedentes de sus competidores, legislará de modo menos perjudicial para el bien común.

En segundo lugar, los católicos no deben caer en el pesimismo frente a las opciones políticas. “Que se vayan todos” no es un modo viable de construir una sociedad mejor. En nuestro país todavía quedan opciones, sólo hay que informarse.

Valores no negociables

Por lo que atañe a la Iglesia católica, lo que pretende principalmente con sus intervenciones en el ámbito público es la defensa y promoción de la dignidad de la persona. Por eso presta conscientemente una atención particular a principios que no son negociables. Entre estos, hoy pueden destacarse los siguientes:

— protección de la vida en todas sus etapas, desde la concepción hasta la muerte natural;
— reconocimiento y promoción de la estructura natural de la familia, como unión entre un hombre y una mujer basada en el matrimonio, y su defensa contra los intentos de equipararla jurídicamente a formas radicalmente diferentes de unión que, en realidad, la dañan y contribu-yen a su desestabilización, oscureciendo su carácter particular y su irreemplazable papel social;
— protección del derecho de los padres a educar a sus hijos.

Estos principios no son verdades de fe, aunque reciban de la fe una nueva luz y confirmación. Están inscritos en la misma naturaleza humana y, por tanto, son comunes a toda la humanidad.
El Papa Benedicto XVI añade en “ Sacramentum Caritatis” la promoción del bien común en todas sus formas (por ejemplo en lo referido a la paz, la justicia, la solidaridad).

Cómo no se debe votar.

1. No descansar el voto solamente en la afiliación a un partido político, en los hábitos de votación, o en la tradición de votación familiar. se debe mirar a cada candidato como un individuo.

2. No emitir su voto por la apariencia o la personalidad del candidato, o por su astucia ante los medios de comunicación. Hay candidatos que lucen sencillos, aburridos, o se sienten incómodos ante las cámaras y respaldan leyes que están de acuerdo con los principios cristianos.

3. No votar por los candidatos sólo porque se declaren cristianos. Desafortunadamente, muchos de los candidatos que se identifican como cristianos rechazan las enseñanzas básicas de la moral cristiana, solamente son cristianos cuando buscan el voto de los cristianos.

4. Decidirse por los candidatos que parecen más dispuestos a promover el bien común, aunque uno no se beneficie directa o inmediatamente con la legislación que proponen. No premiar con el voto a los candidatos que sean correctos en temas menos importantes, pero que están equivocados en asuntos morales claves.
Estar equivocados tan sólo en uno de los asuntos no negociables es suficiente para excluirlos de la consideración.

Cultura católica y universidad. Facultad de C. Política y RR. II. - UNR

Fuentes:

Guía del Votante para los Verdaderos Cristianos - Episcopado Norteamericano 2004

Curso virtual de Doctrina Política Católica: www.doctrina-politica.blogspot.com
Exhortación pastoral sobre el compromiso ciudadano y las próximas elecciones. CEA. 2007

El adoquín vuelve a la carga

Eduardo Ferreyra
[Se publica sin gráficos]

Cuando una postura basada en simples suposiciones, sin fundamentos científicos ni comprobaciones en la realidad, se hace cada día más radical e intolerante hacia esa realidad, uno se ve forzado a demostrar a la gente qué hay de cierto sobre el tema que provoca esa postura fundamentalista

Hace un par de años tuve que publicar un artículo sobre el Profesor de Física de la Universidad Alcalá de Henares, don Antonio Ruiz de Elvira, acerca de sus opiniones y consejos que impartía en su blog en la web -hoy casi inactivo- sobre el cambio climático y, en especial, su apasionada defensa de las energías solar y eólica, y sus violentas diatribas contra la energía nuclear. En ese artículo, viendo la calidad de sus argumentos y evidencias, le calificaba como “Adoquín con Pelos”, y comencé a participar en su blog donde mis comentarios, aportes de evidencias y argumentos resultaron en una catarata de críticas muy bien fundadas contra don Antonio, por parte de numerosos lectores que apoyaban mi postura, hasta que De Elvira huyó de su blog con un último post en Octubre 28, 2008, y se refugió en un sitio web personal donde no acepta comentarios ni críticas de lectores. Nada como curarse en salud.

Sin embargo, me hace llegar periódicamente sus boletines informativos que me proveen de un grato momento de comicidad. Con el correr del tiempo fui comprobando que don Antonio es un asiduo colaborador de artículos a los diarios españoles El País y El Mundo, dos tremendos medios ultraecologistas que apoyan ciegamente al fraude del calentamiento global, y a Al Gore. Don Antonio también fue uno de los reclutados por Al Gore en España, político a quienes algunos conocen por el alias Al-Go-Re-Pugnante.

Bien, el último boletín de Ruiz de Elvira dice lo siguiente (sic):

Amigos: El PSOE prometio cerrar Garoña, y posteriormente el resto de las nucleares. Estos dias hay una campaña para demostrar que para combatir el cambio climático las nucleares son necesarias. Pero esto es falso. Para que ello fuera correcto, necesitaríamos 10.000 centrales nucleares en todo el mundo. No hay uranio suficiente para ello y para más de veinte años. Y no las necesitamos.

Claro que Ruiz de Elvira no ha leído al científico Bernard Cohen, eminente autoridad en energía nuclear, que dice:
¿Cuánto uranio hay en el agua de mar?

El agua de mar contiene 3,3x10-9 (3,3 partes por mil millones) de uranio, de modo que los 1,4x1018 de agua de mar contiene 4,6x109 toneladas de uranio. Todo el empleo mundial de electricidad, 650 Gwe podría ser suministrado por el uranio en el agua de mar durante 7 millones de años.Sin embargo, los ríos llevan más uranio al mar todo el tiempo. De hecho, 3,2x104 por año.

Cohen calcula que podríamos extraer unas 16,000 toneladas anuales de uranio del agua de mar, que podrían abastecer unas 25 veces el uso mundial actual, y el doble del actual consumo mundial de energía. Cohen aduce que vistos los ciclos geológicos de erosión, subducción y elevación, el abastecimiento duraría 5 mil millones de años con una tasa de extracción de 6,500 toneladas anuales. La corteza terrestre contiene 6,5x1013 toneladas de uranio.

Cohen comenta que dado que durará 5 mil millones de años, es decir más tiempo de lo que el Sol mantendrá la vida sobre la tierra, el uranio debe ser considerado como un recurso renovable.

Sigue De Elvira con sus interesantes desvaríos [sic]:
Estamos en la encrucijada de General Motors: Apostar por lo tradicional o por la innovación.

Ya sabemos adonde ha llegado GM que apostó por los vehículos que quemaban 20 litros/100 km.

La razón de la insistencia es clara: La inversión en centrales está ya amortizada, y hoy solo representan ganancias sin buscar una nueva tecnología.

El argumento mas sencillo para impulsar la tecnología solar es el contrario al que señalan los pronucleares: las nuevas tecnologías deben desarrollarse a pesar de su posible coste actual. Los "costes" deben promediarse a lo largo de 100 años.

Si por los "costes" hubiese sido la alternativa habria consistido en seguir:

con reglas de cálculo en vez de ordenadores,
con mulas en vez de coches,
con madera en vez de carbón,
como cazadores en vez de como agricultores.
Si por los "costes" hubiese sido seguiríamos como carroñeros en las sabanas africanas.

Mantener tecnologías obsoletas, solo porque ya esta amortizado su desarrollo, nos lleva a esto de Ops/El Roto: Viñeta del Diario El País

En cuanto vuelva a Madrid voy a imprimir esta viñeta en DIN A-1 para ponerla en la puerta de mi despacho en Alcalá.

Un abrazo Antonio.
La viñeta que a Ruiz de Elvira tanto le gusta es esta:

Es bueno recordar esta imagen porque se aplica de manera fantástica a las energías alternativas, eólica, pero sobre todo la solar, que Ruiz de Elvira promueve desde el fondo de su verde corazón, ya que no desde el adoquín que tiene en el lugar donde tendría que haber un cerebro.


Energías Alternativas en España: fracaso estrepitoso

Hace unas horas el Instituto Juan de Mariana me hizo llegar su profundo estudio sobre el resultado del programa de fomento y subsidios a las energías solar y eólica que se implementó en España y que el gobierno del Sr. Rodríguez Zapatero profundizó desde su arribo al poder. Los interesados en leer este estudio de 46 páginas con gráficos y tablas, con datos oficiales del gobierno español (por ahora en inglés por estar dirigido a políticos norteamericanos: “Study of the effects on employment of public aid to renewable energy sources”) en formato PDF, lo pueden bajar desde el website del Instituto Juan de Mariana: Estudio.

Del estudio son mencionables los resultados obtenidos en relación al costo real de las energías “Verdes”, la cantidad de puestos trabajos que han creado y la cantidad que han sido destruidos por esta política de subsidios a las energías solar y eólica. La industria pesada española se ha movido en estampida fuera de España a lugares donde los costos de la energía no están afectados por la necedad de la “reducción de gases invernadero” y los impuestos que se han forzado sobre las actividades productivas.

Don Antonio Ruiz de Elvira, preste atención a los puntos salientes de las principales conclusiones, que son 24 (que debo resumir), y los gráficos que le pongo a continuación:

Como el presidente Obama hizo notar correctamente, España provee una referencia para el establecimiento de una ayuda gubernamental a la energía renovable. Ningún otro país ha dado tanto apoyo a la construcción y producción de electricidad por medio de fuentes renovables. Los argumentos para los esquemas de “puestos de trabajo verdes” en España y Europa son los mismos que ahora se usan en Estados Unidos, principalmente que el apoyo masivo público creará una gran cantidad de trabajos verdes. La pregunta que este estudio responde es: “¿A qué precio?”
…por cada puesto de trabajo verde citado con gran confianza por el Presidente Obama como modelo, debe esperar que los Estados Unidos debería esperar una pérdida de por lo menos 2,2 puestos de trabajo convencionales en promedio, o una pérdida de 9 puestos por cada 4 creados –a los que se deben añadir esos trabajos que las inversiones no subsidiadas habrían creado con esos mismos recursos.
A pesar de las hiper agresivas (caras y extensas) políticas de “trabajos verdes”, parece que España ha creado una sorprendente pequeña cantidad de puestos de trabajo, dos tercios en la construcción fabricación e instalación, un cuarto en puestos administrativos, mercadeo y proyectos de ingeniería, y sólo uno de cada diez puestos ha sido creado en el nivel más permanente de operación y mantenimiento de las fuente renovables de energía.
Esto se produjo con una gran costo financiero como también como costo en términos de puestos de trabajo destruidos en otras partes de la economía.
El estudio calcula que desde 2000, desde que España gastó €571.138 para crear cada “trabajo verde”, incluyendo subsidios por más de €1 millón por cada puesto en la industria de la energía eólica.
El estudio calcula que los programas que crearon esos puestos también dieron por resultado la destrucción de casi 110.500 puestos en otras partes de la economía, o 2,2 puestos convencionales destruidos por cada “puesto verde” creado.
Principalmente, el alto costo de la electricidad afecta los costos de producción y niveles de empleo en la metalurgia, minería nometálica y las industrias de procesado de alimentos, bebidas y tabaco.
Cada megavatio “Verde” instalado destruye 5,28 trabajos en otras partes de la economía: 8,99 por los paneles fotovoltaicos, 4,27 por la energía eólica, 5,05 por las minihidro.

El alto costo de la electricidad debido a las políticas “puestos verdes” tienden a empujar a las compañías con uso extenso de electricidad al exterior en busca de áreas donde los costos son menores. El ejemplo de Acerinox es uno de los casos.

El estudio aconseja precaución contra ciertas formas de mandatos para las energías verdes. Los precios mínimos garantizados generan sobrantes que son difíciles de manejar. En el caso de España, los precios mínimos de la electricidad para la generada por renovables, muy por encima de los valores del mercado, malgastaron una enorme cantidad de capital que podría haber sido adjudicado económicamente en otros sectores. Los sistemas estatales arbitrariamente dictados, inherentes a los esquemas de “energías verdes” dejan a la industria de las renovables pendientes de un delgado hilo y condenadas a ajustes dramáticos que incluirán desempleo masivo, pérdida del capital, desmantelamiento de instalaciones productivas y perpetuación de las ineficientes.
Estos esquemas crean un serio potencial de “burbujas”, como España está descubriendo ahora. El caso más paradigmático se encuentra en la industria fotovoltaica. Aún con esquemas subsidiarios que dejan al precio promedio de la electricidad generada por la energía solar a un nivel 7 veces más caro que el precio promedio del pool, la energía solar fracasó hasta en alcanzar el 1% de la producción eléctrica de España en 2008.
Las energías renovables consumen enormes recursos de los contribuyentes. En España la anualidad pagada a las renovables es equivalente al 4,35% del IVA cobrado, 3,45% del impuesto al ingreso de los hogares, o 5,6% del impuesto a las corporaciones para 2007.

Emigración de industrias

Como dice el informe, el caso emblemático en España es de la fábrica Acerinox, única especializada en aceros inoxidables. En el Capítulo III del estudio, “Heridas Económicas Auto Infligidas por España por Regímenes Trabajos "Verdes”, se expone este caso. UNESID, la Unión de Empresas Siderúrgicas, advirtió a fines de 2006 que el proceso de liberalización del mercado eléctrico llevaría a la relocalización de una buena porción de estas industrias debido a la pérdida de competitividad causada por el alto costo de la energía en España como consecuencia de la promoción de la energía renovable. Ese mismo año, Ferroatlántica hizo sonar la alarma. La compañía, única productora de aleaciones de hierro en España, tenía un consumo de 2.300 Gw/h en tierra española, y es el motor económico de la región A Costa da Morte (Galicia). El continuo aumento del costo de la energía causó un cambio en el porcentaje de la energía en el costo total de producción de ferrosilicio del 37.1% en 1997 a 38,6% en 2000 y a 43.2% en 2005. Después de años de instalar eficientes medidas de gerenciamiento y aumentar su productividad, en 2006 Ferroatlántica había alcanzado su límite productivo.

A causa de esa realidad, los aumentos en el precio de la energía hicieron que Ferroatlántica perdiera competitividad. Dice la compañía que el cierre de sus plantas y su reubicación en otros países como Francia, donde ya tienen presencia, es inevitable y no se puede detener.

Acerinox es la segunda compañía en importancia mundial en aceros inoxidables. Ya ha reducido o evitado ampliar su presencia en España por los altos costos de la energía. Victoriano Muñoz, que dirigió la compañía durante 37 años había advertido en 2002 de los peligros de un mercado de la electricidad distorsionado por las intervenciones estatales que impondrían costos muy elevados para la industria. En 2003 el presidente de Acerinox explicó que a pesar de un buen año de gerenciamiento y ganancias, habían surgido grandes dudas acerca de las operaciones de la compañía como resultado de la Agenda de Kioto –una parte clave de ella es la promoción de “trabajos verdes”- lo que llevaría a una posible relocalización de la compañía por los mayores costos de la energía eléctrica, a regiones del mundo que no imponen tales regimenes obligados por el Tratado de Kioto.

En consecuencia, cuando Acerinox decidió en 2004 aumentar su tamaño y la capacidad de sus operaciones lo hizo en sus plantas de Kentucky, EEUU, y en Columbia, Sudáfrica, decidiendo congelar sus planes de expansión en España, citando como factor primordial los altos costos de la energía española. Es así que la energía “verde” es la culpable de la exportación del crecimiento a otros países, lo que significa la transferencia de miles de puestos de trabajo convencionales de España a Estados Unidos y Sudáfrica. En España crece el desempleo, o el "paro" como le llaman allá...

Vuelta atrás al principio

Lo que nos lleva de vuelta al Adoquín con Pelos, asesor del gobierno español a través de su gran influencia mediática, y su apasionada devoción por la energía solar. Ruiz de Elvira considera que los costos tienen importancia cuando se trata de la energía nuclear, a la que culpa de tener costos muy elevados (¡?!) cuando nos dice:

El argumento mas sencillo para impulsar la tecnología solar es el contrario al que señalan los pronucleares: las nuevas tecnologías deben desarrollarse a pesar de su posible coste actual. Los "costes" deben promediarse a lo largo de 100 años.

Claro que el profesor de física metido a economista hubiese sido aplazado en Chicago, o Buenos Aires, o Zimbabwe. Quizás en Alcalá de Henares no, y hasta le pagan un sueldo por sus enseñanzas. ¡Cuánta razón tenía Mark Twain cuando decía, "La razón para el gran conocimiento que hay en las universidades es que los alumnos ingresan con tanto, y egresan con tan poco.

100 años para amortizar los paneles fotovoltaicos es un disparate que no contempla que la vida útil de esos paneles no pasa de los 20 años, y en rendimiento decreciente. Tampoco contempla que la amortización de un equipo no puede tener en cuenta los subsidios del gobierno porque están dentro de un sistema de recolección de “impuestos-subsidios-retorno económico de la inversión” que es un sistema cerrado dentro de las fronteras de un país. Los beneficios económicos de la energía solar o la eólica son CERO. Sin subsidios del gobierno y de los consumidores de energía, no podrían funcionar ni 20 minutos. Y destruyen los puestos de trabajo realmente productivos.

Si por los "costes" hubiese sido la alternativa habria consistido en seguir:
con reglas de cálculo en vez de ordenadores,
con mulas en vez de coches,
con madera en vez de carbón,
como cazadores en vez de como agricultores.
Las comparaciones son engañosas, porque los ordenadores no son sólo reglas de cálculo mil veces más rápidas, más fáciles de manejar, y mucho más precisas, sino que con una regla de cálculo no nos podemos comunicar a Internet; ver videos o hablar simultáneamente con una o más personas al otro lado del mundo; comprar un libro en Amazon.com; un pasaje en un barco lento a la China, o un tour al Amazonas; sacar el CUIT en el ANSES; (un millón de etcéteras) y, por fin, pilotear un avión virtual volando desde Timbuktu hasta Yakarta, pasando por la base Scott en Antártida, aterrizando en New York para un café en Starbucks, todo en tiempo real, mirando el paisaje que nos entrega Google Earth, en alta resolución. Sí, Don Antonio, no ha sido por los costos que preferimos las computadoras a las reglas de cálculo, sino que las reglas de cálculo son cosas que han quedado en el pasado –lo mismo que su pensamiento retrógrado.

Usted ha mirado demasiado tiempo al sol que alumbra los paneles fotovoltaicos y ha quedado cegado e incapacitado para mirar la realidad a su alrededor. Se lo dice su propio gobierno –al que usted aconseja invertir más dinero aún en la energía solar- que las empresas españolas están abandonado el barco como ratas antes de que se hunda. Y todo gracias a la aventura de las energías alternativas. Estados Unidos está cayendo en la trampa, lo mismo que sucede a Argentina, al tiempo que Dinamarca y Alemania revisan precipitadamente sus ideas sobre el tema y cancelan sus subsidios a las renovables. ¿Se ha enterado que España también lo acaba de hacer viendo el estrepitoso fracaso de su “aventura renovable”?

Ahora, cuando vea el poster de la retroexcavadora condenándose a ella misma a la catástrofe, vea en ella a la energía solar y a la política que ha impulsado tan desatinado programa que ha llevado –y seguirá llevando- a la estampida de la industria Española hacia naciones con gobiernos que no se tragaron el cuento de las energías renovables y los impuestos para detener el cambio climático.

Espero que sus compatriotas desempleados no se den cuenta de que usted ha sido uno de los responsables de tamaño crimen porque deberá buscar asilo en algún país pro Kioto. Pruebe Cuba, o Venezuela. O los Estados Fundidos del Sr. Obama.

Por: Eduardo Ferreyra
Presidente de FAEC


lunes, 8 de junio de 2009

Registro de uniones homosexuales, ¿para qué?

Jorge Scala

El vocablo matrimonio deriva del latín matri munus; es decir, el oficio de la madre; se trata entonces, de la institución jurídica que protege la maternidad, y con ella, el futuro de la sociedad. Resulta obvio decir que las uniones de personas del mismo sexo son estériles por definición: allí no hay madre, ni padre, ni esposos, ni hijo.

Cada quien es libre –y responsable-, de hacer de su vida lo que le parezca mejor. Sin embargo, no todos los comportamientos posibles tienen el mismo valor social. Si todos fuéramos homosexuales, la humanidad desaparecería en sólo una generación. Por tanto es evidente -e indiscutible-, que se trata de un comportamiento antisocial.

¿Es razonable que la sociedad registre los comportamientos antisociales?. Algunos sí es lógico, por eso existe el registro de reincidentes, donde se inscriben las condenas a los delincuentes. Lo que es absurdo es registrar actos antisociales, para otorgarles beneficios sociales –pensión, asignación familiar, facilidades crediticias, etc.-.

Sin duda, los extremos son malos. Frente a las convivencias homosexuales penalizarlas es uno de los extremos. No es bueno que el Estado se meta en los domicilios de los ciudadanos, salvo en caso de delitos graves. También es malo el otro extremo: registrar estas uniones para luego otorgarles ciertos beneficios de la previsión social, en detrimento de los matrimonios y las familias, que son las instituciones que permiten la subsistencia de nuestra sociedad. Si ellos se olvidan de la sociedad, lo justo es que la sociedad no tenga en cuenta esas uniones.

(Publicado en La Voz del Interior)

miércoles, 3 de junio de 2009

ESTADO MAFIOSO: LO QUE VEMOS Y VIVIMOS


por José Antonio Riesco
Instituto de Teoría del Estado

“-Concepto de Estado : con una adaptación de la definición que dio Max Weber a principios del siglo XX, Pierre Bourdieu lo hace del siguiente modo : “-El Estado es una X (a determinar, o sea una incógnita a resolver) que reivindica con éxito el monopolio del uso legítimo de la violencia física y simbólica en un territorio y sobre el conjunto de la población correspondiente”. Decimos : la X puede indicar una comunidad, un sistema, una organización o una toldería.
En otra parte dijimos : “El Estado es la organización político.-territorial de la comunidad y cuyo epicentro es el poder socializado. Existe más allá del sujeto cognoscente. Y es válida la siguiente paradoja : nunca existe más allá de la sociedad, y ésta es siempre lo que los individuos producen con su voluntad e inteligencia”.
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Dentro de los caprichos semánticos del genio, Hegel supo decir que el Estado era la idea moral realizada en la tierra. Siglos atrás San Agustín había afirmado que, aún sin pecado original de parte de los hombres, el Estado era una necesidad que fluía de la sociabilidad, de la inexorable vida en grupo. Posteriormente, ya en el siglo XVII fue Thomas Hobbes –un talento siempre anatematizado y poco explorado-- quien vio en el Estado, en su poder de establecer orden y convivencia, el único modo de que los seres humanos superaran el estado de guerra entre ellos mismos, o sea el mutuo aniquilamiento.

Luego se formularon otras categorías estatales: monárquicos, parlamentarios, democráticos, colectivistas, racistas, capitalistas, teocráticos, socialistas, etc. A una y otra correspondió una parte, históricamente determinada, de las experiencias sociopolíticas de la humanidad. Lo que nadie había identificado era una formación político-territorial de carácter delictivo en sus niveles de mando más alto. Los argentinos hemos sido creativos al respecto (cada día peor). Por obra y gracia de nuestra decadencia, en cuanto a la calidad de la dirigencia y de los procedimientos, finalmente accedimos al Estado Mafioso. Algún día cuando la doctrina recupere la unidad de su objeto, o sea del principal actor de la vida política, habrá un capítulo de la Teoría del Estado con ese rótulo : el Estado Mafioso.

Maquiavelo dejó sentado que la política y la ética no son lo mismo, pero no se le ocurrió afirmar que debía ser necesariamente anti-ética; supo diferenciar entre la presión de la necesidad y la vocación de un príncipe por lo maloliente y sucio. A esta construcción, por lo menos a-moral, se contrapone el Estado de Derecho –de acotamiento legal de los actos gubernativos y también de los privados-- donde los procedimientos no son necesariamente rígidos, aunque las flexibilizaciones legislativas, jurisprudenciales y contractuales no se contradicen con una vida social “normalizada” por el respeto sustancial a la Constitución y con ello a la autoridad y objetivos del Estado y a los derechos de los ciudadanos.

Esto se puso de manifiesto cuando dicho régimen, propio de las naciones civilizadas y democráticas del mundo, accedió al “status” de Estado Social de Derecho, en que la evolución de las ideas, de los partidos y dirigentes, asumió un concepto de la juridicidad donde el avance de las políticas socioeconómicas del Estado no afectaron el fondo de los derechos civiles y políticos. En ciertos casos ocurrió con transformaciones profundas aunque con soporte en un consenso (adhesión popular) suficiente. Al Estado Social lo legitimó el apoyo de las mayorías, pero ante todo los valores a que dio curso. En ese paso histórico hay que reconocer el admirable influjo de la doctrina social de la Iglesia y, a su modo, igualmente, el abandono de la ortodoxia marxista (materialismo + colectivismo forzado) por las corrientes de la socialdemocracia.

Hubo, ciertamente, un crecimiento del intervencionismo estatal –fundado, sobre todo, en la imperiosa necesidad de impedir la desintegración de la sociedad-- pero a la vez los llamados “derechos del hombre” se atrincheraron en nuevos institutos de protección, por ejemplo, la reafirmación de las garantías de la jurisdicción y, más novedoso, el llamado recurso de amparo.
El Estado de Derecho no es una mera construcción liberal-burguesa, sino el modo decente de una vida colectiva donde tiene un lugar el más rico y el más humilde.

Cuando finalizó la segunda guerra (1939/45), con sus tremendos daños de víctimas y bienes materiales, en pocos años, las naciones reconstruyeron su economía y, sobre todo las instituciones. En ello se pusieron a prueba los liderazgos políticos, y las dirigencias de los diversos estamentos, de modo relevante la clase media, sin excluir a las de las grandes empresas y asimismo a los sindicatos y los partidos políticos. Los trabajadores ratificaron la tradición democrática del movimiento obrero europeo que, con sus más y sus menos, venía siendo la tendencia fuerte del siglo XX. Aunque no todos, en una significativa participación, habían resistido la experiencia estato-mafiosa que les impuso el fascismo.

América Latina no estuvo al margen de la corriente que prefirió un Estado regulado por la legalidad, que lo diferenciara de una toldería, pese a los obstáculos que encontró el desarrollo y la institucionalidad republicana. En la Argentina hubo una audaz ampliación de los regímenes de participación social y política cuando, a partir de 1944, los militares industrialistas, con gran apoyo popular, impulsaron la economía global, la tecnología avanzada, la justicia social, la educación y el voto de la mujer. Con sus errores, como todo lo que tiene “rostro humano”, los aciertos del peronismo fueron, en esos días, de marca mayor e históricamente irreversibles. Otras naciones de la región también hicieron lo suyo y es falso que los llamados procesos “populistas”, algunos bajo el control de las fuerzas militares y otros con el comando de políticos lúcidos, no hayan movilizado las energías nacionales hacia delante. Otro exponente..? : Brasil.

Lo que no se pudo impedir, en las últimas décadas del siglo XX y en lo que va del presente, es la declinación moral de la política que no fue, precisamente, el costo del crecimiento. Ello afectó gradualmente la calidad de la dirigencia y, con ello, de las actitudes y procedimientos con que se efectivizó el régimen democrático. Los pueblos aprendieron a sufrir e incluso tolerar el clientelismo, la compra-venta de punteros y votantes, el auge de las coimas y los negociados, el uso y abuso de los recursos públicos en beneficio personal y de la propaganda partidaria, la designación de familiares en importantes cargos oficiales, etc. Con o sin razones respetables y sus excepciones, cayó la capacidad de las mayorías para seleccionar líderes, mientras hubo minorías con influencia que no entendieron nada de los nuevos procesos de la época. Se dio con una importante porción de los opositores al peronismo, empeñados en ver como “fascismo” lo que era una emergente “democracia de masas”.

Hay algo peor. De pronto los países –y nos referimos ante todo a la Argentina-- se vieron sumergidos en prácticas de poder donde sus titulares se mostraron privados de ese pudor elemental que hace a la esencia de una república. A partir de allí todo vale y todo es posible en la violación de la Constitución y de las buenas costumbres. Se diría que la nación estuvo (está..!!) en manos de jerarcas no sólo ineptos sino sobre todo desvergonzados; no hay frenos para la rapiña, y con la lujuria de un poder sin escrúpulos se arrebata todo lo que está a la mano. Ya sucedió con la escandalosa trepada de la deuda exterior, luego con la anulación del delito de subversión económica y el juego de la “banelco”, o con legisladores que están en las bancas para eludir a la Justicia, y ahora, se perfeccionó el estilo bucanero con la confiscación bochornosa de los ahorros de los jubilados y la garra oficial sobre las rentas agropecuarias, junto a la extorsión financiera a las provincias. No hay rumbo ni planeamiento, la economía no se basa en la producción sino en el regalo de subsidios y dádivas sin control, se falsifican las cifras del Indec y en la calle, protegida por la legislación y la jurisprudencia, imperan los asesinatos, las violaciones, los asaltos y a pleno la brutalidad de la delincuencia. Tal la praxis sociopolítica del Estado Mafioso.

No está demás reiterarlo: en el manejo arbitrario de los instrumentos gubernamentales se ha perdido la vergüenza, y es de práctica diaria la mentira, las fabulaciones, la agresión a los disidentes y la descarada invención y aplicación de artimañas electorales que hacen escarnio de las normas y los procedimientos. Para cuya impunidad las mayorías parlamentarias, buena parte de la magistratura y los altos funcionarios, están listas para avalar cualquier estropicio. Rige, manifiesta, la robotización de las lealtades. Recibe el aval, incluso, de un sindicalismo que –con la conducción de un grupo de empresarios prósperos-- apaña la confiscación permanente de los sueldos y salarios mediante la inflación. Y, ejercitando sus contradanzas, la entidad de los granes industriales intenta recitar si no un mea culpas, al menos los síntomas del pánico.

Estos son, decididamente, los rasgos fundamentales del Estado Mafioso. Uno que goza operando “fuera de la ley” (tanto la jurídica cuanto la ética) y que se autojustifica invocando un “modelo” que nadie conoce ni entiende salvo la arbitrariedad, pero con cuya mención el régimen compra y vende la dignidad del pueblo como cuerpo electoral. Mientras, continúa su ascenso impúdico. Hacia fuera todo parece estar en su lugar, las instituciones y las formalidades, hacia adentro, en cambio, impera una modalidad “de facto”, que todo se permite y todo se hace sin limpieza. Mientras, el hombre digno, socializado pero independiente, dueño de sí, no alienado, corre el riesgo de la asfixia.-

Prólogo y Debate
( jariesco@yahoo.com.ar )