domingo, 12 de noviembre de 2017

SIMPLIFICACIÓN DE TRÁMITES


Macri ordenó acelerar el plan para ahorrar trámites y bajar costos burocráticos

La Nación,  12 DE NOVIEMBRE DE 2017
Mariano Obarrio

Como parte del "reformismo permanente", el presidente Mauricio Macri ordenó acelerar el plan de desburocratización y simplificación de trámites del Estado para reducir costos, mejorar la competitividad y el empleo en el sector privado, y agilizar papeleo para negocios, importar, exportar, contratar y licitar.


Es parte del paquete de las reformas tributaria, fiscal, laboral, jubilatoria y de la reestructuración del Estado. En los próximos días se creará por decreto la Secretaría de Simplificación Productiva, que dirigirá Pedro Inchauspe. Según confiaron a LA NACION fuentes de la Casa Rosada, dependerá del ministro de Producción, Francisco Cabrera.

Se focalizará en eliminar obstáculos y vigilar que el Estado no agregue trámites y costos. Según estiman en Producción, el sector privado ya se ahorro $ 10.000 millones.


Producción ejecuta el plan con el Ministerio de Modernización, que dirige Andrés Ibarra , y la Secretaría Legal y Técnica, de Pablo Clusellas. Los nudos están en Aduana, AFIP, Senasa y en la comercialización de granos, carnes y alimentos.

Se gastan 4.000.000 de hojas de papel menos y se rebajó el gasto por $ 1070 millones en papel, viáticos, certificaciones y gestores. El objetivo es reducir costos por 93.000 millones, 1% del PBI, en dos años, tal como se informó la semana última.

Para importar o exportar, antes intervenían 23 organismos. La Ventanilla Única del Comercio Exterior (VUCE) unificó en Internet a ocho entes y antes de fin de año se completarán los otros 15 en un paso online. El paso siguiente será destrabar los trámites entre la Nación y la provincia de Buenos Aires. Según el BID, la VUCE reducirá costos de 3,5% en promedio. Macri aspira a rebajar el 50% del tiempo. Hay un lucro cesante no cuantificable: el desaliento a negocios que genera la burocracia y la riqueza que se pierde.

También intervienen organismos descentralizados como INTI, INTA, Senasa, INAL, Iname, IGJ e IMPI. Hay 250 ministerios provinciales y 17.000 secretarías municipales. Para exportar alimentos a baja escala había un registro extra en el INAL. Se eliminó, y si un alimento está habilitado para el mercado interno se lo habilita para la exportación.

La cartera de Modernización aplicó tres programas: la Gestión Documental Electrónica: todos los ministerios y 62 organismos y 24.000.000 de documentos digitales, 2.070.998 expedientes electrónicos y 123.000 usuarios; Trámites a Distancia: 634 trámites en línea. Tarda 32 días menos que los presenciales: 500.000 personas del interior ahorraron viajes a la Capital, y la Plataforma de compras del Estado: Comprar.gob.ar (63 organismos) para servicios, y Contratar.gob.ar (en 17 organismos), para licitar obra pública. Hay 15.000 proveedores y más de $ 29.000 millones para ambas plataformas.

Unos molinos eólicos no podían ingresar hace un mes por el Puerto de Buenos Aires: se pedía la revisión de toda la documentación y de todas las mercaderías. Producción, AFIP, Aduana y Energía unificaron controles y se destrabó. Unas centrales térmicas en 2016 tenían que patentarse ante Vialidad Nacional como si fueran vehículos. Se eliminó.

También se dispuso el "silencio positivo". Si una empresa o persona no tiene respuesta de un organismo, el trámite queda aprobado. Macri lo incluyó en el decreto 891/17.

Macri tuvo en cuenta que el Foro Económico Mundial considera que la burocracia está entre los cinco mayores problemas en la Argentina junto a la inflación, impuestos, acceso a crédito y corrupción. "En esto no hay gradualismo: el pedido del Presidente es aplicar shock", dicen.


Para enviar muestras o ventas de pequeño volumen, cualquier pyme debía tramitar en AFIP, Aduana y Correo. Se creó "Exporta Simple" con un solo trámite online y se hace el envío. Además de eliminar cinco trámites para crear empresas -se crearon 500 en dos meses-, se redujo a 72 horas el trámite de seguros de cauciones aduaneras que duraban 7 meses y se redujo de 34 a 20% el control físico por Canal Rojo de la Aduana, con $ 7100 millones de ahorro.

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Decreto 891/2017

Buenas Prácticas en materia de Simplificación
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Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- APROBACIÓN. Apruébanse las BUENAS PRÁCTICAS EN MATERIA DE SIMPLIFICACIÓN aplicables para el funcionamiento del Sector Público Nacional, el dictado de la normativa y sus regulaciones.

ARTÍCULO 2°.- ÁMBITO DE APLICACIÓN. A los fines del presente decreto, entiéndese por Sector Público Nacional al definido en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificatorias.

ARTÍCULO 3°.- SIMPLIFICACIÓN NORMATIVA. Las normas y regulaciones que se dicten deberán ser simples, claras, precisas y de fácil comprensión. El Sector Público Nacional deberá confeccionar textos actualizados de sus normas regulatorias y de las guías de los trámites a su cargo. Deberá evaluarse su inventario normativo eliminando las que resulten una carga innecesaria. En el mismo sentido el dictado de nuevas regulaciones que impongan cargas deberán a su vez reducir el inventario existente.

ARTÍCULO 4°.- MEJORA CONTINUA DE PROCESOS. El Sector Público Nacional deberá aplicar mejoras continuas de procesos, a través de la utilización de las nuevas tecnologías y herramientas informáticas, utilizar e identificar los mejores instrumentos, los más innovadores y los menos onerosos, con el fin de agilizar procedimientos administrativos, reducir tiempos que afectan a los administrados y eliminar regulaciones cuya aplicación genere costos innecesarios.

ARTÍCULO 5°.- EVALUACIÓN DE LA IMPLEMENTACIÓN. Todos los organismos del Sector Público Nacional deberán tender, en los casos que corresponda, a la evaluación de la implementación de las normas regulatorias que dicten.

ARTÍCULO 6°.- PARTICIPACIÓN CIUDADANA. Los organismos del Sector Público Nacional incrementarán los mecanismos de participación, intercambio de ideas, consulta, colaboración y de cultura democrática, incorporando las nuevas tecnologías, necesarios para facilitar la comprensión y medir el impacto que traerá aparejado las nuevas regulaciones.

ARTÍCULO 7°.- PRESUNCIÓN DE BUENA FE. Las regulaciones que se dicten deben partir del principio que reconoce la buena fe del ciudadano, permitiéndole justificar a través de declaraciones juradas situaciones fácticas que deban acreditarse ante los organismos del Sector Público Nacional.

ARTÍCULO 8°.- GOBIERNO DIGITAL. El Gobierno Nacional deberá fomentar la interoperabilidad entre las administraciones públicas provinciales, y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, generando de esta manera un intercambio y colaboración mutua, a fin de implementar todas las herramientas tecnológicas existentes, permitiendo de este modo acercar a los ciudadanos herramientas eficaces para su interacción con la Administración.

ARTÍCULO 9°.- MEDICIÓN DE COSTO-BENEFICIO. El diseño de las regulaciones procurará la incorporación de la medición de los costos-beneficios que impliquen su implementación

ARTÍCULO 10.- SILENCIO POSITIVO. En la elaboración de las normas regulatorias deberá tenerse en cuenta la posibilidad de incrementar el carácter positivo del silencio de la Administración, en la medida que resulte posible en atención a la naturaleza de las relaciones jurídicas tuteladas por la norma de aplicación, siempre y cuando sea en beneficio del requirente y no se afecten derechos a terceros.

ARTÍCULO 11.- COMUNICACIÓN EFICIENTE. Los organismos del Sector Público Nacional deberán promover el intercambio de buenas prácticas comunicacionales intra y extra organismos. La totalidad de las medidas dispuestas deberán comunicarse de manera clara y eficiente.

ARTÍCULO 12.- CREACIÓN DE REGISTROS. En caso de crearse nuevos Registros, en el ámbito de la administración centralizada se requerirá la previa autorización del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, mientras que en los demás casos dicha autorización será otorgada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL. Los nuevos Registros que se creen deberán ser digitales, facilitando el acceso por parte de los ciudadanos y estarán regidos por el principio de gratuidad.

ARTÍCULO 13.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

 — MACRI. — Marcos Peña.