martes, 16 de agosto de 2022

UNA FUNDACIÓN EXTRANJERA

 

 PROPIETARIA DE ISLAS EN MALVINAS ES LA GESTORA DEL PROYECTO DE LEY AGUJERO AZUL 

 

César Lerena

 

 

¿Tiene la norteamericana Wildlife Conservation Society (WCS) algún interés para proteger algunas islas del Archipiélago de Malvinas? Veremos, pero, siempre hay que tener mucho cuidado, porque a veces, atrás de aparentes cuidados medioambientales, se esconden estrategias geopolíticas ajenas al interés nacional, que se mimetizan en los ámbitos de poder para definir las políticas marítimas, pesqueras y soberanas del país.

 

Nadie sabía -hasta hoy- porqué una Diputada, originaria del interior profundo, del salitre, el algodonal, devenida en ambientalista, presentaba un proyecto destinado a proteger algo en el piso de alta mar que, ni los investigadores alcanzaban a definir con precisión, rechazando -la Diputada- con cierta iracundia, todos los argumentos científicos, medio ambientales, económicos, territoriales y estratégicos de los expertos que se opusieron a su infundado proyecto y, llamaba, más aún la atención, que la Cancillería y, más específicamente, la Secretaría de Malvinas, acompañara un proyecto enclavado en un sector aledaño al área marina ocupada y disputada por el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.

¿Puede un Diputado de la Nación hacer suyo un proyecto gestado y promovido por una Fundación extranjera y, el secretario de Malvinas, desconocer de quién se trata la Wildlife Conservation Society?

¿Los legisladores, funcionarios y sus asesores trabajan a ciegas, ignoran o participan de un entramado externo que bajo la apariencia de cuidar el ambiente debilita la soberanía argentina? 

 

La Fundación WCS, cuenta con el apoyo de OCEANS 5; organización que, sus «primeras subvenciones apoyaron el trabajo en los territorios de ultramar del Reino Unido, la Antártida, el Ártico y varias grandes Zonas Económicas Exclusivas (ZEE), entre ellas, la de Estados Unidos» (sic) incluyendo entre sus socios y miembros a trece fundaciones de los Estados Unidos, el Reino Unido y los Países Bajos, y esto, que podría pasarse por alto, adquiere suma importancia, ya que la citada “Área Marina Protegida” completaría el “blue belt” (cinturón azul) que, ya en 2017, los ingleses anunciaron que rodearían a Malvinas -entre otros territorios de ultramar- asegurándose el control y la explotación de los recursos pesqueros.

¿Por qué razón se admitió que este proyecto enmarcado en un medio marino internacionalizado y vinculado a un área ocupada y disputada por el Reino Unido se tratase en el recinto de la Cámara de Diputados, sin la debida evaluación de todos los antecedentes necesarios y la aprobación previa de las Comisiones de Defensa, Relaciones Exteriores, Recursos Naturales, Intereses Marítimos y Presupuesto?

¿Es una mera casualidad que quién tendría que administrar esta Área Marina Protegida Agujero Azul no fuese otro que el reciente renunciado Administrador de Parques Nacionales Lautaro Erratchu que el 3 de agosto pasado dictó la Decisión 484 declarando "sitio sagrado Mapuche" al Volcán Lanín de Neuquén?

Para cuestiones meramente pesqueras la Cancillería tiene un embajador de carrera en el Consejo Federal Pesquero, por entender -seguramente- que, el ámbito de estas actividades, pese a tratarse de una explotación de recursos, de dominio y jurisdicción del Estado ribereño, está influido por regulaciones internacionales derivadas de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar ratificada por la Argentina en 1995 (Ley 24.543) y, además, porque 5.497.178 Km2 del territorio marítimo e insular (1.639.900 Km2); antártico (2.426.911 Km2) y de la plataforma continental argentina (1.430.367 Km2) se encuentran ocupados o disputados por el Reino Unido.

 

Ya hemos dicho -nos preguntamos y afirmamos- en los siete anteriores artículos sobre el tema ¿por qué motivo se trasladó el AMP originalmente limitada a 12 mil Km2 (2014) en la ZEE Argentina al Agujero Azul de alta mar con 164 mil Km2? (2021); ¿No se sabía que en la zona seleccionada pescan buques chinos, coreanos, taiwaneses y españoles-británicos con licencia inglesa que no pueden ser alcanzados por esta área marina protegida (AMP) y que, al igual que ocurrió con el Acuerdo firmado por Cavallo de Conservación (FOCZ) al este de Malvinas en 1990, permitiría consolidar el otorgamiento de licencias a los isleños?; ¿Por qué motivo se trató en sesión un proyecto que no se aprobó en la Comisión de Presupuesto y Hacienda y no prevé los fondos para las tareas de control e investigación; que, sin tener en cuenta las necesidades de equipamiento naval y de investigación, solo en materia de control y vigilancia requerirá de unos 15 millones de dólares anuales?; ¿No sabían los autores del proyecto que por falta de medios las patrulleras oceánicas (OPV) recientemente adquiridas a Francia se encuentran amarradas en la Base Naval de Mar del Plata, sin poder controlar ni siquiera el extenso mar argentino y que, la Subsecretaría de Pesca y el INIDEP tienen 17 artículos en la Ley 24.922 -si se dispusiese de medios- para realizar todas las tareas de protección de la plataforma continental prohibiendo la pesca de arrastre de fondo, sin necesidad de dictar ninguna nueva AMP?; ¿que para resguardar a los tripulantes y los restos del Submarino ARA San Juan basta una declaración de Monumento Nacional Marino?; tampoco ¿qué al asignarle la categoría de Reserva Estricta “sobre” la plataforma se impedirá solo la pesca a los buques nacionales?; ¿qué no se cumplieron los requisitos científicos previos exigidos por la FAO (2012) para establecer un AMP?; ¿que no hay ningún incumplimiento del «compromiso del Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011-2020» porque el Reino Unido estableció en 2011 una reserva de 1,07 millones de Km2 alrededor de las Georgias y Sándwich del Sur y tiene restringida una superficie de nuestro país equivalente al 52% de la ZEE Argentina?; ¿que el proyecto no tendrá beneficio económico alguno, no impedirá la pesca ilegal y que, de ninguna manera fortalecerá la soberanía nacional ya que por el Artículo 77º de la Convención del Mar nadie podrá emprender actividades en la plataforma sin expreso consentimiento del Estado argentino?

 

Todo es gravísimo. Pero es absolutamente peor, porque Wildlife Conservation Society es propietaria de varias Islas en el Archipiélago de Malvinas y, claro, ahora podemos entender el interés de WCS por el Agujero Azul, que pasaría a conformar el “cinturón azul” de protección británica de Malvinas y, también, su especial preocupación, por el cuidado de los albatros de ceja negra que se encuentra en las islas de “su propiedad” y, que, según el informe de la filial local de WCS conducida por la citada Falabella, al describir los porcentuales de especies a conservar en el Agujero Azul-ZEE (Pág. 82) alcanzan a “2.72” (Pág. 83/4).

 

La propia WCS se encarga de ratificar lo dicho: “En el extremo occidental de las Islas Malvinas (…), que sobresalen en el Océano Atlántico Sur, las Islas Jason son un importante sitio de anidación para el albatros de ceja negra (Thalassarche melanophris). La especie es circumpolar en los océanos del sur, pero las poblaciones reproductoras más grandes se encuentran en la isla Steeple Jason. (…) Hasta hace poco, esta elegante ave se consideraba en peligro de extinción debido a una drástica reducción de su población desde 1950, pero ha comenzado a recuperarse. Se cree que la pesca con palangre y arrastre ha contribuido significativamente a esta disminución. Gracias a un generoso regalo de Michael y Judith Steinhardt, la Wildlife Conservation Society es propietaria de las islas Grand Jason y Steeple Jason desde 2001. Además de miles de parejas anidantes de albatros de ceja negra, las islas son el hogar de otras aves (…) WCS administra estas islas como reservas naturales privadas, y está trabajando con el gobierno local para proteger aún más todo el archipiélago de las Islas Jason y el área marina circundante» (Christopher J. Mckenzie, Wildview, WCS, agosto 15 de 2017).

 

Las Islas Sebaldes o Sebaldinas (51º04’37’’S 60º58’08’O) -de ellas se trata- están ubicadas al noroeste de la Isla Gran Malvina y a 400 Km de la Patagonia, son un grupo de islas con una superficie total de 21,7 Km2 de la Provincia de Tierra del Fuego. Su denominación se debe a que en 1559 el navegante holandés Sebald de Weert las bautizó con su nombre. Ya en poder del Reino Unido, entre 1864 y 1866. se mataron dos millones de pingüinos para la fabricación de aceite. En marzo de 1970 fueron compradas por Leonard W. Hill y, ya con la denominación inglesa Steeple Jason y Grand Jason fueron compradas por Michael Steinhardt en la década del 90, quien las donó a Wildlife Conservation Society (WCS) propietaria del Zoológico de Bronx.

 

Ahora sí podemos entender el Twitter del 6/7/2022 de la filial local de la WCS celebrando como una ¡GRAN NOTICIA! la media sanción de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación del Proyecto de Ley de “Creación del Área Marina Protegida Agujero Azul” (AMP) y, es muy lógico, ya que se superaron todas las expectativas que Valeria Falabella tenía en 2014 cuando fue la responsable del Informe Técnico de “Identificación de áreas de alto valor de conservación como potenciales áreas marinas protegidas” (Pág. 1) y, del “Taller Técnico sobre Implementación de Áreas Marinas Protegidas Nacionales en el Mar Argentino” (3-4/9/2018) (pág. 3).y, de su “Reporte Final Inédito” (3/2019) dando una gran satisfacción a la Casa Central de la WCS que, seguramente, efectuará nuevas contribuciones a estas ocupaciones blandas llamadas Áreas Marinas Protegidas.

 

Estas fundaciones extranjeras a través de sus filiales se inmiscuyen en el corazón mismo de las estructuras del gobierno, definiendo las políticas del Estado Nacional. Ello es evidente a poco leer el Reporte final del “Taller de Implementación de Áreas Marinas Protegidas Nacionales, 2018” (pág. 50, 2019) donde WCS se constituye como organizadora y dice: «El diseño de un Sistema Nacional de Áreas Marinas Protegidas (SNAMP) requiere definir ¿qué queremos conservar?, y, decidir, sobre prioridades nacionales para la biodiversidad marina en todo el Mar Argentino». En los citados trabajos la Lic. Falabella representa a la norteamericana WCS, aunque no queda claro, si también lo hace como profesional de la entonces Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, ya que en varios pasajes el informe refiere a «fortalecer a la autoridad de aplicación para que sea capaz de liderar la gestión de un conjunto de sitios representativos de la biodiversidad del Mar Argentino» (pág. 12); «es necesario desarrollar en general la capacidad de gobernanza y gestión del Estado» (pág. 14) y, «la gobernanza se relaciona con el poder, las políticas, las estructuras y los procesos utilizados para la toma de decisiones en un área de responsabilidad» (Pág. 38). ¿No es mucha la injerencia de un agente de la Fundación WCS norteamericana o se trata de alguien que simultáneamente realizaba tareas incompatibles en el Estado nacional?

  

En cualquier caso, el proyecto de la Diputada, que se abreva en los fundamentos de WCS (Falabella, V. 2014 “Identificación de Áreas de alto valor de Conservación como potenciales Áreas Marinas Protegidas” páginas 2, 79 a 85); aunque sea, una mala copia, ya que, además de errónea, omite algunas cuestiones relevantes, entre ellas, el informe que dice: «El área propuesta como a AMP se ubica sobre la ZEE Argentina, adyacente al Agujero Azul de altamar (entre los paralelos 45º S - 47º S; el meridiano 61º 30’ W al Oeste y el límite de la ZEE de Argentina al Este) y cubre una superficie aproximada de 12.000 km2 en aguas nacionales» (Pág. 16 a 19 y 80) y no, de 164.000 Km2 en alta mar; que, «según la visión de los participantes del taller, las dos áreas con mayor dificultad para la creación de un AMP son el Frente Talud y el Agujero Azul-ZEE» (Pág. 14 y Anexo IV-20) y no “alta mar” que nunca se analizó; que «el área denominada Agujero Azul-ZEE fue la más discutida y uno de los grupos de expertos rechazó su postulación» (Anexo IV-9); que «la única área que no fue seleccionada como de relevancia diferencial entre las candidatas por ningún grupo de expertos fue el Agujero Azul-ZEE» (Anexo IV-12); que en la tabla de valoración del cumplimiento de los criterios EBSA para cada una de las áreas candidatas por parte de los grupos de trabajo «el área de menor puntuación fue el Agujero Azul-ZEE» (Anexo IV-15) y que, contrario a lo que refieren los “fundamentos” del proyecto de la Diputada, el informe describe «el porcentaje de la distribución de cada especie objeto de conservación en el Agujero Azul-ZEE…» (Pág. 82) y, salvo la merluza de cola con “2.02” en el resto de las especies, aves y mamíferos el porcentual de relevancia es nula o muy baja, a no ser los albatros ceja negra de “2.72” (originarios de las islas de WCS citadas); albatros real del norte “3.63” y, el petrel negro “2.44” (Pág. 83/4). Es decir, nada justifica un AMP Bentónica en la ZEE y, mucho menos en alta mar, que no se analizó y, en todo caso, como ya nos referimos, para el caso de la merluza de cola o el calamar bastaría la prohibición del Consejo Federal Pesquero del uso de redes de arrastre en determinadas áreas y época.

 

Notemos que en el primer trabajo de WCS y otros se indica que, «el informe debe ser citado de la siguiente manera: Falabella, V. 2014…”, Informe Técnico final componente 1: “Fortalecimiento de la gobernanza de las áreas Marinas Protegidas” y, en el segundo, ya como Coordinadores generales se indica a Falabella y Santiago Krapovickas por WCS (pág. 8) y como facilitadora (pág. 3) el “Foro para la Conservación del Mar Patagónico y Áreas de Influencia: «una red internacional de organizaciones de la sociedad civil» (pág. 7). El trabajo fue apoyado financieramente por OCEANS 5 (páginas 3, 9, 11, 13) y auspiciaron la Jefatura de Gabinete de Ministros; el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable y la Administración de Parques nacionales (APN) (pág. 3); aunque -llamativamente- sobre ésta última repartición, el Informe (2019) indica que «no tiene hoy las capacidades o el conocimiento para gestionar las AMP y no hay lineamientos para entender cómo gestionar las AMP» (Pág. 28) y le encomienda al INIDEP capacitar a la APN (Pág. 32), lo que demuestra la absurda duplicación de funciones en el Estado, ya que el INIDEP está dedicado a la investigación y conservación de especies pesqueras desde 1977 (Ley 21.673) como continuador del Instituto de Biología Marina creado en 1960 y, la Administración de Parques Nacionales no tiene ninguna experiencia en la conservación del mar y sus especies, como el propio informe indica.

 

Los argentinos no podemos radicarnos, adquirir propiedades y mucho menos hacer en Malvinas, lo que WCS manifestaba hace 5 años: «administrar islas del archipiélago de Malvinas, trabajar con el gobierno local para proteger aún más todo el archipiélago de las Islas Jason y el área marina circundante» (Christopher J. Mckenzie, Wildview, WCS, 15/8 2017). Un absurdo que el Estado Argentino admita la intervención de WCS en Malvinas y más allá del territorio ocupado por el Reino Unido, dando opiniones y promoviendo leyes referidas a la administración de todo el Atlántico Sudoccidental, agraviando la soberanía argentina y violando la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional.    

 

Me repetiré: “Cuando la estafa es enorme toma un nombre decente” (Adelardo López de Ayala)