Y DEFAULT MACRI
Por Héctor GIULIANO
(30.8.2019)
En momentos de crisis los hechos y las
noticias van más rápido que la capacidad para analizarlos.
El reperfilamiento unilateral de vencimientos
de la Deuda Pública a corto plazo anunciado el 28.8 por el Ministro de Hacienda
Lacunza – una variante de reestructuración de pasivos del Estado – es una forma
de Default o cesación de pagos por parte de la administración Macri.[1]
Su efecto inmediato es el diferimiento o pateo para delante de una parte de estos
vencimientos – constituidos por Letras del Tesoro Nacional - a 3 y 6 meses, lo
que en la práctica significa un traspaso de la carga de dichas obligaciones al
nuevo gobierno electo apenas comience su gestión.[2]
Lo que sigue es un intento de interpretar –
con los incompletos elementos disponibles que se van conociendo día a día – el
carácter y alcance de la nueva Crisis de Deuda Pública que ha llevado a este
Default Macrista y el sentido de las medidas que se están tomando al respecto.
DEFAULT DE LA DEUDA DEL TESORO NACIONAL
El presidente Macri vino a gobernar con Deuda,
tomando sistemáticamente compromisos sin capacidad de repago. En dos años fracasó
abiertamente en su gestión económico-financiera, llevó al país a un estado de
cesación de pagos por sobre-endeudamiento público y por ello ha tenido que
blanquear forzosamente una parte de ese Default.
Con el agravante que este gobierno macrista no
muestra capacidad ni voluntad para detener el saqueo financiero que se está
produciendo en la Argentina como consecuencia de la iliquidez e insolvencia del
Estado provocada por su política de hiper-endeudamiento ni exhibe aptitud a la
altura de las circunstancias para manejar la nueva Crisis de Deuda a la que ha
llevado al país:
1. Entre Diciembre de 2015 y Junio de 2019 el
stock de la Deuda Pública Bruta en cabeza del Estado Central aumentó en unos
170.000 MD,[3]
que por efecto de sucesivas devaluaciones derivó en licuaciones parciales de la
deuda en pesos expresada en dólares por el equivalente a unos 70.000 MD, de modo que el aumento final de la Deuda hasta
el presente quedó así relativamente
reducido a unos 100.000 MD en números redondos.
2. Los Intereses a Pagar por la Deuda Pública
aumentaron más que proporcionalmente al aumento del stock de la Deuda, siendo
así que hoy se paga el doble que en el 2015: aproximadamente 20.000 MD contra
9.800.[4]
3. Como agravante, a la vez que se aumentó el
stock de la Deuda y sus Intereses el gobierno Macri empeoró la composición y el
perfil de vencimientos de esta Deuda tomando obligaciones con acreedores
privados a cada vez menor plazo y mayor tasa de interés, lo que fue estrangulando
progresivamente la capacidad de pago de los servicios financieros para
atenderla.[5]
Como consecuencia del descontrol
gubernamental sobre este proceso y de la consecuente concentración de
vencimientos la administración Macri debió blanquear
esta semana el default de una parte de sus obligaciones a corto plazo, constituidas
por diversas Letras de Tesorería: Letes (Letras del Tesoro) en Pesos y Dólares,
Lecap (Letras Capitalizables en Pesos), Lecer (Letras ajustadas por Coeficiente
de Inflación CER) y Lelink (Letras ajustables por tipo de cambio-dólar).
Esta medida – que constituye un default
técnico porque incumple las condiciones de cancelación de las obligaciones
pactadas y como tal quedaría sujeta a eventuales acciones judiciales en contra
del Estado Argentino – afecta a personas jurídicas o tenedores institucionales
de letras (Bancos, Compañías de Seguro, Fondos Comunes de Inversión-FCI y
otros) pero no a personas humanas o físicas, que no estarían alcanzadas por el
cambio.
Todavía no se tiene una cuantificación
precisa del monto involucrado en este reperfilamiento o diferimiento de pagos
pero se estima representaría entre 8.000 y 9.000 MD, monto que se traspasa a
los inicios de la próxima administración electa (Diciembre de 2019 y Febrero de
2020).
Como el flujo de pago de los intereses no se
interrumpe y no hay quita sobre el Capital o Principal de las obligaciones, los
tenedores de letras no resultarían en principio perjudicados financieramente
porque seguirían cobrando los altos servicios de intereses a pagar por mayor
tiempo.
Pero el riesgo de no devolución del capital
por parte del Estado a las nuevas fechas unilateralmente prorrogadas hoy por el
presidente Macri – que deliberadamente exceden su mandato – abre un nuevo
capítulo de incertidumbre sobre el pago de la Deuda Pública del Tesoro y un
interrogante adicional sobre la maniobra en curso: la sospecha de que frente a
las menores probabilidades de reelección el 27.10 la actual administración
trata de tirarle por la cabeza la
verdadera bomba de tiempo por
vencimientos a corto plazo por las deudas que estuvo y sigue contrayendo sin
posibilidad de respuesta dentro de un futuro cercano.
En el contexto de esta agravada y creciente
vulnerabilidad de la capacidad de repago del gobierno, que se desata desde
Abril del año pasado – para poner una fecha de referencia identificable – se plantea
sobre la Argentina una nueva Crisis de Deuda, acelerada por un Golpe financiero
de Mercado, que se continúa hasta hoy, un golpe liderado por pocos y grandes
operadores nacionales e internacionales con negocios en nuestro país.[6]
Estos acreedores financieros del Estado,
aliados y sostenedores de la administración Macri hasta la fecha, son los que
le han provisto la mayoría de los cuadros del funcionariado superior de
gobierno en asuntos financieros (Ministerio de Hacienda-MH y Banco Central-BCRA)
– funcionarios éstos que están actuando en conflicto de intereses y en contra
de los intereses financieros fiscales y cuasi-fiscales de la Argentina - son
los que están obteniendo ganancias históricas récord de carácter especulativo
merced a un despilfarro increíble e imparable de los fondos públicos y son los
mismos que ahora, frente al agravamiento de la Crisis de Deuda que conjuntamente
con el gobierno han generado, están liderando la corrida cambiaria bajo fuego amigo con la cobertura de un
gobierno que les protege con la torpeza de sus medidas y el anonimato de sus
operaciones de saqueo financiero.
EL DEFAULT DEL BANCO CENTRAL
Siguiendo la regla clásica de presentar la
renuncia de un Ministro de Economía – en este caso, de Hacienda Pública – como fusible del fracaso de la política
seguida por el Gobierno Nacional, en el intento de entretener a la opinión
pública con un nuevo funcionario superior y de vender nuevas expectativas para
un próximo mandato después de haber fracasado en los cuatro años del actual, el
presidente Macri aceptó la renuncia de Nicolás Dujovne, designó nuevo Ministro
a Hernán Lacunza (que viene de pilotear un fuerte proceso de endeudamiento en
moneda extranjera de la Provincia de Buenos Aires, bajo María Eugenia Vidal) y
aceptó que se adoptara una serie de medidas que blanquean el Default técnico de
la Deuda Pública del Estado.
Pero estrictamente hablando quien desde este
punto de vista debiera haber renunciado es el titular del BCRA, Guido
Sandleris, antes que el Ministro de Hacienda Dujovne, dado que la Crisis de
Deuda más gravosa le ha explotado al gobierno Macri por el lado del Banco más
que por el lado del Tesoro.
Y ello es así porque la nueva Crisis de Deuda
que vive la Argentina constituye un problema financiero antes que un problema
económico y fiscal, porque dicha crisis deriva de poner la Política Financiera
del BCRA – Política Monetaria, Cambiaria y Bancaria – al servicio de los
negociados que los capitales financieros aliados y amparados por el gobierno
Macri siguen haciendo diariamente.
Actualmente el BCRA tiene dentro de sus
Pasivos Remunerados 2.51 B$ (≡ 46.000 MD) correspondientes a 1.37 B$ de Leliq -
que son obligaciones a 7 días de plazo y pagan más del 80 % anual por Tasa de
Interés (hoy el 83 % !) - más 1.17 B$ de
Pases Pasivos – que son obligaciones a sólo 1 día de plazo y pagan unos puntos
menos de intereses que las Leliq – lo que da un total diario de 5.500 M$ (≡ 100
MD) ó 2.03 B$ (≡ 36.700 MD) anualizados de Intereses a Pagar.
Tasas de Interés que son las más altas del
Mundo y que rinden las ganancias en dólares más elevadas del planeta a los
capitales financieros golondrina – que lucran con el Carry Trade o Bicicleta
Financiera – a través del negocio de arbitraje entre Tipos de Cambio y Tasas de
Interés que administra el BCRA.
Un BCRA que hoy está técnicamente quebrado y
sin capacidad de responder a la sangría financiera de esos intereses diarios
que paga por sus Pasivos.
Es notable que el gobierno blanquea el
default de la Deuda a Corto Plazo del Tesoro pero mantiene abierta la crisis de
endeudamiento más grave y directa, inmediata y/o de cortísimo plazo,
correspondiente a Leliq y Pases Pasivos del BCRA.
Más grave aún porque el sobre-endeudamiento
Macri estalló por el lado del BCRA antes que por el de la Tesorería y su
blanqueo sólo se difiere a costa de pagar intereses altísimos por tasas de las
Leliq y los Pases.
Empero, el gobierno blanquea el Default de
las Letras del Tesoro y sigue sosteniendo la
hemorragia financiera del BCRA.
Una hemorragia
que está derivando en la salida masiva de capitales especulativos de las
Leliq que se pasan a dólares mermando las reservas del BCRA y que el Banco no
puede detener frente a la trampa extorsiva de los acreedores financieros que
exigen cada vez tasas más altas a cambio de no irse a la compra de dólares.
Es parte de un juego financiero inmanejable y
cuasi-delictivo armado desde el gobierno Macri con los acreedores financieros
del Estado, que es tanto más grave desde el momento que ha tenido que blanquear
su default mientras que el del BCRA todavía sigue funcionando a pleno,
enmascarado por las autoridades y con más daño financiero que nunca: tasas
superiores al 80 % anual por Intereses a Pagar, que son destructivas para la
Economía.
LA INTERVENCION DEL CONGRESO
En este contexto de quiebra de la Deuda
Soberana bicéfala Tesorería-BCRA no está claro para qué el Poder Ejecutivo
envía un Proyecto de Ley (PL) al Congreso sobre reperfilamiento de Deuda después
de haber dictado el Decreto 596/2019 del 29.8, dado que:
a) Por el Artículo 60 de la Ley 24.156 de
Administración Financiera del Estado el Poder Ejecutivo está facultado para
contraer Deuda Pública sin Ley del Congreso con los organismos financieros
internacionales de los que la Nación forma parte, como es el caso del FMI.[7]
b) Por el Artículo 65 de la misma Ley
(artículo tan discutible como el anterior pero por desgracia jurídicamente
válido) el Ejecutivo puede proceder prácticamente con total discrecionalidad en
materia de reestructuraciones de Deuda Pública, igualmente sin intervención del
Congreso.[8]
c) Por el Decreto 596/2019 se invoca expresamente
“Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 99, incisos 1, 2 y 3, de la Constitución Nacional.” Una disposición
que también le permite al Poder Ejecutivo hacer cualquier cosa y que ha
utilizado siempre en forma discrecional, incluso en medidas impositivas que son
abiertamente inconstitucionales, como las adoptadas recientemente sobre el IVA
y el Impuesto a las Ganancias.[9]
Tradicionalmente el Congreso omite cuestionar
el hecho que estas contrataciones unilaterales de endeudamiento por parte del
Gobierno nunca son acompañadas por una demostración de la capacidad de repago
de las mismas, violentando así el espíritu y la letra del Artículo 4 de la
misma Ley 24.156, que exige el requisito de la “eficacia y eficiencia” en el
manejo de los fondos del Estado.[10]
En síntesis, que en función de la Ley 24.156
de Administración Financiera del Estado el reperfilamiento de Deudas a Corto
Plazo del Tesoro Nacional no requiere, en principio, la intervención del
Congreso y que si el Poder Ejecutivo eleva un PL al efecto (un proyecto
anunciado pero todavía no presentado) el mismo no tendría sólo el objeto de
convalidar lo actuado sino además dejar comprometido al Parlamento – y
específicamente a la oposición política – en las medidas ya tomadas
unilateralmente por el actual Gobierno.
CONCLUSIONES PROVISORIAS
La palabra Default significa Incumplimiento y
equivale a cesación de Pagos.
Los estados de cesación de pagos no son
necesariamente quiebras de la Deuda Soberana en su conjunto sino situaciones de
hecho de mayor o menor gravedad en las que el Deudor – en este caso, el Estado
Argentino – no puede cumplir en tiempo y forma sus obligaciones financieras de
pago.
Pero el problema de los incumplimientos puede
dar lugar a reclamos de aceleraciones de pagos por parte de los acreedores –
exigencias de pago anticipado por violación unilateral de las condiciones
contractuales sobre letras – y/o por aplicación de cláusulas Cross-default o
incumplimiento cruzado, con el peligro de nuevos juicios por parte de tenedores
de títulos que no estén de acuerdo con los cambios impuestos (nuevos Holdouts).
Este tipo de problemas deriva comúnmente en
refinanciaciones de pasivos del Estado que son procesos desafortunadamente
conocidos por la Argentina a lo largo de las últimas décadas: Acuerdos de Nueva
York 1985-1987 del gobierno Alfonsín, Plan Brady 1992-1993 del gobierno Menem,
Megacanje De La Rúa-Cavallo del 2001 y Megacanje Kirchner-Lavagna de 2005-2010.
Todas estas reestructuraciones fueron vendidas en su momento a la opinión
pública como supuestos éxitos de
negociación pero todas terminaron en fracasos, en más problemas y en nuevas
reestructuraciones forzosas.
En este marco, el mayor daño es que el
Gobierno blanquea el default de las Letras del Tesoro y le transfiere el
problema al nuevo gobierno electo, pero ese mismo gobierno sigue manteniendo –
y más fuerte que nunca - la sangría
financiera del BCRA que se produce vía Leliq y Pases Pasivos.
Y el mayor peligro es que deja planteadas así
peores condiciones de negociación futura para las próximas autoridades,
prefigurando el camino hacia un nuevo
Plan Brady, conforme al Libreto de reformas estructurales pactado por la
actual administración con el FMI.
La corresponsabilidad del FMI en la nueva
Crisis de Deuda que vive la Argentina, sostenida con su mega-préstamo de
salvataje del gobierno Macri por 56.300 MD y con ello el apoyo para que el
presidente pueda llegar al fin de su mandato en Diciembre está haciendo agua aceleradamente y las
inquietudes en el seno del Organismo se revierten hacia sus propias
autoridades, que quedan pegadas a una
toma de decisiones tan cuestionable como irregular.[11]
La situación planteada es lo suficientemente
grave como para que el arreglo Stand-By con el Fondo (SBA) pueda ser objetado
en su legitimidad y validez, e incluso pudiera ser impugnable como una forma de
Deuda Odiosa.[12]
Hoy la situación interna del Fondo estaría
tanto o más expuesta que en el pasado y el gobierno Macri tanto o más pendiente
del próximo desembolso de 5.400 MD previsto originariamente para mediados de
Setiembre.[13]
Todas las opciones están abiertas – porque nunca
conocemos quienes, donde y por qué toman
las decisiones más importantes que afectan a la Argentina y que en función de
las mismas adoptan los gobiernos de turno – pero ciertamente los hechos se
precipitan porque siempre se cumple la regla de que la Crisis es Aceleración.
Y la principal advertencia está vigente: como
lo venimos diciendo con insistencia, no es cierto que la incertidumbre política
derive en inestabilidad financiera sino que la cosa es al revés: es la
incertidumbre financiera la que genera inestabilidad y crisis política.
[1] La palabra Default – que
es inglesa, no francesa – significa Incumplimiento y es aplicada conceptual y
jurídicamente a los casos de no pago de obligaciones en tiempo y forma,
independientemente de la gravedad y/o alcance de tales obligaciones.
[2] Se estima que las medidas
adoptadas por el gobierno Macri servirían para diferir el pago de obligaciones
por unos 8.000-9.000 MD, sobre una masa de Deuda Local a Corto Plazo de 55-60.000
MD.
[3] Las abreviaturas MD/M$ y
B$ significan Millones de Dólares/Pesos y Billones de Pesos respectivamente, y
se expresan siempre con redondeo por lo que pueden darse mínimas diferencias
entre totales y sumatoria de términos. En la mayoría de los casos, estos
importes se expresan en un tipo de moneda y su equivalente (≡) en la otra.
[4] Dado que el Capital de las
deudas no se paga sino que se renueva o refinancia íntegramente a su
vencimiento - roll over sistemático de todas las obligaciones por novación de
deudas (con el mismo acreedor o con terceros) – el importe de los Intereses a
Pagar deviene la variable clave de la capacidad de repago del Estado, medida en
función de los servicios de la Deuda (los Intereses) y no del Principal (el Capital original o nominal de los
compromisos asumidos).
[5] El indicador básico de la gravedad
de este cuadro de endeudamiento está dado por la Curva de Rendimientos
invertida, esto es, el hecho que – a contrario sensu de la lógica financiera
normal – las deudas a menor plazo pagan tasas de interés superiores a las
deudas de más largo plazo.
[6] El Mercado – esa
entelequia que enmascara el accionar de pocos grandes operadores
financiero-cambiarios (fundamentalmente Bancos, Compañías de Seguros y Fondos
de Inversión) – no es una entidad abstracta ni se mueve siguiendo reglas teóricas
de Oferta y Demanda sino que, por el contrario, es el conjunto de pesados
actores que determinan e inducen los movimientos de la plaza a modo de profecía
auto-cumplida.
Estos
grupos de poder - que en nuestro caso han sido hasta el momento los principales
aliados y sostenedores del gobierno Macri - tienen capacidad suficiente para
mover Golpes de Estado de carácter financiero-cambiarios, con el agravante que
su comportamiento es encubierto por las autoridades ocultándolos ante la
opinión pública.
El
gobierno debiera dar a conocer: a) quiénes son los grandes grupos que
estuvieron y siguen comprando dólares que provocan la caída de las reservas
internacionales del Banco Central (BCRA), b) quiénes son los principales Bancos
tenedores de Leliq y Pases Pasivos, y c) quiénes son los principales
suscriptores de Contratos de Dólar a Futuro y por qué valores.
Si
se diera a publicidad estas informaciones y estos datos no habría necesidad de
suponer nada porque la realidad quedaría
desnuda ante nuestros ojos.
Pero
el gobierno Macri no lo hace porque no es víctima sino cómplice de la
ingeniería financiera de este saqueo de la Argentina.
[7] El Artículo 60 dice
textualmente: “Las entidades de la administración nacional no podrán formalizar
ninguna operación de crédito público que no esté contemplada en la ley de
presupuesto general del año respectivo o en una ley específica.
La
ley de presupuesto general debe indicar como mínimo las siguientes
características de las operaciones de crédito público autorizadas: Tipo de
deuda, especificando si se trata de interna o externa; Monto máximo autorizado
para la operación; Plazo mínimo de amortización; Destino del financiamiento.
Si
las operaciones de crédito público de la administración nacional no estuvieran
autorizadas en la ley de presupuesto general del año respectivo, requerirán de
una ley que las autorice expresamente.
Pero
este artículo agrega un segundo párrafo que dice:
Se exceptúa del
cumplimiento de las disposiciones establecidas precedentemente en este
artículo, a las operaciones de crédito público que formalice el Poder Ejecutivo
Nacional con los organismos financieros internacionales de los que la Nación
forma parte.”
(El destacado es nuestro).
[8] El Artículo 65 de la Ley
24.156 dice: “El Poder Ejecutivo Nacional podrá realizar operaciones de crédito
público para reestructurar la deuda pública y los avales otorgados en los
términos de los artículos 62 y 64 mediante su consolidación, conversión o
renegociación, en la medida que ello implique un mejoramiento de los montos,
plazos y/o intereses de las operaciones originales.
Para
el caso de deuda pública y los avales otorgados en los términos de los
artículos 62 y 64, a los que resulte de aplicación el Coeficiente de
Estabilización de Referencia (CER), el Poder Ejecutivo Nacional podrá realizar
las operaciones mencionadas en el párrafo anterior, siempre que la nueva deuda
no ajuste por el mencionado coeficiente y que resulte una mejora que se refiera
indistintamente al monto o al plazo de la operación.”
Este
artículo conlleva una delegación parlamentaria virtualmente irrestricta del
Congreso al Ejecutivo ya que – por lógica de Matemática Financiera – siempre
será posible exponer la mejora de una variable a costa de una de las otras dos.
Y así ha sido utilizada esta facultad por los distintos gobiernos en sus
operaciones de Canjes y Megacanjes de Títulos Públicos, como el caso
paradigmático del Megacanje 2001 De La Rúa-Cavallo.
[9] El Artículo 99 de la
Constitución es el que dice que: “El presidente de la Nación tiene las
siguientes atribuciones: 1. Es el jefe supremo de la Nación, jefe del gobierno
y responsable político de la administración general del país. 2. Expide las
instrucciones y reglamentos que sean necesarios para la ejecución de las leyes
de la Nación, cuidando de no alterar su espíritu con excepciones
reglamentarias. 3. Participa de la formación de las leyes con arreglo a la
Constitución, las promulga y hace publicar.”
Además
dice: “Solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir
los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las
leyes, y no se trate de normas que regulen materia penal, tributaria, electoral
o de régimen de los partidos políticos, podrá dictar decretos por razones de
necesidad y urgencia, los que serán decididos en acuerdo general de ministros
que deberán refrendarlos, conjuntamente con el jefe de gabinete de ministros.”
Históricamente,
todos los gobiernos de los tiempos recientes han hecho uso abusivo de las
facultades concedidas por esta última disposición y – tan importante como ésta
– por el u usufructo arbitrario del Inciso 1, que se refiere en forma genérica
a “la administración general del país”.
[10] El Articulo 4 de la Ley
24.156 efectivamente dice que: “Son objetivos de esta ley, y por lo tanto deben
tenerse presentes, principalmente para su interpretación y reglamentación, los
siguientes:
a)
Garantizar la aplicación de los principios de regularidad financiera,
legalidad, economicidad, eficiencia y
eficacia en la obtención y aplicación de los recursos públicos; ... (El
destacado es nuestro).
[11] Sobre un total de
desembolsos del FMI desde Junio del año pasado hasta la fecha de 44.500 MD unos
37.000 MD se habrían destinado a venderlos en el Mercado para sostener el tipo
de cambio, lo que constituye un verdadero desvío de fondos por parte del
gobierno Macri y también del Organismo.
El
Convenio Constitutivo del Fondo, en su Artículo
VI relativo a las Transferencias de Capital, dice textualmente lo siguiente:
“Sección
1. Uso de los recursos generales del
Fondo para transferencias de capital
a)
... ningún país miembro podrá utilizar los recursos generales del Fondo para
hacer frente a una salida considerable o continua de capital, y el Fondo podrá
pedir al país miembro que adopte medidas de control para evitar que los
recursos generales del Fondo se destinen a tal fin. Si después de haber sido
requerido a ese efecto el país miembro no aplicara las medidas de control
pertinentes, el Fondo podrá declararlo inhabilitado para utilizar los recursos
generales del Fondo.”
La
Operatoria de las cuentas fiscales argentinas y la evolución de las variables
financieras nacionales – conforme los acuerdos Stand-By suscriptos en Junio y
Octubre de 2018 contemplan el monitoreo trimestral, mensual y diario de la
situación financiera del país, razón por la cual el FMI no puede despegarse de
su corresponsabilidad en lo actuado por la administración Macri.
[12] La Deuda odiosa – conforme
fundamentalmente a la teoría jurídica y a la praxis histórica de la
Política Norteamericana - se define como aquella deuda de un gobierno
contraída, creada y utilizada contra los intereses de los ciudadanos del país,
que por ello no tiene por qué ser pagada y por lo tanto no sería exigible su
devolución ya que los prestatarios habrían actuado de mala fe, a sabiendas, y
por tanto dichos contratos —bonos o contratos comerciales— son nulos
legalmente. Agregándose que, en todo caso, tales deudas podrían considerarse
personales debiendo responder quienes las hayan contraído a título personal
—sea el monarca, el presidente, el director del banco central nacional o los
ministros correspondientes— y no el Estado en su conjunto y por tanto los
ciudadanos. Fuente: síntesis tomada de Wikipedia y bibliografía conexa.
[13] El antecedente del
escándalo del 2001 surge hoy nuevamente como un fantasma del pasado para el
presidente Macri. En Setiembre de ese año el FMI hizo un muy cuestionable
desembolso por unos 5.000 MD para sostener entonces el llamado Blindaje de las
Reservas Internacionales. Este tramo ingresó por una ventanilla del BCRA y
salió por la otra como fuga de las divisas prestadas vendidas al Mercado
Cambiario. Lo mismo que ahora con los fondos del mega-préstamo del FMI y por
muchísima mayor cantidad. Cuando llegó el turno del desembolso siguiente, a
mediados de Diciembre del 2001 el FMI le bajó
el pulgar a la administración De la Rúa-Cavallo y el gobierno duró sólo
unos días.