jueves, 2 de marzo de 2023

PARA ANALIZAR

 

Despenalización del cannabis en América Latina

 enfrenta desafíos políticos, religiosos o económicos

 

Alicia Mendoza

 

Marzo 1, 2023

 

A lo largo de América Latina existe una tendencia hacia la despenalización del uso personal de cannabis, pero con avances desiguales debido a factores económicos, políticos y culturales de cada país, nos dijo Fausto Ferreyra, especialista en temas de drogas en la región.

 

El nivel de despenalización aumenta con respecto al ingreso económico, el grado de libertad individual que garantiza su sistema democrático y la extensión de la preferencia por la ciencia frente a la religión de cada país, según la investigación de Fausto Gabriel Ferreyra, quien es maestro en Ciencias Sociales por la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO-México).

 

En general en América Latina, “la agenda de la sociedad civil ligada a los usos médicos reconocidos del cannabis es la que ha mostrado mayor éxito para incidir en el Estado”, como el acceso a terapias con productos derivados del cannabis, nos expuso el estudiante del Centro de Estudios e Investigaciones Laborales (CEIL), Argentina.

 

El especialista nos explicó que los gobiernos en la región han tenido más dificultades a la hora de explicar una decisión para despenalizar el uso lúdico o recreativo de la marihuana, que es una legislación más permisiva que se aborda desde el ejercicio de los derechos individuales, no el uso medicinal.

 

Uno de los hallazgos de “Despenalización del uso personal de cannabis en América Latina: un aporte para su medición y análisis” es que a escala regional las organizaciones religiosas – particularmente católicas y evangélicas– han sido en los últimos años “actores decisivos de las políticas de drogas, con especial énfasis en las tareas terapéutico-asistenciales de rehabilitación”.

 

Según los datos que encontró, en América Latina la oposición a alternativas regulatorias no penalizantes del uso del cannabis “es ampliamente mayoritaria entre las personas que manifiestan alguna pertenencia religiosa”.

 

Ferreyra investigó el vínculo entre religión y ciencia y encontró que en latinoamericana el grado de despenalización del uso personal de cannabis “parece estar distribuyéndose también en función de factores culturales” como el modo en que se dirime la tensión entre ciencia y religión.

 

Es decir, el conocimiento aportado por la ciencia ha sido un actor importante en la aprobación de leyes despenalizantes, especialmente en los casos de uso medicinal de la cannabis.

 

Además, otro factor que tiene relación con la despenalización de la marihuana es el sistema político. Ferreyra analizó la dimensión liberal de las democracias y el nivel de despenalización en América Latina y constató que la “tendencia de despenalización ha proliferado con más fuerza en los países cuyos sistemas políticos conceden mayores garantías individuales”.

 

De igual forma, según el análisis de Ferreyra, “el grado de despenalización del uso personal de cannabis en la región se vuelve más intenso y generalizado conforme aumenta el ingreso (el Producto Interno Bruto) de los países”.

 

Hasta el momento, el único país de la región que ha despenalizado y regulado completamente los usos del cannabis es Uruguay. Este país tiene un legado liberal muy fuerte desde hace décadas, pues no penalizaba a las personas consumidoras de cannabis, nos dijo el investigador.

 

Otro país que se ha propuesto profundizar en la no criminalización de las personas usuarias de cannabis y la regulación del mercado es Colombia. El presidente Gustavo Petro estableció en su Plan Nacional de Desarrollo una clara intención de avanzar en la regulación no solamente del cannabis, sino de las sustancias psicoactivas, legalizarlas en general.

 

En octubre de 2022, la Cámara de Representantes de Colombia aprobó el proyecto que legaliza la marihuana para consumo adulto. Pero aún falta que la iniciativa sea discutida y aprobada por todo el Congreso colombiano, que se prevé sea durante el primer semestre de 2023.

 

Hasta ahora, en Colombia, Ecuador, Perú, Brasil, Bolivia, Chile y Argentina no existe una ley que autorice que las personas puedan consumir, portar o vender cannabis. Pero, en caso de hacerlo, no serán sancionadas con penas graves, sino con sanciones cívicas. Esto es semejante a lo que se pretende en México con la despenalización de su uso recreativo, como lo reportamos en esta nota.

 

De acuerdo con la investigación de Fausto Ferreyra hay un conjunto de países que tiene penalizado a nivel nacional el uso personal del cannabis, tanto con fines médicos como no médicos, donde tampoco ha habido sentencias por parte del Poder Judicial para regular en este materia.

 

A excepción de Bolivia y Venezuela dicho grupo se encuentra integrado por países de la región central del continente americano. Estos países no cuentan con “ordenamientos legales que despenalicen en algún grado” el uso del cannabis y la severidad de las penas varían en cada país.

 

Por ejemplo, en Cuba la legislación no distingue entre uso medicinal y no medicinal, tampoco tipifica específicamente el uso personal, establece sanciones que oscilan entre seis meses hasta dos años de prisión para la “tenencia simple” de cannabis. Y cuatro a diez años para quien cultive.

 

En cambio, Bolivia estipula penas menores. En el país andino el cultivo se penaliza con uno a dos años de prisión, mientras que la tenencia para consumo se tipifica con la reclusión forzosa en un instituto sanitario “hasta que se tenga convicción de su rehabilitación”.

 

En Argentina la Iglesia católica se ha convertido en un actor de peso, en una voz autorizada en esta materia. La iglesia en este país pasó de ser un actor más o menos marginal en el tema drogas a involucrarse más en el desarrollo de programas y políticas de prevención, hasta convertirse en un actor dominante para “obstaculizar iniciativas” que buscan regular el uso del cannabis.

 

Aunque especificó que esto es solo en el escenario argentino y no se puede aplicar a los demás países porque hay que analizar qué factores específicamente están incidiendo sobre sobre la imposibilidad de profundizar en la despenalización de la marihuana.

 

“Que actores de este tipo (la Iglesia) ocupen lugares cada vez más institucionalizados y más importantes en la política pública atenta contra la posibilidad real de avanzar en caminos legales alternativos a la prohibición”, nos expuso Ferreyra.

 

En Argentina el proceso de despenalización del uso personal se abrió desde 2017, cuando se estableció la ley de de uso medicinal del cannabis. A partir de ese año se avanzó más hacia el reconocimiento de reclamos de los usuarios medicinales. Hasta que en mayo de 2022, en la actual administración del presidente Alberto Fernández, se reconoció el derecho a cultivar cannabis con fines medicinales.

 

Pero la agenda del activismo del movimiento cannábico de usuarios no medicinales y por los derechos humanos “quedó relegada” o se acopló al nuevo movimiento de personas usuarias medicinales, puntualizó el investigador. 

 

Ferreyra considera que lo anterior sí es una tendencia general en América Latina. Y puso como ejemplo a Panamá donde, entre 2021 y 2022, también avanzó en el reconocimiento del acceso medicinal del cannabis limitado.

 

De Uruguay a México

Para Jorge Hernández Tinajero, especialista en temas relacionados con las drogas, la única manera de avanzar en la despenalización de la cannabis en México sería “concentrarnos única y exclusivamente en legislar sobre las sentencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación”.

 

Esto para que el cultivo privado sea realmente permitido, es decir, que no se tuviera que tener un permiso o ampararse para tener un cultivo privado sin fines de comercio.

 

Y para contar con una regulación que respete los derechos humanos, es decir, que “se considere al usuario no como un cliente, sino como un sujeto de derecho, un ciudadano de plenos derechos”. Porque,  hasta el momento, “los usuarios de droga pareciera que no tienen derechos”, nos explicó.

 

El también autor del libro La mota: Compendio actualizado de la mariguana en México, nos dijo que la legalización de la cannabis en Uruguay no ha logrado impactar en México.

 

Señaló que “la izquierda en México debería de estar un poco avergonzada” de que el gobierno de izquierda del ex presidente uruguayo, José Mujica, avanzó en la legalización y en México el tema sigue detenido desde hace cinco años, a pesar de las sentencias de la Suprema Corte. 

 

En Uruguay, a partir de la legalización del cannabis en 2013, nos dijo, no existen mayores problemas ni de seguridad ni de violaciones de derechos humanos contra quienes usan la marihuana. Dos logros muy importantes que en México los políticos “no quieren ver” para aprobar de una vez por todas una legislación integral que regule el uso y consumo del cannabis, nos dijo el también integrante del Colectivo por una Política Integral hacia las Drogas.

 

Hernández Tinajero señala que en México, el presidente López Obrador “ha sido omiso en reconocer públicamente que los usuarios de drogas tienen derechos y ha declarado en distintas ocasiones que el uso de drogas ‘debe ser estigmatizado’, con lo que cualquier perspectiva de cambio cualitativo no puede ser considerada realista en los próximos años”.

 

Además de que la resistencia a cumplir con las sentencias de la Suprema Corte en materia de cannabis apunta a la continuidad de políticas represivas hacia las y los usuarios, así como a la profundización de medidas probadamente fallidas y contraproducentes para toda la sociedad, no sólo para las personas usuarias.

 

Finalmente, consideró que en América Latina igual que México es muy conservadora en materia de despenalización y que el ejemplo para la despenalización viene de los Estados Unidos, donde estado por estado ha ido revelándose para regular el uso de la cannabis.

miércoles, 1 de marzo de 2023

AVANZA LA IDEOLOGÍA DE GÉNERO

 

Ordenaron a una obra social a afiliar y cubrir el tratamiento de feminización de una mujer transgénero

 

Tomás Martino

 

Infobae, 1 de Marzo de 2023

 

La Cámara Federal de Resistencia le ordenó a la obra social Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN) que afilie a una mujer transgénero y le brinde así la cobertura médica integral respecto a su tratamiento de feminización. Lo dispuso en el marco de un amparo donde fijó la relevancia del derecho de la salud integral y evaluó a su vez el peligro en la demora de las operaciones pretendidas, en la medida en que la “Sra. ‘C.P’. padece discriminación relacionada con sus caracteres sexuales primarios y secundarios, que le dan una imagen exterior masculina, lo que le produce aislamiento, ansiedad, angustia, todos indicadores de fobia social”.

 

El caso se inició en el Juzgado Federal 1 de la ciudad de Formosa, donde una mujer trans de 26 años, oriunda de la ciudad de Ibarreta, interpuso un amparo contra UPCN con el fin de que “proceda a afiliarla y, en consecuencia, le otorgue la cobertura en prestaciones medicas asistenciales que por ley le corresponde como afiliada de dicha obra social”, relató el fallo al que tuvo acceso Infobae. En ese marco, solicitó también que “se autorice, otorgue, concrete y efectivice el suministro y entrega de autorización de mamoplastía -mastoplastia- de aumento con colocación de prótesis bilateral”.

 

Y es que, de acuerdo a los hechos relatados en la sentencia, la mujer estaba inscripta al monotributo social, cuyo régimen tributario “promueve la inserción de emprendedoras y emprendedores en situación de vulnerabilidad, que realizan una única actividad económica por cuenta propia y se encuentran fuera del mercado formal laboral o trabajando en relación de dependencia con ingresos brutos inferiores al haber previsional mínimo”. En tal situación, el Ministerio de Desarrollo Social le concedió a la actora un subsidio que consistía en el pago de los aportes de una obra social, y “al momento de inscribirse como monotributista social, la actora eligió -en diciembre de 2021- afiliarse a la Obra Social demandada”.

 

La obra social, pese a los reclamos de la mujer, nunca la afilió. “Así, en fecha 01/02/2022 intimó a (...) -UPCN- para que en el plazo de 24 horas hábiles (...) proceda a afiliarla y hacerle entrega del respecto carnet de afiliación, bajo apercibimiento de iniciar acciones legales. Al no contar con respuesta interpuso la presente acción de amparo y medida cautelar”. En dicha acción solicitó la cobertura médica integral de su tratamiento en base a su derecho de salud y alegó “peligro en la demora” con sustento en un informe médico de su cirujana plástica.

 

“Sufre discriminación y violencia desde temprana edad, debido a que sus caracteres sexuales natales correspondientes a los masculinos no coinciden con el género autopercibido femenino. La discriminación continua a la fecha por mantenerse evidentes los caracteres sexuales primarios y secundarios que le dan una imagen exterior masculina, ello le produce aislamiento, ansiedad, angustia, todos indicadores de fobia social”, describió su médica.

 

El 9 de marzo de 2022, el magistrado de primera instancia dio curso a la solicitud de la demandante y ordenó la afiliación y el tratamiento de la prótesis mamaria, “cubriendo los gastos de honorarios médicos, internación, uso de quirófano y cuanto otro sea necesario para la realización de la intervención quirúrgica, todo ello con cobertura al 100% a cargo de la obra social”. Sin embargo la demandada, al momento de apelar, alegó que “la cobertura ordenada no obedece a un tema de salud urgente, sino a una mera cuestión estética, resultando evidente la ausencia de peligro en la demora”.

 

En ese contexto, las juezas de Cámara María Delfina Denogens y Patricia Beatriz García al momento de resolver evaluaron dicho peligro en como uno de los requisitos para habilitar el tratamiento del amparo iniciado, y en ese sentido enfatizaron que el informe de la cirujana plástica “se prescribió como de suma importancia y urgencia la realización de los tratamientos cuya cobertura fuera solicitada en el amparo promovido, con el fin de avanzar en su transformación física y psíquica hacia el ‘ser mujer’, entendiendo que los mismos repercutirán en la paciente positivamente, logrando mayor pertenencia respecto de su identidad de género”.

 

“La protección cautelar del derecho a la salud debe otorgarse con amplitud, precisamente para evitar los daños o su agravamiento”, afirmaron. “En tales términos, la incorporación a nuestra Constitución no limita la protección del derecho a la salud a la abstención de actos que puedan producir un daño, sino que exige prestaciones de dar y hacer que encierran en definitiva la provisión de terapias y medicamentos”, añadieron las juezas.

 

Por otra parte, consideraron acreditado el derecho de la actora de ser afiliada ante la obra social a causa de los comprobantes de pago presentados al expediente, y luego citaron a la Ley de Identidad de Género -26.743- en alusión al “derecho de toda persona a fin de garantizar el goce de su salud integral, acceder a intervenciones quirúrgicas totales y parciales y/o tratamientos integrales hormonales para adecuar su cuerpo, incluida su genitalidad”.

 

En ese sentido dieron cuenta de que la cirugía solicitada por la mujer en la causa “se halla expresamente contemplada dentro de las coberturas del Plan Médico Obligatorio” y añadieron que dicha intervención médica “no puede ser analizada como una cuestión meramente ‘estética’”. Bajo tales parámetros, consideraron que los requisitos para tratar la acción estaban fundados y, de ese modo, resolvieron “rechazar el recurso de apelación incoado en fecha 05/04/2022″ y “confirmar la medida cautelar decretada” por el juez formoseño de primera instancia.

DESPENALIZACIÓN DE LA DROGA

 


Mario Meneghini

 

En un reciente artículo (1), se describe la violencia criminal que azota a Rosario, donde se está cometiendo un asesinato cada 19 horas, producidos por el narcotráfico. El autor acota que la guerra a las drogas no está danto resultado, y cita al nuevo presidente de Colombia, Gustavo Petro, que se ha propuesto desechar el prohibicionismo, y no encarar el flagelo de las drogas como una guerra, sino como una enfermedad. Menciona la opinión del académico argentino, Juan Tokatlian que postula "una legalización plena de las drogas, de todas, así como de su cadena de producción".


Procuraremos hacer un análisis objetivo y documentado sobre la despenalización del consumo de drogas, que, para quienes la postulan en la Argentina, se basa en el Art. l9 de la Constitución Nacional: “Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados”.


La propia Corte Suprema de la Nación, en los casos Bazterrica y Capalbo, resueltos en 1986, convalidó este criterio, con el argumento de que “el Estado no debe imponer ideales de vida a los individuos, sino ofrecerles libertad para que ellos los elijan...”.


Pero, la misma Corte, en el caso Montalvo (11-12-1990), modificó la jurisprudencia confirmando la incriminación legal de la mera tenencia de drogas para consumo personal. Se consideró que entre las acciones que ofenden el orden y la moral pública se encuentra la tenencia de estupefacientes, porque tratándose de una figura de peligro abstracto, está incluida la trascendencia a terceros, porque “el efecto contagioso de la drogadicción y la tendencia a contagiar de los drogadictos son un hecho público y notorio o sea un elemento de la verdad jurídica objetiva que los jueces no pueden ignorar”.


Por ello, esta acción tiene los efectos aludidos en el Art. l9, “de estar sujeto a la autoridad de los magistrados y, por lo tanto, se subordina a las formas de control social que el Estado, como agente insustituible del bien común, pueda emplear lícita y discrecionalmente” (Fallos CSJ, 3l3-l333).


Lamentablemente, el 25-8-09, en el fallo Arriola, la Corte retomó la argumentación de 1986, despenalizando el consumo de marihuana; esto ha sentado un precedente que ha sido utilizado por quienes promueven el consumo.  El propio director de la revista THC (abreviatura de tetrahidrocannabinol) dedicada a la difusión pública de la marihuana –se vende libremente en los quioscos- fue denunciado por tener en la terraza de su edificio, más de 20 plantas de cannabis sativa. Circunstancia que aprovechó el señor Sebastián Basalo para realizar una demanda de inconstitucionalidad de la penalización de la siembra de semillas, basado, por extensión, en los fundamentos del fallo Arriola. El Juez Federal, Sergio Torres, declaró la inconstitucionalidad del anteúltimo párrafo del Art. 5º de la ley 23.737, por entender que el cultivo de cannabis sativa para uso o consumo personal no lesiona el bien jurídico “salud pública”, ni perjudica a terceros y por lo tanto su penalización contraviene los derechos y garantías establecidos en la Carta Magna de la Nación (THC, Nº 62, junio 2013, pp. 32 y 33).


El Fiscal de la causa alegó que el bien jurídico protegido por la ley 23.737 es la salud pública, afectada no sólo en la salud individual; sino que su protección tiene en miras las alteraciones de las condiciones de ciudadanía. Dentro de tales circunstancias se incluyen las alteraciones que producen los estupefacientes. El límite de actuación del derecho penal está dado, en casos como éste, no en el hecho concreto de su trascendencia a terceros de la esfera personal, sino por la relevante posibilidad de que ello ocurra.


Pero la suerte estaba echada, puesto que la defensa sostuvo que, si el Estado permite el consumo de marihuana en función del respeto por la libertad individual, el principio de autodeterminación y el derecho a la intimidad, no puede prohibir el autocultivo (THC, ídem).


En la misma revista citada, personajes importantes aportan reflexiones teóricas; por caso, el ex ministro de la Corte Suprema, Dr. Raúl Zaffaroni: “El artículo 19 de la Constitución es lo que más tenemos que defender; tanto por el tema drogas como por la autonomía corporal y de la conciencia. Le está diciendo a los legisladores: no se metan con el pecado, sólo pueden castigar el delito”. “Creo que, si no hubiese prohibición, habría menos muertes. ¿Cuánta menos gente moriría si hubiese control de calidad sobre la cocaína? El tema es cómo legalizar sin que sea una catástrofe. Pero hay que debatirlo porque es demasiado obvia la irracionalidad de la prohibición” (THC, p. 30)


El argumento que convence a muchos, es que, distinguiendo legalmente entre el consumidor y el proveedor, se lograría vencer al narcotráfico que lucra con la adicción a estas sustancias.  Las esperanzas en consecuencias positivas de la legalización son ilusorias; la experiencia simple del juego legalizado que no ha eliminado el juego clandestino, debería bastar para comprender que actividades como el consumo de drogas seguiría vinculado al crimen organizado, que no cederá voluntariamente un negocio tan lucrativo.


En realidad, el narcotráfico, que no es una actividad criminal común, moviliza tantos intereses -500.000 millones de dólares anuales: la cuarta parte de las exportaciones mundiales- que los criminales se ven obligados a participar en política, y parte de la política se involucra con el crimen organizado. El tráfico ilícito viola leyes nacionales y convenciones internacionales, pero, además, involucra otras actividades delictivas como extorsión, conspiración, soborno y corrupción de funcionarios públicos, evasión fiscal, violaciones de las leyes de importación y exportación, actos violentos y alianza con el terrorismo. El narcotráfico implica una amenaza:


a) global, pues constituye un problema mundial;

b) integral, pues abarca todos los componentes de la vida social; y

c) permanente, pues todo indica que se mantendrá en el largo plazo.


Debe destacarse, como lo muestra la experiencia mundial, que no bastan los medios que pueden utilizar las fuerzas de seguridad para este tipo de guerra. Por el contrario, es necesaria una estrategia de defensa nacional, que incluya todos los recursos del Estado.


- Por cierto, que las Fuerzas Armadas no pueden encargarse de realizar todas las actividades que exige una estrategia integral. El Estado debe distribuir las tareas necesarias entre las diferentes áreas. A las FFAA les corresponde el combate, para el que están preparadas.


- Cuando se señala que algunos países -México y Colombia, por ejemplo- no han podido erradicar el flagelo del narcotráfico, pese a emplear sus fuerzas militares, no se agrega una estimación seria, sobre lo que hubiera sucedido de no utilizarlas.


- En muchos países que no emplean sus FFAA en esta guerra, las bandas lo mismo utilizan aviones, naves y hasta submarinos, además de armamento sofisticado, que superan la capacidad logística de las fuerzas policiales.


- La corrupción de funcionarios públicos -jueces, policías, etc.- ya se verifica en la actualidad, aunque no intervengan las FFAA, por ejemplo, en la Argentina.


- Sostenemos que únicamente las FFAA disponen del entrenamiento y equipamiento necesarios para enfrentar a bandas organizadas, con vinculaciones internacionales, y apoyo de dirigentes políticos.


Para neutralizar el carácter encubierto del tráfico de drogas y la logística de que dispone, se hace indispensable la coordinación y cooperación internacionales. En la actualidad, la dirección de la guerra contra este flagelo está a cargo de las Naciones Unidas.


Pese a todas las presiones e intereses en juego, el organismo internacional mantiene un criterio firme en la materia. En diciembre de 2000 la ONU celebró la Convención contra la criminalidad organizada, en la ciudad de Palermo, elegida como símbolo de la lucha contra la mafia. En esa ocasión, los delegados de 121 Estados firmaron el primer tratado políticamente vinculante para enfrentar el crimen organizado, con la finalidad de armonizar la legislación de todos los países.


El Papa Juan Pablo II, resumió en una frase -pronunciada en la propia Colombia-, lo que implica el narcotráfico: “El tráfico de drogas es hoy lo que era el comercio de esclavos en el siglo XVII. Los tratantes de esclavos impedían a sus víctimas el ejercicio de la libertad. Los narcotraficantes conducen a las suyas a la destrucción misma de la personalidad” (10-7-86).


Esta reflexión nos lleva a abordar otra cuestión: lo negativo en sí de la drogadicción. Aún, suponiendo, que pudiera ser erradicado el tráfico ilegal, ello no evitaría que continúe existiendo el problema más grave, que es la utilización misma de la droga.


Recordemos el concepto de droga: toda sustancia natural o sintética con capacidad de generar un efecto sobre el sistema nervioso central; generar una dependencia física o psíquica; y constituir un peligro sanitario y social. No puede negarse que el adicto es un enfermo, pero debe destacarse que la drogadicción también es un vicio- hábito negativo- y para los creyentes, un pecado; así lo establece el Catecismo de la Iglesia Católica (nº 2291).


Legalizar el consumo de drogas, sosteniendo que cada persona tiene derecho a decidir sobre su propia vida, implica ignorar que el adicto -palabra que proviene de “esclavo”- “no es consciente de sus actitudes autodestructivas y carece de la capacidad de actuar por el libre albedrío. Todo lo contrario, está enajenado y hasta que no se lo desintoxique no podremos contar con una parte suya capaz de colaborar con nosotros en su propio tratamiento.” “La drogadicción es un fenómeno humano contra natura” (2).


No puede descuidarse el hecho de que, además de las drogas ilícitas, se consumen distintos tipos de sustancias de venta libre o de fácil acceso. También es común la mezcla de alcohol con medicamentos, como el Viagra, que puede producir consecuencias graves en quienes la consumen (La Nación, 21-10-13).


Un experto en el tema, el Dr. Juan Alberto Yaría, que fue posiblemente el mejor funcionario dedicado a la prevención de este flagelo, expresa con firmeza:

 “Entramos ya de lleno en la existencia tóxica como propuesta social. Dentro de este contexto de banalización de los conflictos humanos la droga es un objeto de consumo más. En la ética mercantilista, que descalifica cualquier marco objetivo de valores, la droga si es demandada debe ser ofrecida” (3).


El mismo experto rebate el argumento habitual de que el porcentaje de muerte por las drogas, es menor al que produce el consumo de alcohol y tabaco. Por lo tanto, la legalización no aumentaría la tasa actual. Lo que se omite reconocer “es que las tasas de muerte por el alcohol y el tabaco son elevadas debido a que estas sustancias se pueden conseguir con facilidad y son ampliamente consumidas”. “Hay considerables pruebas para sugerir que la legalización de las drogas crearía problemas de comportamiento y de salud pública en un nivel que por mucho superaría las actuales consecuencias de la prohibición de las drogas (4).


Es importante señalar, para concluir, que en la Cumbre de las Naciones Unidas sobre las Drogas (8/10-6-1998), los 185 países representados acordaron, entre otras cosas, rechazar cualquier sugerencia de legalización de drogas duras o blandas, y sobre la necesidad de definir una estrategia común de combate que respete las soberanías y los derechos humanos.

 

 Anexo

Cualquier proyecto legislativo de despenalización, debería tener resueltas todas las dudas que surgen del cuestionario siguiente, cuya lectura basta para comprender lo absurdo de una propuesta legalizadora:

 

l. ¿Qué narcóticos y drogas psicotrópicas deberían legalizarse?

2. ¿Deberían los narcóticos y las drogas psicotrópicas ponerse a disposición de cualquiera que quisiera probarlas? ¿Incluso los niños?

3. ¿Se pondría a disposición de los consumidores habituales o adictos un suministro ilimitado? ¿O tendrían que pagar el precio de mercado? ¿Podrían aquellos que sufren una fuerte dependencia o son adictos trabajar o incluso desempeñar un empleo?

4. ¿Qué pasaría con los pilotos de aerolíneas, cirujanos, policías, bomberos, personal militar, maquinistas de ferrocarril, conductores de ómnibus, camioneros, maestros, etcétera?

5. ¿Quién suministraría las drogas? ¿Empresas privadas o el gobierno? ¿Se las proveería al costo, o con un margen de utilidad? ¿Estarían sujetas a impuestos?

6. ¿Donde podrían obtenerse las drogas? ¿En farmacias, clínicas, supermercados?

7. ¿Afectaría la legalización las primas de los seguros de vida, y las cuotas de las obras sociales?

 

(Cfr. Inciardi, James. “La guerra contra las drogas”; GEL, 1993, pp. 237/239)

----------------------------------------


Referencias:

1) Rodrigo Lloret. "Rosario sangra, Colombia cambia"; Perfil, 26-2-2023.

2) Kalina, Eduardo. “Temas de drogadicción”; Nueva Visión, 1987, p. 100.

(3) Yaría, Juan Alberto. “La existencia tóxica”; Lumen, 1993, p. IV.

(4) Idem.

******


 

 

LIMITACIONES Y FRACASOS

 

 de las renovables sesgadas en Europa y Uruguay

           

Carlos Andrés Ortiz

 

Informador Público, Mar 1 de 2023

 

Expertos en comunicación subliminal y otros artilugios para perpetrar engaños mediáticos, los voceros y propagandistas de las excluyentemente sesgadas energías eólica y solar, tapan con montañas de comentarios rebuscadamente favorables, las evidentes limitaciones y fracasos (que deberían ser estruendosos por sus consecuencias), que muestran las realidades energéticas de Europa y del vecino Uruguay.

 

Aclaremos, una vez más, que las eólicas y solares son “renovables sesgadas”, pues por amañadas leyes argentinas, se excluyeron del “concepto legal” de energías renovables y sus consecuentes beneficios, a todas las hidroeléctricas de más de 60 MW, lo cual es una aberración técnica y por ende jurídica. Así son las muy fuertes presiones del muy ramificado ultra ecologismo cavernario, nada inocente, por cierto.

 

Yendo al meollo del tema, la Unión Europea (en particular Alemania, España, y en menores medidas otros), son considerados “grandes ejemplos mundiales” en la promoción e instalaciones masivas de solares y eólicas; y en nuestra Sudamérica, Uruguay fue citado como “el gran ejemplo a seguir” por el fuerte sesgo eólico de su matriz eléctrica.

 

Múltiples conceptos muy favorables, y supuestamente expresados por “expertos”, fueron citados repetidamente por la “prensa especializada” (medios electrónicos de posturas abiertamente pro “renovables sesgadas”), y citados por diversos medios y muchos periodistas, no expertos en energía, precisamente.

 

Debe enfatizarse que eólicas y solares, son energías caras, con muchos costos ambientales encubiertos (tapados tras montañas de palabrerías huecas o distorsionadas), y por sus insalvables intermitencias -se “prenden y apagan” y tienen bruscas alteraciones del voltaje- son solamente Energías Complementarias, siendo totalmente inútiles para operar como Energías de Base.

 

Repitamos, una vez más, que las tres tecnologías de generación eléctrica aptas para operar como Energías de Base, son:

 

Termoeléctricas, que queman carbón, petróleo, gas, o biocombustibles.

Hidroeléctricas.

Nucleares.

 

Europa, sobre todo la parte Occidental, hace décadas tiene construidas todas las hidroeléctricas posibles en sus cursos de agua, por lo que esa tecnología se descarta para ampliaciones de nuevas generadoras eléctricas.

 

La alternativa nuclear es posible, produciendo energía de calidad y costos competitivos, pero salvo Francia (que no abandona su plan de ampliación de su parque de generación nuclear), en otros países se desató una especie de histeria anti nuclear, en particular en Alemania y España, en los que los respectivos partidos “verdes” y muy activas ONGs “ecologistas”, expertas en terrorismo comunicacional ambiental, instalaron el falso mensaje de supuesto reemplazo de la generación nuclear, por las “energías verdes” eólica y solar, lo cual es una falacia total, pues la Energía Complementaria no puede reemplazar a la Energía de Base.

 

Pese a las cuantiosas inversiones en eólicas y solares, Europa debió apelar a la “demonizada” energía termoeléctrica, consumiendo mucho más petróleo y gas, e inclusive el denostado carbón, para reemplazar a la cancelada energía nuclear.

 

La contundente realidad, demostrativa de las insalvables limitaciones de las muy promocionadas (y costosas) energías eólica y solar, no impide que los muy fuertes intereses económicos y geopolíticos que las promocionan, insistan en mostrarlas como “grandes soluciones”.

 

Hoy Europa soporta serias limitaciones e incrementos de costos de la energía, que quitan competitividad a su economía, exacerbado todo por las tensiones geopolíticas de la guerra entre Rusia y la OTAN en suelo de Ucrania, con dolorosas consecuencias sobre todo para el pueblo ucraniano. Y como es lógico, las eólicas y solares no pueden reemplazar al petróleo y el gas, que ahora los europeos lo pagan mucho más caro.

 

Nuestro vecino Uruguay, careciente de hidrocarburos y sin potencial hidroeléctrico por adicionar, se volcó a la energía eólica, promocionada como supuesta “gran solución”… pero la realidad es otra, muy diferente.

 

El cuadro de pobreza energética, en función de los altos precios de la electricidad, como posible consecuencia de la nada barata energía eólica, seguramente es uno de los factores que empujan a la emigración, con la cual la población uruguaya mostraría un estancamiento prolongado.

 

Pero pese a las masivas inversiones en energía eólica, actualmente Uruguay pasó a depender de las compras de electricidad a Argentina y Brasil, con las que cubre la mitad del consumo de su mercado interno.

 

Esas gruesas evidencias, que demuestran las serias limitaciones de las “renovables sesgadas” eólicas y solares, son dejadas de lado por los muy poderosos intereses creados, que las promocionan hasta el paroxismo, todo eso con los fuertes y constantes apoyos de las agendas internacionales, como el Acuerdo de Paris y la agenda ambiental 2030 de la ONU, dudosamente “inocentes”, que más bien parecen sutiles imposiciones para dejar de lado toda aspiración al desarrollo socio económico y aceptar la miseria crónica, todo en nombre del ultra ambientalismo como poderosa excusa pretendidamente insoslayable.

 

Y un cuadro de pobreza energética, con el nefasto combo de energía eléctrica muy cara y de muy baja calidad, será el poderoso contexto que, si no nos rebelamos, nos anclará en la miseria y subdesarrollo crónicos.

 

Para evitarlo, es esencial volcarnos decididamente a desarrollar nuestro desaprovechado vasto potencial hidroeléctrico y nuestras capacidades para ampliar fuertemente nuestro parque de energía nuclear.

 

MGTR. Carlos Andrés Ortiz

 

Analista de Temas Económicos y Geopolíticos

 

http://caoenergia.blogspot.com/