Por José Antonio
Riesco
Instituto de Teoría
del Estado
La oratoria tiene un
lugar significativo en la historia. Desde Demóstenes, Cicerón y más adelante el
español Emilio Castelar. Nosotros tuvimos, admirables, a Nicolás Avellaneda,
José Manuel Estrada, Belisario Roldán, Alfredo Palacios, Manuel Villada
Achával, Raúl Bustos Fierro y otros. Pero no olvidar que detrás de cada
perorata de esos próceres había una notable formación cultural. En esos tiempos
nunca fue cuestión hacer de la palabra el arte del macaneo.
De pronto, la Sra. Presidente de
la Nación se
puso en carrera y, merced al uso monopólico de la cadena oficial de radio y
televisión, viene ocupando las hondas electrónicas y la atención de una
cuestionada audiencia. Casi parece un líder del radicalismo, habla todos los
días y no es cuestión de tomarla a la ligera. Es la titular del Poder Ejecutivo
y madre creativa del Modelo.
En uno de sus últimos
discursos arremetió contra Papá Noel, acusando al culto pertinente de
“americanización”, o sea algo que llega de América del Norte. En algunos
corrillos se espera un decreto de necesidad y urgencia prohibiendo ese mal
hábito. Acaso con olvido de que tal costumbre para nada ha impedido que el 24
de diciembre se iluminen el Pesebre con la Virgen y el Niño, también el Arbol de Navidad,
mientras muchos creyentes asisten a la
Misa del Gallo. Tampoco que en vísperas del 6 de enero los
niños dejen los zapatos o las alpargatas en un lugar adecuado para cuando
lleguen los Reyes Magos.
En esa actitud anti
“americana” la presidente dejó de lado que en sus recientes arremetidas contra
Clarín estuvo, raudo, el planteo ante la Corte Suprema de
Justicia de un “per saltum” y que el
Alto Tribunal rechazó por “inadmisible”. Vale tener presente que si cuando la Sra. Presidente
cursaba la carrera de derecho para ser una “abogada exitosa” no hubiese faltado
a las clases sobre Derecho Procesal Constitucional, seguramente hoy recordaría
que se trata de un instituto muy elaborado en los ámbitos de la alta judicatura
norteamericana. Y que, desde hace años, el art. 280 del Código de
Procedimientos Civil y Comercial de la Nación tiene prevista la facultad selectiva, por
parte de la Corte Suprema ,
de las causas que llegan a su nivel y debe resolver.
Nos referimos por
último --para no abusar-- a la demanda de “la democratización en el
control de la Justicia ”
que acaba de lanzar, discurso por medio, la Sra. Presidente.
Aunque se refirió al escándalo provocado por la sentencia absolutoria a favor
de 13 acusados de trata de blanca y homicidio ocurrido en Tucumán, donde impera
un gobierno muy ligado al Modelo y a su conducción nacional, el tiro por
elevación parece que fue también para otro lado.
La batalla contra el
Grupo Clarín impuso a la
Presidente reclamar que la Justicia debe “respetar
la voluntad popular”, y de la cual Ella a cada rato y a cada discurso, se
proclama la máxima expresión. De ahí que sea bueno recordarle (otra falla de su
formación jurídica) que existe, desde la Reforma Constitucional
de 1994, un Consejo de la
Magistratura (art. 114 CN) que integran, junto a abogados y
magistrados, varios legisladores de ambas Cámaras.
Este es, dentro de
una república-democrática (igual en otros países), el procedimiento
institucional para atender a los casos de mal desempeño y/o delitos (art, 53
CN) de los magistrados. Y, dicho con todo respeto, no estaría mal que la Presidente , además de
concentrarse a diario en la lectura de los libros y consejos del filósofo
Ernesto Laclau, dedicara algo a la lectura de la Constitución.