martes, 7 de abril de 2015

LA PROCURACIÓN PERSIGUIÓ A BLAQUIER SIN NINGUNA PRUEBA


Por Adrián Ventura

La Nación, 7-4-15

"A partir de un dato insignificante, el supuesto uso de unas camionetas del Ingenio Ledesma por la Gendarmería, y de conjeturas sin prueba alguna, la Procuración General pretendió construir una enorme acusación por delitos de lesa humanidad contra Carlos Pedro Blaquier. Hacer justicia a esos crímenes es un objetivo muy valioso y no merece que se lo bastardee", dice el abogado Jorge Valerga Aráoz.

Valerga Aráoz fue uno de los jueces de la Cámara Federal que, en 1985, condenó a las Juntas Militares. Ahora es abogado defensor de Blaquier, ex presidente del Ingenio Ledesma.

La causa contra el empresario había comenzado en 2011. Al año siguiente, el mismo día en que un juez lo iba a indagar, la Procuración nombró un fiscal ad hoc, sin los requisitos que establece la Constitución.

"Ahora, la Sala IV de la Cámara de Casación, por unanimidad, le puso un fuerte límite, porque resolvió que en el expediente no hay ni pruebas ni indicios de esa grave acusación y revocó los procesamientos y los embargos de sus bienes", afirma Valerga Aráoz.

-¿Cuál fue la acusación?

- Se acusó a Blaquier y a Lemos de que en la noche del golpe de Estado, en marzo de 1976, y entre el 20 y el 21 de julio de ese año, fuerzas de seguridad habrían usado camionetas de Ledesma para el traslado de personas secuestradas en Libertador General San Martín y Calilegua. Pero toda la prueba reunida demostró que Blaquier y Lemos no participaron de los hechos.

-¿Por qué las fuerzas de seguridad usaban esas camionetas?

-Las fuerzas de seguridad no usaban ni usaron nunca camionetas del ingenio. En 1966, diez años antes del golpe de Estado, el presidente Arturo Illia había ordenado, por un decreto aún vigente, que Ledesma, ubicada en una zona de frontera de Jujuy con Bolivia, le diera asistencia a la Gendarmería para reforzar la seguridad. Eso incluyó en ese momento la entrega de una camioneta y un automóvil, combustible y reparaciones de taller. Y en 1975 la empresa donó tres hospitales al Estado Nacional, con otras 13 camionetas que llevaban el logo de la empresa. Esa donación fue aceptada en junio de 1975 por decreto de Isabel Martínez de Perón. Si en 1976 se usó alguna de esas camionetas para trasladar a las personas detenidas Blaquier y Lemos no tuvieron nada que ver.

-¿Ése fue el eje de la acusación?

-Sí. Sobre esa base, la Procuración pretendió endilgarles complicidad en los secuestros basada en que se habrían usado esas camionetas para trasladar a los detenidos. Pero ellos fueron completamente ajenos. Por eso, la Casación criticó en duros términos las sentencias por las que se dictaron los procesamientos y señaló que tanto la imputación del fiscal como los fallos recurridos se apoyaron sólo en suposiciones sin pruebas concretas.

-¿Los trabajadores secuestrados eran sindicalistas?

-No, ninguna de las víctimas era sindicalista y sólo nueve eran trabajadores de Ledesma, que en esos años empleaba cerca de 12.000 personas. Incluso, de las constancias del expediente surge que la empresa dialogaba y contemplaba los reclamos laborales. Y, además, las mismas víctimas reconocieron que fueron sometidas a interrogatorios que no se relacionaban con Ledesma, sino con los supuestos vínculos que habrían tenido con sucesos ocurridos en Tucumán.

-Para la Casación, ¿el fiscal fue nombrado de modo irregular?

-Cuando la Procuración colocó en la Fiscalía al abogado que patrocinaba a varios querellantes -que había sido contratado para perseguir a Blaquier-, se sabía que iba a ser absolutamente parcial. Y la Casación lo reconoció.

-Sin embargo, no anuló toda la actuación del fiscal.

-Así es. Y, por eso, interpondremos un recurso ante la Corte. Creemos que si la Justicia ya reconoció que su designación fue ilegal, también debería decretar la nulidad de todo lo que hizo. El ex juez Richard Goldstone, quien integró la Corte Suprema de la Sudáfrica de Mandela y también fue fiscal de la Corte Penal Internacional para los crímenes de la ex Yugoslavia y de Ruanda, se presentó en la causa y nos respaldó.

-¿La sentencia de Casación cerró la causa o seguirá abierta?


- La Casación fue muy clara en señalar que no alcanza con sostener que un imputado es una persona influyente y poderosa ni que los hechos hayan ocurrido. Además, dejó en claro que se debe probar que también obró el dolo o intencionalidad de cometer un delito. Creemos que el juez de instrucción en un plazo acotado dictará el cierre definitivo de la causa.