(Criminalidad de la “ley”)
Por Héctor H. Hernández[1]
Se
supone que las vacunas y remedios sanan o previenen y que, si matan o contagian
o empeoran o no pasa nada, no sirven y hay que quemarlos.
El derecho
Un razonamiento
semejante se hace en Derecho cuando se habla de la inconstitucionalidad por falta
de razonabilidad; que los medios establecidos por las leyes sean
idóneos al fin propuesto (suponiendo el fin recto). El jurista Juan Francisco
Linares, clásico estudioso del tema entre nosotros, da un ejemplo que repite Carlos
Cossio. Si una ley dispone la clausura de los teatros por una epidemia de paludismo, es inconstitucional
porque esta enfermedad no se contagia con aglomeraciones; el medio dañoso (cerrar
locales) no conduce al fin (evitar el contagio). No vale. En cambio, es válido cerrarlos
para evitar el cólera, que sí
se contagiaría de ese modo. Válida.
Una no medicina
que no cura una no enfermedad
La
aceptación universal de esta tesis muestra que es un dogma jurídico que las
leyes no pueden disponer cualquier cosa, aunque sean sancionadas por el
poderoso o por la mayoría poderosa.
Siendo
que el embarazo no es de ninguna manera una enfermedad; y que no hay indicación
médica que mande matar al hijo, el medio no sirve para ningún fin confesable. Esta
doctrina se aplica a la norma que nuestro gobierno socialista propicia para
matar argentinitos. Nulidad. Se habla también técnicamente de
“inconstitucionalidad por violación de la defensa en juicio substancial”.
Daño seguro
En el aborto
seguro, es claro que es seguro que muere uno seguro, el pibe aniquilado seguro con
total seguridad. Pero si “sale mal”, como dice perogrullando Roberto
Castellano, la cifra se suele duplicar y mueren dos. Esto es inhumano y
actualmente, sin la ley y contra la ley, sobre datos oficiales se calcula que
mueren al año 123.107 argentinitos invocando el criminal fallo conocido como
FAL y los ilegales Protocolos ILE, que son recontrailegales. Mejor es no matar;
me corrijo, nunca se puede matar a un inocente.
Y encima la
novedad de una enfermedad nueva
Pero he aquí
que en muchos de estos casos no sólo se produce un mal o dos y no sólo no se
gana nada, sino que encima se producen nuevas desgracias.
En
el citado fallo FAL el Comité de Ética y el Jefe de Tocoginecología del
Hospital de Rawson dictaminaron que era más seguro parir que abortar y más
riesgoso abortar que parir; pero los jueces criminales mataron igual, y antes
de que hubiera sentencia firme. Una investigación en el Estado de California
concluyó que las mujeres que abortaron tenían el doble de posibilidades de
morir en el acto, respecto de las que parieron. En Finlandia se estudió la
proporción de suicidios entre mujeres que mataron a su hijo y mujeres que
parieron, registrándose 34 en las primeras y 5 en las segundas. Más graves son las
consecuencias cuando abortan con píldoras, porque alcanzaron a ver a su hijo en
sangre.
Incluso
la tristemente célebre IPPF, Planned
Parenthood Federation of America, no sólo reconocía que abortar es matar un
niño (“abortion is kill the life of a baby”),
sino que es “peligroso para tu vida y tu salud”, y que “te puede hacer estéril”.
(Agente de IPPF en Argentina es la Fundación Huésped, presidida por el Dr.
Pedro Cahn, funcionario del actual gobierno socialista ateo, y las senadoras
Elías de Pérez, Olga Brizuela y Gloria de Daca
probaron en 2018 en Senadores que él y otros disertantes abortistas se
vinculan a ella).
Un
crimen con enfermedad propia
Es
algo ya estudiado y sus síntomas clasificados: síndrome post-aborto. “Trastorno
por estrés postraumático ante el impacto y percepción de reacciones físicas y
emocionales debidas al trauma del aborto”. Sacerdotes católicos refieren que
quienes abortaron suelen confesar una y mil veces la falta, creyendo que Dios
no las perdona, y hasta hay un tratamiento religioso (“pastoral”) del tema.
(Cfr. Jorge María Randle, Ante corazones
rotos. Una propuesta pastoral para la sanación post-aborto, Katejon, 2019).
Ante una mujer embarazada se recuerda el hijo que no está; hay depresión,
ansiedad, pesadillas, dolor abdominal en el aniversario, abuso de drogas y
alcohol e intentos de suicidio. Se vive
lo que sucedió como lo que es: la pérdida, por propia decisión, de un ser
humano con el cual se han creado ya vínculos afectivos.
Aunque
nunca se puede asesinar o autorizar el asesinato de un inocente; aunque se
admita el absurdo moral de que el fin justifique los medios, se ve que aquí no
hay ninguna racionalidad.
El Derecho no ampara, por falta de
razonabilidad constitucional, una norma que tiende a producir el problema del
hijo que se sacó del útero pero que no se pudo sacar de la cabeza y del corazón
de la mujer. Porque como dijo el prócer Jéròme Lejeune, “un niño pesa más en la
conciencia que en los brazos”.
[1] Autor de los libros Salvar vidas
con el derecho penal (Testimonio de un Defensor) (Círculo Rojo, Buenos
Aires, 2018); “No matar…” El fallo FAL y
el Exterminio; y Gesta de Dios por los argentinos (Preguntas y respuestas sobre
el homicidio prenatal desatado) (los dos últimos Escipion, Mendoza, 2020).
En ambos libros se justifican las tesis aquí defendidas.