miércoles, 12 de junio de 2024

POLÍTICA ECONÓMICA


y bien común

 

POR GERMÁN MASSERDOTTI

 

La Prensa, 11.06.2024

 

La Facultad de Derecho de la UCA organiza, con el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES), el curso ‘Política económica y bien común’. Hoy expondrá el profesor Daniel Passaniti sobre “Política económica y bien común, una visión superadora de las ideologías’, el martes 18 el profesor Luciano Di Gresia sobre ‘La puja fiscal federal y el sistema previsional en Argentina’ y el martes 25 el profesor Patricio Bulgheroni sobre ‘Justicia social y redistribución del ingreso ¿son compatibles con una economía de mercado?’. La modalidad es virtual.

 

A continuación, el diálogo mantendino con Daniel Passaniti, director del curso:

 

-¿Cómo surge la idea de esta curso?

 

-El curso se encuadra en el Programa de Extensión y Compromiso Social de la Facultad de Derecho de la UCA. Lo dirijo como profesor de la Facultad. Se realiza desde hace unos años sobre temáticas políticas, sociales y económicas desde una cosmovisión cristiana mediante tres o cuatro conferencias virtuales tanto en el primero como en el segundo semestre del año.

 

-¿Por qué es necesario plantear una relación de la política económica con el bien común desde una visión que supera a las ideologías?

 

-El bien común, causa final del Estado, tiene su correlato en la economía. Para concretar las condiciones sociales en ese ámbito, el Estado tiene como herramienta la política económica. Sus objetivos son: 1) crecimiento económico; 2) estabilidad económica; 3) equilibrio del sector externo; 4) pleno empleo y 5) equidad social. Estos dos últimos objetivos son prioritarios por ser exigencias del bien común. Sólo a partir de una visión realista y de una correcta concepción del Estado puede superarse la utópica visión ideológica que, con sus matices, hace del Estado un aparato demoledor de las libertades económicas y de la iniciativa privada (asistencialismo) o prescinde del mismo haciendo del mercado un dogma y el principio rector de la actividad económica (liberalismo).

Vale recordar el lema de la Economía Social de Mercado que hizo resurgir a la Alemania de la posguerra: “Tanta libertad como sea posible y tanto Estado como sea necesario”. Aquí se hace presente la prudencia política del gobernante en materia social y económica preservando la libertad y la responsabilidad de los ciudadanos y de las organizaciones sociales intermedias (principios de Subsidiariedad y Solidaridad).

 

-Justicia social, para algunos, suena a mala palabra. ¿Cuál sería una recta concepción de la justicia social?

 

-La gestión de gobierno del presidente Milei adhiere conceptual y filosóficamente a las ideas anarco-capitalistas y libertarias de David Friedman, hijo de Milton Friedman (Escuela de Chicago). Friedman hijo proclama una sociedad sin gobierno, por cuanto éste es hacedor de actividades ilícitas como el cobro de impuestos, y que sólo la propiedad privada y el mercado libre hacen posible la libertad y que cada individuo controle su propia vida, en una sociedad interdependiente de la colaboración voluntaria. El Presidente también sigue el pensamiento de la Escuela Austríaca de Economía de Mercado. Por ejemplo, Friedrich von Hayek afirma: “(…) He llegado a considerar la justicia social nada más que como una fórmula vacía (…) La expresión justicia social por lo general se emplea hoy como sinónimo de lo que antes solía llamarse justicia distributiva”.

 

Hace falta precisar. La justicia distributiva refiere a la obligación del todo (Estado) para con las partes (ciudadanos). Su objeto propio es redistribuir la renta nacional en forma equitativa y proporcional teniendo en cuenta a los más necesitados.

La justicia legal refiere al ordenamiento de las partes (ciudadanos) respecto del todo (Estado), y en la que el Estado impone las cargas en orden al Bien Común con sustento en el criterio de proporcionalidad. Esta justicia supone la obligación moral de los ciudadanos de pagar impuestos y de contribuir en función de su patrimonio e ingresos con el Bien Común, pero también exige que el sistema tributario no sea confiscatorio.

La justicia social es un concepto más amplio y general que el de justicia legal y engloba las responsabilidades de los gobernantes y de los gobernados, es decir de todo el cuerpo social respecto de los más necesitados y más rezagados en la participación del bien común.

 

En síntesis, el Estado no es una organización criminal, el cobro de impuestos no es un robo y la justicia social no es una aberración ni la responsable del nivel de pobreza en Argentina. Se debe a otros motivos. Ojalá las actuales autoridades así lo entiendan, sean realistas y distingan con claridad –lejos de todo fundamentalismo y de toda ideología- lo que es de lo que debe ser. Esto les permitirá, como afirmó el Papa Francisco, ejercer el poder para la construcción de sociedades justas. Sólo así será legítima la autoridad que la mayoría del pueblo argentino les ha confiado.

 

- Una vez que acabe este curso, ¿está pensado continuarlo con algún otro de temática similar?

 

-Efectivamente, en el segundo semestre del año se realizarán nuevas charlas virtuales sobre temáticas que hacen a cuestiones sociales, políticas y económicas que nos ocupan y preocupan, por supuesto, siempre desde la cosmovisión realista y de la correcta antropología social que enseña la Doctrina Social de la Iglesia.