por José Antonio Riesco
Instituto de Teoría del Estado
(A propósito de una conferencia del Dr. Carlos Tale, en el Centro de Estudios Cívicos “Tomás Moro”; el nombrado es profesor de las Universidades : Nacional y Católica de Córdoba, autor de varias obras sobre temas de derecho y filosofía jurídica).
La indiferencia, o el apañamiento, ante el auge de la criminalidad parecen haberse convertido en un atributo del más alto nivel de la Judicatura en la Argentina. En fecha reciente la doctora Carmen Argibay (vocal de la Suprema Corte de Justicia) rechazó enfáticamente que la “seguridad” sea un problema urgente y grave : ”primero debemos ver que los hospitales funcionen bien, y en otra oportunidad nos ocuparemos de la seguridad”. Los ministros del Poder Ejecutivo tienen una opinión similar : los delincuentes en operaciones son trabajadores sin empleo, “víctimas de una sociedad injusta”. Sin aclarar, de paso, que a la sociedad la maneja el kirchnerismo desde hace más de un lustro y con plenos poderes.
Tales enfoques de la “alta política” oficial responden a una concepción del tema que se elabora y difunde con inocultable originalidad y peso, se viene extendiendo en parte de la magistratura, en numerosos legisladores y, para mayor daño, en las cátedras universitarias donde se forman los jóvenes que en un futuro no lejano ejercerán la profesión de abogados y muchos serán fiscales, asesores y jueces. Lo que se predica, con el liderazgo intelectual del Dr. Eugenio Raúl Zaffaroni (también miembro de la Suprema Corte y reconocido cofrade de Michell Foucault) es nada menos que la carencia de legitimidad del Estado para reprimir los delitos; a éste se le niega, pues, el “jus puniendi” (derecho a punir) y apenas si se le reconoce una cierta y precaria “potentia puniendi”, también ilegítima aunque rija provisoriamente. Es preciso –sostiene dicha filosofía de la impunidad-- eliminar el Derecho Penal y dejarle sólo la función de “acotar, contener y reducir” el llamado poder punitivo del Estado.
Sobre esta alarmante problemática --la destrucción del Estado desde el mismo Estado, para garantizar la impunidad de los criminales, ladrones y violadores-- versó la disertación de Carlos Tale, en el segundo coloquio de la Escuela de Dirigentes “Tomás Moro” que se realizó el 21 del cte. en Córdoba. Con notoria prolijidad en las citas y los argumentos, el profesor Tale reseñó las tesis principales de los “abolicionistas” :
a) quien delinque lo hace sin culpa, pues se ve llevado a la transgresión por circunstancias sociales que determinan fatalmente su conducta y por ello no merece la pena; b) el delito no existe, es un mero rótulo para designar hechos singulares muy distintos unos de otros; c) la potestad penal es un abuso; los policías, jueces y guardia cárceles han cometido peores crímenes y mucho mayor número de crímenes que los demás; cada uno de los fines propuestos para las penas (prevención, retributivo, pedagógico,.); d) conforme al Evangelio no se debe resistir el mal con al violencia; e) la cárcel es castigo excesivo, lesiona la dignidad de la persona humana: g) la pena es sufrimiento inútil; e) la punición estatal es una usurpación del poder, ya que “confisca” a la víctima su derecho a reclamar por su derecho individual afectado; f) el poder penal castiga sólo a las clases oprimidas. (La obra más destacada de Zaffaroni, citada por el disertante, entre otras, es el Manual de Derecho Penal, en coautoría con A. Alagia y A. Slokar, 2005 ).
Luego de refutar todas y cada una de las afirmaciones del “abolicionismo”, en la parte final de su exposición --y antes del debate que fue intenso y amplio-- el Dr. Tale se refirió al Anteproyecto de nuevo Código Penal Argentino, elaborado por una comisión designada por el Ministro de Justicia. Acorde al mismo con excepción de seis tipos delictivos que deben recibir penas; para todos los demás los jueces no están obligados a decidir su punición, pudiendo incluso quedar impunes a criterio del magistrado actuante. Entre estos : cualquier asalto o robo a mano armada, la reducción de una persona a servidumbre, las lesiones gravísimas causadas a la víctima de un secuestro, cualesquiera lesiones gravísimas, la sustracción de un menor de 10 años del poder de sus padres, la producción, preparación y venta de estupefacciones para consumo ajeno, el organizar o financiar la producción o venta de estupefacientes, la extorsión para obtener dinero o cosas mediante intimidación.
Con semejante filosofía de la impunidad se corresponde (como está a la vista en el país) el persistente rechazo del Gobierno a los reclamos por la inseguridad que viene saturando de tragedias a la población, sin distinción de clases y/o lugares. Así quedó en claro con las groserías que Luis D’Elía, vocero autorizado del oficialismo, lanzó sobre algunos líderes del espectáculo que se atrevieron a expresar el clamor de la sociedad al respecto.
Instituto de Teoría del Estado
(A propósito de una conferencia del Dr. Carlos Tale, en el Centro de Estudios Cívicos “Tomás Moro”; el nombrado es profesor de las Universidades : Nacional y Católica de Córdoba, autor de varias obras sobre temas de derecho y filosofía jurídica).
La indiferencia, o el apañamiento, ante el auge de la criminalidad parecen haberse convertido en un atributo del más alto nivel de la Judicatura en la Argentina. En fecha reciente la doctora Carmen Argibay (vocal de la Suprema Corte de Justicia) rechazó enfáticamente que la “seguridad” sea un problema urgente y grave : ”primero debemos ver que los hospitales funcionen bien, y en otra oportunidad nos ocuparemos de la seguridad”. Los ministros del Poder Ejecutivo tienen una opinión similar : los delincuentes en operaciones son trabajadores sin empleo, “víctimas de una sociedad injusta”. Sin aclarar, de paso, que a la sociedad la maneja el kirchnerismo desde hace más de un lustro y con plenos poderes.
Tales enfoques de la “alta política” oficial responden a una concepción del tema que se elabora y difunde con inocultable originalidad y peso, se viene extendiendo en parte de la magistratura, en numerosos legisladores y, para mayor daño, en las cátedras universitarias donde se forman los jóvenes que en un futuro no lejano ejercerán la profesión de abogados y muchos serán fiscales, asesores y jueces. Lo que se predica, con el liderazgo intelectual del Dr. Eugenio Raúl Zaffaroni (también miembro de la Suprema Corte y reconocido cofrade de Michell Foucault) es nada menos que la carencia de legitimidad del Estado para reprimir los delitos; a éste se le niega, pues, el “jus puniendi” (derecho a punir) y apenas si se le reconoce una cierta y precaria “potentia puniendi”, también ilegítima aunque rija provisoriamente. Es preciso –sostiene dicha filosofía de la impunidad-- eliminar el Derecho Penal y dejarle sólo la función de “acotar, contener y reducir” el llamado poder punitivo del Estado.
Sobre esta alarmante problemática --la destrucción del Estado desde el mismo Estado, para garantizar la impunidad de los criminales, ladrones y violadores-- versó la disertación de Carlos Tale, en el segundo coloquio de la Escuela de Dirigentes “Tomás Moro” que se realizó el 21 del cte. en Córdoba. Con notoria prolijidad en las citas y los argumentos, el profesor Tale reseñó las tesis principales de los “abolicionistas” :
a) quien delinque lo hace sin culpa, pues se ve llevado a la transgresión por circunstancias sociales que determinan fatalmente su conducta y por ello no merece la pena; b) el delito no existe, es un mero rótulo para designar hechos singulares muy distintos unos de otros; c) la potestad penal es un abuso; los policías, jueces y guardia cárceles han cometido peores crímenes y mucho mayor número de crímenes que los demás; cada uno de los fines propuestos para las penas (prevención, retributivo, pedagógico,.); d) conforme al Evangelio no se debe resistir el mal con al violencia; e) la cárcel es castigo excesivo, lesiona la dignidad de la persona humana: g) la pena es sufrimiento inútil; e) la punición estatal es una usurpación del poder, ya que “confisca” a la víctima su derecho a reclamar por su derecho individual afectado; f) el poder penal castiga sólo a las clases oprimidas. (La obra más destacada de Zaffaroni, citada por el disertante, entre otras, es el Manual de Derecho Penal, en coautoría con A. Alagia y A. Slokar, 2005 ).
Luego de refutar todas y cada una de las afirmaciones del “abolicionismo”, en la parte final de su exposición --y antes del debate que fue intenso y amplio-- el Dr. Tale se refirió al Anteproyecto de nuevo Código Penal Argentino, elaborado por una comisión designada por el Ministro de Justicia. Acorde al mismo con excepción de seis tipos delictivos que deben recibir penas; para todos los demás los jueces no están obligados a decidir su punición, pudiendo incluso quedar impunes a criterio del magistrado actuante. Entre estos : cualquier asalto o robo a mano armada, la reducción de una persona a servidumbre, las lesiones gravísimas causadas a la víctima de un secuestro, cualesquiera lesiones gravísimas, la sustracción de un menor de 10 años del poder de sus padres, la producción, preparación y venta de estupefacciones para consumo ajeno, el organizar o financiar la producción o venta de estupefacientes, la extorsión para obtener dinero o cosas mediante intimidación.
Con semejante filosofía de la impunidad se corresponde (como está a la vista en el país) el persistente rechazo del Gobierno a los reclamos por la inseguridad que viene saturando de tragedias a la población, sin distinción de clases y/o lugares. Así quedó en claro con las groserías que Luis D’Elía, vocero autorizado del oficialismo, lanzó sobre algunos líderes del espectáculo que se atrevieron a expresar el clamor de la sociedad al respecto.