viernes, 23 de julio de 2010

ENCUESTA

Para el 44%, debería ser despenalizado el aborto

El 44% de las 1200 personas consultadas para una encuesta de Ipsos-Mora y Araujo, realizada días atrás, consideró que el aborto debería ser legalizado. En tanto, el 25% se inclinó por la penalización en todos los casos de aborto y el 24% expresó que sólo debe habilitarse en ocasiones excepcionales.

El relevamiento, efectuado en la ciudad de Buenos Aires, el conurbano, Mar del Plata, Rosario, Córdoba, Mendoza, San Miguel de Tucumán y Neuquén, muestra un fuerte cambio de percepción sobre este tema de gran controversia social.

Por ejemplo, la encuesta compara las respuestas obtenidas en agosto de 1994, febrero de 2004 y en el actual relevamiento a la pregunta: ¿Usted considera que el aborto debiera estar penalizado en todos los casos o legalizado?

Mientras que en 1994 el 26% apoyaba la iniciativa de legalización, diez años después esa percepción se elevó al 32% y, ahora, al 44 por ciento. También a lo largo de los últimos 16 años, según la encuesta, se modificó el otro extremo: en 1994 el 13% opinaba que el aborto debería ser penalizado en todos los casos, en 2004, subió al 15% y, ahora, se ubica en el 25 por ciento. Es decir que, por un lado, creció la aceptación de esa práctica, pero también aumentó la cantidad de gente que la considera un delito, tal como dispone actualmente la ley.

El caso de excepcionalidad de un aborto también encierra algunas sorpresas a lo largo de estos años. La mitad de los encuestados (1200, vale recordar) opinó hace 16 años que debía "permitirse". En 2004, esa opción recibió el 51% de adhesión y, actualmente, sólo el 24% consideró que es aceptable. Esto puede explicarse porque muchas personas que antes admitían el aborto sólo para casos excepcionales, ahora creen que debería ser legalizado.

La mayor aceptación del aborto, de acuerdo con la encuesta, aparece en el segmento de jóvenes de entre los 18 y los 29 años, donde alcanza el 46 por ciento. Y la zona del país con mayor adhesión a la despenalización del aborto es el área metropolitana de Buenos Aires, donde el 49% de los consultados apoya la legalización. En el interior del país la balanza se inclina en favor de mantener la penalización de esta práctica: el 42% respondió que no acepta el aborto, mientras que el 30% lo acepta.

Según Santiago Rossi, director de Ipsos-Mora y Araujo, el estudio muestra la polarización de la sociedad ante el tema, lo que podría incrementarse si el Gobierno avanza hacia su legalización.



La Nación, 22-7-10

CROMAGNON

Actitud contraproducente

EL 30 de diciembre próximo se cumplirán seis años de la tragedia de Cromagnon, el incendio en que perecieron 194 personas cuya única intención era presenciar un recital de rock. Ríos de tinta han sido consumidos para informar, analizar y juzgar un episodio que colmó de pena a todo el país, pero cuya propia significación no admite el injustificado empeño de los deudos de esas víctimas en mantener cerrada al tránsito Bartolomé Mitre, la calle en la cual se encontraba ese local.

Cuando se produjo la catástrofe, los apesadumbrados familiares cortaron, a modo de homenaje y reclamo de justicia, aquella transitada arteria que, téngase en cuenta, enlaza el oeste de la ciudad con la zona céntrica. Una suerte de verja da sustento a fotografías, prendas de vestir y cartelones que se hacen eco de aquel luctuoso episodio.

Así y todo, la persistencia del improvisado monumento representa, mal que pese, una grave molestia para los medios de transporte y los vecinos de esa porción del barrio de Balvanera. Más de una veintena de líneas de colectivos deben hacer un rodeo de cinco o más cuadras para superar esa barrera y, lo peor, suman su presencia a la de las que circulan por Hipólito Yrigoyen: los atascamientos son, pues, monumentales durante casi todo el transcurso de los días laborables.

No parece ser cierto, tampoco, que los vecinos estén de acuerdo con la subsistencia del improvisado monumento. Este diario ha recogido numerosos testimonios que, aun interpretando y comprendiendo el pesar de los familiares de las víctimas de Cromagnon, preferirían que la calle fuese liberada y tornase a la normalidad que perdió hace casi seis años.

De hecho, el gobierno local ha ofrecido construir un monumento en ese lugar, con unificación del solado, las veredas y la plaza de la memoria ya existente. Pero los familiares continúan resistiéndose a que desaparezca un testimonio de la memoria cuya subsistencia es como una flecha clavada en el plexo de una justicia que, tal vez por morosidad o acaso por mera impotencia, acaba de dejar que fuesen cerradas cuatro causas conexas con la principal.

Los sufrimientos que han padecido y el dolor que nadie en este mundo alcanzará a consolar no los habilita ni los faculta para insistir en la comisión de una molestia que afecta al resto de la sociedad. En realidad, si los deudos de Cromagnon transigiesen con la apertura de Bartolomé Mitre y aceptasen el razonable homenaje que les ofrecen las autoridades locales, se redoblaría el reconocimiento que desde aquella infausta jornada se les ha venido tributando y, asimismo, estarían dando plausibles muestras de que en ellos laten los mismos sentimientos solidarios que algunos personajes todavía impunes les negaron a sus deudos.



La Nación, editorial, 20-7-10

NIEGAN DATOS

Un gobierno que teme ser investigado

La Sindicatura General de la Nación (Sigen) se negó a brindar a la Auditoría General de la Nación (AGN) más de 300 expedientes con la información necesaria para que este último organismo pueda cumplir su función de investigar a los organismos estatales.

Tal como reveló ayer LA NACION, la actitud de la Sigen creó una situación que, según integrantes de la comisión bicameral del Congreso de la que depende la AGN, podría terminar con una denuncia ante la Justicia si aquel organismo persiste en su intento de negar la información. "Estamos ante un hecho de mucha gravedad, que si no se soluciona en lo inmediato el Congreso cree que la Justicia debe intervenir", dijo el presidente de esa comisión, el diputado radical Heriberto Martínez Oddone.

La inadmisible actitud de la Sigen se inscribe en una larga y cada vez más creciente serie de hechos similares que procuran por todos los medios evitar que se investigue a un gobierno signado por una apabullante cantidad de hechos de corrupción.

Antes habían sido el Ministerio de Planificación, la AFIP, el Indec y el Banco Central los que se habían negado a brindar información. Se ha sumado ahora la Sigen, que ya en mayo último decidió retirar de su página de Internet la publicación de todos los informes de control del Poder Ejecutivo, lo que generó una ola de quejas de la oposición y de varias ONG que pidieron transparentar los mecanismos de control del Estado.

Al frente de la Sigen se encuentra Daniel Reposo, un funcionario que, además de ocultar información, no duda en recurrir a las trompadas. En efecto, en una reunión celebrada la semana última en Papel Prensa, Reposo y el secretario de Comercio, Guillermo Moreno, agredieron a golpes al abogado particular de Carlos Aguirre, jefe de finanzas de la papelera.

Entre otras misiones, la Sigen debe fiscalizar a las empresas en las que el Estado posee alguna participación accionaria, como Papel Prensa. Maneja, además, a los síndicos que se desempeñan en esas empresas.

Por lo tanto, la Sigen no sólo se ha convertido en defensora del secreto de la información que debería ser pública, sino que es, además, un organismo de presión y, llegado el caso, aplica la fuerza bruta en su sentido más literal.

Se trata de una aberración que resulta coherente en un gobierno que siempre ha manifestado un enorme temor ante la información, temor que seguramente se remonta a los años en los que Néstor Kirchner manejaba la provincia de Santa Cruz como su feudo.

Luego, junto con su esposa, ha pretendido trasladar al gobierno nacional el mismo esquema que ve al periodismo independiente como un enemigo de peligro, a la Justicia como una amenaza y a la información oficial como un secreto vergonzante que, de divulgarse, podría mostrar que la realidad nacional dista de parecerse a la que el matrimonio presidencial pretende pintar. Así, por ejemplo, han hostigado y desplazado del Indec a funcionarios y técnicos valiosos para poder -nuevamente, por medio de Moreno- tergiversar los índices de inflación y pobreza, alterando sus fórmulas de medición.

Paralelamente, han colonizado ciertos juzgados federales, como el de Norberto Oyarbide; han promovido con publicidad oficial una serie de medios de prensa en manos de empresarios amigos, y han desactivado, de hecho, los órganos de control, como la Sigen y la Oficina Anticorrupción.

En verdad, se trata de una tarea tan titánica como inútil, porque en pleno siglo XXI la información puede atesorarse con avaricia sólo durante un tiempo determinado. Más temprano que tarde, la información se cuela y, por encima de todo, es la realidad -principal enemigo de los Kirchner- la que vuelve por sus fueros y termina imponiéndose como siempre.



La Nación, editorial, 20-7-10

ESTAFA

La Anses denunció maniobras dentro de la Justicia
Hugo Alconada Mon


La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) inició a fines de noviembre pasado una investigación preliminar sobre la operatoria del Juzgado Nº 3 del fuero previsional, centrado en la actuación de sus dos secretarios y, de manera indirecta, de su magistrado subrogante, Alberto Ize, indicaron a LA NACION funcionarios de ese organismo oficial.

Las conclusiones de esa investigación llevaron a los responsables del área de Sumarios y Asuntos Penales de la Anses a radicar una denuncia penal en los tribunales de Comodoro Py para que se investigara una presunta estafa en perjuicio de las arcas públicas.

La denuncia se basó en "cinco casos bochornosos" tramitados en ese juzgado que dejarían a la luz una "maniobra intrajudicial", como la definió un funcionario de la Anses. Eso incluyó el libramiento de giros "en tiempos récords", es decir, el pago de algunas sentencias en uno o dos días en vez de las semanas o meses habituales.

Por su parte, el Tribunal de Disciplina del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal habilitó ayer la feria judicial para iniciar un sumario disciplinario a raíz de los hallazgos que publicó el domingo y ayer LA NACION. En particular, sobre el proceder de algunos abogados de la Anses y de la abogada Mónica Bibbo, esposa de uno de los secretarios de ese juzgado, Fernando Mora.

Según reveló LA NACION anteayer, un informe reservado del cuerpo de auditores de la Corte Suprema recomendó el desplazamiento de Mora y del otro secretario judicial, Emmanuel Catardo, a raíz de "irregularidades" detectadas en numerosos expedientes millonarios en ese juzgado previsional.

Bibbo defendió la actuación de ambos. "He actuado como corresponde y me han humillado, mientras que a mi marido lo separaron injustamente, como a un perro", dijo a LA NACION, y pidió: "Si hay algo que investigar en el fuero, que se investigue".

En tanto, Catardo optó por denunciar "pactos espurios" de letrados de la Anses con "algunos abogados". Dijo que algunos juicios demoran varios años, mientras que otros se cobran con una notoria velocidad, en una "industria del juicio" que se ejecutaría en varios juzgados y en al menos las Salas I y II de la Cámara de la Seguridad Social.

Sin embargo, en la Anses advirtieron que el escándalo comenzó a desatarse cuando empezó a investigar al Juzgado Nº 3 del fuero, en noviembre. "Observamos juicios en los que se trabaron embargos de cuentas de la Anses y se cobraron cheques sin depender de la firma de ningún abogado de la Anses", indicó uno de los funcionarios.

La Anses radicó una denuncia penal, en febrero de este año, y se presentó como querellante en la pesquisa que recayó en el juez federal Sergio Torres. Desde entonces, acompañó documentos y testificaron letrados del organismo.

Las presuntas irregularidades que reveló LA NACION muestran distintas operatorias en el fuero previsional que harían funcionarios judiciales, abogados de la matrícula y letrados de la Anses. Se acusan recíprocamente de perjudicar a las arcas públicas o a cientos de jubilados que reclaman el pago de las diferencias de haberes reconocidas por sentencia desde hace años.

Según Bibbo, la Anses dilata el justo pago, al aprovecharse de que hay "jueces que tienen miedo de pagarles lo que les corresponde" a los jubilados, entre ellos sus clientes, que "se están muriendo y sólo reclaman lo que les corresponde". Catardo apuntó contra los "abogados de Anses [que] tienen una actitud «permisiva» con los expedientes de algunos letrados".



La Nación, 20-7-10

ABORTO


EL ABORTO PRESIDENCIAL

Por
Cosme Beccar Varela

La Presidencia de la Nación, mediante un “instructivo” que es “parte de un protocolo elaborado por el Ministerio de Salud de la Nación con el fin de *dar claridad desde el Estado a los médicos que deben actuar en estos casos y preservar a las mujeres cuando deben ser asistidas*, afirmó Paula Ferro, coordinadora del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable*, a “La Nación”, (diario citado 21/7/2010, pag.1). ha ampliado enormemente los casos no punibles de aborto.

El instructivo “establece que para interrumpir el embarazo que para interrumpir un embarazo a cualquier mujer le bastará con presentar en un hospital una denuncia o simplemente una declaración jurada en la que afirme que fue violada” (“La Nación” pag. 1).

“Esto es legalizar el aborto de hecho y por una vía administrativa”, opinó el abogado Christian Hooft, vicepresidente de la Alianza de Iglesias Evangélicas”. (“La Nación”, pag. 1).

Según informa NOTIVIDA en una comunicado distribuido hoy el Ministro de Salud de la Nación Juan Manzur niega haber firmado nada nuevo sobre la “Guía Técnica para la Atención integral de los Abortos No Punibles”. Esa “Guía” fue dictada en el 2007 por el anterior ministro de los Kirchner, Ginés Gonzalez García, abortista empedernido, pero no fue derogada nunca y sigue vigente motivo por el cual, la tal Paula Ferro, titular del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable pudo actualizarla con un “instructivo” que es el que anuncia “La Nación” en su página 1 de la edición de hoy 21 de Julio.

A pesar de la negativa de Manzur, el “Clarin” informa que hubo ahora una modificación hecha por éste a la “Guía” del 2007, ratificándola con la intención de “disminuir la resistencia de muchos médicos a interrumpir un embarazo en los casos contemplados en el Cödigo Penal” (“Clarin”, 21/7/2010, pag. 34)

Esta “chicana” de echarse la culpa los unos a los otros, pero mantener la norma asesina, no les sirve, porque todos están bajo la autoridad (usurpada, pero funcionando) de la Sra. Cristina Kirchner que es la responsable primera del engendro.

El art. 99 inciso 1ro. de la Constitución (versión 1994) dice: “El Presidente de la Nación tienen las siguientes atribuciones: 1ro) Es el jefe supremo de la Nación, defe del gobierno y responsable político de la administración general del país”.

Por lo tanto, si la “Guía” en base a la cual se dicta o reactualiza el “instructivo” conocido hoy por el diario citado fue firmada por el Ministro GGG -abortista confeso y militante-, fue mantenida por el actual Juan Manzur y la abortista Paula Ferro se atrevió a recordar su vigencia y a facilitar su aplicación, siendo todos ellos funcionarios del Poder Ejecutivo y bajo su dependencia inmediata e incondicional, debe decirse que el infame instructivo que legaliza el aborto suprimiendo su castigo en casos en los que la ley no lo suprime. ha sido obra, directa o indirectamente de Cristina Kirchner.

La “norma” es totalmente ilegal por cuanto una decisión administrativa no puede reformar la ley. El art. 86 del Cödigo Penal, en su inciso 2do. declara no punible el aborto “si el embarazo proviene de una violación o un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto”.

Este “instructivo” suprime el requisito de que la violada sea “mujer idiota o demente” y autoriza a abortar mediante la presentación de una “declaración jurada de la mujer”, cualqueir mujer, afirmando que ha sido violada. (“La Nación”, 21/7/2010. pag. 11)

Es decir que la usurpadora se ha atrevido a imponer una MODIFICACIÓN enorme de la ley penal implantando el aborto prácticamente en cualquier caso, porque a una mujer que está dispuesta a abortar nada le importaría firmar una declaración jurada diciendo que ha sido violada. De hecho, es de sospechar que una gran cantidad de denuncias de violación son falsas, producto de amantes despechadas o con intenciones de venganza o para justificar una conducta sexual desordenada.

En la misma página del diario se agrega que el “instructivo” le otorga al médico un plazo máximo de 10 días para proceder al asesinato del niño por nacer y que si bien el facultativo puede oponerse por razones de conciencia, el Hospital tiene obligación de tener a disposición “un equipo profesional dispuesto a llevar adelante la interrupción del embarazo”.

Es de suponer que si el médico que hace la objeción de conciencia es el único disponible en ese Hospital a esos efectos, deberá traerse uno de otro Hospital y que se aplicará una severa presión sobre el médico objetante y que si a pesar de eso, se resiste, sea expulsado de su lugar de trabajo.

Para colmo de males el nefasto “instructivo “ agrega que “en casos vinculados con menores de edad la opinión determinante será la de la embarazada, aunque sus padres se nieguen al aborto”. (ibidem, 2da. col.). O sea, se destruye la patria potestad para abrir paso al crimen reformando, también de facto, el Código Civil que es el fundamento de la patria potestad.

Esto es lo que anuncia hoy la prensa con bombos y platillos, con enorme título de primera página de “La Nación”. ¿Cómo creer en el “desmentido” ambiguo de Manzur?

Pero no le basta a la Sra. de Kirchner cometer este injustificable desaguisado. Todavía pretende negar que es abortista. Según recuerda “La Nación”, cuando se aprobó el “homonomio” estando todavía en la China descartó que el próximo paso sería la despenalización del aborto.

Si embargo, apenas una semana después estalló esta bomba y el diario recuerda, en la misma página, que siendo candidata en el 2007 había dicho: “Siempre me he definido en contra del aborto, aunque tampoco creo que nadie esté a favor del aborto. Mi postura siempre ha sido clara en ese sentido”.(pag. 11, nota en columnas 1 y 2).

Lo único que queda claro es que su gobierno, por medio del Ministerio de Salud Pública y en especial de Paula Ferro ha ampliado enormemente los casos de abortos despenalizados hasta abarcar prácticamente todos aquellos en que una mujer quiera abortar.

Y en cuanto a su declaración de campaña arriba transcripta es una galimatías engañoso, contradictorio y cínico.

Engañoso, porque no es verdad que no sea abortista ya que de lo contrario hubiera derogado la “Guía” de GGG apenas trepó al sillón presidencial.

Contradictorio, porque niega que existan abortistas cuando es evidente que los hay y en cargos importantes de los tres poderes y varios de ellos dependiendo dirctamente de ella, cosa que sería imposible si realmente ella estuviera contra el aborto.

Y cínico, porque mintió a sabiendas para engañar a los votantes no-abortistas y porque si no hay “nadie que esté a favor del aborto”, ¿quienes son los que propician su aprobación y quienes son, entre otros, Ginés Gonzalez García y Paula Ferro?

La moral argentina está siendo triturada concienzudamente por esta tiranía y por la falsa oposición de la “dirigencia” corrupta e inepta, también llena de abortistas en los partidos de izquierda, en el radicalismo y en el “centrismo”.

Es obvio que hay un plan que intenta substituir la moral cristiana de nuestra cultura por otra moral de una permisividad que llega hasta lo inverosimil, hasta cualquier extremo de perversión y la pérdida de la luz de la razón.

El decreto 1086/2005 titulado “ Hacia un Plan Nacional contra la Discriminación y la discriminación en Argentina” marca el rumbo y los objetivos. Ese decreto, que es abortista entre otras cosas, dictado por Kirchner, tampoco ha sido derogado por la cónyuge “anti-abortista”...

Todo esto -lo digo una vez más-, no se detendrá con campañas limitadas a oponerse a esta o aquella medida infame: sólo se dentendrá si la tiranía es derrotada mediante una acción política decidida de un grupo suficientemente grande, decidido e inteligente, de buenos patriotas que no se dejen embaucar por la falsa oposición con la falsa teoría del “mal menor” y que instalen en lugar de la tiranía una Autoridad justa que cumpla con la Constitución y el Derecho en general.

Cosme Beccar Varela

correo@labotellaalmar.com

miércoles, 21 de julio de 2010

RECONOCIMIENTO LEGAL DE LAS UNIONES HOMOSEXUALES



por Dr. Carlos Alvarez Cozzi (·)
(Este artículo actualiza otro del autor, ya publicado en el Foro)

I) Introducción.

Breve reseña acerca del reconocimiento legal de las uniones homosexuales en los ordenamientos jurídicos de varios Estados.

Eficacia extraterritorial de las mismas.(1)

Este tipo de uniones han sido ya reguladas jurídicamente en varios países de Europa y América Latina de forma muy similar al de los matrimonios heterosexuales tradicionales. En el caso reciente de Argentina, constitutivo del primer país en América en aprobarlo, ya se ha regulado el llamado “matrimonio homosexual” (1)

Cuando una unión de este tipo se pretende hacer valer en un país que no las ha recogido en su ordenamiento jurídico, surgen inevitablemente problemas de Derecho Internacional Privado.

2. LAS REGULACIONES DE LAS UNIONES HOMOSEXUALES EN EL DERECHO COMPARADO y de la UNION CONCUBINARIA HOMOSEXUAL EN URUGUAY.
Las regulaciones de las uniones homosexuales en Europa han tenido lugar entre otros, en Francia, Alemania y Noruega, pero con la limitante de no poder adoptar niños. Sí lo pueden hacer los unidos civilmente en Suecia y Holanda(2). Recientemente en la República Argentina el Congreso de la Nación ha aprobado una ley que modifica el Código Civil y en lugar de marido y mujer se ha puesto “contrayentes”, con la clara intención de habilitar el mal llamado “matrimonio homosexual”. En la medida que lo equipara al matrimonio heterosexual, podrán adoptar niños.

En general, las consecuencias jurídicas de las uniones civiles uniones homosexuales, son:

Que el registro de dicha unión constituye un impedimento para celebrar matrimonio, o registrar otra unión civil homosexual y que la unión se disuelve por fallecimiento de uno de sus miembros o por decisión judicial. Asimismo, todo lo que se refiere a obligaciones alimentarias, régimen impositivo o patrimonial, derechos de habitación, pensiones, seguros, inmigración, etc, está regulado de una manera prácticamente idéntica al matrimonio. (3).

3. En América Latina, las Provincias argentinas de Buenos Aires y Río Negro han sido las pioneras en regular las uniones civiles homosexuales. Así la primera establece que la “unión civil”, se registrará en el Registro Público de Uniones Civiles, para lo cual la pareja deberá demostrar mediante por lo menos dos testigos, su convivencia anterior, por un período no inferior de dos años, domicilio legal en la capital así como una residencia de por lo menos dos años de antigüedad a la fecha en que se solicita la formalización de la pareja. Se trata de un acto a celebrarse ante un oficial público, formal y solemne, aunque no igual al de los matrimonios heterosexuales. La ley legaliza la unión conformada libremente por dos personas con independencia de su sexo u orientación sexual. Como viene de verse más arriba, en Argentina se ha aprobado recientemente por ley la celebración de los matrimonios gays.

La unión civil es una figura jurídica distinta al matrimonio y al concubinato. Aunque la ley otorga a la pareja un tratamiento similar que a los cónyuges, produciendo los mismos efectos con relación a algunas cuestiones como la cobertura de asistencia médica, derechos laborales,etc. No se les reconoce, en cambio, la posibilidad de adoptar niños ni vocación sucesoria. Asimismo las leyes de esas provincias argentinas prevén causales de disolución de la unión civil como el mutua acuerdo, la voluntad unilateral de uno de los miembros de la unión civil y el fallecimiento de uno de ellos. Los impedimentos previstos para la unión son: edad y parentesco en tanto no pueden ser menores de edad, si uno o ambos estaban casados deberán primero divorciarse, si habían celebrado antes otra unión civil deberán previamente disolverla, etc.

Muy diversa es la situación a partir de la aprobación en Argentina del “matrimonio homosexual”, porque equipara estas uniones a las heterosexuales, con los mismos derechos de éstas, arguyendo razones de no discriminación.

En Uruguay, se aprobó la Ley de Uniones Concubinarias, que incluye las homosexuales. La doctrina nacional más prestigiosa entiende que no obstante que el Código de la Niñez y de la Adolescencia fue a su vez modificado para habilitar la realización de adopciones por personas unidas en concubinato, (Ley de Adopción No. 18.590) en tanto los homosexuales pueden registrar su relación, cumpliendo con los requisitos legales previstos, ya que se habla de padre y madre adoptante en la Ley 18.590, a los efectos del apellido (ver infra) que modificó el régimen de adopciones, ésta no podría ser realizada por personas del mismo sexo.
Uno de los argumentos en contra de la adopción gay es que la ley 18.590 habla de "concubinos con cuatro años de vida en común", y no de unión concubinaria que, además, implica cinco años de convivencia probada.

La entonces senadora oficialista Margarita Percovich afirmó que no fue voluntad de la ley habilitar la adopción por parejas homosexuales. No obstante, recientemente en la prensa el nuevo presidente del INAU, Javier Salsamendi afirmó enfáticamente que a su juicio, en el régimen legal actual de nuestro país tal posibilidad está prevista. Ello demuestra el desconcierto existente al respecto en la propia fuerza de gobierno.

Otro punto de polémica está en el artículo 1° de la ley de adopciones referida, que indica que "en los casos de adopción, el hijo sustituirá su primer apellido por el del padre adoptante y el segundo apellido por el de la madre adoptante". Para el profesor de Derecho Civil uruguayo Dr. Juan A. Ramírez, "esto quiere decir que el legislador sólo concibió que la adopción podía ser por un padre y por una madre".
Entendemos que, por los argumentos antes expuestos, no se encuentra habilitada en nuestro país la adopción por parejas homosexuales en cuanto tales.


4. EFICACIA EXTRATERRITORIAL EN NUESTRO PAÍS DE LAS UNIONES CIVILES HOMOSEXUALES O “MATRIMONIOS HOMOSEXUALES”.
En cuanto a la posible eficacia extraterritorial de estas uniones civiles homosexuales en el extranjero, como equiparadas al matrimonio, o en su caso el “matrimonio homosexual” mismo (por ej el contraído en la Argentina), entendemos con relación a nuestro país, que ellas deberán de ser desconocidas por nuestra judicatura pero no por razones de orden público internacional uruguayo “ab initio”, (como sostiene Fresnedo de Aguirre) (4) que concebido como conjunto de principios y normas, según lo previsto por el art.5º. de la Convención Interamericana sobre Normas Generales de Derecho Internacional Privado (y la Declaración uruguaya sobre el alcance de la excepción), desplazan el derecho nacional extranjero aplicable en virtud de la conexión de la norma de conflicto, sea éste de fuente convencional o nacional en ausencia de tratado, sino en principio por estar fuera del alcance extensivo de la categoría matrimonio.(5)(6).

Caso diverso es el de las uniones civiles homosexuales no equiparadas a matrimonio contraídas en el extranjero, porque allí podría considerarse las mismas asimiladas a las uniones concubinarias homosexuales, que al estar previstas en la ley uruguaya, no permitirían su desconocimiento ni por el argumento del alcance extensivo de la categoría ni por la subsidiaria razón de la oposición de la excepción de orden pública internacional. Es de destacar que la intensidad de la relación es diversa entre el matrimonio y las uniones civiles o uniones concubinarias. Las segundas son notoriamente menos intensas que la primera. Por ello no corresponde entender por ese motivo, que aceptadas por un Estado extranjero las relaciones concubinarias homosexuales, sea unión civil o concubinaria como la prev ista en Uruguay, quede obligado el nuestro a reconocer los “matrimonios homosexuales” contraídos en el exterior.

En caso hipotético que la mayoría de los Derechos del orbe reconocieran legalmente a las uniones civiles homosexuales equiparadas a matrimonio o los mismos “matrimonios homosexuales” como sucede en la Argentina, entendemos que deberán en ese caso ser desconocidos mediante la excepción de orden público internacional. Para el Derecho Uruguayo, como para la gran mayoría del planeta, con abstracción de cultura y raza, el matrimonio es concebido como la unión estable,no sujeta a plazo “ab initio”, voluntaria, de dos personas capaces de distinto sexo, celebrada ante la autoridad correspondiente del lugar del Estado de celebración. Por tanto, cuando la unión, con el alcance variable que pueda tener, sea celebrada en el extranjero por personas del mismo sexo, tal institución está fuera del alcance extensivo de la categoría matrimonio del Derecho uruguayo. Como dijimos, y en forma subsidiaria a este argumento, en el caso que la gran mayoría de los países aceptara el “matrimonio homosexual”, siempre quedará a nuestro sistema jurídico desconocer sus efectos en nuestro país por razones de orden público internacional. Ahora bien, esas uniones civiles en cuanto a sus efectos patrimoniales, podrían ser reconocidas por nuestro ordenamiento jurídico en lo estrictamente relacionado con dicho régimen buscando su similar con formas societarias, por lo establecido en el art.3 de la Convención Interamericana de Normas Generales de Derecho Internacional Privado que regula la excepción de institución desconocida.


(·)Profesor Titular de Derecho Privado, Facultad de Ciencias Económicas y de Administración. UDELAR.
Profesor Adjunto de Derecho Internacional Privado, Facultad de Derecho. UDELAR.


Notas.
(1) Cf. Fresnedo de Aguirre, C. “Curso de Derecho Internacional Privado”, T.II,vol.I, F.C.U., Montevideo, año 2003, pág.172.
(2) Cf. Fernández Arroyo, Diego, “Nuevos desarrollos del Derecho Internacional Privado de Familia en Europa”, en Temas de Derecho Internacional Privado y de Derecho Comunitario, Universidad Católica del Uruguay, Revista uruguaya de Derecho Constitucional y Político, 1997.
(3) Idem Fernández Arroyo, D. (2).
(4) Fresnedo de Aguirre, C. ob. cit., pág.173.
(5) Cf..Alvarez Cozzi, Carlos, “Reconocimiento legal de las uniones homosexuales”, publicado en 2006 en el portal Catholic.net (http://www.es.catholic.net) y en 2010 en Foro Azul y Blanco de Argentina (http://foroazulyblanco.blogspot.com/2010/05/reconocimiento-legal-de-las-uniones.html).
6) Cf. De Llano, Ana. “La Identidad de Género, La Categoría Matrimonio y El Orden Público Internacional”, La Ley On Line Uruguay.

Catholic.net



martes, 20 de julio de 2010

DECLARACIÓN PÚBLICA

PARTIDO FUERZA PATRIOTICA

Seguimos luchando

Finalmente el Congreso argentino aprobó el matrimonio sodomita y antinatural.
Las multitudinarias marchas en contra de dicha ley, y la voluntad de la gran mayoría del pueblo no contó para nada. Los legisladores hicieron lo que el lobby homosexual y las usinas ideológicas del gramscismo disolvente querían.
¿Ahora que hacer?
En primer lugar preparar el lomo para el castigo de Dios, que seguramente vendrá.
En segundo lugar, continuar con la lucha. Pero no solo resistiendo la tiranía y dando testimonio de fidelidad, sino pasando al ataque.
Hay que rebelarse contra las leyes inicuas, hay que denunciar la destrucción de todo aquello que se llamó Argentina, hay que plantear la desobediencia civil y las objeciones de conciencia. Pero sobretodo hay que darse cuenta de que en algo estamos fallando.
Esto nos pasa por que desde hace ya muchísimo tiempo los nacionalistas y los católicos no hacemos política.
De nada sirve editar revistas que solo leen los camaradas, dar charlas a las que asisten solo los amigos, o ir a misa en alguna capillita en la que se entonan bellos cantos en latín. Nada de eso sirve si no luchamos por tener poder político, si no accedemos al menos a parcelas del aparato estatal.
Sobre esto Fuerza Patriótica ya se expidió; y no nos es grato insistir al respecto, por que sabemos que esta postura fastidia a buenos camaradas que hacen esfuerzos ponderables con otra metodología. Sin embargo creemos que el hecho de que no exista un solo legislador nacionalista capaz defender nuestra postura en el ámbito en donde realmente se decide el destino del país, debe movernos a la reflexión.
La democracia liberal es inicua, la soberanía popular no puede derogar el derecho natural, los partidos son mafias que no representan verdaderamente, el sistema en su conjunto es nuestro enemigo; eso ya lo sabemos; pero las reglas de juego y la cancha no la ponemos nosotros y en tanto no podamos patear el tablero no nos queda otra que jugar.
Si seguimos con el nacionalismo meramente testimonial dentro de poco ya no habrá ni lectores para nuestras buenas revista, ni asistentes a nuestras brillantes conferencias y sobre todo ya no habrá una Patria.
En este marco, Fuerza Patriótica reitera lo que dejo bien en claro desde un principio: que de acceder a cualquier porción del poder bregara para modificar nuestra Constitución Nacional y derogar todas las leyes inicuas y anticristianas; hasta tanto seguimos luchando.

Santiago del Estero, 15 de Julio del 2010