APROBÓ LA CREACIÓN DEL PLAN ENIA PROVINCIAL
NOTIVIDA, Año
XXIV, Nº 1370, 8 de noviembre de 2024
Si se promulga el
proyecto sancionado, Chaco se convertirá en la primera provincia que garantiza
la promoción del aborto y la hormonización en las escuelas, a través de
“agentes territoriales”. Distintas organizaciones rechazan el proyecto y piden
que el gobernador Leandro Zdero lo vete.
El Plan ENIA
-destinado a adolescentes- tiene tres pilares: 1) ESI y asesorías en escuelas y
organizaciones barriales sobre salud sexual (anticoncepción, aborto y
“transición de género”); 2) Colocación de anticonceptivos de larga duración y
administración de hormonas para desarrollar características del sexo opuesto, y
3) Facilitación del aborto en menores.
La asesoría
escolar, dice el texto sancionado, es “un espacio de asesoramiento, consulta y
contención” y “al mismo tiempo, una estrategia sanitaria para facilitar el
acceso al sistema de salud” (art. 12º), es decir, van a ir a las escuelas para
“asesorar” y podrán derivar a los adolescentes hacia prácticas como el aborto y
la hormonización, sin conocimiento de los padres.
El Movimiento
“Unidos Por la Vida y la Familia” del Chaco acompañado por otras
organizaciones, ha iniciado una campaña de firmas solicitándole al Gobernador
de la provincia, Arq. Leandro Zdero, que vete el proyecto que -a instancias de
la diputada justicialista María Pía Chiaccho Cavana- aprobó la Legislatura.
El objetivo del
proyecto sancionado es “garantizar los derechos sexuales, reproductivos y no
reproductivos de los y las adolescentes” (art. 1º).
Para ello se
prevén “cuatro líneas de acción” (art. 4º):
1.-
Fortalecimiento de la Educación Sexual Integral.
2.- Asesorías en
Salud Integral en escuelas.
3.-
Fortalecimiento de los Servicios en salud sexual y reproductiva.
4.- Dispositivos
de base comunitaria.
En el art. 5º se
lee: “El y la adolescente entre trece y dieciséis años tiene aptitud para
decidir por sí mismo respecto de aquellos tratamientos que no resultan
invasivos, ni comprometen su estado de salud” (de ese modo se considera a las
terapias hormonales y a los abortos medicamentosos), mientras que, a partir de
los dieciséis años el/la adolescente es considerado como un adulto/adulta para
las decisiones atinentes al cuidado de su propio cuerpo”, lo que le permite
acceder autónomamente a una ligadura tubaria, vasectomía, vaginoplastia o
faloplastia.
Habrá “equipos
territoriales Interdisciplinarios” (docentes, psicólogos, nutricionistas, técnicos
en niñez, y adolescencia, trabajadoras sociales, etc) que asesorarán en
escuelas, servicios de salud, y espacios comunitarios (art. 9º). Ese equipo,
además, acompañará institucionalmente a las escuelas para hacer efectiva la
implementación de la ESI (art. 11º).