Por Héctor GIULIANO
(3.10.2014).
Es notable que en
medio de todo este despelote por la Cuestión de los Holdouts
el gobierno CFK no haya apelado todavía a un instrumento importantísimo
habilitado por la Ley
26.984 de Pago soberano local, aprobada hace pocos días por el Congreso a
instancias de la iniciativa oficial, que es la creación de una Comisión
Investigadora de la
Legitimidad de la Deuda Pública , que dicha ley instituye.
El problema de los
Fondos Buitre (FB) - que es real e inmediato – constituye, pese a toda su
gravedad específica, un capítulo dentro del problema de fondo del Sistema de la Deuda Pública
Argentina, que se rige por la lógica del endeudamiento perpetuo.
Y si no se sale o
intenta salir de la trampa de Deuda Perpetua no hay solución al sub-problema de
los Holdouts.
Configura una
contradicción manifiesta que el mismo gobierno que declara y dice adoptar
acciones aparentemente en rebeldía con el Sistema Financiero Internacional
(SFI) soslaye, al mismo tiempo, utilizar el arma interna más poderosa que tiene
el país, que es iniciar una investigación integral de la legitimidad de la Deuda Pública ya.
EL PROBLEMA
INMEDIATO.
La administración
Kirchner ha llegado a esta situación desquiciada y humillante en materia de
Deuda no sólo por problemas heredados sino también, y muy especialmente, por
errores propios:
a) Porque no encaró oportunamente la debida
investigación de la Deuda
que – recién ahora y en forma aún no muy clara – habría decidido abordar. Por
el contrario, la misma presidenta, como antes su marido, dejaron siempre en
claro que aceptaban la legitimidad de las obligaciones heredadas; con el
agregado que la propia CFK invoca continuamente como mérito de su administración
el haber pagado récords de servicios de la Deuda “que otros contrajeron” y tener la voluntad
de pagar y seguir pagando la misma, independientemente de su legitimidad.
b) Porque, independientemente de las malas
condiciones de arrastre de la
Cuestión de los Holdouts, hubo una errónea estrategia de
negociación y encuadramiento legal con el Estudio Cleary porque no se cuestionó
la legitimidad de los títulos, la condición de los FB y el valor de referencia
de sus reclamos (aceptación del Valor Nominal en lugar del Precio de Compra).
c) Dado que así era inevitable que –
temprano o tarde – los juicios se perdieran (como efectivamente ocurrió y va a
seguir ocurriendo en cada caso), el gobierno Kirchner, como agravante, parece
no haber previsto las consecuencias de esta instancia ni una reacción racional
y coherente al respecto.
Aparte de la
contradicción manifiesta del planteo de aceptación de los Bonos Elegibles
frente al problema de su legitimidad, no cabe duda que el mismo es ahora tardío
y que la forma efectiva de su materialización deviene incierta, empezando por
el hecho que la creación de la Comisión Investigadora
de la Ley 26.984
ni siquiera es mencionada por el gobierno ni por el oficialismo en general.
La administración K
parece estar más empeñada en querer salvar su imagen ante la opinión pública
que en reconocer estas realidades y, sobre todo, se muestra más preocupada en
reiterar su vocación pagadora y su voluntad de cumplir a ultranza los servicios
de la deuda impagable que llegar a aceptar que la verdadera causa de la nueva
Crisis de Deuda que vive el país y que la ha llevado nuevamente al Default –
que es sinónimo de Cesación de Pagos – viene derivada del fracaso del Megacanje
Kirchner-Lavagna-Nielsen de 2005-2010.
No es cierto que la Argentina sea arrastrada
al default por culpa de los FB y de un “juez municipal” de Nueva York (el juez
de un tribunal que el gobierno K aceptó) sino la realidad es que la Argentina está en
default, que vive en default, porque el Estado no tiene la Solvencia ni la Liquidez Fiscal
para poder cumplir con los servicios de una Deuda impagable; y las deudas sólo
se pagan con más deudas.
Las acciones y
argumentaciones contra el fallo Griesa por parte del gobierno K devienen así
sólo intentos desesperados y desubicados de dilación para diferir el pago a los
FB hasta comienzos del 2015, sin que con ello se solucione ni el problema del
resto de los Holdouts (por montos entre 20 y 30.000 MD) ni el problema de las
cláusulas MFC-Acreedor más Favorecido y RUFO-Derecho a futuras ofertas, que
extiende las mejoras que se den a los Holdouts también a los Holdin o bonistas
que entraron en el Megacanje.
De esta manera, con o
sin Ley de Pago Soberano, la irreversible situación financiera negativa de la Argentina debido a los
montos impagables por estrangulamiento del perfil de vencimientos queda igualmente
configurada.
EL PROBLEMA DE FONDO.
El problema de fondo
– como lo hemos dicho – no es la cuestión de los Holdouts sino la cuestión de la Deuda , y para ello tanto el
gobierno K como la oposición política tienen la misma “receta tradicional” del
establishment financiero: que los problemas del sobre-endeudamiento se “curan”
con más Deuda.
Es la lógica que rige
el Sistema de la Deuda
Perpetua , que consagra el principio que el financiamiento por
Deuda del Estado no es un recurso extra-ordinario sino regular e institucional;
y que el problema no es la falta de capacidad de repago de las obligaciones que
se contraen sino la supuesta capacidad de refinanciarlas indefinidamente
mientras se paguen los intereses.
En consecuencia,
cuando se mira la década kirchnerista se comprueba que todo este problema que
ahora le ha estallado al propio gobierno – que aparentemente confiaba en que la
bomba le estallase a la futura administración y no a ellos mismos – y su
política estructural de endeudamiento permanente habría consistido en
desarrollar un proceso de transición desde el default del 2001 hacia una
re-inserción por vuelta al mercado internacional de capitales.
El mecanismo
desarrollado – con la tolerancia y aceptación del SFI, y del propio FMI -
habría tenido así tres fases:
1. Internalizar la Deuda Externa con
Terceros – Acreedores Privados y Organismos Multilaterales de Crédito (OMC) –
pasándola progresivamente a Deuda Interna intra-Estado, que es hoy el 60 % de la Deuda Pública Total
computada oficialmente.
2. Licuar en forma paulatina gran parte de
esta Deuda intra-Estado pasándole la cuenta a las instituciones financieras
oficiales (ANSES, BCRA, BNA y otras) y, en definitiva, al Pueblo Argentino
(sub-indexación de la deuda en pesos ajustada por inflación, desvalorización
frente a los montos expresados en dólares e incumplimiento de las obligaciones
del Fisco en los juicios contra la
ANSES y contra el Estado en general).
3. Cumplidos los dos pasos anteriores,
volver a colocar al país en condiciones aparentemente solventes – en función de
indicadores discutibles como el de Deuda/PBI – para retornar al mercado
internacional de capitales para tomar nueva Deuda Externa.
Es decir, que la Deuda intra-Estado
desempeñaría en este esquema un rol funcional de tipo préstamo-puente para que la Argentina volviese a
endeudarse, según las reglas tradicionales del Sistema de la Deuda , y no para liberarse
del mismo.
La desubicación del
gobierno Kirchner hoy se explicaría como producto de la frustración de la Hoja de Ruta Boudou (que era
el mismo objetivo ya perseguido con el Megacanje 2005-2010), dado que la misma
busca la liquidación del problema de los holdouts y el arreglo de la deuda con
el Club de París como requisitos para volver a colocar Deuda Externa.
Bajo toda evidencia,
la presidenta y su gobierno no están reaccionando en forma racional ni
equilibrada frente a la cuestión de los holdouts, que hoy actúa como detonante
de la nueva Crisis de Deuda, sino por una suerte de despecho debido a que se
esperaba que después de la aceptación de los laudos del CIADI (677 MD), después
de la indemnización Repsol por YPF (6.000 MD de Capital más 5.000 de
Intereses), después del allanamiento a las exigencias totales del Club de París
(9.700 MD) y después de haber comenzado a emitir Bonos en Pesos a nivel
local a tasas del 28 % anual (Bonar 2017
y 2016), obtendría una consideración favorable de su apelación ante la Corte Suprema de los
Estados Unidos.
Pero esto se frustró
en Junio pasado cuando la Corte
no tomó el caso ni siquiera solicitó opinión a la Procuración del Tesoro
Norteamericano, con lo que las esperanzas de patear la cuestión del pago a los
FB y la no aplicación de las cláusulas RUFO y MFC por paso al 2015 quedaron
gravísimamente descolocadas.
Con el agravante de
haber adoptado además, en el campo interno, relevantes medidas de cambio
contradichas con sus argumentos oficiales: macro-devaluación de Enero,
duplicación de las tasas de interés de referencia (Lebac/Nobac) y
favorecimiento multimillonario a los bancos por baja de sus tenencias en
dólares pero ordenada después de la devaluación.
De allí que la
reacción de la presidenta ante los hechos – fuertemente emocional e irreflexiva
– muestra más una postura personal e improvisada que una reacción verdaderamente
política.
Se diría que es, en
gran medida, producto del despecho por sentirse burlada ante las condiciones de
servidumbre financiera aceptadas sin una contraprestación que le permitiera
salvar su propia estabilidad financiera y política hasta fines del 2015.
DEFAULT O MÁS DEUDA
EXTERNA.
En este contexto, qué
significa o puede significar la constitución de una comisión investigadora de
la legitimidad de la deuda en función de la nueva Ley 26.984 de Pago Soberano,
que ordena su creación ?
En primer lugar,
significaría el cumplimiento de una Ley del Congreso que toca a obligaciones
del propio Congreso.
Hasta hoy, el
hipócrita argumento con el que el Poder Legislativo vive incumpliendo sus
obligaciones constitucionales de intervenir en forma directa en el arreglo de la Deuda Pública ha
sido la delegación de facultades al Ejecutivo y su manifiesta no intervención
en la cuestión de la Deuda
ni en sus irregularidades (caso Sentencia del juez Ballestero en la Causa Olmos I).
Pero ahora hay una
variante algo diferente: existe una ley que establece taxativamente una
comisión investigadora que tiene que crear el mismo Congreso y que, si no se
cumpliera en tiempo y forma, constituiría una burla a la Ley y a los intereses
financieros vitales del Estado.
Lo que está en juego,
entonces, no es sólo el mero cumplimiento formal de constituir una comisión más
del Congreso – comisiones que, como se sabe, prácticamente siempre terminan sin
otra cosa que la tardía confección de informes inoperantes – sino el cumplimiento
de una obligación legal y constitucional
cuya emergencia está agravada por la nueva Crisis de Deuda detonada por
la cuestión de los Holdouts.
El Congreso debiera,
por ello, cumplir la
Constitución y la
Ley – repetimos – en tiempo y forma, porque si la comisión
investigadora de la Deuda
no se integra de inmediato nos encontraríamos no sólo frente a un
incumplimiento de la ley sino ante una traición directa a la defensa de los
intereses del Estado Argentino.
Este requisito – la
inmediata y prioritaria constitución de la comisión investigadora de la Deuda – deviene así una
prueba concreta e insoslayable de la sinceridad, honestidad y coraje que pueda
tener el gobierno Kirchner y la dirigencia política en general frente a la
actual nueva Crisis de Deuda.
Se corre el riesgo
cierto que los términos de esta ley sean incumplidos por el Congreso:
a) Dejando – como suele ocurrir – que la
burocracia parlamentaria dilate indefinidamente la integración de la Comisión.
b) Tratando de integrarla pero dándole
largas al asunto para que el problema pase al próximo gobierno (que sería el
encargado de asumir o patear el problema).
c) O algo más grave aún: que las presiones
de las estructuras de poder económico-financiero, nacionales e internacionales,
terminen imponiéndole al Congreso la constitución de esta comisión pero no para
salvaguardar los intereses nacionales sino, por el contrario, para imponerle la
servidumbre extrema de convalidar lo actuado (cosa que, parcialmente, el
gobierno K ya ha logrado con la
Ley 26.984 al obtener la aprobación parlamentaria retroactiva
del Megacanje Kirchner-Lavagna).
Como lo hemos
señalado en nuestras notas anteriores, ya representa una grave contradicción
gubernamental haber emitido una Ley de Pago Soberano que incluye una comisión
para investigar precisamente la legitimidad de esa Deuda que se autoriza y
enfatiza pagar, antes de tener los resultados de las investigaciones
pertinentes.
A esto sólo faltaría
que se sume el incumplimiento - directo o indirecto, y cualquiera sean sus
formas – para burlar en forma criminal los intereses financieros del Estado no
constituyendo y poniendo en condiciones operativas inmediatas dicha comisión.
Es el error
sustancial de creer que hay solución al Problema de la Deuda dentro del Sistema de la Deuda.-