a Oeconomicae et pecuniariae quaestiones
Tradición viva, 09/11/2018
Javier de Miguel
El pasado mes de mayo, concretamente el día de San
Pascual Baylón, se publicó un breve
documento de la Congregación para la Doctrina de la Fe (CDF), cuyo título es el
citado en el encabezamiento de estas líneas, y cuyo subtítulo, que reproduzco
por su valor sintético, es Consideraciones
para un discernimiento ético sobre algunos aspectos del actual sistema
económico y financiero.
Como economista y analista de la Doctrina Social de la
Iglesia (DSI), creo no poder soslayar un breve comentario sobre este documento,
dada su oportunidad en el contexto económico en que nos encontramos, tras el
paso de una grave crisis originada en gran medida por las inmoralidades
descritas en el documento.
Señores lectores, como corresponde a un católico, no
soy liberal. Tampoco en lo económico. Esto último es obvio, pues sería una
contradictio in terminis defender la DSI en lo político y social, pero declararme
liberal – o libertario, como dicen otros- en economía. Pese a la obviedad,
insisto en subrayarlo por cuanto este fenómeno acostumbra a darse con relativa
frecuencia. Ser anti-liberal no es una opinión más, sino la expresión más
genuina de la fidelidad al Magisterio y la Tradición en materia social. Desde
esta advertencia al lector, procedo pues, a emitir este breve juicio acerca del
documento.
El texto, por un lado, expresa numerosos principios
tremendamente útiles para la comprensión en clave cristiana del sistema
económico, y se pueden resumir en:
La caridad como fundamento de la actuación en el campo
económico (2).
Apelación (suave) a la Ley Natural como principio
unificador de la actuación ética (4).
Limitación de los principios liberales de propiedad
privada: condiciones a la legitimidad del beneficio.
La libertad económica no puede estar separada de la
verdad (12).
Se vuelve a refutar la tesis del “Estado como mero
árbitro”, promoviendo las alianzas político-económicas (12)
Se reconocen, aunque de manera diplomática, las
deficiencias estructurales del sistema capitalista actual: existe un grado de
correlación apreciable entre el comportamiento no ético de los operadores y la
quiebra del sistema en su conjunto: (30), aunque se evita emplear la palabra
“capitalismo”, sustituida por el término “mercado”, lato sensu.
Reiteración de la doctrina pontificia constante acerca
de la imposibilidad de la regulación automática de los mercados (13) (21).
Una de las ideas más contundentes posiblemente sea la
siguiente: La participación del sistema financiero moderno constituye una
ocasión próxima de pecado (denominada en el texto inmoralidad próxima). (14)
El mundo académico está monopolizado por la idea del
lucro como finalidad principal de la economía, “cosa que hoy se señala como un
hecho generalizado incluso en prestigiosas escuelas de negocios (business
schools), toda instancia ética viene de hecho percibida como extrínseca y
yuxtapuesta a la acción empresarial”(23)
Importancia de la moralidad de los actos de consumo
(33).
Se trata, pues, de graves principios, largamente
expresados por el Magisterio Social desde S.S. León XIII, pero con la virtud de
ser adaptados a las características del sistema económico de hoy. No obstante,
no podemos obviar que el documento tiene algunas lagunas en temas, a mi juicio,
muy relevantes como son:
Referencias continuas al bienestar integral,
desarrollo integral y a la calidad de vida como objetivo de la actividad
económica: se habla del bien común, pero no hay referencias al progreso moral y
espiritual.
No hay referencias a que el fin de la economía, aunque
sea un asunto temporal, es dar Gloria a Dios.
No entra a una crítica estructural profunda del
capitalismo, sino mayoritariamente de las actuaciones abusivas en su seno. Esta
ausencia podría excusarse por la brevedad del documento.
Se omite nuevamente (y van más de dos siglos) el tema
de la usura tal como la desarrolló la escolástica tomista y la Escuela de
Salamanca: se habla de crédito cooperativo o microcrédito como alternativa
“ética”, pero sin profundizar en la idea de que estos créditos también pueden
ser usurarios. Implícitamente se asume la teoría modernizante de que la usura
equivale a tipos de interés excesivos, y no a la misma exigencia de interés
(16).
No referencia a la idea de pequeña propiedad como
mecanismo de distribución, muy empleada en el Magisterio de Juan XXIII.
En definitiva, podemos concluir que no se trata de un
mal texto. Tampoco un texto excesivamente brillante. Por un lado, contiene
exhortaciones que pueden revolver muchas conciencias de católicos que, a menudo
sin mala fe, pero por desconocimiento o deficiencias formativas, operan en los
mercados mediante prácticas que, realmente, no son cristianas, o que basan sus
acciones en un mero probabilismo moral desinformado y poco fundamentado.
tos anteriores de temática
similar, ni una fundamentación demasiado sólida en el Derecho natural, si bien
es evidente que su extensión y rango magisterial, y por tanto, su intención,
son totalmente diferentes a las de los clásicos documentos de la Doctrina
Social de la Iglesia. No pasará a la historia de los grandes textos en su
aspecto doctrinal (aunque paradójicamente provenga de la CDF), pero tiene la
virtud de poner, en sus líneas, la dimensión moral de ciertas cuestiones
técnicas de reciente aparición. Podría ser mucho más; pero menos es nada.