previsional que en Japón
por Informador Público, 26-12-18
Finalmente, la Corte emitió su fallo sobre el caso
“Blanco c/ ANSES s/ reajuste” en el que hace lugar al pedido del jubilado
Blanco para que entre los años 2002 y el 2008 no se aplique el índice de
Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), como
pretendía la ANSES, sino el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la
Construcción (ISBIC). La Corte no cuestionó el índice usado por ANSES, sino que
lo haya aplicado por resolución y no por ley. Quiere decir que si el Congreso
actúa rápido enmendando este error formal se evitará otro golpe sobre la frágil
situación de la ANSES.
El juicio testimonia hasta qué punto llega el oportunismo
y la ligereza en materia previsional. El gobierno anterior viola la
Constitución al no haber actualizado los haberes superiores a la jubilación
mínima entre los años 2002 y 2008 para generar el promocionado superávit fiscal
de aquella época. Ahora, el gobierno actual aplica el índice correcto, pero con
un instrumento deficiente. Dado que esta mala praxis previsional es
sistemática, cabe preguntarse si es soportable seguir acumulando
improvisaciones.
Una forma de responder la pregunta es contrastando con
la experiencia internacional. Según datos de la OECD, el INDEC y el Ministerio
de Hacienda se observa que:
Australia tiene el 15% de su población con edades
mayores a 65 y su gasto público previsional es de 4,3% del PBI.
Japón tiene el 27% de su población con edades mayores
a 65 y su gasto público previsional asciende a 10,2% del PBI.
Argentina tiene apenas el 11% de su población mayor a
65 y su gasto público previsional, sumando el nacional y el provincial, llega
al 11,9% del PBI.
Estos datos muestran que la Argentina es un país con
una población relativamente joven, pero con un gasto previsional propio de un
país envejecido. Australia, con características demográficas similares a
Argentina, gasta 3 veces menos en jubilaciones. Argentina, teniendo casi 3
veces menos adultos mayores que Japón, gasta en jubilaciones más que el país
nipón. Se trata de evidencias muy ilustrativas y contundentes de que el sistema
previsional argentino, con sus reglas actuales, es inviable.
El paso del tiempo no resolverá el problema sino que
lo agravará. Según las proyecciones que publica el INDEC, en la próxima década
la población joven menor a 20 años se mantendrá constante en alrededor de 14,5
millones de personas y sólo crecerán en número las personas en edades activas (20-65)
y los mayores de 65. Esta dinámica demográfica muestra una oportunidad pero
también una amenaza. La Argentina, a diferencia de los países más envejecidos,
todavía disfruta de la última etapa del “bono demográfico”, es decir, crece la
población en edad activa, pero transitoriamente.
El fallo Blanco pone en evidencia la necesidad de
simplificar integralmente la legislación previsional a los fines de evitar
casuísticas y ambigüedades que dan pie a la judicialización espuria. Pero
también es necesario avanzar sobre temas técnicamente complejos y políticamente
sensibles. Entre los principales están: tender a la igualación en la exigencia
de años de servicios y edad de retiro y establecer un mecanismo automático de
actualización gradual en función de la dinámica demográfica, eliminar la
posibilidad de duplicar jubilación y pensión por fallecimiento del cónyuge y
suprimir los regímenes especiales o de “privilegio” tendiendo a que todas las
jubilaciones se calculen y actualicen con la misma modalidad. En otras palabras,
tender a que el sistema público de reparto garantice el acceso equitativo a la
cobertura previsional. Sería recomendable que esto fuera complementado con
mecanismos de ahorro individual para quienes pretendan acceder a beneficios
superiores a los previstos en el régimen general.
Es muy importante cumplir con el “déficit cero”
planteado en el Presupuesto 2019. Pero hay que ser conscientes de que para
ajustar las cuentas públicas se está apelando a herramientas muy rudimentarias
(aumento de impuestos distorsivos, caída de la inversión pública, transitoria
licuación de jubilaciones y salarios). Para que la estabilidad fiscal sea
estructural es ineludible hacer una reforma previsional responsable.
(IDESA)