Dr. César Augusto
Lerena
Julio 31 de 2014.-
Las Cuotas de
Capturas concentraron en unas pocas empresas un negocio pesquero de 1.500
millones de dólares anuales, dejando a cientos de industriales sin acceso
directo al recurso. La consigna del “modelo Moreno” de que “los que importen,
exporten”, agregó nuevos exportadores de productos que ya estaban siendo
exportados, intermediarios de gran poder económico y capacidad de monopolizar
los negocios del mundo asiático, reduciendo la renta al empresario pesquero. A
esto se sumará -como en los granos (Cargill, ADM, Bunge y Dreyfus)- la
aparición de las “grandes operadoras de commodities” para subordinar en un par
de ellas, todo el comercio pesquero nacional. El mundo necesita de proteínas, y
China, que ya tiene -al menos- unos ochenta buques en el Atlántico Sur, viene
por los recursos pesqueros nacionales. ¿Alguna duda de ello? Unos 300 buques
extranjeros extraen del mar argentino y adyacente, unos dos mil millones de
dólares anuales en productos pesqueros, que en el comercio final representan
catorce mil millones de dólares/año. Sí la Argentina , no produce un cambio de 180° en la
política pesquera, su industria y empleo estarán en serias dificultades. Se
requiere entonces del dictado de una nueva ley que profundice el control del
recurso y establezca nuevas reglas en la explotación y el comercio.
Nuevas reglas que
pongan eje en: 1) ocupar y controlar el Atlántico Sur con buques de bandera
nacional; 2) administrar el recurso del Estado y distribuirlo equitativamente;
3) asegurar la sustentabilidad del recurso y con ello la actividad y el
empleo; 4) establecer Mercados
Nacionales de Concentración y Mercados Mayoristas en los grandes centros
internacionales para mejorar la competitividad y el acceso directo a las PYMES;
5) promover una investigación autónoma para garantizar la independencia del
poder político de turno; 6) duplicar el consumo nacional de pescado, para
mejorar la dieta nacional, generar valor
agregado y mano de obra argentina.
Todo argentino debe
tener acceso a los recursos pesqueros para su transformación; y derecho a
éstos, para su consumo, a la par de asegurarse la sustentabilidad. Aumentar la
participación en la captura de la pesca costera y artesanal; asegurar la
disponibilidad del recurso a la industria y en especial, a las PYME y
Cooperativas de Trabajo. La calificación de “actividad industrial” no admite el
comercio de especies sin valor agregado.
Más allá del dominio
y jurisdicción de la nación y las provincias sobre los recursos; tratándose de
un ecosistema debe asegurarse una administración coordinada y eficiente. La
creación de la Secretaría
de Pesca y una integración más participativa en el Consejo Pesquero para
promover la industria, comercio y consumo nacional.
Promover Proyectos
que procesen y ocupen mano de obra argentina en tierra; que agreguen valor a
las capturas y que incorporen buques nacionales al mar argentino. La
excepcionalidad por la existencia de excedentes (si a pesar de todo los
hubiese) limitada al procesamiento en tierra del 100% de las capturas
obtenidas.
La depredación del
recurso y la contaminación del medio deben declararse de “Lesa Humanidad”. Es
vital erradicar la captura de juveniles; asegurar idénticos volúmenes de
captura y desembarco; erradicar los descartes en el mar, etc. Se requieren Capturas y desembarcos
controlados. No es posible depredar un recurso de tercera generación. En su
caso, compensar con un precio de referencia la captura de especies no
comerciales.
Denunciar en forma
permanente a todo Estado, cuyos buques pesquen en el área adyacente al mar
argentino los recursos migratorios o asociados, y a los que capturan en la Z.E .E. con licencias
británicas. Adherir al régimen establecido por la Unión Europea para
eliminar la pesca ilegal (INDNR); a la par de no autorizar operaciones en la Argentina de asociados
de quienes exploten el recurso en el Atlántico Sur sin habilitación nacional;
entre otras medidas económicas, políticas e impositivas, para desalentar la
captura extranjera de recursos naturales del país; en contraposición con la
política de la actual Subsecretaria de Pesca que autoriza la pesca con buques
chinos.
El Estado es el
administrador del recurso de todos los argentinos y quién debe fijar las
políticas. Por lo tanto, quién otorga las Cuotas de Captura; que deben dejar de
ser transferibles en forma permanente (ventas) o transitorias (alquiler) entre
las empresas.
La investigación
pesquera debe declararse de “Interés Nacional”, de modo de jerarquizar la
actividad y destacar la investigación Argentina en el Atlántico Sur; dándole
plena Autonomía a un nuevo Instituto de Investigación (INIDEP). Una
investigación independiente conducida por un Consejo de Administración con
representantes de todos los actores del sector y con fondos suficientes para
financiar la actividad de investigación, el desarrollo tecnológico y la
acuicultura. Las medidas para preservar el recurso, judicialmente
irrecurribles.
Las exportaciones
pesqueras deben estar exentas de retenciones, al igual que la primera venta
exenta del IVA; pero el comercio debe transparentarse a través de Mercados
Concentradores. El incremento del consumo nacional es impostergable por razones
sanitarias, debiendo reducirse al 11% el IVA a la venta de estos productos. El
establecimiento de Mercados Mayoristas en los grandes centros internacionales
de consumo mejorará la competitividad y evitará el riesgo de concentración en
unas pocas “operadoras de commodities”.
El Fondo Nacional
Pesquero debería destinar un 20% a la administración del recurso; un 25% al
sostenimiento de la investigación del INIDEP; un 20% al control de la seguridad
del mar y la pesca; un 20% a la promoción del mercado interno y consumo
nacional de Pescado; un 10% a la promoción de las exportaciones y un 5% a la
capacitación de los agentes de la actividad; es decir, devolver al sector en
servicios concretos sus aportes.
Encomendar al Poder
Ejecutivo la presentación de enmiendas a la CONVEMAR para proteger las especies argentinas;
declarar el Estado de Emergencia Pesquera y contra la Contaminación Marina ;
denunciar los Acuerdo de Madrid a la luz de la probada ineficacia de la
“fórmula del Paraguas” que ha permitido la sostenida y creciente ocupación del
Reino Unido en el mar argentino; y solicitar el inmediato cese de las capturas
y el resarcimiento económico por éstas, en base a las Resoluciones 3171
(XXVIII) y la 3336 (XXIX) de las Naciones Unidas.
La investigación,
explotación, distribución, comercialización y control del mar deben
establecerse en una nueva Ley Nacional de Pesca que garantice la
sustentabilidad biológica, ambiental, económica, social, cultural y ética;
dando certezas a los inversores, sustento a los trabajadores y control a los
administradores.
Dr. César Augusto
Lerena
Julio 31 de 2014.-