Radicada en el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº
7, Secretaría Nº 14, causa Nº 13.123/2012.
Señor juez:
JUAN GABRIEL LABAKÉ,
abogado CPACF T. 7 F. 311, católico, por
derecho propio y en nombre de la asociación ABOGADOS POR LA NO DISCRIMINACIÓN
DE LOS CATÓLICOS-ANODISCA, de la cual
soy su presidente según consta en el Registro de las Organizaciones de la Sociedad Civil del
INADI, constituyendo domicilio legal, junto con su letrado patrocinante Dr.
DIÓGENES HUGO DE LA COLINA ,
abogado matrícula CPACF T. 15 F. 719, en Tucumán 1650, PB, 1, CABA (1050), a VS
me presento y respetuosamente digo:
Que vengo a acompañar
dos hojas del suplemento “Espectáculos” del diario LA NACIÓN de fecha 2-12-12, en
las que se publica una extensa y destacada nota sobre la inminente actuación de
la cantante extranjera llamada “Madonna”, tanto en nuestra ciudad (días 13 y
15-12-12) como en la de Córdoba (día 22-12-12).
Que, a tenor de lo
publicado por dicho medio, en el espectáculo que ofrecerá Madonna, “prima
facie” se estarían por cometer graves delitos, entre los cuales hay dos al
menos que nos atañen en forma directa: el de discriminación contra los
cristianos por creación y fomento de odio por motivos religiosos, y el de
incitación a cometer delito contra
nuestras creencias y sentimientos religiosos.
En efecto, en la
página 4 del citado ejemplar de LA
NACIÓN aparece una foto en la que Madonna pisa una cruz, y en
su texto hay alusiones inequívocas:
“Oy my god. Oh my god. Oh my
god…” (“Oh mi dios”… así con minúscula) Como un mantra, Madonna repite cinco,
siete veces, tal vez diez veces la frase más provocativa de su show. Nuevamente
la(s) iglesia(s) es su propósito y su blanco: al fin y al cabo la usina de la
que se ha nutrido su carrera. También es el erotismo y allí está ella
provocándonos encantadoramente (página 1 del suplemento “Espectáculos”).
… la provocación como
modo de expresión y el señor “todo pop-deroso” erigido como rector supremo.
Campanas, monjes rojos, porta incienso gigante y, en tres enormes
bloques-pantalla, la imagen de una iglesia. La misa está por empezar y aquí
nadie bosteza. Suenan cantos gregorianos… (página 4 del suplemento
“Espectáculos”).
Lo expuesto configura
el delito definido por el art. 3 de la ley 23.592, penalizando con prisión de
un mes a tres años a los que participaren en una organización que, por
cualquier medio, alteren o incitaren a la persecución o el odio contra una
persona o grupos de personas a causa de su raza, religión, nacionalidad o ideas políticas.
Por lo dicho, a VS
solicito:
1.- Me tenga como
denunciante de estos hechos en el carácter invocado en el encabezamiento.
2.- Por constituido
el domicilio legal.
3.- Se cite de
urgencia a la Sra.
Madonna para que en el día de hoy, y antes de su actuación,
confirme o desmienta lo que anuncia el citado ejemplar del diario LA NACIÓN.
4.- Se comisione a un
oficial de justicia a fin de que presencie y filme o grabe íntegramente el
primer espectáculo que la
Sra. Madonna ofrecerá en el día de hoy.
5.- Si se comprobare
la posibilidad o la evidencia de la comisión de algún delito, se proceda según
la ley.
Proveer de
conformidad SERÁ JUSTICIA.