Por José Antonio
Riesco
Con la reforma
judicial, tal cual acaba de imponerla el oficialismo –invocando una
“democratización” falaz y siniestra--
tanto se avanza hacia un régimen que aten ta contra la seguridad
jurídica, soporte sustantivo de los derechos individuales y sociales, cuanto se
retrotrae el sistema político-institucional a lo que ocurría siglos atrás
cuando no regía la división de los poderes ni la independencia de los jueces. A
una modalidad del absolutismo.
El art. 10 de la Declaración Universal
de los Derechos Humanos (ONU, 1948), junto a los otros, tuvo el carácter de un
rechazó terminante a las experiencias de los regímenes totalitarios que se
instalaron en Europa durante el interregno entre las dos guerras mundiales del
siglo XX. A la subordinación de los magistrados al gobernante o a la doctrina
del partido oficial, le opuso la garantía de la indepen dencia judicial. Todo
lo contrario de esa original tesis de la
diputada Conti sobre que quien tiene el gobierno maneja o controla “los tres
poderes”. Algo así supo decir en Alemania Hermann Göring en 1933 cuando se
tramitaba la “ley de plenos poderes” a fin de sancionar legalmente la dictadura
del Führer.
Dicha cláusula del
Derecho Internacional, reiterada en 1969 por la Declaración Americana
sobre Derechos Humanos (o Pacto de Costa Rica), importó el compro miso de las
pueblos americanos de otorgar la máxima validez y vigencia al derecho de toda
persona a la jurisdicción, y “cuyo fin es asegurar la efectividad del derecho”
(E. Couture)
La jurisdicción no se limita a consagrar la potestad del
Estado, por medio de magistrados judiciales, ante un conflicto de partes, de
establecer la normativa que debe
aplicarse para su resolución. Y hacerlo acorde a las prescripciones de la ley y
nunca para beneficiar intereses ajenos a ello, y menos respondiendo a las
presiones o influencias que provienen de los órganos políticos y
administrativos del Estado.
La jurisdicción es
una medalla de dos caras que se integran en una misma concepción de la libertad
y de la dignidad del ser humano. La ya señalada se complementa con la garantía
del derecho a la justicia que corresponde al ciuda dano común; a saber :
“-Toda persona tiene
derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal
competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley,
en la sustanciación de cualquier acusación penal formulada contra ella, o para
la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal
o de cualquier otro carácter”. (art. 8: DADH, idem ONU)
Aunque eran ya
contenido del art. 18 CN, dichas normas fundamentales, y los tratados
consiguientes, fueron incorporadas a la Carta Magna argentina en la reforma de 1994,
asignándoles “jerarquía constitucional”.
Cuando a la función
jurisdiccional se la pretende colocar al servicio de los intereses y pasiones
del gobernante, es que se decidió aniquilar el soporte insti tucional de la
democracia. Por que éste es, precisamente, el objetivo tortuoso de la Reforma Judicial
impuesta por el Poder Ejecutivo y sancionada sumisamente por la mayoría
oficialista en el Congreso.
El argumento de que
se trata de medidas para “democratizar la Justicia ” es falaz y pérfido. Es de público y
notorio que con la reforma se pretende desmantelar los medios de prensa que
critican o denuncian los abusos y las corruptelas de los funcionarios
kirchneristas, y especialmente para lograr la complacencia, o algo peor, de
jueces identificados con la política oficialista. O sea privados de la
independencia y por esa vía de la imparcialidad de los procedimientos y las
decisiones. Con ese designio se avanza
groseramente contra las garantías de la Constitución (art. 17 y 18) y sin tapujos contra
los tratados internacionales citados.
Hay que decirlo con
todas las letras. En los procesos populistas o soporte pluriclasista del
sistema político, suprimidas o distorsionadas las instituciones republicanas,
la democracia degenera en cualquier cosa. Se niega a sí misma. Se convierte en
una turba, con ello en el imperio de la “barra brava” de turno. Y eso aunque
gane las elecciones comprando votantes y punteros con los dineros públicos.
Entonces el ciudadano
verá anuladas sus libertades, el trabajador sus derechos sociales y el
empresario el ejercicio de su propiedad. Por que no habrá jueces
“independientes e imparciales” que los protejan sino partidarios subordinados.-